Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 713/2014
Resolución Nº 1867/2013. Déjase sin efecto.
Bs. As., 14/5/2014
VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1867 del 18
de octubre de 2013, 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº
127/13 de la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR
LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que por ante el JUZGADO FEDERAL Nº 1 en lo CRIMINAL Y CORRECCIONAL de
AZUL, provincia de BUENOS AIRES, se encuentra radicada la causa Nº
30615, caratulada “SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES - SU DENUNCIA (Legajo de Prueba Nº 114 - Incidente de
Rebeldía 33 de TULA JULIO CESAR)”.
Que mediante la Resolución M.J. y D.H. Nº 1867 del 18 de octubre de
2013 se ofreció como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la
suma de PESOS CIEN MIL ($ 100,000), destinada a aquellas personas que
brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de
Julio César TULA (D.N.I. Nº 7.869.248), sobre quien pesaba pedido de
captura nacional desde el 2 de agosto de 2013.
Que el JUZGADO FEDERAL Nº 1 en lo CRIMINAL Y CORRECCIONAL de AZUL,
provincia de BUENOS AIRES, por Oficio del 1° de abril de 2014 comunica
que por auto de fecha 15 de noviembre de 2013 se procedió a levantar la
captura que pesaba sobre Julio César TULA actualmente detenido a
disposición de ese Juzgado.
Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la recompensa
ofrecida a través de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1867/13, destinada a
aquellas personas que brinden datos útiles que resulten determinantes
para la detención de Julio César TULA.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo 3º de la Ley Nº 26.375 y de conformidad con la
Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Déjase sin efecto
el ofrecimiento de recompensa dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, de la
suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que
brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de
Julio César TULA (D.N.I. Nº 7.869.248) dispuesta por la Resolución M.J.
y D.H. Nº 1867 del 18 de octubre de 2013.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.