ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución General 3625
Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores Fiscales.
Resolución General Nº 4.104 (DGl), texto sustituido por la Resolución
General Nº 259, sus modificatorias y complementarias. Nómina de equipos
homologados y empresas proveedoras autorizadas.
Bs. As., 8/5/2014
VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 608510-15-2013 y 608510-15-2013/1 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General Nº 4.104 (DGI), texto sustituido por
la Resolución General Nº 259, sus modificatorias y complementarias, se
estableció el régimen de emisión de comprobantes mediante el empleo de
“Controladores Fiscales”.
Que conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capítulo XI del Anexo
I de la referida norma, la homologación de los “Controladores Fiscales”
y la autorización de los respectivos proveedores será dispuesta por
resolución general y tendrá validez por un plazo máximo de CINCO (5)
años a partir del día de su publicación oficial.
Que asimismo se establece que la empresa proveedora que permanezca
inscripta en el “Registro de Proveedores Autorizados de Controladores
Fiscales” podrá renovar dicha validez por otros CINCO (5) años si así
lo solicita.
Que atento haberse cumplido tales extremos corresponde renovar la
validez de la homologación dispuesta por la Resolución General Nº 2.467
para determinado equipo, cuya aptitud surge del estudio de los Informes
de Evaluación Técnica efectuada por el Instituto Nacional de Tecnología
Industrial.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de
Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Renuévase la
validez de la homologación dispuesta por la Resolución General Nº 2.467
respecto del equipo denominado “Controlador Fiscal”, cuyos datos
identificatorios y empresa proveedora se detallan a continuación:
MARCA | MODELO | VERSION | CODIGO ASIGNADO | EMPRESA PROVEEDORA | C.U.I.T. |
SAM4S | ER 420F | 01.01 | SSE | SISTEMAS ELECTRONICOS DE REGISTRACION S.A. | 30-59198525-2 |
TIPO DE EQUIPO: caja registradora fiscal.
Art. 2° — La validez de la
renovación dispuesta en el artículo anterior, así como la autorización
de venta que se otorga a la empresa proveedora, será de CINCO (5) años
contados a partir del día 17 de julio de 2013, inclusive, siempre que
se cumplan durante dicho plazo los requisitos establecidos por la
Resolución General Nº 4.104 (DGI), texto sustituido por la Resolución
General Nº 259, sus modificatorias y complementarias.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.