MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 976/2014


Dase por designado el Director Nacional de Protección Civil.


Bs. As., 19/6/2014

VISTO el Expediente Nº 23.510/2013 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y 636 de fecha 31 de mayo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014 respectivamente.

Que por el Artículo 7° de las citadas leyes se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Artículo 10 de las referidas leyes se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el Inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Artículo 7° del Decreto Nº 636/13 se transfirió la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, del ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con las unidades organizativas que le dependen, sus respectivos cargos, niveles y categorías, dotación de personal, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios vigentes, conservando su personal sus respectivos niveles, grados y categorías de revista escalafonarios.

Que se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de Protección Civil, habiendo resultado indispensable proceder a su cobertura transitoria de manera inmediata, a fin de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.

Que por el Decreto Nº 2.098/08, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.).

Que el Contador Público Don Carlos Hernán CARUSSO, reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo, no obstante corresponde aprobar su designación con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A, establecidos en el Artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02, en su Artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el referido Artículo 6° del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el Contador Público Don Carlos Hernán CARUSSO ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios desde el 2 del septiembre de 2013 y hasta el 3 de diciembre de 2013 inclusive, siendo procedente designarlo con efectos a esa fecha.

Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 2 de septiembre de 2013 y hasta el 3 de diciembre de 2013 inclusive, en UN (1) cargo Nivel A - Grado 0, como Director Nacional de Protección Civil del MINISTERIO DE SEGURIDAD, al Contador Público Don Carlos Hernán CARUSSO (D.N.I. Nº 27.343.506), autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto Nº 2.098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A, establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.