Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1149/2014
Ofrécese recompensa.
Bs. As., 10/7/2014
VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17
de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº
134/14 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE
PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que por ante el JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº 1 de LA
PLATA, Provincia de BUENOS AIRES, se instruyen la causa FLP 2450/2007
caratulada “CRINIGAN, Alberto Jorge; AMUCHÁSTEGUI, Héctor Reynaldo;
GÓMEZ MIGENES, Oscar Antonio; VERÓN, Israel Ramón; WELSH, Enrique
Francisco; CASTRO, Lucas Marcelo; SMART, Jaime Lamont; HERRERO
ANZORENA, Emilio Alberto; FERNÁNDEZ, Ricardo Armando; PALAVEZZATI,
Anselmo Pedro; CACIVIO, Gustavo Adolfo; AMIGO, Miguel Angel;
FORASTIERO, José Clemente; MONZÓN, Raúl Ricardo; D OTTAVIO, Tomás;
GALLARDO, Juan José; PULVERMACHER, Alberto José Esteban; MEJÍAS,
Claudio Rubén; RINCÓN, Adalberto Oscar; VIDAL, Juan Antonio; POCHELÚ,
Juan Rafael; BENÍTEZ, José Luis; LEGUIZAMÓN, Carlos Hugo; LARROCA,
Alberto; CASTILLO, Carlos Ernesto y GIGLI, Roberto Arturo s/privación
ilegal de la libertad, tormentos y lesiones”.
Que en la citada causa interviene la UNIDAD FISCAL FEDERAL de LA PLATA,
a cargo de los fiscales subrogantes “ad hoc” doctores Hernán I.
SCHAPIRO y Gerardo R. FERNANDEZ.
Que la Ley 26 375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del ex
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación
dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA LA
BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA o a otra dependencia que
la autoridad de aplicación determine, datos útiles mediante informes,
testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna
y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de
personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de
captura o búsqueda de paradero en causas penales en las que se
investiguen delitos de lesa humanidad.
Que el doctor Adolfo Gabino ZIULU, Juez interinamente a cargo del
Juzgado Federal citado precedentemente, por oficio del 19 de mayo de
2014 informa que el día 4 de diciembre de 2013 se dispuso la captura
nacional e internacional de Enrique Francisco WELSH.
Que por oficio del 19 de mayo de 2014 el citado magistrado no encuentra
objeciones para el progreso de la medida tendiente al ofrecimiento de
recompensa para quien aporte datos fehacientes para dar con el paradero
de Enrique Francisco WELSH (L.E. Nº 7.869.282).
Que asimismo, la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014,
otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.
Que han tomado la intervención de su competencia tanto la DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° de la Ley Nº 26 375.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ofrécese como
recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS
QUINIENTOS MIL ($ 500.000), por el plazo de DOCE (12) meses a partir
del dictado del presente acto, destinada a aquellas personas que
brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de
Enrique Francisco WELSH, (L.E. Nº 7.869.282).
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1497/2015
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 20/07/2015 se deja
sin efecto el ofrecimiento de recompensa dispuesta por la presente
Resolución)
Art. 2° — Las personas que
quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado.
Art. 4° — Encomiéndase a la
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.