ADMINISTRACION
NACIONAL DE AVIACION CIVIL
Resolución Nº 310/2014
Bs. As., 14/5/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0300732/2012 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº
1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 4° del Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de
2007 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE AVIACION CIVIL (ANAC), organismo descentralizado en el ámbito de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de conformidad
con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que,
como Anexos II y III, forman parte integrante del citado Decreto.
Que por el artículo 1° de la Resolución ANAC Nº 222 de fecha 2 de
diciembre de 2009, se aprobaron las aperturas de segundo y tercer nivel
operativos de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de
la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.
Que para satisfacer las necesidades del Organismo en materia de
tecnología y sistemas de información, es necesario modificar la
estructura organizativa de la Dirección de Sistemas y Comunicaciones de
la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO dependiente de la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCION
GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE AVIACION CIVIL, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes
del artículo 17 del Decreto Nº 1.545 de fecha 31 de agosto de 1994,
complementado por la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de
1994 de la ex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Modifícase la estructura organizativa de la Dirección de
Sistemas y Comunicaciones de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y
ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, de
conformidad con el Organigrama y Acciones que, como Anexos I y II,
forman parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con las partidas correspondientes al presupuesto
del Organismo Descentralizado 669 - ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION
CIVIL.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS,
Administrador Nacional de Aviación Civil.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente
norma han sido extraidos de la edición web de
Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link:
Anexos)
e. 30/05/2014 Nº 36469/14 v. 30/05/2014