MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR
Disposición Nº 185/2014
Bs. As., 10/6/2014
VISTO el expediente Nº S01:0240280/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, establece la obligatoriedad de
la certificación de la veracidad de la información suministrada en la
etiqueta y fichas respectivas, correspondientes a los aparatos
eléctricos de uso domésticos que se enumeran en el artículo 2° de la
mencionada Resolución y que se comercializan en el país, en lo relativo
al rendimiento o eficiencia energética, la emisión de ruido y las demás
características asociadas.
Que la Resolución Nº 35, de fecha 17 de marzo de 2005, de la ex
SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, a través de su artículo 4°, estableció las modalidades y
fechas de entrada en vigencia de la obligación de obtener la
certificación y de colocación de la etiqueta de eficiencia energética
correspondientes sobre los productos eléctricos definidos como
refrigeradores, congelación de alimentos y sus combinaciones, que se
comercialicen en el país.
Que las Resoluciones Nº 123, de fecha 3 de marzo de 1999, y Nº 431, de
fecha 28 de junio de 1999, de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
establecen que para su participación en los Regímenes de Certificación
Obligatoria, los Organismos de Certificación deberán contar con el
reconocimiento al efecto de esta Dirección Nacional de Comercio
Interior.
Que por medio de la Disposición de esta DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO
INTERIOR Nº 668, de fecha 19 de setiembre de 2006, fueron designados
los integrantes del mencionado Comité de Evaluación.
Que mediante el expediente citado en el VISTO la empresa IQC S.A.,
solicitó su reconocimiento para actuar en la realización de ensayos en
cumplimiento de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº 319/1999 y de la
Resolución ex - SCT Nº 35/2005.
Que IQC S.A. ha presentado, a fojas 78/82, documentación que evidencia
su acreditación por parte del Organismo Argentino de Acreditación
(O.A.A.) perteneciente al SISTEMA NACIONAL DE NORMAS, CALIDAD Y
CERTIFICACION, creado por el Decreto Nº 1474, de fecha 23 de agosto de
1994, como Organismo de Certificación para la aplicación, entre otros,
del régimen de etiquetado de eficiencia energética para aparatos de
refrigeración domésticos, dando cumplimiento así a lo requerido por la
Resolución Nº 431 de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO y MINERIA
del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que, conforme exige el último párrafo del inciso e) artículo 2° de la
Resolución antes referida, el causante ha presentado evidencia de la
contratación del seguro de responsabilidad civil correspondiente, a
fojas 328/342, siendo aprobado sin observaciones por esta Dirección
Nacional.
Que en su Acta de reunión de fecha 7 de mayo de 2014, el subcomité de
Evaluación de Organismos de Certificación reunido al efecto ha evaluado
dicha presentación recomendando la visita in situ y verificar la
actualización de la información presentada por la entidad solicitante.
Que, según consta en el Acta del Comité de Evaluación de Organismos de
Certificación de fecha 16 de mayo de 2014, el citado Comité se ha
expedido favorablemente, recomendando el reconocimiento de IQC S.A.
para desempeñarse como Organismo de Certificación en la aplicación del
régimen mencionado.
Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior, dependiente
de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el
artículo 6° de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº 431/99 y por los
Decretos Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y
Nº 727 de fecha 10 de junio de 2013.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR
DISPONE:
ARTICULO 1° — Reconocer a IQC S.A. como Organismo de Certificación en
aplicación del régimen establecido por la Resolución Nº 35, de fecha 17
de marzo de 2005, de la ex SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, referida a la obligatoriedad de la
certificación de la veracidad de la información suministrada en la
etiqueta y fichas respectivas, correspondientes en este caso a los
aparatos eléctricos de uso domésticos definidos como refrigeradores,
congelación de alimentos y sus combinaciones, y que se comercializan en
el país, en lo relativo al rendimiento o eficiencia energética, la
emisión de ruido y las demás características asociadas.
ARTICULO 2° — La presente Disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3° — Notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial, y archívese. — Prof. FERNANDO A. CARRO, Director
Nacional de Comercio Interior.
e. 13/06/2014 N° 41769/14 v. 13/06/2014