MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 800/2014
Bs. As., 27/5/2014
VISTO el Expediente Nº 1.602.535/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/7 obra agregado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO
DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA
ARGENTINA por el sector sindical, y la empresa MITHRA SOCIEDAD ANONIMA
por el sector empleador, ratificado a foja 8, a foja 42 y a foja 49 por
medio de las Actas que lo integran, del Expediente Nº 1.602.535/13,
conforme lo previsto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido un incremento
salarial cuya vigencia opera a partir del día 1 de Diciembre de 2013,
en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1054/09 “E”, del cual
las partes son signatarias, conforme las consideraciones obrantes en el
texto al cual se remiten.
Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con
la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado el cumplimiento
de los recaudos formales exigidos en la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa, se procederá a girar los
obrados a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo
párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 5/7,
celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa MITHRA SOCIEDAD
ANONIMA, ratificado a foja 8, a foja 42 y a foja 49 por medio de las
Actas que lo integran, del Expediente Nº 1.602.535/13, conforme lo
previsto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre
el Acuerdo obrante a fojas 5/7 y las Actas de ratificación de foja 8,
foja 42 y foja 49 que lo integra, del Expediente Nº 1.602.535/13.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
lndemnizatorio, conforme a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley
Nº 20.744 (t.o. 2006) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la
guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa Nº 1054/09 “E”.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.602.535/13
Buenos Aires, 28 de Mayo de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 800/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/7, 8, 42 y 49 del expediente
de referencia, quedando registrado bajo el número 682/14. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación –
D.N.R.T.
En la ciudad de Luis Guillon, partido de Esteban Echeverría a los
veinte días del mes de Diciembre de 2013, se reúnen, el representante
de Mithra S.A., el Sr. Marcelo Rocca como apoderado en adelante “la
empresa”, por una parte y por la otra los representantes del Sindicato
de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República
Argentina (S.M.A.T.A.), Sres. Ricardo Pignanelli, Mario Manrique,
Gustavo Moran, Ricardo de Simone, Francisco Malvaso, Hugo Gaeta y
Ricardo Murua en adelante “el S.M.A.T.A.” y ambas en conjunto
denominadas las partes, quienes luego de varias reuniones de
negociación,
EXPRESAN:
PRIMERO: A partir del 1/12/2013, los valores de los salarios básicos
son los descriptos en las escalas salariales que se adjuntan como anexo.
SEGUNDO: Las partes convienen que el incremento acordado en la
presente, clausura en forma total y definitiva la negociación salarial
que venían manteniendo.
TERCERO: El incremento previsto en el presente acuerdo, tiene como
condición para su otorgamiento que absorberá y/o compensará hasta su
concurrencia cualquier aumento, incremento y/o mejora, y/o beneficio,
y/o ajuste salarial que se otorgue y que pudiere disponer el Poder
Ejecutivo Nacional o Provincial, y/o Poder Legislativo, ya sea por vía
legal, reglamentaria o por cualquier otra vía, ya sea con carácter
remunerativo o no remunerativo, por suma fija o por porcentaje, y aun
cuando dicho aumento se disponga sobre las remuneraciones normales y/o
habituales, y/o nominales y/o permanentes, y/o sobre los básicos
convencionales o sobre cualquier otro tipo de remuneración o pago
alguno.
CUARTO: En virtud del acuerdo alcanzado, las partes reconocen que el
mismo evidencia una justa y adecuada composición de intereses vinculada
a la retribución del personal. En razón de lo expuesto asumen el
compromiso de no plantear cuestiones de índole económica y/o monetaria.
QUINTO: LAS PARTES comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosas
y ordenadas relaciones, que permitan atender las exigencias tanto de la
Empresa como de los Trabajadores, procurando el cumplimiento de los
objetivos de Seguridad, Calidad, Producción y Exportación, con el
propósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo y el
continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se
comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar
medidas de fuerza que atenten con dichos objetivos.
