ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 124/2014
Asunto: Asunción del rol de parte querellante en causas penales. Delegación de facultades.
Bs. As., 10/4/2014
VISTO la Disposición Nº 531 (AFIP) de fecha 24 de agosto de 2006 y los
Artículos 4° y 6°, del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que por la primera de las normas citadas se delegó en las Direcciones
Generales que integran esta Administración Federal la facultad de
asumir, en causas penales, el rol de parte querellante y el
otorgamiento de poderes para representar al Organismo en las mismas.
Que las nuevas definiciones institucionales adoptadas en la materia
tornan necesario que la mencionada delegación —adoptada para facilitar
el accionar de esta Administración Federal en términos de celeridad—
contemple la situación de aquellas causas penales, sustanciadas en el
interior del país, en las que se investiguen delitos que involucren
aspectos vinculados con la competencia de la Dirección General de los
Recursos de la Seguridad Social.
Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.
Que en ejercicio de las atribuciones previstas en los Artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618/97, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — La delegación dispuesta en el Artículo 1° de la
Disposición Nº 531/06 (AFIP), respecto de la Dirección General de los
Recursos de la Seguridad Social, se hará extensiva a todas las causas
penales que se sustancien en el interior del país en las que se
investiguen y juzguen delitos vinculados con las materias de su
competencia.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — RICARDO ECHEGARAY,
Administrador Federal.
e. 21/04/2014 N° 24367/14 v. 21/04/2014