INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 1849/2014
Bs. As., 1/8/2014
VISTO el Expediente Nº 6257/14/INCAA del registro de este Instituto, la
Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, la Ley Nº 26.522, el
Decreto Nº 1225/2010, el Acta celebrada entre el INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
CONSIDERANDO:
Que dentro de los Proyectos previstos por el CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA
ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR
del SATVD-T, y en el marco del Plan Operativo de Fomento y Promoción de
Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T, se encuentra el de
promover la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la
comunicación en nuestro país con un sentido federal, brindando a los
televidentes de todo el país, un contenido de excelencia.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en adelante
MINPLAN, firmaron un Acta para el Desarrollo de Proyectos de Promoción
de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA,
organice Concursos de promoción y fomento de alcance federal y nacional.
Que resultó de este acuerdo la puesta en marcha de una nueva etapa del
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES
DIGITALES.
Que la ejecución de convenios anteriores ha logrado resultados
sobresalientes, permitiendo el cumplimiento de los objetivos definidos
para cada etapa.
Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso, que resulten, será responsabilidad del INCAA.
Que el Concurso CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES tiene como objetivos
desarrollar las capacidades profesionales de directores, productores y
guionistas independientes del país; fomentar la producción de PROGRAMAS
INFANTILES que retraten las diversas miradas de los temas relevantes
relacionados con la infancia; promover la producción de contenidos
dirigidos al público infantil que respeten la base de los catorce (14)
criterios acordados por las instituciones y organizaciones nucleadas en
el Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia
(CONACAI) y adjuntos en el ANEXO II; promover la diversidad cultural de
las diferentes regiones del país y contribuir a la formación de un
acervo de contenidos audiovisuales para televisión digital que integren
el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA)
administrado y coordinado por el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.
Que por lo expuesto el INCAA llama a Concurso para la producción de
SIETE (7) CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES dirigidos al público infantil,
con la finalidad de que estas realizaciones aporten al acervo de la
identidad nacional, provincial y regional y contribuyan al desarrollo
de contenidos de calidad destinados a la infancia. Cada PROGRAMA
INFANTIL, cuyos destinatarios serán niños y niñas de entre 6 a 12 años
deberá tener una duración total mínima diaria de VEINTICUATRO (24)
minutos, y máxima de NOVENTA Y SEIS (96) minutos (incluidos títulos y
rodantes) a emitirse de lunes a viernes durante un período no inferior
a SEIS (6) MESES corridos completos o CIENTO VEINTE (120) PROGRAMAS, a
realizarse con un presupuesto máximo por CICLO de PESOS UN MILLON
QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-).
Que los titulares de los proyectos que resulten ganadores cederán los
derechos de los mismos al ESTADO NACIONAL, quien gozará de los derechos
patrimoniales o de explotación que de los mismos se deriven.
Que además y como parte integrante del premio, con el fin de aportar a
la difusión en el mundo de los contenidos producidos, se autoriza a los
presentantes que resulten ganadores la comercialización internacional
de la obra audiovisual.
Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del
Concurso firmarán un Contrato de Instrumentación de Premio con el INCAA
obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en
la presente Resolución.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, la Gerencia de Administración y
la Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para la
Televisión, Internet y Videojuegos han tomado la intervención que les
compete.
Que en consecuencia corresponde dictar la Resolución fijando las Bases para la participación en el citado concurso.
Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a las facultades
otorgadas por la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, la
Ley Nº 26.522, y el Decreto Nº 1225/2010,
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Llámese a Concurso para la producción de SIETE (7) CICLOS
DE PROGRAMAS INFANTILES A PRODUCTORAS Y/O CANALES ASOCIADOS A
PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES Y/O CANALES EN CALIDAD DE PRODUCTORAS PARA
TELEVISION DIGITAL con la finalidad de que estas realizaciones aporten
al acervo de la identidad nacional, provincial y regional, y
contribuyan al desarrollo de contenidos de calidad destinados a la
infancia.
ARTICULO 2° — Apruébense las BASES DEL CONCURSO DE SERIES DE CICLOS DE
PROGRAMAS INFANTILES, que como ANEXOS I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII
y IX forman parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 3° — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases y
Condiciones del mismo.
ARTICULO 4° — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por
el INCAA conjuntamente con el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.
ARTICULO 5° — La ejecución del mismo en tiempo y forma estará sujeto a
la disponibilidad presupuestaria del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y
FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.
ARTICULO 6° — Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de dos días en la primera sección.
ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO,
Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I - Resolución Nº 1849
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES - EDICION 2014
BASES Y CONDICIONES PARA EL CONCURSO CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES PARA TELEVISION DIGITAL
CAPITULO I - DEL OBJETO
1.- El INCAA en el marco del Acta suscripta con el MINPLAN, y a través
de la Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para
Televisión, Internet y Videojuegos, llama al Concurso de CICLOS DE
PROGRAMAS INFANTILES a PRODUCTORAS Y/O CANALES ASOCIADOS A PRODUCTORAS
CON ANTECEDENTES Y/O CANALES EN CALIDAD DE PRODUCTORAS PARA LA
TELEVISION DIGITAL a presentar proyectos inéditos de CICLOS DE
PROGRAMAS INFANTILES de una duración total mínima diaria de
VEINTICUATRO (24) minutos y máxima de NOVENTA Y SEIS (96) minutos por
PROGRAMA (incluidos títulos y rodantes), a emitirse de lunes a viernes
durante un período no inferior a SEIS (6) MESES completos o CIENTO
VEINTE (120) CAPITULOS.
2.- El contenido de los CICLOS estarán destinados a niños y niñas pertenecientes a la franja etaria de 6 a 12 años.
3.- El monto que se otorgará a la producción de cada proyecto
seleccionado será de una suma total de hasta UN MILLON QUINIENTOS MIL
($ 1.500.000.-).
4.- Los CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES deberán ser realizados y
concluidos en su totalidad con el aporte del premio. Si en su defecto
los costos de producción excedieran el valor presupuestado y presentado
oportunamente al concurso, corresponderá exclusivamente al PRESENTANTE
del proyecto que resulte ganador hacerse cargo del aporte de los
recursos complementarios.
5.- El proyecto deberá ser inédito y deberá emitirse como parte de la
programación del Canal presentante o asociado, conforme éste la diseñe
para el año 2014 y, de ser necesario, durante el período 2015.
6.- El CICLO no podrá contener publicidad comercial durante la
artística, permitiéndose hasta DIEZ (10) placas de agradecimientos o
canje en los créditos finales, previa aprobación de los créditos por
parte de los organizadores de la convocatoria.
7.- El CICLO deberá ser emitido por el Canal integrante en el proyecto,
sea éste presentante o asociado, dentro de los márgenes pautados por el
horario de protección al menor y ateniéndose a las normas establecidas
en el Artículo 68 de la Ley 26.522 y su Decreto Reglamentario.
8.- El soporte de registro deberá ser digital en una resolución no
inferior a HD (1920 x 1080 pixels) y su finalización en HD calidad
Broadcasting Internacional en soporte HDD (Hard Disc Drive), Wrapper
MXF, compresión XDCAM HD 422 50 Mb/s, todo ello de conformidad ANEXO
VIII.
CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA
9.- Fíjase el período para la convocatoria de los proyectos, desde los
días 1° de Agosto al 29 de agosto de 2014 como fechas de apertura y
cierre de las presentaciones del llamado a Concurso. Los proyectos
deberán presentarse ante la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de
Cine y Artes Audiovisuales – INCAA, ubicada en Lima 319 en el horario
de 10 a 17. En los casos de remisiones por vía postal se tomará la
fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate. Los
Proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en el
Anexo II de las presentes Bases.
(Nota Infoleg:
por art. 1° de la Resolución N° 2366/2014 del Instituto Nacional de
Cine y Artes Audiovisuales B.O. 26/9/2014 se prorroga hasta las 17:00
hs del 29 de Septiembre de
2014, la fecha de cierre para la convocatoria del CONCURSO CICLOS DE
PROGRAMAS INFANTILES A PRODUCTORAS Y/O CANALES ASOCIADOS A PRODUCTORAS
CON ANTECEDENTES Y/O CANALES EN CALIDAD DE PRODUCTORAS PARA TELEVISION
DIGITAL)
10.- No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo establecido.
11.- Los interesados podrán presentar más de un proyecto, no pudiendo
en ningún caso resultar ganador de más de uno. No podrán intervenir en
el presente Concurso, aquellos Proyectos que hayan resultado
seleccionados para su realización en cualquier otro Concurso Nacional o
Internacional hayan o no iniciado etapa de producción. Asimismo, los
proyectos presentados en este concurso no podrán participar en ningún
otro llamado (y/o concurso y/o licitación y/o cualquier otra
repartición pública o privada) que convoque el INCAA, hasta que no se
encuentre publicada en el Boletín Oficial la nómina de ganadores. En
caso de incumplimiento, el proyecto se tendrá por no presentado en
ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se
tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda
suma que hubiese percibido. A tal efecto el PRESENTANTE deberá
completar la Declaración Jurada que obra como ANEXO IV de las presentes
Bases y Condiciones.
