ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº 207/2014
Bs. As., 23/7/2014
VISTO: El Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005,
la Resolución SE Nº 1.063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la
Resolución SE Nº 797/2008, la Resolución SE Nº 1170/2008, la Resolución
SE Nº 45/2010, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº
479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº
602/2005, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su
ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA
ELECTRICA (en adelante “Versión 2005 del PUREE”), sustituyendo así el
normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante “Versión 2004
del PUREE”).
Que, por su parte, el Artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº
745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
(en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias
que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este
Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la
información requerida; aceptando la acreditación de la misma en
carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o
por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud,
integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones
juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado;
decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones
de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.
Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su
modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas
Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este Ente la
información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los
consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del DIEZ POR CIENTO
(10%) estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de
facturación con fechas de cierre entre los días 10/05/2014 y 9/06/2014,
de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las
respectivas áreas de concesión.
Que “EDESUR S.A.”, mediante Nota de Entrada Nº 211.774 informó que los
ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión
correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre
los días 10/05/2014 y el 9/06/2014 ascendieron a OCHENTA Y CUATRO
MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO
KILOVATIOS HORA (84.256.891 kWh) en tanto el consumo en exceso de la
pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) en esta categoría para los usuarios con
consumos bimestrales menores a MIL KILOVATIOS HORA (1.000 kWh) ascendió
a CIENTO CUATRO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (104.639.999 kWh) lo que implicó la
aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período
considerado por PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS
DIECINUEVE CON 20/100 ($ 4.903.319,20) como así también ajustes por
diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOSCIENTOS
TRECE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 56/100 ($ 213.595,56); en el
caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los VEINTIDOS MILLONES
QUINIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE KILOVATIOS HORA
(22.522.429 kWh) en tanto el consumo en exceso fue de DIECINUEVE
MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO KILOVATIOS
HORA (19.151.971 kWh) lo que implicó cargos en exceso con primer
vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y
DOS MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS CON 17/100 ($ 3.092.926,17) y ajustes
por PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y SEIS CON 28/100 ($ 6.253.756,28); los usuarios T3 BT
ahorraron DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL
OCHOCIENTOS DOCE KILOVATIOS HORA (19.535.812 kWh), consumieron en
exceso VEINTISEIS MILLONES CIENTO UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
KILOVATIOS HORA (26.101.854 kWh) y se les aplicó cargos en exceso por
PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS
DIECIOCHO CON 13/100 ($ 3.365.918,13) y ajustes por PESOS TRES MILLONES
DOS MIL OCHENTA Y TRES CON 22/100 ($ 3.002.083,22); los T3 MT ahorraron
VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL CIENTO TREINTA Y SIETE KILOVATIOS
HORA (21.208.137 kWh), consumieron en exceso VEINTISEIS MILLONES
CUATROCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS VEINTITRES KILOVATIOS HORA
(26.413.323 kWh) y afrontaron cargos en exceso por PESOS TRES MILLONES
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 55/100
($ 3.995.742,55) como así también ajustes por valor de PESOS
OCHOCIENTOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 44/100 ($ 800.556,44);
en el caso de los usuarios de peaje, en T2 los ahorros registrados
fueron de DIEZ MIL NOVECIENTOS SEIS KILOVATIOS HORA (10.906 kWh), los
consumos en exceso fueron TRECE MIL CUATROCIENTOS KILOVATIOS HORA
(13.400 kWh) y los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento
anterior al 9/06/2014 ascendieron a PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS
TREINTA Y SEIS CON 23/100 ($ 4.836,23) y los ajustes fueron de PESOS
SEIS MIL ($ 6.000,00); en BT los ahorros alcanzaron QUINIENTOS NOVENTA
Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (595.699 kWh),
los consumos en exceso UN MILLON VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA
Y SEIS KILOVATIOS HORA (1.029.856 kWh), los cargos adicionales con
fecha de primer vencimiento anterior al 9/06/2014 ascendieron a PESOS
CIENTO VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS TRECE CON 24/100 ($ 122.613,24),
mientras los ajustes ascendieron a PESOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS
CUARENTA Y CINCO CON 70/100 ($ 62.345,70); en el caso del peaje en MT
los ahorros fueron de DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL
SETECIENTOS VEINTICUATRO KILOVATIOS HORA (2.962.724 kWh), los consumos
en exceso ONCE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (11.845.244 kWh), los cargos abonados
de PESOS DOS MILLONES SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE
CON 44/100 ($ 2.078.687,44) y los ajustes ascendieron a PESOS CIENTO
CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES CON 49/100 ($ 143.583,49).
