MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 924/2014

Bs. As., 23/6/2014

VISTO el Expediente N° 1.615.490/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 65 del Expediente N° 1.615.490/14 obra el acuerdo celebrado entre la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA y la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes convienen prorrogar las condiciones generales del Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05, suscripto por idénticas partes, por el plazo de cinco años a partir de la firma del acuerdo.

Que cabe destacar que las Leyes N° 18.338 y N° 18.107, citadas en los artículos 30 y 31, respectivamente, del convenio colectivo referido, no se encuentran vigentes y que las materias establecidas en los artículos en cuestión están actualmente reguladas por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 24.714, respectivamente.

Que el ámbito de aplicación se corresponde con el alcance de representación de la entidad empresaria signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y a fojas 66 ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances que se precisan en el considerando tercero de la presente medida.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA y la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, que luce a fojas 65 del Expediente 1.615.490/14 conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 65 del Expediente 1.615.490/14.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.615.490/14

Buenos Aires, 24 de Junio de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 924/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 65 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 821/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Entre la Cámara Argentina de la Industria Plástica, con domicilio en la calle Salguero 1939, Capital Federal, representada por los Sres. Antonio Paolini, Mauricio R. Scatamacchia, Juan Diego Stellatelli Rodolfo Johannes, Alejandro Strauss, Ariel R. Brusadin, Daniel Nosovitzky y Oscar Sánchez por una parte y la Unión Obreros y Empleados Plásticos, domiciliada en Pavón 4175, representada por los Sres. Alberto O. Murúa, Alvaro S. Rodríguez, Sergio A. Bugallo, Carlos O. Coma, y María L. Vázquez por la otra, se conviene lo siguiente:

PRIMERO: Ambas partes y los firmantes del presente acta, declaran que son integrantes en representación de las entidades nombradas precedentemente, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05, conforme a lo determinado en el expediente Nº 1.252.511/07, de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo, de fecha 17 de diciembre de 2007.

SEGUNDO: En virtud de que las condiciones generales del Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05 han vencido el 18 de mayo ppdo., las partes acuerdan prorrogar las mismas por el plazo de cinco años (5 años), a partir de la fecha del presente acta. Se deja constancia que son objeto de la aludida prórroga los capítulos II a VII inclusive del aludido convenio. Durante la vigencia de la prórroga, las partes cuando lo consideren necesario procederán a actualizar los sueldos y salarios, conforme a las necesidades del momento.

Las partes se comprometen a elevar el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo a los fines de su homologación y registro.

En prueba de conformidad, se firman 3 (tres) ejemplares de igual tenor y a los mismos efectos en la ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del mes de Junio de 2014.

Expediente Nro. 1.615.490/14

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los doce días del mes de junio del año dos mil catorce, siendo las 15:00 horas, comparecen en forma espontánea ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo. Ante mí Roque Francisco VILLEGAS, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 2 - Dirección de Negociación Colectiva, lo hacen por la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS (UOyEP), comparecen los señores: Alberto MURUA (M.I. 12.678.253); Alvaro RODRIGUEZ (M.I. 10.088.043), Carlos COMA (M.I. 11.375.889), Sra. María Luisa VAQUEZ (M.I. 06.426.771) y el doctor Pablo Enrique HERNANDEZ (M.I. 10.854.128), por una parte y por la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA comparecen los señores Antonio PAOLINI (M.I. 05.922.883), Mauricio SCATAMACCHIA (M.I. 04.976.328) y Oscar Eduardo SANCHEZ (MI 4.525.494) todos en calidad de miembros paritarios; acreditados en autos.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, éste procede a conceder el uso de la palabra a ambas partes manifiestan: Que por este acto vienen a agregar a estas actuaciones un acuerdo al que arribaron en forma directa y privada el mismo consta de una (1) foja. Solicitando se proceda a la homologación del mismo.

Siendo las 15:30 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente de conformidad, previa lectura y ratificación, ante mí, funcionario que CERTIFICO.