12.- En caso de que el proyecto no resultara ganador, el PRESENTANTE
tendrá 30 días corridos desde la publicación de la resolución de
ganadores en Boletín Oficial para retirar la documentación presentada.
Pasado dicho período, el material será destruido.
CAPITULO III - DE LOS PRESENTANTES
12.- Los presentantes deberán ser PRODUCTORAS Y/O CANALES ASOCIADOS A
PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES Y/O CANALES EN CALIDAD DE PRODUCTORAS (se
considera preferentemente y puede ser determinante a la hora de que se
considere un proyecto que la productora asociada pertenezca a la misma
región que el Canal presentante). Asimismo, también se toma como
antecedente de la PRODUCTORA haber realizado por lo menos una
producción audiovisual, cuya duración no sea menor a TREINTA Y UN
MINUTOS (31) y haberla emitido en canales de televisión abierta o
cable. Los presentantes de los proyectos, a los fines administrativos y
legales, serán considerados los Productores Responsables de los mismos
independientemente si desempeñan otro rol en el proyecto y se los
denominará directamente PRESENTANTES. Estos serán los responsables
frente al CONSEJO ASESOR del SATVD-T, el INCAA y el MINPLAN, y son
quienes suscribirán LA INSTRUMENTACION DE OTORGAMIENTO DE PREMIO en
caso de resultar ganadores.
13.- El PRESENTANTE deberá adjuntar fotocopia debidamente certificada
del Estatuto Social o Empresarial actualizado o Decreto Ley de Creación
de la Emisora de donde surja el domicilio legal y la última
distribución de cargos. Asimismo, deberá adjuntarse poder debidamente
certificado, designando a la persona responsable frente al Proyecto
para el caso de no tratarse del máximo Titular del órgano social
respectivo, quien será considerado el PRESENTANTE a todos los fines.
14.- No podrá acceder a la obtención de ningún beneficio del presente
Concurso todo Canal que con anterioridad a la emisión del dictamen
final del Jurado, no haya dado cumplimiento pleno A LA INSTRUMENTACION
DE OTORGAMIENTO DE PREMIO suscripto oportunamente y/o que haya obtenido
informes sumamente negativos por parte del Tutor asignado, quedando a
consideración del CONSEJO ASESOR del SATVD-T y el INCAA, la decisión
final de su participación.
15.- No se admitirán inscripciones de PRESENTANTES ni de PRODUCTORAS
ASOCIADAS directamente vinculados a miembros del Jurado, del INCAA, del
MINPLAN o del CONSEJO ASESOR del SATVD-T, pudiendo impugnarse la
inscripción, en caso que esta situación se presente, en cualquier fase
del concurso. Se entiende como directamente vinculadas a todas las
personas que mantengan una relación laboral, así como familiares y
consanguíneos hasta tercer grado de afinidad.
16.- Los PRESENTANTES podrán presentar diversas propuestas en este
concurso pero sólo podrán ganar UN (1) premio. Asimismo, los
PRESENTANTES podrán presentar diversas propuestas en el resto de la
línea de Concursos, pero sólo podrán acceder a un máximo de DOS (2)
proyectos ganadores en total fuera del presente concurso.
17.- El PRESENTANTE deberá garantizar la emisión del PROGRAMA INFANTIL
ganador por la pantalla del CANAL (ya sea éste presentante o asociado a
la productora presentante) dentro de la programación del año 2014 y, de
ser necesario 2015, no pudiendo superar bajo ningún aspecto dicho
plazo. Asimismo, deberá consignar el segmento horario (dentro del
horario de protección al menor) en el que el Canal se compromete a
emitir el mismo (ver Capítulo VIII, Punto 37.1.g) circunstancia que
será a su vez analizada por el jurado.
18.- Los PRESENTANTES deberán estar inscriptos en el Registro de
Señales y Productoras de la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual (AFSCA).
CAPITULO IV - DEL JURADO
19.- La presidenta del INCAA conjuntamente con el CONSEJO ASESOR del
SATVD-T y el Consejo Asesor de Contenidos Audiovisuales para la
Infancia (CONACAI) nombrará un Jurado que estará conformado por SIETE
(7) miembros quienes deberán ser personalidades de reconocida
trayectoria en la actividad televisiva y/o cultural con experiencia en
proyectos televisivos destinados a la infancia. Serán personalidades
destacadas del ámbito de la realización audiovisual, guionistas,
productores, directores, de cine y televisión, miembros del CONSEJO
ASESOR del SATVD-T, y de los Sindicatos nucleados en la Confederación
Sindical de los Trabajadores de los Medios de Comunicación Social
(COSITMECOS) y de las Organizaciones que expresan las nuevas voces en
el marco de la nueva Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación
Audiovisual, entre otros. El jurado incluirá especialmente un
Licenciado en Psicopedagogía o Psicología con especialización en
infancia. Una vez conformado el mismo, su composición se anunciará en
la página Web del INCAA y se publicará en el BOLETIN OFICIAL por el
plazo de cuarenta y ocho (48) horas.
