CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución Nº 5/2014

Bs. As., 11/6/2014

VISTO la Resolución Nº 15 de fecha 6 de agosto de 2012, del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución citada en el Visto, y a partir de la recomendación contenida en el Informe Técnico Oficial del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) Nº 01/2012, se modificaron las Unidades de Manejo establecidas en la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 4, de fecha 22 de mayo de 2008, a fin de lograr una mejor correspondencia entre la distribución biológica de las concentraciones del recurso y la delimitación geográfica de las áreas que las contienen.

Que en la Nota INIDEP DNI Nº 76/2014 el Instituto ha recomendado realizar una mínima corrección en las coordenadas de las Unidades de Manejo establecidas por la Resolución Nº 15, de fecha 6 de agosto de 2012, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, redondeando a CERO (0) los dos dígitos finales de las mismas, a fin de poder trabajar con una geometría en la que no existen espacios entre Unidades de Manejo ni capturas por fuera de ellas.

Que por las razones citadas, resulta conveniente modificar las Unidades de Manejo establecidas en la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 15, de fecha 6 de agosto de 2012 conforme la propuesta remitida por el INIDEP.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con el artículo 9°, incisos a) y f) y el artículo 17 de la Ley Nº 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyese el ANEXO I de la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 15, de fecha 6 de agosto de 2012, por el ANEXO I que se adjunta a la presente resolución, con la nueva delimitación de las Unidades de Manejo de vieira patagónica (Zygochlamys patagonica).

ARTICULO 2° — Sustitúyese el ANEXO III de la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 15, de fecha 6 de agosto de 2012, por el ANEXO II que se adjunta a la presente resolución, con el gráfico de la ubicación de las nuevas Unidades de Manejo definidas en el artículo 1° de la presente resolución.

ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 1° de julio de 2014.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, Suplente Presidente del Consejo Federal Pesquero. — DIEGO L. MARZIONI, Representante Provincia de Santa Cruz, Consejo Federal Pesquero. — Dr. LISANDRO A. BELARMINI, Representante Suplente de la Provincia de Buenos Aires, Consejo Federal Pesquero. — Lic. MARIA S. GIANGIOBBE, Representante Suplente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Consejo Federal Pesquero. — JUAN C. BOUZAS, Representante de la Provincia del Chubut, Consejo Federal Pesquero. —Mtro. CARLOS F. TAGLE, Representante Suplente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Consejo Federal Pesquero. — Lic. RAUL J. BRIDI, Representante Provincia de Río Negro, Consejo Federal Pesquero. — Lic. NICOLAS GUTMAN, Representante Suplente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Consejo Federal Pesquero. — Sr. CARLOS A. CANTU, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero.

ANEXO I - RESOLUCION CFP Nº 5/2014

Ubicación geográfica y numeración utilizada para identificar cada una de las Unidades de Manejo de la pesquería de vieira patagónica.

Unidad de manejo: a los fines de la presente, es la fracción más pequeña de una población o grupo de poblaciones sobre la/s que se aplican medidas de manejo específicas.





ANEXO II - RESOLUCION CFP Nº 5/2014

Ubicación de las Unidades de Manejo (UM) de vieira patagónica (Zygochlamys patagonica).


e. 13/06/2014 N| 41807/14 v. 13/06/2014