MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 1045/2014
Dase por designado el Director Nacional de Promoción de los Derechos Culturales y Diversidad Cultural.
Bs. As., 30/6/2014
VISTO las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos Nº 491 de fecha 12
de marzo de 2002, Nº 1058 de fecha 19 de junio de 2002, Nº 587 de fecha
24 de mayo de 2013 y Nº 641 del 6 de mayo de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobó el Presupuesto
General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014,
respectivamente.
Que por las citadas Leyes se dispuso el congelamiento de los cargos
vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas en
las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los
que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el
control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de
la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no
permanente.
Que por el Decreto Nº 1058/02 se aprobó la estructura organizativa de
la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
actualmente MINISTERIO DE CULTURA.
Que por el Decreto Nº 587/13 se modificó la estructura organizativa de
la ex SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, creando,
entre otras, la DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS
CULTURALES Y DIVERSIDAD CULTURAL.
Que mediante la Resolución Conjunta S.G. y C.A. Nº 444 y S.H. Nº
300 de fecha 30 de septiembre de 2013 se le asignó a la citada
Dirección el nivel de Función Ejecutiva I en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas.
Que por el Decreto Nº 641/14 se creó el MINISTERIO DE CULTURA, en
reemplazo de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la
jurisdicción resulta indispensable cubrir transitoriamente el cargo de
Director del mencionado organismo.
Que, a tal fin, la ex SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, actualmente MINISTERIO DE CULTURA, solicita se designe en dicho
cargo al señor Federico Luis ESCRIBAL.
Que el señor Federico Luis ESCRIBAL reúne las condiciones de idoneidad
y experiencia necesarias para cubrir el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE
PROMOCION DE LOS DERECHOS CULTURALES Y DIVERSIDAD CULTURAL de la
SUBSECRETARIA DE POLITICAS SOCIOCULTURALES de la ex SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actualmente MINISTERIO DE
CULTURA.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo de origen.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones
previstas en el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de
conformidad con las previsiones de los artículos 7 y 10 de las Leyes
Nros. 26.784 y 26.895 y lo previsto en el artículo 1° del Decreto Nº
491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado transitoriamente, a partir del 4 de junio de 2013, y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha del presente acto, al señor Federico Luis ESCRIBAL (D.N.I. Nº
29.904.078), en un cargo de la Planta Permanente Nivel A, Grado 0, como
DIRECTOR NACIONAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS CULTURALES Y DIVERSIDAD
CULTURAL de la ex SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
actual MINISTERIO DE CULTURA, autorizándose el correspondiente pago de
la Función Ejecutiva I a partir del 1° de octubre de 2013, del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 del citado Convenio y con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y
26.895.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV, del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto será atendido con las partidas
específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20-14, de la entonces
SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO
DE CULTURA.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Teresa A.
Sellarés.