20.- Una vez evaluada la totalidad del material presentado, de
considerarlo necesario, los jurados podrán convocar a los presentantes
de los proyectos preseleccionados a efectos de realizar un pitching con
anterioridad a la selección final.
21.- La decisión que adopte el Jurado interviniente será por mayoría simple e inapelable.
CAPITULO V - DE LA SELECCION
22.- El jurado interviniente seleccionará hasta SIETE (7) proyectos de CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES presentados al concurso.
23.- Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, de
considerarlo necesario, el jurado declarará desierto en forma total o
parcial el concurso.
24.- Con la intención de fortalecer el alcance federal del presente
concurso se asignará prioridad de selección a aquellos Canales de TV
presentantes o asociados que se encuentren asentados en los territorios
menos densamente poblados de cada región, siendo los más beneficiados
aquellos cuya área de cobertura primaria sea de menos de un millón de
habitantes.
CAPITULO VI - DE LOS GANADORES Y DEL CONTRATO
25.- Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores firmarán
un CONTRATO con EL INCAA, en carácter de “INSTRUMENTACION DE PREMIO
PARA LA REALIZACION DE UN CICLO DE PROGRAMAS INFANTILES PARA
PRODUCTORAS Y/O CANALES ASOCIADOS A PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES Y/O
CANALES EN CALIDAD DE PRODUCTORAS PARA LA TELEVISION DIGITAL”.
26.- Los PRESENTANTES que resulten seleccionados como ganadores,
deberán estar inscriptos en el Registro de Productores de TV del INCAA.
La Productora PRESENTANTE deberá regirse por el convenio del SATSAID.
27.- El citado CONTRATO implica la realización integral y entrega del
CICLO con un presupuesto total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($
1.500.000.-), el cual debe ser rendido bajo las condiciones que constan
en estas bases y en la Resolución Nº 439/14/INCAA, pudiendo los
productores conseguir aportes locales complementarios cualquiera sea el
presupuesto total. Asimismo implica la exhibición y difusión del CICLO,
por la pantalla del Canal, ya sea éste presentante o asociado a la
Productora presentante, beneficiarios del premio, dentro del horario de
protección al menor.
28.- Los ganadores, según sea evaluado, tendrán una instancia de capacitaciones previa a la preproducción del Proyecto premiado.
29.- El incumplimiento del CONTRATO a firmarse con los PRESENTANTES
beneficiarios del premio del presente CONCURSO dará derecho al INCAA
para que, previa intimación por DIEZ (10) días corridos, declare la
caducidad del proyecto y reclame la devolución de las sumas que se
hubieran entregado con más los intereses correspondientes.
CAPITULO VII - DE LOS DERECHOS
30.- La titularidad de todos los derechos patrimoniales y de
explotación del CICLO sin limitación temporal alguna para el territorio
argentino, corresponderá al ESTADO NACIONAL, representado por el
MINPLAN, pudiendo éste, disponer, bajo cualquier modalidad, su
exhibición, reproducción (total o parcial), comunicación pública, y
distribución en cuantas oportunidades conviniere a su exclusivo
criterio, a través de discos rígidos, memorias o cualquier formato
existente o por crearse —VHS, DVD, DVCAM, Betacam u otros—, así como
por sistemas de televisión, existentes o futuros y/o a autorizar o
disponer su reproducción en cualquier formato existente o futuro para
fijar audio e imágenes (incluido webcasting, VOD, IPTV y streaming),
incluyéndose asimismo la facultad de reducir y/o desgrabar de los
guiones, diálogos, entrevistas e imágenes del CICLO para distribución,
reproducción y/o duplicación en formatos y medios gráficos (libros,
revistas, etc.) o digitales, ya sea existentes o futuros, destinados
exclusivamente a fines de promoción. Ello sin perjuicio del
reconocimiento de paternidad y de integridad del CICLO del/los Autor/es
a partir del cual se deberá consignar en todo momento el nombre del/los
mismo/s, acorde a lo establecido en los arts. 51 y 52 de la ley 11.723.
