MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decisión Administrativa 593/2014

Cobertura de Cargos.

Bs. As., 25/7/2014

VISTO el Expediente Nº 32.284/2011 del Registro del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, las Leyes Nros. 25.164, 26.728 y 26.895, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 214 de fecha 27 de febrero de 2006, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorias, las Decisiones Administrativas Nros. 506 de fecha, 2 de diciembre de 2009, 544 de fecha 20 de julio de 2012 y 1 de fecha 3 de enero de 2014, la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que similar previsión contiene el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 506/09 se aprobaron las normas para tramitar la autorización para la cobertura de cargos vacantes, mediante la convocatoria a los procesos de Selección del Personal Permanente del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que conforme a las normas citadas precedentemente, la autoridad superior responsable del servicio técnico-administrativo del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO solicitó la autorización prevista en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728 para los cargos vacantes financiados existentes en su planta de dotación, a fin de ser cubiertos conforme los Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo establecido en el “Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO” aprobado por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en ese contexto mediante la Decisión Administrativa Nº 544/12 se exceptuó al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de la prohibición contenida en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados de la Planta Permanente detallados en el Anexo de la misma.

Que dichos cargos no pudieron ser cubiertos en los ejercicios fiscales correspondientes, por lo que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO solicita la autorización prevista en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Que tal como se consignara en la Decisión Administrativa Nº 544/12, la cobertura de las vacantes involucradas responde a la necesidad funcional de proveer una adecuada dotación de personal que asegure la prestación efectiva de los servicios a cargo de la dependencia requirente, promoviendo la mejora de las relaciones de empleo en la misma.

Que por ello, resulta imprescindible exceptuar a dicho organismo de la prohibición contenida en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Que el titular del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO presta expresa conformidad para el dictado de la presente medida.

Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demandará el dictado de la presente.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que han tomado la intervención que les compete la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y 7° de la Ley Nº 26.895.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de la prohibición contenida en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados de la Planta Permanente que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 1187/2014 B.O. 12/1/2015, se deja sin efecto lo dispuesto en el presente artículo respecto de los cargos vacantes financiados de la Planta Permanente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la norma de referencia)

Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo establecido en el “Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO” aprobado por la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman.

ANEXO