ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
Resolución Nº 14/2014
El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado en el
expediente Nº 2093-14 la Resolución ERAS Nº 14 de fecha 25/06/14,
mediante la cual se constituye el Comité de Acción Estratégica para la
Coordinación y Elaboración de los Manuales y Normas de Procedimientos
del ERAS, transcribiendo a continuación los artículos:
“ARTICULO 1°.- Constitúyese el COMITE DE ACCION ESTRATEGICA PARA LA
COORDINACION Y ELABORACION DE LOS MANUALES Y NORMAS DE PROCEDIMIENTOS
DEL ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).
ARTICULO 2°.- Establécese que el Comité constituido por el artículo
anterior estará conformado por UN (1) representante de la UNIDAD DE
AUDITORIA INTERNA, por UN (1) representante del DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO y los representantes que designe la DIRECCION DE
PLANEAMIENTO Y REINGENIERIA ORGANIZACIONAL de la OFICINA NACIONAL DE
INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, que
será invitada a tales efectos.
ARTICULO 3°.- Invítase a la DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y REINGENIERIA
ORGANIZACIONAL de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE
Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DE LA NACION a designar los representantes que intervendrán en dicho
Comité.
ARTICULO 4°.- El Comité deberá elevar al Directorio del Organismo un
informe, al cierre de cada trimestre calendario, donde se indique el
plan de trabajo en marcha, los avances producidos en la materia
respecto del informe anterior, los cursos de acción para la conclusión
de las normas, incluyendo las propuestas de modificaciones que
considere convenientes. La propuesta definitiva del texto de los
Manuales y Normas de Procedimientos encomendados en el presente acto
deberá encontrarse concluida el 31 de marzo de 2015, debiendo ser
elevada al Directorio para su consideración.
ARTICULO 5°.- Delégase en el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO y en la UNIDAD
DE AUDITORIA INTERNA la designación del representante que intervendrá
en dicho Comité.
ARTICULO 6°.- Regístrese, notifíquese a las Gerencias y Departamentos
del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), tome intervención el
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO que proseguirá con las tramitaciones
correspondientes, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
para su publicación extractada y, cumplido, archívese”.
Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente.
e. 03/07/2014 Nº 46175/14 v. 03/07/2014