ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Nº 207/2014

Bs. As., 23/7/2014

VISTO: El Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1.063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución SE Nº 797/2008, la Resolución SE Nº 1170/2008, la Resolución SE Nº 45/2010, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante “Versión 2005 del PUREE”), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante “Versión 2004 del PUREE”).

Que, por su parte, el Artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este Ente la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del DIEZ POR CIENTO (10%) estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/05/2014 y 9/06/2014, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que “EDESUR S.A.”, mediante Nota de Entrada Nº 211.774 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/05/2014 y el 9/06/2014 ascendieron a OCHENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO KILOVATIOS HORA (84.256.891 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) en esta categoría para los usuarios con consumos bimestrales menores a MIL KILOVATIOS HORA (1.000 kWh) ascendió a CIENTO CUATRO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (104.639.999 kWh) lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CON 20/100 ($ 4.903.319,20) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 56/100 ($ 213.595,56); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE KILOVATIOS HORA (22.522.429 kWh) en tanto el consumo en exceso fue de DIECINUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO KILOVATIOS HORA (19.151.971 kWh) lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS CON 17/100 ($ 3.092.926,17) y ajustes por PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 28/100 ($ 6.253.756,28); los usuarios T3 BT ahorraron DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DOCE KILOVATIOS HORA (19.535.812 kWh), consumieron en exceso VEINTISEIS MILLONES CIENTO UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (26.101.854 kWh) y se les aplicó cargos en exceso por PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 13/100 ($ 3.365.918,13) y ajustes por PESOS TRES MILLONES DOS MIL OCHENTA Y TRES CON 22/100 ($ 3.002.083,22); los T3 MT ahorraron VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL CIENTO TREINTA Y SIETE KILOVATIOS HORA (21.208.137 kWh), consumieron en exceso VEINTISEIS MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS VEINTITRES KILOVATIOS HORA (26.413.323 kWh) y afrontaron cargos en exceso por PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 55/100 ($ 3.995.742,55) como así también ajustes por valor de PESOS OCHOCIENTOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 44/100 ($ 800.556,44); en el caso de los usuarios de peaje, en T2 los ahorros registrados fueron de DIEZ MIL NOVECIENTOS SEIS KILOVATIOS HORA (10.906 kWh), los consumos en exceso fueron TRECE MIL CUATROCIENTOS KILOVATIOS HORA (13.400 kWh) y los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento anterior al 9/06/2014 ascendieron a PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 23/100 ($ 4.836,23) y los ajustes fueron de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00); en BT los ahorros alcanzaron QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (595.699 kWh), los consumos en exceso UN MILLON VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS KILOVATIOS HORA (1.029.856 kWh), los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento anterior al 9/06/2014 ascendieron a PESOS CIENTO VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS TRECE CON 24/100 ($ 122.613,24), mientras los ajustes ascendieron a PESOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 70/100 ($ 62.345,70); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO KILOVATIOS HORA (2.962.724 kWh), los consumos en exceso ONCE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (11.845.244 kWh), los cargos abonados de PESOS DOS MILLONES SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 44/100 ($ 2.078.687,44) y los ajustes ascendieron a PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES CON 49/100 ($ 143.583,49).

Que a su vez, “EDENOR S.A.” por medio de la Nota de Entrada Nº 212.173 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/05/2014 y el 9/06/2014 ascendieron a OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TRES KILOVATIOS HORA (88.563.903 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) en esta categoría para los usuarios con consumos bimestrales menores a UN MIL KILOVATIOS HORA (1000 kWh) ascendió a NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (98.280.979 kWh) lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS ONCE CON 13/100 ($ 5.512.811,13), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS ONCE MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO CON 14/100 ($ 11.151,14); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los VEINTITRES MILLONES CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SIETE KILOVATIOS HORA (23.050.807 kWh), los consumos en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) fueron de VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS KILOVATIOS HORA (27.602.616 kWh), los cargos en exceso sumaron PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 50/100 ($ 4.595.615,50), y los ajustes fueron de PESOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS OCHO CON 18/100 ($ 24.208,18); los usuarios T3 BT ahorraron DIECINUEVE MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DOCE KILOVATIOS HORA (19.176.612 kWh), consumieron en exceso TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS KILOVATIOS HORA (30.430.762 kWh) y se les aplicó cargos por PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 44/100 ($ 3.339.155,44) y ajustes por PESOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE CON 35/100 ($ 1.567,35); los T3 MT ahorraron DIECISIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (17.166.764 kWh) consumieron en exceso TREINTA Y TRES MILLONES CUARENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (33.040.554 kWh), afrontaron cargos en exceso por PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 75/100 ($ 3.953.883,75) y ajustes por PESOS VEINTE MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON 57/100 ($ 20.174,57); en cuanto a los usuarios de peaje, en T2 los ahorros fueron de TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS KILOVATIOS HORA (13.142 kWh), el consumo en exceso fue de VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO KILOVATIOS HORA (24.971 kWh) y la penalización alcanzó la suma de PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS TRECE CON 3/100 ($ 10.313,03), en BT los ahorros fueron de NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO KILOVATIOS HORA (955.868 kWh), el consumo en exceso fue de SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO KILOVATIOS HORA (631.824 kWh) y la penalización alcanzó la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 87/100 ($ 91.370,87), mientras que los usuarios en MT ahorraron SEIS MILLONES TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO KILOVATIOS HORA (6.037.438 kWh), consumieron en exceso CATORCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA KILOVATIOS HORA (14.188.840 kWh), se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 50/100 ($ 2.273.685,50) y ajustes por PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 31/100 ($ 481.448,31).

