MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 1267/2014
Designaciones en la Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional.
Bs. As., 4/8/2014
VISTO el Decreto Nº 355 del 21 de febrero de 2002, la Ley de
Presupuesto Nº 26.895, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y lo
propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 355/02 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895, se dispuso el congelamiento
de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de
la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública
Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión
fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.895, se dispuso que las
facultades otorgadas por dicha Ley al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de
responsable político de la administración general del país y en función
de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el
control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de
la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no
permanente.
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible
proceder a la cobertura, en el ámbito de la SECRETARIA DE COORDINACION
Y MONITOREO INSTITUCIONAL, de los cargos de Director Nacional de
Acreditación de Organizaciones, de la Subsecretaria de Responsabilidad
Social, de Director de Acreditación de Organizaciones Administradoras,
de la Dirección Nacional de Acreditación de Organizaciones, de la
Subsecretaria de Responsabilidad Social, y de Coordinador de Desarrollo
de Capacidades, de la Dirección de Diseño y Desarrollo Organizacional
para la Gestión de Personas, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Organización.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos
mediante una excepción a las pautas generales de selección que para el
acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP) homologado por Decreto Nº 2098/08.
Que la licenciada GHIGLIAZZA, Cecilia, la señora MARTINEZ, Maria Rosa,
y el doctor ROCA, Guillermo Federico, reúnen los requisitos de
capacidad e idoneidad necesarios para los referidos cargos.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el
artículo 1° del Decreto Nº 491/02, y los artículos 7° y 10 de la Ley Nº
26.895.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designada, con carácter transitado, a partir del 01 de abril de 2014, y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
de la fecha de la presente medida, a la licenciada GHIGLIAZZA, Cecilia
(D.N.I. Nº 24.028.385), en el cargo de Directora Nacional de
Acreditación de Organizaciones, de la Subsecretaría de Responsabilidad
Social, de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel A - Grado 0, autorizándose el
correspondiente pago de Función Ejecutiva II, y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado
por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08, con
excepción al artículo 7° de la Ley Nº 26.895.
Art. 2° — Dase por designada,
con carácter transitorio, a partir del 01 de abril de 2014, y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida, a la señora MARTINEZ, Maria Rosa (D.N.I.
Nº 11.906.818), en el cargo de Directora de Acreditación de
Organizaciones Administradoras, de la Dirección Nacional de
Acreditación de Organizaciones, de la Subsecretaría de Responsabilidad
Social, de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel B - Grado 0, autorizándose el
correspondiente pago de Función Ejecutiva IV, y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado
por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08, con
excepción al artículo 7° de la Ley Nº 26.895.
Art. 3° — Dase por designado,
con carácter transitorio, a partir del 15 de abril de 2014, y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida, al doctor ROCA, Guillermo Federico (D.N.I.
Nº 28.489.404), en el cargo de Coordinador de Desarrollo de
Capacidades, de la Dirección de Diseño y Desarrollo Organizacional para
la Gestión de Personas, de la Dirección General de Recursos Humanos y
Organización, de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO
INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel C - Grado 0,
autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva IV, del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, con
carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7° de la Ley Nº
26.895.
Art. 4° — Los cargos
involucrados en la presente medida deberán ser cubiertos conforme con
los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA días hábiles contados a partir de la fecha de la presente
medida.
Art. 5° — El gasto que demande
el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las
partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.
Art. 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alicia M.
Kirchner.