MINISTERIO DE EDUCACION
INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA
Resolución Nº 264/2014
Bs. As., 13/6/2014
VISTO el expediente Nº 1.538/14, la Ley Nº 22.317 relativa al Régimen
de Crédito Fiscal, sus modificatorias Leyes Nº 23.653, Nº 24.624, Nº
25.300, la Ley Nº 26.895 y la Resolución INET Nº 124 del 18 de marzo de
2014, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución INET 124/14 se estableció el Procedimiento para la
administración del Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317,
conforme el cupo anual establecido por la Ley Nº 26.895 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el ejercicio 2014.
Que en el punto 2.6 del procedimiento, se determinó un tope por
proyecto de $ 350.000.- (PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL), asignando a
bienes de capital e instalaciones hasta $ 300.000.- (PESOS TRESCIENTOS
MIL) y acciones formativas hasta $ 50.000.- (PESOS CINCUENTA MIL).
Que debido a los costos actuales, el tope asignado y que será ejecutado
durante el año 2015, no resulta suficiente para llevar a cabo la compra
de algunos equipamientos solicitados.
Que por lo expuesto, es necesario elevar el importe correspondiente a
equipamiento e instalaciones, llevando el mismo a la suma de $
400.000.- (PESOS CUATROCIENTOS MIL).
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el Decreto Nº 1895/02, dispone expresamente que la Dirección
Ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA tiene la
atribución de administrar el Régimen de la Ley Nº 22.317 del Crédito
Fiscal, y fijar en consecuencia el procedimiento a tal fin.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar la ampliación del cupo establecido en el
Procedimiento para la Presentación, Evaluación, Asignación y Rendición
de Proyectos de Educación Trabajo, en el marco del Régimen de Crédito
Fiscal de la Ley Nº 22.317, del ejercicio 2014.
ARTICULO 2° — Modificar el punto 2.6 del Procedimiento, elevando a $
450.000.- (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL), el tope máximo de
financiamiento de cada proyecto, asignando a bienes de capital e
instalaciones hasta la suma de $ 400.000.- (PESOS CUATROCIENTOS MIL) y
acciones formativas hasta $ 50.000.- (PESOS CINCUENTA MIL).
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Prof. EDUARDO ARAGUNDI, Director
Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica, Ministerio de
Educación.
e. 07/07/2014 Nº 47227/14 v. 07/07/2014