31.- El PRESENTANTE beneficiario del premio se hará responsable frente
al ESTADO NACIONAL de todas las cargas pecuniarias que pudieran
derivarse para este último a favor de terceros con motivos de acciones,
reclamos o conflictos originados por el incumplimiento de las
anteriores obligaciones asumidas por parte del PRESENTANTE beneficiario
del premio. Asimismo, el PRESENTANTE beneficiario del premio se
compromete a dejar indemne al ESTADO NACIONAL, al CONSEJO ASESOR DEL
SATVD-T, al INCAA y a las EMISORAS ADHERENTES que tengan acceso a la
obra a través del BACUA, ante cualquier reclamo de terceros, sea
persona física o jurídica, que haya realizado algún aporte material, de
servicios o intelectual para la producción y/o realización del CICLO.
32.- No obstante lo establecido precedentemente, con respecto a los
derechos patrimoniales derivados de la creación del autor del
argumento, el PRESENTANTE beneficiario del premio tendrá la licencia de
uso del CICLO exclusivamente para la realización del audiovisual
concursado.
33.- El ESTADO NACIONAL tendrá la titularidad de la obra creada por el
autor del argumento por el término de TRES (3) años contados a partir
del momento de la adjudicación del premio de la obra audiovisual.
Vencido el plazo nombrado el autor del argumento recupera sobre su obra
todos los derechos que la ley le confiere, conservando el ESTADO
NACIONAL la titularidad sobre la obra audiovisual fijada sobre el
soporte y por ende, la potestad de comercializarla sin límite de
tiempos ni territorio.
34.- En todo momento el PRESENTANTE beneficiario del premio deberá
respetar el derecho de paternidad y a la integridad en cabeza del autor
del argumento, del director, y del compositor, para los casos de que el
CICLO sea musical, no pudiendo reducir, desgrabar o modificar el
argumento de la misma ni hacer un uso distinto para el cual fue cedido.
Igual restricción debe seguirse con relación al CICLO creado por el
director y a la creada por el compositor.
35.- Es responsabilidad y función de las entidades de gestión colectiva
de derechos de propiedad intelectual, la de gestionar las sumas que se
devenguen de la utilización de las obras audiovisuales (art. 1 Ley
20.115), no siendo ocupación del ESTADO NACIONAL, la de exigir dicho
accionar. Por ello, acorde a la ley citada y su Decreto Reglamentario
Nº 461/73, los contratos de licencia de uso de obra para plasmación
audiovisual, que el productor celebre con el autor, deberán hacerse a
través de ARGENTORES.
CAPITULO VIII - DEL PRESUPUESTO Y DE LOS PAGOS
36.- Los montos que resulten de la aplicación de los porcentajes
detallados a continuación se entregarán con cargo de rendición de
cuentas pormenorizadas en relación al presupuesto definitivo aprobado
por EL TUTOR, designado por el INCAA al CICLO, la que será condición
previa a la percepción de la cuota subsiguiente, sin perjuicio de los
requisitos establecidos a los fines de la acreditación de cada etapa.
La rendición aludida deberá efectuarse de forma debidamente documentada
y de acuerdo a la reglamentación vigente al respecto, es decir, la
Resolución Nº 439/14/INCAA. El monto total estipulado del Premio
descripto se dividirá según el siguiente detalle:
36.1.-
CUOTA 1 / CUARENTA POR CIENTO (40%):
a partir de la suscripción del INSTRUMENTO respectivo. A los efectos
del pago de la presente Cuota la Coordinación del Concurso deberá
disponer de:
36.1.a.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de tratarse de
una persona física y/o Estatuto o Contrato Social, debidamente
certificado, de donde surja la distribución de cargos para el caso de
personas jurídicas. Para este último caso deberá presentarse el último
balance registrado ante el órgano de control respectivo y un poder
otorgado por escribano público autorizando al BENEFICIARIO DEL PREMIO a
actuar como responsable del proyecto cuando éste no sea la máxima
autoridad de la entidad jurídica.
36.1.b.- Datos Bancarios del BENEFICIARIO DEL PREMIO. Entidad Bancaria;
Sucursal; Tipo y Número de Cuenta y CBU (Clave Bancaria Unificada),
expedido por autoridad bancaria.
36.1.c.- Constancia de Inscripción del BENEFICIARIO DEL PREMIO ante la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), impresa de la
página web de dicho organismo (http:// www.afip.gov.ar).
36.1.d.- Copia debidamente certificada del formulario de registro de LA
OBRA emitido por la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
36.1.e.- Autorización debidamente certificada del Autor, cuando éste
sea distinto al BENEFICIARIO DEL PREMIO, de donde surja expresamente la
cesión de los derechos de LA OBRA por parte del Autor al BENEFICIARIO
DEL PREMIO para la realización DEL CICLO DE PROGRAMAS INFANTILES en el
marco del presente Concurso.
