MINISTERIO DE MARINA

Decreto N° 25.700/1944 

Modifica Art. 55, Decreto N° 19.492/44

Buenos Aires, 21 de Septiembre de 1944

Visto este expediente en el que el Ministerio de Marina, propone que los puntos 2 y 3 del artículo 55 del Decreto 19.492, dictado en Acuerdo General de Ministros, con fecha 25 de Julio de 1944, modificatorio de la Ley N° 10.606 de Cabotaje, sean sustituidos por otros en los que se contemplen mejor los intereses de los armadores y no resulten perjudicados con el mantenimiento de las disposiciones contenidas en los mismos,

El presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros

DECRETA:

Artículo 1°.- Sustitúyese en los Incisos 2 y 3 del artículo 55 del Decreto N° 19.492, dictado en Acuerdo General de Ministros, con fecha 25 de Julio de 1944, "25 metros cúbicos" por "50 metros cúbicos".

Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.

FARRELL - A. Tesaire - C. Ameghino - O. Peluffo - R. Etcheverry Bonco - D. I. Mason - J. D. Perón - J. Pistarini