SEXTO: Cualquiera de las partes podrá presentar este documento ante las
autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación y solicitar su homologación. Sin perjuicio de ello, lo aquí
pactado es de cumplimiento inmediato y obligado para las partes por
imperio de lo normado en el art. 1197 del Código Civil.
No siendo para más y en prueba de conformidad se firman cinco (5)
ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha
indicados al inicio del presente.
ESCALA SALARIAL MITHRA A PARTIR DE 01/12/2013
LAS ESCALAS SALARIALES DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS ESTAN INCLUIDAS EN LAS CATEGORIAS 1 A LA 3 DEL CUADRO PRECEDENTE.
Expediente Nº 1602535/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de enero
de 2014, siendo las 12:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Víctor Hugo GAETA (DNI:
13.078.440), en calidad de miembro del Consejo Directivo Nacional y el
Sr. Ricardo MURUA (DNI 13.789.858), colaborador gremial; y en
representación de la empresa MITHRA S.A., no comparece personal alguna,
tras comunicarse telefónicamente manifestando su imposibilidad de
concurrir a la audiencia del día de la fecha.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica que la
convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la presentación
formulada por el SMATA, obrante a fojas 1 del expediente de referencia.
Acto seguido, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra a la
representación sindical manifiesta que acompañan y ratifican
íntegramente el acuerdo de partes arribado en forma directa el día 20
de diciembre de 2013 y acreditado a fojas 5/6 del expediente de
referencia, del que reconocen como propias las firmas allí insertas, y
manifiestan su solicitud de homologación. El mismo se realiza en el
marco del CCT 1054/09 “E” y alcanza a aproximadamente 6 trabajadores.
Se deja constancia que al día de la fecha no cuentan con delegados de
personal en la empresa.
Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación
sindical que, en el plazo de diez (10) días, el acuerdo deberá ser
ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial y por la
representación empresaria. Cumplido ello, será elevado a la
Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la
Ley Nº 14250. En este estado y no siendo para más, a las 12:30 horas,
se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la
presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su
manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente Nº 1602535/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días del mes de febrero
de 2014, siendo las 14:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación de la empresa MITHRA S.A.C.I.F.I.,
constituyendo domicilio en Tucumán 1427 1° “102”, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires: el Sr. Hugo Alberto MORENO (DNI: 10.089.637), en calidad
de Apoderado, condición manifiesta y no acredita, y se intima a hacerlo
en el plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas, bajo apercibimiento de darlo
por no comparecido.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica que la
convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la presentación
formulada por el SMATA, obrante a fojas 1 del expediente de referencia.
Acto seguido, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra a la
representación empleadora manifiesta que ratifica íntegramente el
acuerdo de partes arribado en forma directa el día 20 de diciembre de
2013 y acreditado a fojas 5/6 del expediente de referencia, del que
reconocen como propias las firmas allí insertas, y manifiestan su
solicitud de homologación. El mismo se realiza en el marco del CCT
1054/09 “E” y alcanza a aproximadamente 6 trabajadores.
Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación
empleadora que el acuerdo será elevado a la Superioridad, quedando
sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14.250. En este
estado y no siendo para más, a las 15:00 horas, se da por finalizado el
acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura,
para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que
CERTIFICO.
EXPEDIENTE Nº 1602535/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días del mes de marzo
de 2014, siendo las 11:05 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en
Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo
MORAN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical,
manifiesta que toma vista del estado actual de las actuaciones y
ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acuerdo celebrado
con la Empresa Mithra S.A. el 20 de diciembre de 2013 y acreditado a
fojas 5/7 del expediente de referencia, en el marco del CCT 1054/09
“E”; solicitando su homologación.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA
que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su
homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al
control de legalidad previsto en la Ley Nº 14.250. En este estado y no
siendo para más, a las 11:10 horas, se da por finalizado el acto
firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para
constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.