MINISTERIO DE EDUCACION
INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA
Resolución Nº 193/2014
Bs. As., 24/4/2014
VISTO el artículo 38 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, los
artículos 22, 32, 33, 36, 38, 39, 42 inciso d), 43 incisos a), b) y c),
45 de la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058, la Resolución
CFCyE N° 261/06, las Resoluciones CFE N° 13/07, N° 129/11 anexo I, la
Resolución MEyCT N° 1562/13 de la Provincia de La Rioja y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 establece que la Educación
Técnico Profesional se rige por las disposiciones de la Ley N° 26.058.
Que la Ley de Educación Técnico Profesional establece que el MINISTERIO
DE EDUCACION a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA y
con participación jurisdiccional, garantizará el proceso de
homologación para los diferentes títulos y/o certificaciones
profesionales.
Que el MINISTERIO DE EDUCACION en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE
EDUCACION, ha establecido las políticas, los criterios y parámetros
para la homologación de los títulos de Educación Técnico Profesional.
Que el proceso de homologación, como instrumento para la mejora
continua de la Educación Técnico Profesional, tiene como propósitos:
dar unidad nacional y organicidad a la misma, respetando la diversidad
federal de las propuestas formativas; garantizar el derecho de los
alumnos y egresados a que sus estudios sean reconocidos en cualquier
jurisdicción; promover la calidad, pertinencia y actualización
permanente de las ofertas formativas de Educación Técnico Profesional;
y facilitar el reconocimiento de los estudios de los egresados por los
respectivos Colegios, Consejos Profesionales, y organismos de control
del ejercicio profesional.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA en virtud de las
atribuciones que le otorga la Ley de Educación Técnico Profesional
administra el Proceso de Homologación de Títulos y Certificados de
Educación Técnico Profesional.
Que el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA de la PROVINCIA DE
LA RIOJA ha solicitado la homologación en el orden nacional del Título
de “Técnico en Gestión y administración de las organizaciones”, y para
lo cual ha presentado en tiempo y forma la documentación del plan de
estudio de la jurisdicción.
Que, oportunamente, las instituciones de Educación Técnica de la
jurisdicción en donde se implementan los planes de estudio mencionados
fueron incorporadas al Registro Federal de Instituciones de Educación
Técnico Profesional y las mismas se encuadraron en la mejora continua
de la calidad según los requisitos y condiciones establecidos por la
regulación de la Ley de Educación Técnico Profesional.
Que en consecuencia el INET a través de la Dirección Nacional de
Educación Técnico Profesional y Ocupacional ha elaborado el
correspondiente dictamen técnico en el que consta la evaluación
favorable del contenido de la documentación presentada dada la
concordancia del título y su correspondiente plan de estudio con el
Marco de referencia para los procesos de homologación, aprobados por
Res. CFE Nro. 129/11 (Anexo I).
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Homologar al título de referencia, “Técnico en Gestión y
administración de las organizaciones” del Marco de referencia Res. CFE
Nro. 129/11 (Anexo I), el título “Técnico en Gestión y administración
de las organizaciones” aprobado por la Resolución MECyT Nro. 1562/13 de
la Provincia de La Rioja.
ARTICULO 2° — Enviar las actuaciones realizadas a la Dirección de
Validez Nacional de Títulos y Estudios del Ministerio de Educación en
virtud del ARTICULO 1° de la presente que habilita el trámite de
validez nacional del título según Res. CFE Nro. 261/06.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Prof. EDUARDO ARAGUNDI,
Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica,
Ministerio de Educación.
e. 05/05/2014 N° 27918/14 v. 05/05/2014