Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 713/2014

Resolución Nº 1867/2013. Déjase sin efecto.

Bs. As., 14/5/2014

VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1867 del 18 de octubre de 2013, 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº 127/13 de la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el JUZGADO FEDERAL Nº 1 en lo CRIMINAL Y CORRECCIONAL de AZUL, provincia de BUENOS AIRES, se encuentra radicada la causa Nº 30615, caratulada “SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - SU DENUNCIA (Legajo de Prueba Nº 114 - Incidente de Rebeldía 33 de TULA JULIO CESAR)”.

Que mediante la Resolución M.J. y D.H. Nº 1867 del 18 de octubre de 2013 se ofreció como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100,000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de Julio César TULA (D.N.I. Nº 7.869.248), sobre quien pesaba pedido de captura nacional desde el 2 de agosto de 2013.

Que el JUZGADO FEDERAL Nº 1 en lo CRIMINAL Y CORRECCIONAL de AZUL, provincia de BUENOS AIRES, por Oficio del 1° de abril de 2014 comunica que por auto de fecha 15 de noviembre de 2013 se procedió a levantar la captura que pesaba sobre Julio César TULA actualmente detenido a disposición de ese Juzgado.

Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la recompensa ofrecida a través de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1867/13, destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de Julio César TULA.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3º de la Ley Nº 26.375 y de conformidad con la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Déjase sin efecto el ofrecimiento de recompensa dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, de la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Julio César TULA (D.N.I. Nº 7.869.248) dispuesta por la Resolución M.J. y D.H. Nº 1867 del 18 de octubre de 2013.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.