MINISTERIO DE EDUCACION
CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA
Resolución Nº 5/2014
Bs. As., 22/4/2014
VISTO lo determinado por el artículo 26 de la Ley 13.047, y
CONSIDERANDO:
Que para los establecimientos educativos comprendidos en el Artículo 2°
inciso a) de la Ley 13.047, corresponde fijar anualmente el número de
becas de estudio, por grado y por curso que acordará cada
establecimiento reconocido por enseñanza oficial que perciba aporte
estatal;
Que en sesión de fecha 22 de Abril de 2014, se aprobó por mayoría el
dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley
13.047;
Por ello, en uso de atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA REUNIDO EN SESION ORDINARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fijar para el año 2014 en el diez (10) por ciento el
porcentaje de becas por estudio por grado y por curso para los
establecimientos educativos reconocidos para la enseñanza oficial y que
perciban aporte estatal.
El porcentaje fijado en el párrafo anterior podrá alcanzarse mediante
la concesión del beneficio en forma parcial y/o total, y se entenderá
cumplido cuando la sumatoria de los porcentajes otorgados en los
distintos grados y cursos equivalga al diez (10) por ciento del total
de los alumnos del instituto.
ARTICULO 2° — Desglosar la presente Resolución para su registro y
archivo. Remitir copia autenticada por Presidencia, a los Ministerios
de Educación Provinciales, y a las Direcciones Provinciales de
Educación Pública de Gestión Privada y de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Notifíquese a la Secretaría de Comercio Interior; a la
Administración Federal de Ingresos Públicos, a sus efectos.
ARTICULO 3° — Comuníquese. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. ERICA V. COVALSCHI, Presidente,
Consejo Gremial de Enseñanza Privada — Dr. GUILLERMO MARCONI, Miembro
del C.G.E.P. — Dr. PABLO OLOCCO, Miembro del C.G.E.P. — Prof. ENRIQUE
MARTIN, Miembro del C.G.E.P. — Dr. NORBERTO BALOIRA, Miembro del
C.G.E.P. — Prof. JORGE L. KALINGER, Miembro del C.G.E.P. — Prof. JOSE
L. AIZZA, Miembro del C.G.E.P. — Prof. EDGARDO RODRIGUEZ, Miembro del
C.G.E.P. — Prof. JAVIER FEDIUK, Miembro del C.G.E.P.
e. 30/04/2014 N° 27481/14 v. 30/04/2014