ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 124/2014

Asunto: Asunción del rol de parte querellante en causas penales. Delegación de facultades.

Bs. As., 10/4/2014

VISTO la Disposición Nº 531 (AFIP) de fecha 24 de agosto de 2006 y los Artículos 4° y 6°, del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por la primera de las normas citadas se delegó en las Direcciones Generales que integran esta Administración Federal la facultad de asumir, en causas penales, el rol de parte querellante y el otorgamiento de poderes para representar al Organismo en las mismas.

Que las nuevas definiciones institucionales adoptadas en la materia tornan necesario que la mencionada delegación —adoptada para facilitar el accionar de esta Administración Federal en términos de celeridad— contemple la situación de aquellas causas penales, sustanciadas en el interior del país, en las que se investiguen delitos que involucren aspectos vinculados con la competencia de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que en ejercicio de las atribuciones previstas en los Artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618/97, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — La delegación dispuesta en el Artículo 1° de la Disposición Nº 531/06 (AFIP), respecto de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social, se hará extensiva a todas las causas penales que se sustancien en el interior del país en las que se investiguen y juzguen delitos vinculados con las materias de su competencia.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

e. 21/04/2014 N° 24367/14 v. 21/04/2014