Que mediante Memorándum AAREE Nº 350/2014 se ha realizado la verificación de los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/05/2014 y 9/06/2014.

Que el servicio jurídico del Ente ha tomado la intervención de su competencia y ha emitido su Dictamen Legal en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 7 Inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente Acto, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el Inciso s) del Artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras “EDENOR S.A.” y “EDESUR S.A.” durante el período comprendido entre los días 10/07/2014 y 09/08/2014, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

ARTICULO 2º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.

ARTICULO 3º — Notifíquese a “EDENOR S.A.”, “EDESUR S.A.” y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. VALERIA MARTOFEL, Directora. — Dr. ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Director. — Ing. LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. — RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 207/2014

PERIODO DE APLICACIONCATEGORIAEDENOREDESUR
DESDEHASTATARIFARIA
10/07/201409/08/2014R0,0620,056
10/07/201409/08/2014T20,2000,415
10/07/201409/08/2014T3BT0,1740,326
10/07/201409/08/2014T3MT0,2290,226
10/07/201409/08/2014T3AT0,0000,000
10/07/201409/08/2014PEAJE T20,7850,994
10/07/201409/08/2014PEAJE BT0,0960,310
10/07/201409/08/2014PEAJE MT0,4560,750
10/07/201409/08/2014PEAJE AT0,0000,000

Nota: De acuerdo a lo establecido en la Resolución SE Nº 797/2008, el valor para la Categoría Residencial es aplicable para los consumos menores o iguales a UN MIL (1000) kwh/bimestre.
En el caso de los usuarios T2, T3 y peaje, los valores son aplicables en los términos del Artículo 2 de la Resolución SE Nº 1170/2008.


ANEXO II DE LA RESOLUCION ENRE Nº 207/2014

ENERGIA TOTAL FACTURADA ENTRE EL 10/05/14 Y EL 9/06/14

AHORRO CONSUMO EN EXCESO Y RESULTADO NETO TOTAL

DistribuidoraEnergía Total facturada período actual (en MWh) (*)Ahorro (en MWh)Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**)Ahorro Neto (en MWh)Usuarios con AhorrosUsuarios con Consumos en Exceso
Total General2.018.475371.780635.772-255.109783.4931.233.020
Edenor S.A.962.604183.963332.136-148.173380.471649.106
Edesur S.A.1.055.871187.817303.636-106.936403.022583.914

EDENOR S.A.

DistribuidoraEnergía Total facturada período actual (en MWh) (*)Ahorro (en MWh)Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**)Ahorro Neto (en MWh)
Totales962.604183.963332.136-148.173
Residencial566.50188.564190.908-102.344
Generales G133.19424.57412.10112.473
Generales G229.1023.82512.766-8.941
Generales G318.97360010.442-9.842
T285.25223.05127.603-4.552
T3B86.09119.17730.431-11.254
T3M90.03917.16733.041-15.874
PB2.534969657312
PM50.9176.03714.189-8.151

EDESUR S.A.

DistribuidoraEnergía Total facturada período actual (en MWh) (*)Ahorro (en MWh)Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**)Ahorro Neto (en MWh)
Totales1.055.871187.817303.636-106.936
Residencial548.02384.257173.898-89.641
Generales G148.66727.77311.09016.683
Generales G248.0576.73114.846-8.115
Generales G342.6052.22019.245-17.025
T291.79722.52219.1523.370
T3B113.07619.53626.102-6.566
T3M111.84221.20826.413-5.205
T3A0000
PB661113-2
PM4.9085961.030-434
PA46.8312.96311.845-8.883


Referencia:

(*): neta de usuarios excluidos

(**): del período base TR y TG año 2003 - T2 y T3 año 2004

e. 30/07/2014 N° 54000/14 v. 30/07/2014