ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 252/2014


Bs. As., 8/5/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0241419/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución ANAC Nº 605 de fecha 4 de septiembre de 2012 se dispuso que los jefes de los aeródromos integrantes del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA) de la REPUBLICA ARGENTINA deben implementar y mantener un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS), acorde a la complejidad de las operaciones, para la prestación de los servicios de cada estación aérea.

Que la Parte 121 (“Requerimientos de Operación: Operaciones Regulares Internas e Internacionales Operaciones Suplementarias”) y la Parte 135 “Requerimientos de Operación: Operaciones No Regulares Internas e Internacionales”, ambas de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), requieren que todo operador aéreo implemente y mantenga un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) acorde a la complejidad de las operaciones para la prestación de cada servicio.

Que mediante las resoluciones ANAC Nros. 570 de fecha 24 de agosto de 2012 y 659 de fecha 12 de octubre de 2012 se dispuso que la DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE TRANSITO AEREO de la FUERZA AEREA ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA —en su condición de prestador de servicios de tránsito aéreo— y los administradores de los aeropuertos concesionados integrantes del Sistema Nacional de Aeropuertos de la REPUBLICA ARGENTINA deben implementar y mantener un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) acorde a la complejidad de las operaciones para la prestación de cada servicio.

Que por lo dicho resulta necesario establecer reglamentariamente un procedimiento que permita la armonización efectiva de todos los sistemas particulares de Gestión de la Seguridad Operacional de cada aeródromo involucrado y que establezca mecanismos de coordinación con actividades no alcanzadas por las citadas disposiciones, como es el caso de los operadores de rampa.

Que los Jefes de Aeródromos son la autoridad superior del mismo en lo que respecta a su dirección, coordinación y régimen interno de acuerdo con el Artículo 88 del CODIGO AERONAUTICO de la REPUBLICA ARGENTINA, por cuyo motivo corresponde designarlos como la autoridad coordinadora de las actividades dispuestas en el mencionado reglamento.

Que las dependencias con competencia técnica en la materia se han expedido en forma favorable al reglamento proyectado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el “Reglamento para la Conformación y el Funcionamiento del Comité de Seguridad Operacional (CSO)” que como Anexo se adjunta a la presente.

ARTICULO 2° — Instrúyese a la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL para que disponga la actualización de los programas curriculares de los cursos correspondientes a la Licencia de Jefe de Aeródromo.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase mediante las publicaciones de uso aeronáutico y por medio del Sitio Web y de la Biblioteca Digital de la ANAC y archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil.

ANEXO

REGLAMENTO PARA LA CONFORMACION Y EL FUNCIONAMIENTO DEL COMITE DE SEGURIDAD OPERACIONAL (CSO)

Como parte de las acciones de implementación del los distintos SMS que surgen de las Resoluciones ANAC Nº 570/2012, Nº 605/2012 y la coordinación de su funcionamiento, se establecerá en el ámbito del Aeropuerto/Aeródromo, el Comité de Seguridad Operacional (CSO), quien tendrá la responsabilidad de fomentar, promover, gestionar, controlar/mantener el Sistema de Gestión de Seguridad Operacional Integrado (SMS) del Aeropuerto/Aeródromo y la mejora continua del sistema.

Este Comité de Seguridad Operacional corresponde al citado en la bibliografía OACI (Doc 9859) como “Safety Action Group”.

Conformación del CSO

El mencionado CSO estará conformado por personal de las diferentes áreas de la comunidad aeroportuaria, tales como:

• Jefe de Aeródromo,

• Coordinador Regional SMS-AGA (en el caso de que se considere oportuno)

• Administrador y/o Responsable Oficina SMS del Aeropuerto. (SMS-AGA)

• Jefe de los Servicios de Tránsito Aéreo (ATS) o quien lo subrogue.

• Responsable Oficina SMS del Aeropuerto (SMS-ATS)

• Inspector DNINA acreditado en Aeródromo

• Responsable Sanidad Aeronáutica.

• Responsable Oficina Control Terrestre (CONTER) (en el caso que esté establecido).

• Jefe del Servicio Extinción de Incendios o quien lo subrogue.

• Gerente de Operaciones/Responsable de Seguridad Operacional del concesionario o administrador del aeropuerto.

• Jefe de los Servicios de la Policía de Seguridad Aeroportuaria o quien lo subrogue.

• Jefes de Base y/o Gerentes de Seguridad Operacional de las empresas aéreas que operan en el aeródromo.

• Gerentes de Seguridad Operacional/responsables de las empresas de Servicios de Rampa del aeropuerto.

• Jefe y/o encargado de la Oficina pronóstico/Estación Meteorológica.

• Jefes de Aeroplantas de combustible.

• Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos

• Otros prestadores de servicios en la jurisdicción aeroportuaria, no alcanzado por las regulaciones aeronáuticas que exijan la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad (SMS).

El Jefe de cada aeródromo coordinará las actividades del CSO en los términos del Artículo 88 del CODIGO AERONAUTICO y estará facultado para convocar a cualquier prestador de servicios dentro del aeródromo (aun cuando no esté alcanzado por las regulaciones SMS) a efectos de una adecuada coordinación de todas las actividades aeroportuarias.

