JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 261/2014

Decisión Administrativa N° 477/1998. Incorporación de cargo.

Bs. As., 16/4/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0005859/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014, y el Decreto Nº 2283 del 20 de diciembre de 2013 y la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 2283 del 20 de diciembre de 2013 se modifica la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el Ejercicio 2013 creando con dependencia directa de la UNIDAD MINISTRO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el cargo extraescalafonario de Coordinador de Competitividad y Desarrollo Económico, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que, en consecuencia, resulta necesario incorporar, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de Coordinador de Competitividad y Desarrollo Económico, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

Que han tomado intervención la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de Coordinador de Competitividad y Desarrollo Económico dependiente de la UNIDAD MINISTRO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

Art. 2° — El gasto que demande la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias de la JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.