Que a su vez, “EDENOR S.A.” por medio de la Nota de Entrada Nº 212.173
informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de
concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de
cierre entre los días 10/05/2014 y el 9/06/2014 ascendieron a OCHENTA Y
OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TRES KILOVATIOS
HORA (88.563.903 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del
DIEZ POR CIENTO (10%) en esta categoría para los usuarios con consumos
bimestrales menores a UN MIL KILOVATIOS HORA (1000 kWh) ascendió a
NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y
NUEVE KILOVATIOS HORA (98.280.979 kWh) lo que implicó la aplicación de
cargos por excesos por PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL
OCHOCIENTOS ONCE CON 13/100 ($ 5.512.811,13), siendo los ajustes
aplicados equivalentes a PESOS ONCE MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO CON
14/100 ($ 11.151,14); en el caso de la categoría T2 los ahorros
alcanzaron los VEINTITRES MILLONES CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SIETE
KILOVATIOS HORA (23.050.807 kWh), los consumos en exceso de la pauta
del DIEZ POR CIENTO (10%) fueron de VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS
DOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS KILOVATIOS HORA (27.602.616 kWh), los
cargos en exceso sumaron PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y
CINCO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 50/100 ($ 4.595.615,50), y los ajustes
fueron de PESOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS OCHO CON 18/100 ($
24.208,18); los usuarios T3 BT ahorraron DIECINUEVE MILLONES CIENTO
SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DOCE KILOVATIOS HORA (19.176.612 kWh),
consumieron en exceso TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL
SETECIENTOS SESENTA Y DOS KILOVATIOS HORA (30.430.762 kWh) y se les
aplicó cargos por PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL
CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 44/100 ($ 3.339.155,44) y ajustes por
PESOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE CON 35/100 ($ 1.567,35); los T3
MT ahorraron DIECISIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS
SESENTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (17.166.764 kWh) consumieron en exceso
TREINTA Y TRES MILLONES CUARENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
KILOVATIOS HORA (33.040.554 kWh), afrontaron cargos en exceso por PESOS
TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
TRES CON 75/100 ($ 3.953.883,75) y ajustes por PESOS VEINTE MIL CIENTO
SETENTA Y CUATRO CON 57/100 ($ 20.174,57); en cuanto a los usuarios de
peaje, en T2 los ahorros fueron de TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS
KILOVATIOS HORA (13.142 kWh), el consumo en exceso fue de VEINTICUATRO
MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO KILOVATIOS HORA (24.971 kWh) y la
penalización alcanzó la suma de PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS TRECE CON
3/100 ($ 10.313,03), en BT los ahorros fueron de NOVECIENTOS CINCUENTA
Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO KILOVATIOS HORA (955.868 kWh),
el consumo en exceso fue de SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS
VEINTICUATRO KILOVATIOS HORA (631.824 kWh) y la penalización alcanzó la
suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 87/100 ($
91.370,87), mientras que los usuarios en MT ahorraron SEIS MILLONES
TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO KILOVATIOS HORA
(6.037.438 kWh), consumieron en exceso CATORCE MILLONES CIENTO OCHENTA
Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA KILOVATIOS HORA (14.188.840 kWh), se
les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y
TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 50/100 ($ 2.273.685,50) y
ajustes por PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA
Y OCHO CON 31/100 ($ 481.448,31).
Que mediante Memorándum AAREE Nº 350/2014 se ha realizado la
verificación de los valores unitarios de las bonificaciones (Kp)
correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre
los días 10/05/2014 y 9/06/2014.
Que el servicio jurídico del Ente ha tomado la intervención de su
competencia y ha emitido su Dictamen Legal en un todo de acuerdo con lo
establecido en el Artículo 7 Inciso d) de la Ley de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se
encuentra facultado para el dictado del presente Acto, en virtud de lo
dispuesto en el Artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el Inciso
s) del Artículo 56 de la Ley Nº 24.065.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de
las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las
empresas Distribuidoras “EDENOR S.A.” y “EDESUR S.A.” durante el
período comprendido entre los días 10/07/2014 y 09/08/2014, que figuran
como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la información
presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.
ARTICULO 2º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.
ARTICULO 3º — Notifíquese a “EDENOR S.A.”, “EDESUR S.A.” y a la SECRETARIA DE ENERGIA.
ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. VALERIA MARTOFEL,
Directora. — Dr. ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Director. — Ing. LUIS MIGUEL
BARLETTA, Vicepresidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. —
RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la
Electricidad.
ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 207/2014
PERIODO DE APLICACION | CATEGORIA | EDENOR | EDESUR |
DESDE | HASTA | TARIFARIA |
10/07/2014 | 09/08/2014 | R | 0,062 | 0,056 |
10/07/2014 | 09/08/2014 | T2 | 0,200 | 0,415 |
10/07/2014 | 09/08/2014 | T3BT | 0,174 | 0,326 |
10/07/2014 | 09/08/2014 | T3MT | 0,229 | 0,226 |
10/07/2014 | 09/08/2014 | T3AT | 0,000 | 0,000 |
10/07/2014 | 09/08/2014 | PEAJE T2 | 0,785 | 0,994 |
10/07/2014 | 09/08/2014 | PEAJE BT | 0,096 | 0,310 |
10/07/2014 | 09/08/2014 | PEAJE MT | 0,456 | 0,750 |
10/07/2014 | 09/08/2014 | PEAJE AT | 0,000 | 0,000 |
Nota: De acuerdo a lo establecido en la Resolución SE Nº
797/2008, el valor para la Categoría Residencial es aplicable para los
consumos menores o iguales a UN MIL (1000) kwh/bimestre.
En el caso de los usuarios T2, T3 y peaje, los valores son aplicables
en los términos del Artículo 2 de la Resolución SE Nº 1170/2008.
ANEXO II DE LA RESOLUCION ENRE Nº 207/2014
ENERGIA TOTAL FACTURADA ENTRE EL 10/05/14 Y EL 9/06/14
AHORRO CONSUMO EN EXCESO Y RESULTADO NETO TOTAL
Distribuidora | Energía Total facturada período actual (en MWh) (*) | Ahorro (en MWh) | Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**) | Ahorro Neto (en MWh) | Usuarios con Ahorros | Usuarios con Consumos en Exceso |
Total General | 2.018.475 | 371.780 | 635.772 | -255.109 | 783.493 | 1.233.020 |
Edenor S.A. | 962.604 | 183.963 | 332.136 | -148.173 | 380.471 | 649.106 |
Edesur S.A. | 1.055.871 | 187.817 | 303.636 | -106.936 | 403.022 | 583.914 |
EDENOR S.A.
Distribuidora | Energía Total facturada período actual (en MWh) (*) | Ahorro (en MWh) | Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**) | Ahorro Neto (en MWh) |
Totales | 962.604 | 183.963 | 332.136 | -148.173 |
Residencial | 566.501 | 88.564 | 190.908 | -102.344 |
Generales G1 | 33.194 | 24.574 | 12.101 | 12.473 |
Generales G2 | 29.102 | 3.825 | 12.766 | -8.941 |
Generales G3 | 18.973 | 600 | 10.442 | -9.842 |
T2 | 85.252 | 23.051 | 27.603 | -4.552 |
T3B | 86.091 | 19.177 | 30.431 | -11.254 |
T3M | 90.039 | 17.167 | 33.041 | -15.874 |
PB | 2.534 | 969 | 657 | 312 |
PM | 50.917 | 6.037 | 14.189 | -8.151 |
EDESUR S.A.
Distribuidora | Energía Total facturada período actual (en MWh) (*) | Ahorro (en MWh) | Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**) | Ahorro Neto (en MWh) |
Totales | 1.055.871 | 187.817 | 303.636 | -106.936 |
Residencial | 548.023 | 84.257 | 173.898 | -89.641 |
Generales G1 | 48.667 | 27.773 | 11.090 | 16.683 |
Generales G2 | 48.057 | 6.731 | 14.846 | -8.115 |
Generales G3 | 42.605 | 2.220 | 19.245 | -17.025 |
T2 | 91.797 | 22.522 | 19.152 | 3.370 |
T3B | 113.076 | 19.536 | 26.102 | -6.566 |
T3M | 111.842 | 21.208 | 26.413 | -5.205 |
T3A | 0 | 0 | 0 | 0 |
PB | 66 | 11 | 13 | -2 |
PM | 4.908 | 596 | 1.030 | -434 |
PA | 46.831 | 2.963 | 11.845 | -8.883 |
Referencia:
(*): neta de usuarios excluidos
(**): del período base TR y TG año 2003 - T2 y T3 año 2004
e. 30/07/2014 N° 54000/14 v. 30/07/2014