JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución Nº 378/2014

Bs. As., 16/5/2014

VISTO el Expediente Nº 0013190/2014 del registro de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Decisión Administrativa Nº 19 de fecha 2 de febrero de 2012, sus modificatorias y complementarias y la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 85 de fecha 5 de marzo de 2012; y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 19/12 se aprobó, entre otras medidas, la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que a través de la Resolución JGM Nº 85/12 se aprobó, entre otras medidas, la Coordinación de Agencias Regionales en el ámbito de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, a fin de optimizar el cumplimiento de los objetivos de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta menester la creación de dos Coordinaciones.

Que ha tomado intervención la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, expidiéndose favorablemente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse, en el ámbito de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Coordinaciones que se detallan según el Listado y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Cdor. JORGE M. CAPITANICH, Jefe de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL

DIRECCION NACIONAL DE ESTRATEGIAS PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS

- COORDINACION DE NEGOCIACION Y MEDIACION DE CONFLICTOS

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL

DIRECCION NACIONAL DE INTEGRACION Y DESARROLLO NACIONAL

- COORDINACION DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL

SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA

DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION REGIONAL

- COORDINACION DE AGENCIAS REGIONALES

ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL

DIRECCION NACIONAL DE ESTRATEGIAS PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS

COORDINACION DE NEGOCIACION Y MEDIACION DE CONFLICTOS

ACCIONES:

1. Supervisar y monitorear el desarrollo de herramientas y habilidades para la resolución eficaz de conflictos sociales.

2. Elevar informes periódicos del mapa de conflictos.

3. Asistir al Director Nacional de Estrategias para la Resolución de Conflictos en todo lo relativo a las temáticas propias de las distintas etapas de los mismos.

4. Articular las herramientas de comunicación que sean necesarias en el proceso de resolución de conflictos.

5. Capacitar al personal de la Secretaría en técnicas de negociación y mediación de conflictos.

6. Implementar técnicas de negociación y mediación conflictos con las áreas de gobierno competentes en la materia.

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL

DIRECCION NACIONAL DE INTEGRACION Y DESARROLLO NACIONAL

COORDINACION DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL

ACCIONES:

1. Asistir al Director Nacional de Integración y Desarrollo Nacional en todo lo relativo a la temática propia de su ámbito de competencia.

2. Proponer acciones que promuevan el desarrollo de las capacidades productivas regionales.

3. Realizar estudios y elevar informes periódicos al Director Nacional de Integración y Desarrollo Nacional sobre situaciones que ameriten acciones de integración territorial.

4. Detectar demandas sociales de las diversas regiones y elaborar propuestas tendientes a la solución de las mismas.

5. Diseñar y monitorear programas que procuren el desarrollo regional.

6. Coordinar con instituciones encargadas de acciones de desarrollo regional acciones tendientes a potenciar los programas de desarrollo.

7. Elaborar una base de datos de las necesidades de infraestructura que sean necesarias a fin de desarrollar las economías regionales.

SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA

DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION REGIONAL

COORDINACION DE AGENCIAS REGIONALES

ACCIONES:

1. Supervisar y monitorear la implementación, por las Agencias Regionales, de las acciones, programas, planes e iniciativas surgidas en la Secretaría.

2. Elevar pedidos e informes provenientes de las Agencias Regionales al Director Nacional de Articulación Regional sobre la implementación de las acciones, programas e iniciativas surgidas en la Secretaría, así como las propuestas, demandas y necesidades de la región que representa.

3. Asistir al Director Nacional en todo lo relativo a las temáticas propias de las distintas Agencias Regionales.

e. 26/05/2014 N° 34658/14 v. 26/05/2014