36.1.f.- Contrato con firmas certificadas entre EL BENEFICIARIO DEL
PREMIO y EL CANAL, donde se exprese claramente el compromiso de
pantalla y la franja horaria estipulada para la emisión del PROGRAMA
INFANTIL, y de donde surja claramente el aporte financiero y/o técnico
y/o artístico al que se compromete la contraparte.
36.1.g.- DOS (2) copias, una para el INCAA y otra para el CONSEJO
ASESOR DE SATVD-T, del cronograma de Pre-Producción y Producción de
donde surja el plan de realización indicando expresamente las
locaciones y fechas de ejecución de las distintas etapas y el Desglose
Presupuestario pormenorizado por rubros.
36.1.h.- Deberá presentar los certificados de libre deuda,
correspondientes a los sindicatos y asociaciones de gestión colectiva,
informando en su caso, su situación ante ellos.
36.2.-
CUOTA 2 / CINCUENTA POR CIENTO (50%)
una vez constatada por el TUTOR la producción del programa Nº 40 y la
emisión del programa Nº 1. A los efectos del pago de la presente Cuota,
la Coordinación del Concurso deberá disponer de:
36.2.a.- Recibo X, como constancia de recepción de la CUOTA 1 y
extracto bancario del BENEFICIARIO DEL PREMIO que acredite el depósito
respectivo.
36.2.b.- Nota del PRESENTANTE con carácter de Declaración Jurada donde
se consigne la fecha de efectuada la emisión Nº 1 DEL CICLO.
36.2.c.- DOS (2) copias, una para el INCAA y otra para el CONSEJO
ASESOR DEL SATVD-T , del Informe del Tutor donde se aprueben las
primeras CUARENTA (40) producciones y la emisión del programa Nº 1 DEL
CICLO.
36.2.d.- Rendición total o parcial de gastos de la primera cuota
suscripta por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo
Profesional Nacional o Provincial correspondiente, presentado según los
rubros del presupuesto definitivo aprobado por EL TUTOR. En caso de
presentarse una Rendición parcial la misma no podrá ser inferior al
CINCUENTA POR CIENTO (50%) del total recibido como concepto por la
CUOTA 1.
36.2.e.- Las CUARENTA (40) primeras producciones DEL CICLO en formato
DVD por duplicado (2 DVD por programa), una para el INCAA y otra para
el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T y un master en disco rígido externo por
duplicado (2 discos rígidos) cumpliendo con las especificaciones
técnicas expresadas en el ANEXO II del presente instrumento, para el
CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T.
36.2.f.- QUINCE (15) minutos de imágenes de varios programas editados
DEL CICLO, en forma de promo o demo, cumpliendo con las
especificaciones técnicas expresadas en el ANEXO II del presente
instrumento, en pen drive por duplicado (2 pen drive), seleccionadas
especialmente para que el CONSEJO ASESOR del SATVD-T y el INCAA generen
materiales de difusión DEL CICLO y del POPFCAD.
36.2.g.- DOS (2) Pen Drive, uno (1) para el INCAA y uno (1) para el
Consejo Asesor del SATVD-T, conteniendo los materiales de divulgación
descriptos en el punto precedente con audio MIX.
36.2.h.- DOS (2) Pen Drive, uno (1) para el INCAA y uno (1) para el
Consejo Asesor del SATVD-T conteniendo cada uno CINCO (5) fotos de
divulgación del CICLO en archivo JPEG y PSD, con definición de 300 DPI,
tamaño 13 x 18 cm, escala CMYK; UN (1) afiche de publicidad DEL CICLO,
en formato JPEG y PSD, con definición de 300 DPI, tamaño 52 x 62
centímetros, escala CMYK, que deberá poseer en su parte inferior una
franja blanca con las logomarcas especificadas en el ANEXO III y
archivo Word con release para la prensa (máximo 3200 caracteres),
resumen para carpeta de divulgación (máximo 120 caracteres) y ficha
técnica completa DEL CICLO.
36.2.i.- Constancia de Inscripción en el Padrón de Productores de
Televisión del INCAA, de donde surja el Código respectivo,
http://fiscalizacion.incaa.gov.ar/ .
36.3.-
CUOTA 3 / DIEZ POR CIENTO (10%):
Al finalizar los SEIS (6) meses de emisión DEL CICLO, constatada por el
TUTOR la emisión del programa Nº 120 y previa aprobación total de la
Rendición General de Gastos de las cuotas anteriores. A los efectos del
pago de la presente Cuota la Coordinación del Concurso deberá disponer
de:
36.3.a.- Recibo X, como constancia de recepción de la CUOTA 2 y
extracto bancario de LA BENEFICIARIA DEL PREMIO que acredite el
depósito respectivo.
