DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

LEY Nº 17.072

Créase el cargo de Subadministrador General.

Buenos Aires, 20 de diciembre de 1966.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,

El Presidente de la Nación Argentina, Sanciona y Promulga con fuerza de

Ley:

Artículo 1º - Créase en la Dirección Nacional de Vialidad el cargo de Subadministrador General, cuyo titular tendrá la misión de asistir y secundar al Administrador General y resolver los asuntos que éste le confíe. Las resoluciones que dicte, por delegación, en tales asuntos, tendrán el mismo valor jurídico que las del Administrador General.

Artículo 2º - El Subadministrador General revistará fuera del escalafón, no gozará de garantía de estabilidad, y tendrá igual remuneración que la fijada en el presupuesto de dicha repartición para el Ingeniero Jefe.

Artículo 3º - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se incluirán en el presupuesto de la repartición, a cuyo efecto se practicarán los reajustes pertinentes.

Artículo 4º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Onganía. -  Jorge N. Salimei.