JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 425/2014
Decisión Administrativa Nº 477/1998. Incorpórase cargo.
Bs. As., 6/6/2014
VISTO el Expediente Nº 0006999/2014 del registro de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895 aprobatoria del Presupuesto
General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2014,
distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 3 de enero de
2014, el Decreto Nº 129 de fecha 3 de febrero de 2014, la Decisión
Administrativa Nº 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 477/98, se estableció la
integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de
Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios.
Que a través del Decreto Nº 129/14 se estableció que el Jefe de
Gabinete de Asesores de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tiene rango y
jerarquía de Subsecretario.
Que en esta instancia y en atención a la naturaleza de sus cometidos,
resulta necesario incorporar al Jefe de Gabinete de Asesores de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, con carácter de excepción, en los Artículos 1°,
2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1°
de la precitada Decisión Administrativa.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARIA DE
GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Incorpórase con
carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida,
el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en los
artículos 1°, 2° y 3°, así como también en el inciso c) de la Planilla
Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477 de fecha 16
de septiembre de 1998 y sus modificatorias.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 -
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.