36.3.b.- Nota de EL CANAL con carácter de Declaración Jurada donde se
consigne la fecha de efectuada la emisión Nº 120 DEL CICLO.
36.3.c.- DOS (2) copias , una para el INCAA y otra para el CONSEJO
ASESOR DEL SATVD-T , del Informe del TUTOR donde se aprueban las
emisiones CUARENTA Y UNO (41) a la CIENTO VEINTE (120) del sexto mes
DEL CICLO DE PROGRAMAS INFANTILES.
36.3.d.- Rendición total o parcial de gastos de la CUOTA 2 suscripta
por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo
Profesional Nacional o Provincial correspondiente presentado según los
rubros del presupuesto definitivo aprobado por el TUTOR. En caso de
presentarse una Rendición parcial, la misma deberá incluir la totalidad
de los gastos pendientes de la CUOTA 1 —en caso de corresponder— y como
mínimo el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de lo percibido como CUOTA 2.
36.3.e.- Declaración de Responsabilidad sobre uso de obras de terceros,
uso de imagen, uso de archivo gráfico o sonoro, uso de música y
cualesquiera otras utilizadas en la producción DEL CICLO conjuntamente
con las constancias de pagos emitidas por las entidades
correspondientes.
36.3.f.- Se deberá entregar Pen Drive con las emisiones CUARENTA Y UNO
(41) a CIENTO VEINTE (120) del sexto mes del PROGRAMA INFANTIL por
duplicado (2 Pen Drive por programa) y un master en disco rígido con
los programas CUARENTA Y UNO (41) a CIENTO VEINTE (120) del sexto mes
cumpliendo con las especificaciones técnicas expresadas en el ANEXO III
del presente instrumento. En el disco deberá haber un directorio de
MATERIAL DE DIVULGACION,
el que contendrá SIETE (7) Archivos de Video (con las especificaciones
establecidas en el Anexo II), conteniendo piezas de divulgación, cuyas
imágenes se desprendan mayoritariamente DEL CICLO, a los fines de
promoción de la misma y del POPFCAD. El material de divulgación estará
compuesto por las siguientes partes integrantes: a) Un programa DEL
CICLO, a elección de EL PRESENTANTE, en formato MPEG-4, subtitulado al
inglés (según las especificaciones estipuladas en el Anexo II) para la
inclusión por parte del INCAA y el CONSEJO ASESOR del SATVD-T, en los
catálogos digitales de los mercados televisivos internacionales; b)
Entrevistas al director y/o actores y/o guionista/s y/o técnicos,
hablando de la experiencia de haber participado del Concurso Ciclos de
Programas Infantiles del POPFCAD y de haber tenido la posibilidad de
realizar CICLO DE PROGRAMA INFANTIL PARA TELEVISION DIGITAL (TRES (3)
minutos); c) Imágenes del
backstage de la realización DEL CICLO (en el que se observe el equipo trabajando) (CINCO (5) minutos); d)
trailer-spot
televisivo DEL CICLO (DIEZ (10) segundos); e) una invitación final del
Director a compartir el material por TDA (Televisión Digital Abierta)
(DIEZ (10) segundos); f) Un
trailer
de difusión de LA SERIE, de TRES (3) minutos de duración en un archivo
de video. Aparte es necesario entregar el mismo trailer en un archivo
AAF y/o los diferentes canales de video y audio todos por separado para
una posible edición posterior y; g) una versión reducida del mismo de
TREINTA (30) segundos de duración. Todas las piezas deberán ser
realizadas con las imágenes generadas en la realización DEL CICLO y
utilizando la información y la investigación ya existentes, sin que sea
necesario (excepto que EL PRESENTANTE así lo desee) un trabajo
adicional de investigación ni de rodaje; h) UNA (1) carpeta conteniendo
CINCO (5) fotos de divulgación DEL CICLO en archivos con formato JPEG y
PSD, con definición de 300 DPI, tamaño 13 x 18 centímetros, escala
CMYK; i) UN (1) archivo Word con la Sinopsis General DEL CICLO (mínimo
250 caracteres, máximo 400 caracteres) y un
storyline de cada capítulo;
release
para la prensa (máximo 3200 caracteres); resumen para carpeta de
divulgación (máximo 120 caracteres), ficha técnica completa DEL CICLO y
currículum resumido del Director y del/los Productor/es y Guionista/s
(máx. 3200 caracteres cada
Currículum Vitae);
j) UN (1) afiche de publicidad DEL CICLO, en formato JPEG y PSD, con
definición de 300 DPI, tamaño 52 x 62 centímetros, escala CMYK, que
deberá poseer en su parte inferior una franja blanca con las logomarcas
especificadas en el ANEXO III.
