MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución Nº 557/2014

Bs. As., 23/6/2014

VISTO el Expediente N° S02:0057048/2014 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 494 de fecha 10 de abril de 2012 se aprobó el Convenio Marco celebrado entre el MINISTERIO DE INDUSTRIA, la SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, actualmente dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de fecha 29 de marzo de 2012, para la ampliación y renovación de la flota del transporte automotor de cargas.

Que asimismo por la citada norma, se aprobó el PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA LA AMPLIACION Y RENOVACION DE FLOTA (en adelante el “PROGRAMA”), con la finalidad de instrumentar una serie de medidas orientadas a proporcionar ayuda financiera a las personas físicas, jurídicas y a los fabricantes nacionales de vehículos de carga y complementos, promoviendo la ampliación y renovación del parque automotor de transporte de cargas.

Que mediante los Decretos N° 1666 de fecha 11 de septiembre de 2012 y Nº 2525 de fecha 17 de diciembre de 2012 se aprobaron sendas Addendas al Convenio Marco con el objetivo de continuar con la aplicación de políticas de promoción y fortalecimiento de las empresas de los sectores vial, de transporte y agrícola y de la producción de maquinaria y vehículos vinculados a dichos sectores, incorporándose a tales efectos los beneficiarios respectivos.

Que por su parte el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del artículo 3° del Decreto N° 494/2012, designó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE como Autoridad de Aplicación del “PROGRAMA”, facultándola a practicar las modificaciones que considere pertinentes, a dictar la normativa reglamentaria y a suscribir los convenios que resulten necesarios para su implementación.

Que el CONSEJO DE ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO, creado por el artículo 12 del Anexo II del Decreto N° 494 de fecha 10 de abril de 2012, ha elevado a consideración de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, mediante Acta de junio de 2014, diversas propuestas a los fines profundizar las políticas establecidas en el reglamento aludido.

Que dicha Acta fue suscripta por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el MINISTERIO DE INDUSTRIA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la SECRETARIA DE TRANSPORTE y NACION LEASING S.A.

Que entre otros aspectos, se planteó la necesidad de ampliación del universo de bienes alcanzados y de las condiciones de financiamiento del “PROGRAMA” a través de la incorporación de los vehículos automotores terrestres categoría M1 y N1, definidos en el artículo 28, Capítulo I, Título V del Anexo I del Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1716 de fecha 20 de octubre de 2008, de origen del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) por un plazo de TRES (3) meses.

Que el CONSEJO DE ELIGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO entiende además que corresponde dejar sin efecto la exclusión prevista en el inciso e) del apartado 3 del Acta suscripta con fecha 8 de abril del 2014 por los integrantes del mismo y que fuera aprobada mediante Resolución N° 466 de fecha 3 de junio de esta Secretaría.

Que en consecuencia, siendo la SECRETARIA DE TRANSPORTE la autoridad competente a los fines de disponer modificaciones en el “PROGRAMA” conforme el artículo 3° del Decreto N° 494/2012, resulta necesario aprobar la propuesta contenida en el Acta suscripta por los integrantes del CONSEJO DE ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO creado por el artículo 12 del Anexo II del Decreto N° 494 de fecha 10 de abril de 2012.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 494/2012.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la propuesta efectuada por el CONSEJO DE ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO, creado por el artículo 12 del Anexo II del Decreto N° 494 de fecha 10 de abril de 2012, mediante Acta suscripta en junio de 2014 por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el MINISTERIO DE INDUSTRIA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, la SECRETARIA DE TRANSPORTE y NACION LEASING S.A., la que se agrega en copia autenticada como ANEXO del presente acto.

ARTICULO 2° — El gasto que demande la incorporación prevista en el PUNTO A) del Acta aprobada por el artículo 1° de la presente resolución será atendido con créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO RAMOS, Secretario de Transporte.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

e. 24/06/2014 N° 44619/14 v. 24/06/2014