CONSEJO FEDERAL PESQUERO
Resolución Nº 5/2014
Bs. As., 11/6/2014
VISTO la Resolución Nº 15 de fecha 6 de agosto de 2012, del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y
CONSIDERANDO:
Que por la resolución citada en el Visto, y a partir de la
recomendación contenida en el Informe Técnico Oficial del INSTITUTO
NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) Nº 01/2012, se
modificaron las Unidades de Manejo establecidas en la Resolución del
CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 4, de fecha 22 de mayo de 2008, a fin de
lograr una mejor correspondencia entre la distribución biológica de las
concentraciones del recurso y la delimitación geográfica de las áreas
que las contienen.
Que en la Nota INIDEP DNI Nº 76/2014 el Instituto ha recomendado
realizar una mínima corrección en las coordenadas de las Unidades de
Manejo establecidas por la Resolución Nº 15, de fecha 6 de agosto de
2012, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, redondeando a CERO (0) los dos
dígitos finales de las mismas, a fin de poder trabajar con una
geometría en la que no existen espacios entre Unidades de Manejo ni
capturas por fuera de ellas.
Que por las razones citadas, resulta conveniente modificar las Unidades
de Manejo establecidas en la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº
15, de fecha 6 de agosto de 2012 conforme la propuesta remitida por el
INIDEP.
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la
presente de conformidad con el artículo 9°, incisos a) y f) y el
artículo 17 de la Ley Nº 24.922.
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyese el ANEXO I de la Resolución del CONSEJO
FEDERAL PESQUERO Nº 15, de fecha 6 de agosto de 2012, por el ANEXO I
que se adjunta a la presente resolución, con la nueva delimitación de
las Unidades de Manejo de vieira patagónica (Zygochlamys patagonica).
ARTICULO 2° — Sustitúyese el ANEXO III de la Resolución del CONSEJO
FEDERAL PESQUERO Nº 15, de fecha 6 de agosto de 2012, por el ANEXO II
que se adjunta a la presente resolución, con el gráfico de la ubicación
de las nuevas Unidades de Manejo definidas en el artículo 1° de la
presente resolución.
ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 1° de julio de 2014.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, Suplente
Presidente del Consejo Federal Pesquero. — DIEGO L. MARZIONI,
Representante Provincia de Santa Cruz, Consejo Federal Pesquero. — Dr.
LISANDRO A. BELARMINI, Representante Suplente de la Provincia de Buenos
Aires, Consejo Federal Pesquero. — Lic. MARIA S. GIANGIOBBE,
Representante Suplente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo
Sustentable, Consejo Federal Pesquero. — JUAN C. BOUZAS, Representante
de la Provincia del Chubut, Consejo Federal Pesquero. —Mtro. CARLOS F.
TAGLE, Representante Suplente del Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto, Consejo Federal Pesquero. — Lic. RAUL
J. BRIDI, Representante Provincia de Río Negro, Consejo Federal
Pesquero. — Lic. NICOLAS GUTMAN, Representante Suplente de la Provincia
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Consejo
Federal Pesquero. — Sr. CARLOS A. CANTU, Representante del Poder
Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero.
ANEXO I - RESOLUCION CFP Nº 5/2014
Ubicación geográfica y numeración utilizada para identificar cada una
de las Unidades de Manejo de la pesquería de vieira patagónica.
Unidad de manejo: a los fines de la presente, es la fracción más
pequeña de una población o grupo de poblaciones sobre la/s que se
aplican medidas de manejo específicas.
ANEXO II - RESOLUCION CFP Nº 5/2014
Ubicación de las Unidades de Manejo (UM) de vieira patagónica (Zygochlamys patagonica).
e. 13/06/2014 N| 41807/14 v. 13/06/2014