MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 569/2014


Registro Nº 494/2014


Bs. As., 11/4/2014

VISTO el Expediente Nº 1.510.020/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 5 obra el Acuerdo celebrado entre PROFESORES DE GOLF ASOCIADOS DE ARGENTINA (PGA) por el sector gremial y la ASOCIACION ARGENTINA DE GOLF (AAG) por el sector empleador, del Expediente Nº 1.510.020/12, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio del plexo convencional de marras, las partes han convenido el incremento de salarios de los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 970/08 “E”, conforme los plazos de pago, prescripciones y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que las partes han convenido que la vigencia del Acuerdo opera a partir del día 1 de Enero de 2012.

Que cabe destacar que los actores sociales son los signatarios del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 970/08 “E”.

Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados y se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito territorial y personal del texto convencional concertado, se corresponde con la actividad del sector empleador y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral”.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez homologado el presente Acuerdo y notificadas las partes, debe intimárselas para que acompañen en autos las escalas salariales correspondientes.

Que dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, se procederá a girar a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo obrante a foja 5, celebrado entre PROFESORES DE GOLF ASOCIADOS DE ARGENTINA (PGA) y la ASOCIACION ARGENTINA DE GOLF (AAG), del Expediente Nº 1.510.020/12, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 5, del Expediente Nº 1.510.020/12.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias intimándoselas a que acompañen en los actuados las escalas salariales correspondientes. Finalmente procédase a la guarda del presente Legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 970/08 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.510.020/12

Buenos Aires, 16 de Abril de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 569/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 494/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EXPEDIENTE N° 1.510.020/12

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 2 días del mes de Julio de 2012, siendo las 16 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, por ante el Sr. Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación, del Departamento de Relaciones Laborales Nº 3, el Sr. Jorge Daniel CONTRATI en su carácter de Secretario General de PROFESORES DE GOLF ASOCIADOS DE ARGENTINA, conjuntamente con el Sr. Marcelo Antonio CABRERA y la Dra. Maria Luisa ESCRIBANO, por una parte y por la otra el Dr. Esteban CARCAVALLO en su carácter de Apoderado de la ASOCIACION ARGENTINA DE GOLF, conjuntamente con el Dr. Juan Pablo ROVIRA ESCALANTE.

Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante, y cedida la palabra a ambas partes, las mismas de común acuerdo manifiestan: Que en el marco de la C.C.T. Nº 970/08 “E”, acuerdan establecer a partir del 1° de Enero de 2012, un incremento de 15% sobre los haberes al 31 de Diciembre de 2011, y a partir del 1° de Agosto de 2012, un incremento del 7% sobre los haberes al 31 de Julio de 2012. Asimismo se establece que el ajuste retroactivo al 1° de Enero de 2012, se hará efectivo con los haberes del mes de Julio de 2012, solicitando su correspondiente homologación. Consecuentemente las partes acuerdan reunirse en el mes de Noviembre de 2012, a fin de iniciar la negociación salarial respectiva.

En este estado el Funcionario Actuante hace saber a las partes, que las presentes actuaciones, serán elevadas a la superioridad a los fines del control de legalidad y conforme Ley 14.250 y normas concordantes.

Con lo que se dio por terminado el acto firmando de conformidad por ante mí para constancia.