ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución Nº 14/2014

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado en el expediente Nº 2093-14 la Resolución ERAS Nº 14 de fecha 25/06/14, mediante la cual se constituye el Comité de Acción Estratégica para la Coordinación y Elaboración de los Manuales y Normas de Procedimientos del ERAS, transcribiendo a continuación los artículos:

“ARTICULO 1°.- Constitúyese el COMITE DE ACCION ESTRATEGICA PARA LA COORDINACION Y ELABORACION DE LOS MANUALES Y NORMAS DE PROCEDIMIENTOS DEL ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).

ARTICULO 2°.- Establécese que el Comité constituido por el artículo anterior estará conformado por UN (1) representante de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, por UN (1) representante del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO y los representantes que designe la DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y REINGENIERIA ORGANIZACIONAL de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, que será invitada a tales efectos.

ARTICULO 3°.- Invítase a la DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y REINGENIERIA ORGANIZACIONAL de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION a designar los representantes que intervendrán en dicho Comité.

ARTICULO 4°.- El Comité deberá elevar al Directorio del Organismo un informe, al cierre de cada trimestre calendario, donde se indique el plan de trabajo en marcha, los avances producidos en la materia respecto del informe anterior, los cursos de acción para la conclusión de las normas, incluyendo las propuestas de modificaciones que considere convenientes. La propuesta definitiva del texto de los Manuales y Normas de Procedimientos encomendados en el presente acto deberá encontrarse concluida el 31 de marzo de 2015, debiendo ser elevada al Directorio para su consideración.

ARTICULO 5°.- Delégase en el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO y en la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA la designación del representante que intervendrá en dicho Comité.

ARTICULO 6°.- Regístrese, notifíquese a las Gerencias y Departamentos del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), tome intervención el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO que proseguirá con las tramitaciones correspondientes, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese”.

Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente.

e. 03/07/2014 Nº 46175/14 v. 03/07/2014