MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 81/2014
Bs. As., 25/4/2014
VISTO el Expediente Nº 1.598.266/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 91 del 4 de octubre
de 2013 y la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo Nº 147 del 19 de marzo de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 6/9 del Expediente Nº 1.598.266/13, obran las escalas
salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE
AZAR, ENTRETENIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA,
por la parte gremial, y HCI SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora,
en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1035/09
“E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la
Disposición D.N.R.T. Nº 147/14 y registrado bajo el Nº 406/14, conforme
surge de fojas 41/43 y 46, respectivamente.
Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones
del Trabajo Nº 91 del 4 de octubre de 2013 se fijó el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia desde
el 1° de septiembre de 2013 correspondiente al Acuerdo Nº 710/13,
homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo Nº 534 del 17 de julio de 2013.
Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº 406/14 han establecido los
nuevos valores de las escalas salariales vigentes a partir del mes de
septiembre de 2013, y posteriores allí consignadas, deviene necesario
actualizar los montos de los promedios de las remuneraciones
anteriormente fijados y de los respectivos topes indemnizatorios que
surgen del mismo, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo
de la presente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)
y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que a fojas 52/62, obra el informe técnico elaborado por la Dirección
de Normativa Laboral dependiente de esta Secretaría, por el que se
indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el
cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y
del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta
instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de
Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión
Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Déjase sin efecto el importe del promedio de las
remuneraciones con vigencia desde el 1° de septiembre de 2013 fijado
por la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo
Nº 91 del 4 de octubre de 2013, y el tope indemnizatorio resultante,
correspondiente al Acuerdo Nº 710/13, suscripto entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE
LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa HCI SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 147 del 19 de marzo de
2014 y registrado bajo el Nº 406/14 suscripto entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE
LA REPUBLICA ARGENTINA y HCI SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que,
como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe
promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Dirección Nacional
de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social.
ANEXO
Expediente Nº 1.598.266/13
PARTES SIGNATARIAS | FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA | PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES | TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE |
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
HCI SOCIEDAD ANONIMA
CCT Nº 1035/09 E | 01/09/2013
01/01/2014
01/02/2014
01/08/2014 | $ 7.822,58
$ 8.136,20
$ 8.732,09
$ 8.983,13 | $ 23.467,74
$ 24.408,60
$ 26.196,27
$ 26.949,39 |
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Expediente Nº 1.598.266/13
Buenos Aires, 30 de Abril de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 81/14, se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado con el número 335/14 T. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.