PROVINCIAS

San Juan

Ley N° 19.791

Donación de un terreno afectado a obras públicas.

Bs. As., 18/8/72

EN uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina.

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:


Artículo 1° - Facúltase al poder Ejecutivo a donar a la Provincia de San Juan, con destino a las obras de la Presa de Embalse en la Quebrada de Ullum, una fracción de terreno que es parte de una mayor extensión del campo "general Sarmiento", de propiedad del Estado Nacional Argentino, asignado en uso al Comando en Jefe del Ejército, situado en Marquesado, Departamento Rivadavia, Provincia de San Juan, la que tiene la forma de un triángulo, señalada en el plano 02-1368-71 con el número 8, que consta de una superficie de cuarenta y tres hectáreas tres mil quinientos ochenta y un metros cuadrados, cuarenta decímetros cuadrados,  (43 ha. 3581,40 m2) dentro de las siguientes medidas y linderos: su lado Nod-Oeste, formado por una línea quebrada, partiendo de Sud-Oeste hascia el Nord-Este, en su primer tramo mide: Quinientos setenta y cuatro metros cincuenta centímetros (574.50 m) y su segundo tramo mide: Ochocientos noventa y ocho metros sesenta y centímetros (898,60 m) ; Seiscientos setenta y ocho metros veinte centímetros (678,20 m) en su lado Nor-Nord-Este y Mil doscientos noventa y ocho metros sesenta y siete centímetros (1298,67 m) al Sud-Sud-Este, lindando por el Nord-Oeste con la cumbre del Cerro de Zonda; al Este-Nord-Este con el Río San Juan; y al Sud-Sud-Este con la mayor fracción del Campo "General Sarmiento".

Nomenclatura Catastral: 02-20-9857.     

Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE.

Eduardo E. Aguirre Obarrio.

Cayetano A. Licciardo.