MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución Nº 573/2014
Bs. As., 24/4/2014
VISTO el Expediente Nº S04:0040047/2013 del registro de este
Ministerio, las Leyes Nros. 26.737, reglamentada por el Decreto Nº 274
del 28 de febrero de 2012, 23.283 y 23.412,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.737 y el Decreto Nº 274/12 establecieron el Régimen de
Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia
de las Tierras Rurales.
Que en atención a que las tierras rurales y los usuarios del REGISTRO
NACIONAL DE TIERRAS RURALES se encuentran dispersos en toda la
geografía nacional resulta necesario encontrar mecanismos que propicien
una mayor cobertura federal.
Que ante ese marco se suscribió con fecha 31 de julio de 2013 un
CONVENIO MARCO DE COOPERACION TECNICA Y FINANCIERA ENTRE EL MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y EL CONSEJO FEDERAL DEL NOTARIADO
ARGENTINO.
Que el objeto de dicho Convenio es que el citado Consejo, en su
carácter de Ente Cooperador brinde a este MINISTERIO y a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE TIERRAS RURALES, la cooperación
técnica y financiera, tendiente a propender al funcionamiento del
mencionado Registro y al eficaz cumplimiento de los fines y objetivos
de la Ley N° 26.737.
Que dicha cooperación técnica y financiera será sin cargo para el ESTADO NACIONAL.
Que en el Anexo I del citado Convenio, se han establecido los tipos de
trámites y el precio que deberá percibir el Ente Cooperador por éstos.
Que toda variación o ajuste de precios deberá ser instrumentado por Resolución Ministerial.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por las Leyes Nros. 23.283 y 23.412 y el CONVENIO DE COOPERACION
TECNICA Y FINANCIERA suscripto con el Consejo Federal del Notariado
Argentino, registrado como M.J. y D.H. Nº 1397 del 31 de julio de 2013.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Publíquese el Anexo I del CONVENIO MARCO DE COOPERACION
TECNICA Y FINANCIERA ENTRE EL CONSEJO FEDERAL DEL NOTARIADO ARGENTINO Y
EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS M.J. y D.H. Nº 1397 del
día 31 de julio de 2013 que, como Anexo, forma parte de la presente.
ARTICULO 2° — Los elementos detallados en el Anexo I del CONVENIO MARCO
DE COOPERACION TECNICA Y FINANCIERA ENTRE EL CONSEJO FEDERAL DEL
NOTARIADO ARGENTINO Y EL MINESTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS M.J.
y D.H. Nº 1397 entrarán en vigencia el día siguiente al de su
publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia
y Derechos Humanos.
ANEXO I
Formulario1 Nº | Trámite | Precio |
1 | Solicitud de Certificado de Habilitación. | Será
del UNO POR MIL (0.001%) del valor de la operación expresada en pesos o
de la valuación fiscal del inmueble, si esta fuera mayor que el valor
de la operación. El inicio del trámite tendrá un costo fijo de $500 y
en el caso que el Certificado de Habilitación sea concedido, se abonará
el saldo restante respectivo al UNO POR MIL. |
2 | Modificación en la composición del capital societario. | $ 300 |
3 | Modificación en contratos de fideicomiso. | $ 300 |
4 | Modificación de condominios. | $ 150 |
5 | Denuncia de venta parcial o total del inmueble. | $ 150 |
6 | Solicitud de prórroga de certificado de habilitación. | $ 150 |
7 | Comunicación de escritura otorgada en el marco de la excepción. | $ 50 |
8 | Comunicación de Escritura otorgada con Certificado de Habilitación Ley Nº 26.737. | Sin costo |
1 Elementos que suministra el ENTE COOPERADOR: Los
formularios estarán a disposición de los usuarios en internet en el
sitio del Registro Nacional de Tierras Rurales
(http://www.jus.gob.ar/tierras-rurales.aspx).
e. 05/05/2014 N° 27918/14 v. 05/05/2014