ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 284/2014
Asunto: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura
organizativa. Subdirección General de Planificación. S/Adecuación.
Bs. As., 17/7/2014
VISTO la Actuación SIGEA N° 15197-8-2014 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de
la estructura organizativa de la Subdirección General de Planificación.
Que el Decreto N° 618/07 otorgó a esta ADMINISTRACION FEDERAL amplias
facultades para organizar y reglamentar su funcionamiento interno en
los aspectos estructurales y funcionales, entre otros.
Que en atención a la visión de modernización y transformación de los
planes, programas y procesos que se vienen llevando a cabo en el
Organismo, resulta necesario realizar una adecuación de su estructura
orgánica, con el fin de acompañar y posibilitar el cumplimiento de los
objetivos establecidos.
Que la presente modificación cuenta con la conformidad de las Subdirecciones Generales de Fiscalización y de Planificación.
Que el Departamento Evaluación y Diseño Organizacional y el Comité de
Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que
resulta de sus competencias.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del
Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra
facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Dirección
denominada “Cooperación y Gestión Interna”, dependiente de la
Subdirección General de Planificación.
ARTICULO 2° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División
denominada “Responsabilidad Social Empresaria” dependiente del
Departamento Gestión de la Fiscalización Especializada, de la Dirección
de Análisis de Fiscalización Especializada, existente en el ámbito de
la Subdirección General de Fiscalización, pase a depender de la
Dirección de Cooperación y Gestión Interna de la Subdirección General
de Planificación.
ARTICULO 3° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de
Departamento denominada “Procedimientos de Gestión Interna” y sus
unidades dependientes, pasen a depender de la Dirección de Cooperación
y Gestión Interna, manteniendo idéntica denominación, acción y tareas.
ARTICULO 4° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División
denominada “Elaboración de Convenios” existente en el Departamento
Convenios de Cooperación de la Subdirección General de Planificación,
pase a denominarse “Elaboración y Seguimiento de Convenios”.
ARTICULO 5° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de
Departamento denominada “Convenios de Cooperación” y su unidad
dependiente, existentes en el ámbito de la Subdirección General de
Planificación, pasen a depender de la Dirección de Cooperación y
Gestión Interna.
ARTICULO 6° — Crear UN (1) cargo de Jefe de Sección para el cupo de la Dirección de Cooperación y Gestión Interna.
ARTICULO 7° — Transferir UN (1) cargo de Jefe de Sección del cupo de la
Dirección de Planeamiento y Análisis de Gestión, al cupo de la
Subdirección General de Planificación.
ARTICULO 8° — Reemplazar en la estructura organizativa vigente, los
Anexos A23, A25 y, en la parte pertinente, los Anexos I, B23, B25 y C
correspondiente a las áreas centrales, por los que se aprueban por la
presente.
ARTICULO 9° — La presente Disposición entrará en vigencia a partir de
los VEINTE (20) días corridos contados desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 10. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY,
Administrador Federal.
ANEXO I
ANEXO A23
ANEXO A25
ANEXO B23
SUBDIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION
DIRECCION DE COOPERACION Y GESTION INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en lo relacionado al análisis y diseño de los procesos de
gestión interna, que permitan orientar el accionar de la organización a
los objetivos establecidos y proponer las soluciones que correspondan
para mejorar el grado de eficiencia, ya sea por propia iniciativa, por
indicación superior o dentro de un plan general de trabajo.
Asistir a la Subdirección General en la elaboración de los acuerdos de
cooperación, y su documentación complementaria, que contribuyan al
logro de los objetivos del Organismo, así como en las actividades que
hacen a la coordinación y seguimiento de los compromisos asumidos en
los mismos.
ACCIONES
1. Entender en las tareas de relevamiento, análisis y diseño de los
procesos de gestión interna y en la elaboración de propuestas para su
simplificación y uniformidad.
2. Planificar la revisión de procesos críticos de gestión interna,
promoviendo la aplicación de estándares de calidad que faciliten su
adaptación a nuevas circunstancias y a su previsible evolución futura.
3. Entender en las actividades que hacen a la elaboración y seguimiento
de los acuerdos de cooperación que contribuyan al logro de los
objetivos de la AFIP, participando de las tratativas que se lleven
adelante con las respectivas contrapartes, cuando le sea requerido.
4. Supervisar la elaboración de normas internas de gestión administrativa y operativa.
5. Entender en el análisis de las acciones derivadas de los programas de responsabilidad social empresaria (RSE).
DIVISION RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIA
ACCION
Identificar contribuyentes y/o responsables que desarrollen programas
de Responsabilidad Social Empresaria (RSE) y analizar las acciones
derivadas de los mismos en su comportamiento fiscal.
TAREAS
1. Identificar el universo de contribuyentes y/o responsables que
desarrollen actividades vinculadas a programas de responsabilidad
social empresaria.
2. Analizar e interpretar las acciones derivadas de los programas de
responsabilidad social empresaria de los contribuyentes seleccionados,
a través de su clasificación y categorización.
3. Recibir y analizar los resultados de las investigaciones realizadas por la unidad jurisdiccional pertinente.
4. Proponer la elaboración de manuales y normas que guarden relación
con las actividades de responsabilidad empresaria, respecto del
comportamiento fiscal de los contribuyentes, orientados al
perfeccionamiento de los conocimientos y el desempeño del personal
afectado a tareas que involucren a las mencionadas empresas.
