PROVINCIAS
San Juan
Ley N° 19.791
Donación de un terreno afectado a obras públicas.
Bs. As., 18/8/72
EN uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina.
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1° - Facúltase al
poder Ejecutivo a donar a la Provincia de San Juan, con destino a las
obras de la Presa de Embalse en la Quebrada de Ullum, una fracción de
terreno que es parte de una mayor extensión del campo "general
Sarmiento", de propiedad del Estado Nacional Argentino, asignado en uso
al Comando en Jefe del Ejército, situado en Marquesado, Departamento
Rivadavia, Provincia de San Juan, la que tiene la forma de un
triángulo, señalada en el plano 02-1368-71 con el número 8, que consta
de una superficie de cuarenta y tres hectáreas tres mil quinientos
ochenta y un metros cuadrados, cuarenta decímetros cuadrados, (43
ha. 3581,40 m2) dentro de las siguientes medidas y linderos: su lado
Nod-Oeste, formado por una línea quebrada, partiendo de Sud-Oeste
hascia el Nord-Este, en su primer tramo mide: Quinientos setenta y
cuatro metros cincuenta centímetros (574.50 m) y su segundo tramo mide:
Ochocientos noventa y ocho metros sesenta y centímetros (898,60 m) ;
Seiscientos setenta y ocho metros veinte centímetros (678,20 m) en su
lado Nor-Nord-Este y Mil doscientos noventa y ocho metros sesenta y
siete centímetros (1298,67 m) al Sud-Sud-Este, lindando por el
Nord-Oeste con la cumbre del Cerro de Zonda; al Este-Nord-Este con el
Río San Juan; y al Sud-Sud-Este con la mayor fracción del Campo
"General Sarmiento".
Nomenclatura Catastral: 02-20-9857.
Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LANUSSE.
Eduardo E. Aguirre Obarrio.
Cayetano A. Licciardo.