MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL ELECTORAL
Disposición Nº 55/2014
Bs. As., 24/6/2014
VISTO el Expediente Nº S02:0064801/2014 del registro de este
Ministerio, el artículo 23 de la Ley Nº 23.298 - Orgánica de los
Partidos Políticos, y la Disposición del suscripto Nº 22 del 6 de
noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado artículo señala respecto de las fichas de afiliación
“Las fichas solicitud serán suministradas sin cargo por el Ministerio
del Interior a los partidos reconocidos o en formación que las
requieran, sin perjuicio de su confección por los mismos y a su cargo,
conforme al modelo realizado por el Ministerio del Interior respetando
medida, calidad del material y demás características”.
Que en el caso que los partidos políticos decidan la confección a su
cargo de las fichas de afiliación, resulta conveniente, en orden a
facilitar dicha operación y asegurar se respete el modelo establecido
por delegación legal, colocar en el sitio web de esta DIRECCION
NACIONAL ELECTORAL, www.elecciones.gob.ar, el modelo, medidas y las
características que deberán tener, de acuerdo a lo oportunamente
aprobado por esta Dependencia.
Que resulta pertinente adoptar similar temperamento en el caso de las
denominadas fichas de adhesión para la constitución de un partido
político.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de la facultad conferida al
suscripto por el Anexo II del Decreto Nº 682 del 14 de mayo de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — Publíquese en el sitio web de esta DIRECCION NACIONAL
ELECTORAL —www.elecciones.gob.ar— el modelo, las medidas y las
características de las fichas solicitud de afiliación a los partidos
políticos y fichas de adhesión para la constitución de un partido
político.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional
Electoral
e. 27/06/2014 Nº 44944/14 v. 27/06/2014