DEPARTAMENTO CONVENIOS DE COOPERACION
ACCION
Entender en la elaboración y seguimiento de acuerdos de cooperación —y
su documentación complementaria— que contribuyan al logro de los
objetivos de la AFIP.
TAREAS
1. Proponer acciones de cooperación con entes y organismos cuyas
actividades sean afines a las de la AFIP y/o puedan contribuir al logro
de sus objetivos.
2. Participar con las distintas áreas del Organismo en la definición de
las iniciativas de interés institucional, cuya concreción esté
relacionada con la suscripción de acuerdos de cooperación y su
documentación complementaria.
3. Entender en el análisis preliminar y en la elaboración de los
acuerdos de cooperación y su documentación complementaria a suscribirse
entre la AFIP y otros entes y organismos, así como participar de las
tratativas que se lleven adelante con las respectivas contrapartes, si
resultara menester.
4. Interpretar los criterios técnicos y jurídicos definidos por las
áreas internas del Organismo y aplicarlos armónicamente a los casos
particulares teniendo en cuenta sus circunstancias, los objetivos
estratégicos de la AFIP y las indicaciones de sus Autoridades
Superiores competentes al respecto.
5. Entender en el seguimiento de la ejecución de las obligaciones
pactadas en los acuerdos de cooperación y su documentación
complementaria; y asistir a la Dirección en la articulación de
mecanismos de coordinación dentro del Organismo para lograr su efectivo
cumplimiento.
6. Proponer la realización de los reclamos necesarios a las contrapartes acerca del cumplimiento de los compromisos asumidos.
7. Elaborar las respuestas o informes relacionados con las actividades comprometidas en los convenios suscriptos.
8. Intervenir en las cuestiones administrativas que sean necesarias y/o
requeridas para la suscripción y cumplimiento de los acuerdos y su
documentación complementaria.
DIVISION ELABORACION Y SEGUIMIENTO DE CONVENIOS
ACCION
Elaborar los proyectos de acuerdos de cooperación —y su documentación
complementaria— que contribuyan al logro de los objetivos de la AFIP y
efectuar el seguimiento de los compromisos asumidos.
TAREAS
1. Elaborar propuestas y contrapropuestas de acuerdos de cooperación que procuren del logro de los objetivos de la AFIP.
2. Efectuar el análisis de los proyectos de acuerdos de cooperación —y
su documentación complementaria—, así como los antecedentes que los
ocasionen, en forma conjunta con las áreas competentes, realizando las
adecuaciones que resulten menester, de acuerdo a los criterios técnicos
y jurídicos correspondientes, las particularidades del caso, los
objetivos estratégicos de la Organización y las pautas suministradas
por las Autoridades Superiores competentes.
3. Proyectar toda la documentación complementaria a los acuerdos,
solicitando las definiciones y asesoramientos necesarios a las áreas
correspondientes del Organismo.
4. Requerir a las áreas internas del Organismo la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
5. Asistir en la realización de respuestas o informes relacionados con
las actividades comprometidas en los convenios suscriptos.
6. Entender en las tareas de seguimiento de las actividades objeto de
los acuerdos de cooperación, llevadas a cabo por las dependencias
competentes en el ámbito de la AFIP y en los Organismos de otra
jurisdicción.
7. Asistir acerca de la intervención en las cuestiones administrativas
que sean necesarias y/o requeridas para la suscripción de los acuerdos
de cooperación y documentación complementaria, así como en su
correspondiente registro.
8. Mantener actualizado el sistema de registro de convenios.
ANEXO B25
SUBDIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION
DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA
DEPARTAMENTO GESTION DE LA FISCALIZACION ESPECIALIZADA
ACCION
Entender en las tareas de investigación y fiscalización de las
actividades realizadas por los contribuyentes, usuarios de comercio
exterior y/o administrados (con excepción de las vinculadas con las
actividades agropecuaria, pesquera, minera y de energía), que se
consideren relevantes de evaluar y de prevenir ilícitos tributarios,
aduaneros y de los recursos de la seguridad social.
Supervisar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de
las empresas acogidas a los regímenes de promoción y de los sujetos
relacionados con éstas.
TAREAS
1. Coordinar las actividades de investigación y fiscalización que le son propias.
2. Entender en el diseño y ejecución de hipótesis de investigación que
permitan determinar contribuyentes con presunto interés fiscal y
propiciar su fiscalización en las áreas operativas del ámbito
impositivo, previsional y aduanero.
3. Diseñar operativos de fiscalización para un universo determinado de
contribuyentes, usuarios de comercio exterior y/o administrados,
estableciendo prototipos de inspección y controles específicos.
4. Entender en actividades de colaboración con las áreas operativas del
ámbito impositivo, previsional y aduanero para la realización de
relevamientos, investigaciones y fiscalizaciones, aplicando los
criterios y técnicas desarrolladas.
5. Elaborar las conclusiones del trabajo de campo realizado por las
áreas operativas como consecuencia de la aplicación de los
procedimientos y pautas de trabajo establecidas.
6. Propiciar la elaboración de normas de procedimiento y pautas de trabajo relacionadas con la temática de su competencia.
7. Tramitar los recursos de apelación de los sujetos promocionados
industriales resultantes de las verificaciones llevadas a cabo por la
Dirección Análisis de Fiscalización Especializada.
8. Entender en la asignación de los montos de los costos fiscales teóricos correspondientes a los titulares de los proyectos.
e. 23/07/2014 N° 53115/14 v. 23/07/2014