MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 487/2014
Desígnase la Directora Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia.
Bs. As., 8/4/2014
VISTO el Expediente Nº S04:0000393/2014 del registro del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491
del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su
sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo
decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10
de la citada ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura
transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional de la
DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION Y FORTALECIMIENTO PARA EL ACCESO A LA
JUSTICIA, en el ámbito de la SECRETARIA DE JUSTICIA, Nivel A - Grado 0,
con Función Ejecutiva Nivel I, del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria
resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895, y con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso
al Nivel A establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del referido
Ministerio para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba
por el presente.
Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de
los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y del artículo 1° del Decreto
Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase
transitoriamente, a partir de la fecha del presente decreto, por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la doctora Débora
Yanina OLIVA (D.N.I. Nº 24.004.424), en el cargo de Directora Nacional
de la DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION Y FORTALECIMIENTO PARA EL ACCESO
A LA JUSTICIA, en el ámbito de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Nivel A - Grado 0 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, con
carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº
26.895 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14 del citado
Convenio, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva
Nivel I del mismo.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del
presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C.
Alak.