JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución Nº 378/2014
Bs. As., 16/5/2014
VISTO el Expediente Nº 0013190/2014 del registro de JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la Decisión Administrativa Nº 19 de fecha 2 de
febrero de 2012, sus modificatorias y complementarias y la Resolución
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 85 de fecha 5 de marzo de
2012; y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 19/12 se aprobó, entre otras
medidas, la estructura organizativa de primer nivel operativo de la
SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que a través de la Resolución JGM Nº 85/12 se aprobó, entre otras
medidas, la Coordinación de Agencias Regionales en el ámbito de la
SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que, a fin de optimizar el cumplimiento de los objetivos de la
SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, resulta menester la creación de dos Coordinaciones.
Que ha tomado intervención la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION
de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, expidiéndose favorablemente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto
de 1994.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse, en el ámbito de la SECRETARIA DE INTEGRACION
NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Coordinaciones
que se detallan según el Listado y Acciones, que como Anexos I y II,
forman parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente ejercicio, de la Jurisdicción 25
- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Cdor. JORGE M. CAPITANICH, Jefe de
Gabinete de Ministros.
ANEXO I
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE ESTRATEGIAS PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS
- COORDINACION DE NEGOCIACION Y MEDIACION DE CONFLICTOS
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE INTEGRACION Y DESARROLLO NACIONAL
- COORDINACION DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL
SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA
DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION REGIONAL
- COORDINACION DE AGENCIAS REGIONALES
ANEXO II
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE ESTRATEGIAS PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS
COORDINACION DE NEGOCIACION Y MEDIACION DE CONFLICTOS
ACCIONES:
1. Supervisar y monitorear el desarrollo de herramientas y habilidades para la resolución eficaz de conflictos sociales.
2. Elevar informes periódicos del mapa de conflictos.
3. Asistir al Director Nacional de Estrategias para la Resolución de
Conflictos en todo lo relativo a las temáticas propias de las distintas
etapas de los mismos.
4. Articular las herramientas de comunicación que sean necesarias en el proceso de resolución de conflictos.
5. Capacitar al personal de la Secretaría en técnicas de negociación y mediación de conflictos.
6. Implementar técnicas de negociación y mediación conflictos con las áreas de gobierno competentes en la materia.
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE INTEGRACION Y DESARROLLO NACIONAL
COORDINACION DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL
ACCIONES:
1. Asistir al Director Nacional de Integración y Desarrollo Nacional en
todo lo relativo a la temática propia de su ámbito de competencia.
2. Proponer acciones que promuevan el desarrollo de las capacidades productivas regionales.
3. Realizar estudios y elevar informes periódicos al Director Nacional
de Integración y Desarrollo Nacional sobre situaciones que ameriten
acciones de integración territorial.
4. Detectar demandas sociales de las diversas regiones y elaborar propuestas tendientes a la solución de las mismas.
5. Diseñar y monitorear programas que procuren el desarrollo regional.
6. Coordinar con instituciones encargadas de acciones de desarrollo
regional acciones tendientes a potenciar los programas de desarrollo.
7. Elaborar una base de datos de las necesidades de infraestructura que
sean necesarias a fin de desarrollar las economías regionales.
SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA
DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION REGIONAL
COORDINACION DE AGENCIAS REGIONALES
ACCIONES:
1. Supervisar y monitorear la implementación, por las Agencias
Regionales, de las acciones, programas, planes e iniciativas surgidas
en la Secretaría.
2. Elevar pedidos e informes provenientes de las Agencias Regionales al
Director Nacional de Articulación Regional sobre la implementación de
las acciones, programas e iniciativas surgidas en la Secretaría, así
como las propuestas, demandas y necesidades de la región que representa.
3. Asistir al Director Nacional en todo lo relativo a las temáticas propias de las distintas Agencias Regionales.
e. 26/05/2014 N° 34658/14 v. 26/05/2014