MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decisión Administrativa 525/2014

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Bs. As., 4/7/2014

VISTO el Expediente N° S04:0021081/2014 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 N° 26.895, y la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que en el actual contexto histórico y político se hace prioritario orientar los esfuerzos a responder a la demanda social de mayor eficacia y optimización de los servicios de justicia y seguridad.

Que por ello el Gobierno Nacional ha establecido entre sus objetivos primarios el desarrollo de Complejos Penitenciarios de nueva generación y la mejora de la infraestructura y el equipamiento de las unidades penitenciarias.

Que los referidos objetivos reconocen como antecedente el PLAN DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA 2004 aprobado por Decreto N° 1183 del 4 de diciembre de 2003, en virtud del cual se realizó un planeamiento para resolver las necesidades de alojamiento de personas a disposición del sistema de justicia en el ámbito de la justicia nacional y federal, atendiendo los requerimientos en materia carcelaria y penitenciaria en todo el territorio nacional.

Que, en tal sentido, corresponde continuar con la activa política implementada en materia de construcción y mejora de establecimientos penitenciarios federales, a partir de la cual se ha logrado eliminar la sobrepoblación carcelaria, previendo asimismo la cobertura de las necesidades futuras en punto a mejorar las condiciones de habitabilidad del alojamiento de las personas privadas de la libertad.

Que con base en la experiencia recabada desde el impulso del Plan de Infraestructura Penitenciaria 2004, teniendo en consideración las actuales necesidades del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL actuante en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y atendiendo, asimismo, a la proyección de requerimientos futuros, resulta conveniente propiciar lo necesario para la generación de aproximadamente DOS MIL QUINIENTAS (2.500) nuevas plazas de alojamiento.

Que para la mencionada estimación es menester tener en cuenta la concurrencia de diversos factores susceptibles de redundar en un aumento exponencial de la población carcelaria, como la necesidad de alojar en la órbita del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL a las personas privadas de la libertad por orden de la justicia federal que se encuentran alojadas en establecimientos provinciales, la profundización de las políticas de lucha contra la trata de personas y el narcotráfico, la inminente culminación de los numerosos procesos de delitos de lesa humanidad en trámite en todo el país, y la habilitación de nuevos juzgados federales en distintas jurisdicciones.

Que, frente a los nuevos ingresos a establecimientos penitenciarios federales, se debe resguardar el logro obtenido de no registrar sobrepoblación en los establecimientos del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que, respecto de la culminación de numerosos procesos por delitos de lesa humanidad, debe tenerse en cuenta la avanzada edad y los consecuentes problemas de salud de los internos alojados por lo cual debe adecuarse la infraestructura penitenciaria a las exigencias de los alojamientos geriátricos, permitiendo que los adultos mayores que se encuentran actualmente ocupando plazas hospitalarias, sean alojados en espacios específicamente adaptados a sus necesidades.

Que, por lo demás, la experiencia ha indicado que a los efectos de disminuir la ostensible cantidad de traslados de internos desde las Unidades Penitenciarias a los juzgados, que ascienden a OCHENTA Y OCHO MIL (88.000) movimientos anuales, resulta conveniente la construcción de oficinas judiciales, debiendo las primeras de ellas localizarse en los Complejos Federales Penitenciarios de MARCOS PAZ y EZEIZA, provincia de BUENOS AIRES.

Que, asimismo, la optimización y ampliación de la infraestructura penitenciaria federal beneficiará a los Servicios Penitenciarios Provinciales, al reducir la población de internos federales que alojan, permitiendo una más eficaz organización.

Que la conveniencia de ampliar las plazas penitenciarias disponibles, así como de propiciar mejoras en las Unidades Penitenciarias Federales existentes, ha sido sostenida por representantes de las asociaciones que nuclean sectores vinculados con el quehacer judicial y penitenciario, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza tienen interés en el tema, así como por otros órganos del Estado.

Que a los efectos de atender a los gastos derivados de las obras, construcciones y ampliaciones antes señaladas, resulta necesario modificar el presupuesto vigente del Servicio Administrativo Financiero 332 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la modificación propiciada está amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, sustituido por el Artículo 1° de la Ley N° 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. — Julio C. Alak.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)