MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución Nº 557/2014
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente N° S02:0057048/2014 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 494 de fecha 10 de abril de 2012 se aprobó el
Convenio Marco celebrado entre el MINISTERIO DE INDUSTRIA, la
SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, actualmente
dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de fecha 29 de marzo de 2012, para la
ampliación y renovación de la flota del transporte automotor de cargas.
Que asimismo por la citada norma, se aprobó el PROGRAMA DE
FINANCIAMIENTO PARA LA AMPLIACION Y RENOVACION DE FLOTA (en adelante el
“PROGRAMA”), con la finalidad de instrumentar una serie de medidas
orientadas a proporcionar ayuda financiera a las personas físicas,
jurídicas y a los fabricantes nacionales de vehículos de carga y
complementos, promoviendo la ampliación y renovación del parque
automotor de transporte de cargas.
Que mediante los Decretos N° 1666 de fecha 11 de septiembre de 2012 y
Nº 2525 de fecha 17 de diciembre de 2012 se aprobaron sendas Addendas
al Convenio Marco con el objetivo de continuar con la aplicación de
políticas de promoción y fortalecimiento de las empresas de los
sectores vial, de transporte y agrícola y de la producción de
maquinaria y vehículos vinculados a dichos sectores, incorporándose a
tales efectos los beneficiarios respectivos.
Que por su parte el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del artículo 3°
del Decreto N° 494/2012, designó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE como
Autoridad de Aplicación del “PROGRAMA”, facultándola a practicar las
modificaciones que considere pertinentes, a dictar la normativa
reglamentaria y a suscribir los convenios que resulten necesarios para
su implementación.
Que el CONSEJO DE ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO, creado por el artículo 12
del Anexo II del Decreto N° 494 de fecha 10 de abril de 2012, ha
elevado a consideración de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, mediante Acta
de junio de 2014, diversas propuestas a los fines profundizar las
políticas establecidas en el reglamento aludido.
Que dicha Acta fue suscripta por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, el MINISTERIO DE INDUSTRIA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA,
la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la SECRETARIA DE
TRANSPORTE y NACION LEASING S.A.
Que entre otros aspectos, se planteó la necesidad de ampliación del
universo de bienes alcanzados y de las condiciones de financiamiento
del “PROGRAMA” a través de la incorporación de los vehículos
automotores terrestres categoría M1 y N1, definidos en el artículo 28,
Capítulo I, Título V del Anexo I del Decreto N° 779 de fecha 20 de
noviembre de 1995, con las modificaciones introducidas por el Decreto
N° 1716 de fecha 20 de octubre de 2008, de origen del Mercado Común del
Sur (MERCOSUR) por un plazo de TRES (3) meses.
Que el CONSEJO DE ELIGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO entiende además que
corresponde dejar sin efecto la exclusión prevista en el inciso e) del
apartado 3 del Acta suscripta con fecha 8 de abril del 2014 por los
integrantes del mismo y que fuera aprobada mediante Resolución N° 466
de fecha 3 de junio de esta Secretaría.
Que en consecuencia, siendo la SECRETARIA DE TRANSPORTE la autoridad
competente a los fines de disponer modificaciones en el “PROGRAMA”
conforme el artículo 3° del Decreto N° 494/2012, resulta necesario
aprobar la propuesta contenida en el Acta suscripta por los integrantes
del CONSEJO DE ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO creado por el artículo 12 del
Anexo II del Decreto N° 494 de fecha 10 de abril de 2012.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 494/2012.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la propuesta efectuada por el CONSEJO DE
ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO, creado por el artículo 12 del Anexo II del
Decreto N° 494 de fecha 10 de abril de 2012, mediante Acta suscripta en
junio de 2014 por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el
MINISTERIO DE INDUSTRIA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, la SECRETARIA DE
TRANSPORTE y NACION LEASING S.A., la que se agrega en copia autenticada
como ANEXO del presente acto.
ARTICULO 2° — El gasto que demande la incorporación prevista en el
PUNTO A) del Acta aprobada por el artículo 1° de la presente resolución
será atendido con créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 -
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO RAMOS, Secretario de
Transporte.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente
norma han sido extraidos de la edición web de
Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link:
Anexos)
e. 24/06/2014 N° 44619/14 v. 24/06/2014