Funciones del Comité de Seguridad Operacional (CSO)

1. Revisar continuamente el Sistema de Gestión de Seguridad Operacional Integrado resultante del accionar coordinado de cada SMS de los prestadores de servicios, evaluando su adecuación y eficacia, proponiendo las modificaciones que permitan la mejora continua y el logro de objetivos.

2. Tomar conocimiento de las notificaciones PNSO y de las recibidas por los propios sistemas de notificaciones de cada proveedor de servicios durante el período de revisión, de los niveles de cada peligro, circunstancia o evento detectados y considerar oportunidades de mejora.

3. Recolectar y evaluar datos relacionados con la seguridad operacional.

4. Verificar que se efectúen los análisis de los hallazgos de manera oportuna y eficaz.

5. Verificar que la consolidación, análisis y reporte de las notificaciones se ajuste a los períodos establecidos por los SMS de cada proveedor de servicios.

6. Proponer e impulsar las acciones de mitigación tanto correctivas como preventivas que afecten al apropiado funcionamiento de las actividades del aeropuerto/aeródromo, tanto sean comunes a más de un proveedor de servicios o exclusivas, las que tendrán carácter de obligatorias.

7. Establecer el trámite formal de las mismas y las propuestas de mitigación, edición y/o elaboración de medidas tendientes a adoptar por el sistema.

8. Elevar por medio de los coordinadores regionales al Programa PNSO, las acciones de mitigación resultantes a las notificaciones recibidas, para ser incluidas en la base de datos general y contribuir a las estadísticas del SSP.

9. Proponer medidas de promoción de la seguridad operacional en el aeropuerto/aeródromo.

10. Facilitar y controlar la capacitación continua del personal en materias del SMS.

11. Propiciar, impulsar, ejecutar y reportar al Ejecutivo Responsable, Informes de Análisis de Riesgo originados por cambios en el sistema del aeropuerto/aeródromo, de forma conjunta con los proveedores de servicios y responsables de fiscalización, para toda aquella situación alcanzada por el marco regulatorio aplicable y toda otra situación que a juicio del CSO amerite la realización.

12. Realizar toda otra función que considere necesaria y adecuada para el correcto funcionamiento del SMS Integrado del aeropuerto/aeródromo.
Reuniones del CSO

El CSO se reunirá al menos una vez por mes, en fechas, horario y lugar a convenir con al menos 7 días corridos de anticipación a través de “Carta de Convocatoria” cuyo modelo se adjunta al presente. Será coordinado por el Jefe de Aeropuerto o el Responsable de la Oficina SMS del Aeropuerto.

Se llevará un registro de asistencias. Las mismas son de carácter obligatorio.

El registro de las cuestiones abordadas por el CSO se realizará por medio de “Acta de reunión” (modelo adjunto), y el Responsable de la Oficina SMS del Aeropuerto será el custodio de las mismas, las que serán giradas en forma electrónica a la Dirección de Servicios Aeroportuarios de la DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS, para ser archivadas en la Biblioteca Digital que deberá conformarse para tal efecto. Las mismas podrán someterse a revisión por cualquier Area u Organismo de Fiscalización en cualquier momento y/o circunstancia.

Comité de Seguridad Operacional Aeroportuario (CSO)

Nombre Aeropuerto/Aeródromo | Abreviación) | Localidad

CARTA DE CONVOCATORIA REUNION CSO

De mi consideración:

En virtud de lo previsto por el ARTICULO 88 del CODIGO AERONAUTICO de la REPUBLICA ARGENTINA, y en mi carácter de Jefe de Aeródromo de ____; según Resolución ANAC Nro. ___; me dirijo a Ud. a los efectos de convocarlo a una reunión vinculada con temas de gestión de seguridad operacional en el ámbito de mi jurisdicción a cargo.

Lugar:

Fecha:

Horario Inicio:

Horario Fin:

La agenda de temas a tratar será:

1.- Ej.: Notificaciones PNSO Nros. ___

2.-

3.-

4.-

5.- Todo otro tema que a propuesta de los convocados y en el marco de la gestión de la seguridad operacional sea considerado oportuno para el Jefe de Aeródromo.

Solicito nos confirme, vía telefónica o por correo electrónico y con al menos 2 días de anticipación, su presencia o la del personal de su organización que designe indicando lo siguiente:

Nombre y Apellido (asistente de coordinación reunión)

Teléfono:

Celular:

Dirección Correo Electrónico:

Horario Laboral:

Nombre y Apellido Jefe de Aeródromo
Jefe de Aeródromo ______


Los abajo firmantes, quienes hemos asistido a la reunión convocada por el Jefe de Aeródromo, Sr.: Nombre y Apellido, según Carta Convocatoria de fecha dd/mm/aaaa, declaramos haber tratado los siguientes temas, conviniendo en cada caso las acciones que a continuación se detallan:

1.- Tema 1, desarrollo, acciones convenidas, fechas vencimiento, responsables

2.- Tema 2, desarrollo, acciones convenidas, fechas vencimiento, responsables

3.- Tema 3, desarrollo, acciones convenidas, fechas vencimiento, responsables

Nombre y ApellidoFirma

1.-

2.-


3.-

4.-

5.-

e. 16/05/2014 Nº 31977/14 v. 16/05/2014