EDUCACION

LEY Nº 21.102

Instituye becas para estudiantes nacidos en las islas Malvinas.

Sancionada: Septiembre 29 de 1975.

Promulgada de hecho: Octubre 22 de 1975.

POR CUANTO:

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º - Institúyense hasta cien becas que otorgará el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, para estudiantes nacidos en las islas Malvinas, que se encuentren en condiciones de cursar el ciclo secundario en establecimientos educacionales que funcionen bajo el paralelo 42.

ARTICULO 2º - El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se tomará de "Rentas Generales" con imputación a la misma.

ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco.

A. GARCIA
N. SANCHEZ TORANZO
D. Caressi
L. Lavia

- Registrada bajo el Nº 21.102 -

Aprobada por el Poder Ejecutivo de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 70 de la Constitución Nacional.