36.3.g.- Deberán entregar un compacto de 20 minutos de los programas
que realicen subtitulados en inglés, pueden ser canciones, etc.
36.3.h.- DOCUMENTACION INSTITUCIONAL: DOS (2) copias, una para el INCAA
y otra para el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, del informe de aprobación
técnica emitido por el personal visualizador del INCAA-BACUA.
36.3.i.- Informe del Area Rendición de Costos aprobando la Rendición General de Gastos.
36.3.j .- Formulario V —“Solicitud de Inscripción de Obra Publicada”—
de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, organismo dependiente
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en adelante DNDA, el que
oportunamente será proporcionado a través de EL TUTOR a LA BENEFICIARIA
DEL PREMIO, quien los suscribirá y remitirá a los efectos de proceder
al registro de la obra en cuestión.
El mencionado formulario puede descargarse (sólo a efectos de
visualización y sin valor registral) de la página web del organismo en:
http://www.jus.gob.ar/tramites-y-servicios/derecho-de-autor/obras-publicadas/videograma-pelicula-cinematografica.aspx#descripcion
El trámite de registro ante la DNDA estará a cargo del CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T.
36.3.k.- Una vez registrado el CICLO como programa de TV por parte del
responsable del CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, y previo al pago de la
CUOTA 3, EL TUTOR remitirá a la Productora beneficiaria del premio el
CONTRATO DE CESION DE DERECHOS DEL CICLO a favor del INCAA, con el fin
de que esta última haga lo propio a favor del ESTADO NACIONAL - MINPLAN
para que EL CICLO pase a integrar el acervo del BACUA. En el CONTRATO
DE CESION DE DERECHOS constará el correspondiente número de inscripción
DEL CICLO como programa de TV ante la DNDA. El mencionado Contrato
deberá estar suscripto por EL BENEFICIARIO DEL PREMIO con su firma
debidamente certificada y luego ser remitido a la Coordinación del
INCAA quien lo remitirá al CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T para la
finalización del trámite.
37.- EL BENEFICIARIO DEL PREMIO tendrá un plazo máximo de TREINTA (30)
días a partir del depósito de la CUOTA 3, para presentar la Rendición
de Gastos pendientes que eventualmente tuviera de las CUOTAS 1, 2, y el
total de la CUOTA 3. Asimismo, y en el mismo plazo, deberá presentar
todos los comprobantes y/o recibos que acrediten los pagos de las
facturas devengadas. Asimismo, deberá presentar el Recibo X como
constancia de recepción de la CUOTA 3 y el extracto bancario que
acredite el depósito respectivo. Este requerimiento —sin perjuicio de
los requisitos establecidos a los fines de la acreditación de cada
etapa— será condición necesaria para cancelar las obligaciones
derivadas del compromiso contractual y por consiguiente para participar
de cualquier otra convocatoria futura a realizarse en el marco del
presente Plan.
38.- En caso de ausencia del TUTOR, o por cualquier otro motivo que se
considere pertinente, el Coordinador del INCAA y/o del CONSEJO ASESOR
DEL SATVD-T del presente Concurso queda expresamente facultado para
refrendar los distintos informes relacionados con la dinámica del
Concurso y sus etapas.
39.- Originales o fotocopias debidamente certificadas de los Libre
Deudas de SAT-SAID, SADAIC, AAA y SUTEP. Si la película no se realizó
por SAT-SAID sino mediante cooperativa, debe presentar originales o
fotocopias certificadas del Contrato entre la productora y la
cooperativa (con las firmas certificadas); y certificación de registro
de asociados (que incluya nombre y función) y de pago del monotributo,
con el sello del Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
CAPITULO IX - DEL SEGUIMIENTO
40.- La Presidenta del INCAA designará un (1) TUTOR para los proyectos
que resulten ganadores, quien tendrá intervención en carácter de asesor
técnico y artístico, certificando mediante informes escritos las
diferentes etapas de la realización integral de la serie, los cuales
deberá remitir al CONSEJO ASESOR del SATVD-T y al INCAA.
41.- Los ganadores considerarán de buena fe los aportes efectuados por
el TUTOR designado y acogerán sus sugerencias con respecto al contenido
de la obra y su realización.
42.- Todo el material audiovisual se entregará por duplicado para que
el INCAA y el CONSEJO ASESOR del SATVD-T puedan paralelamente realizar
el seguimiento del mismo.
CAPITULO X - DE LA COMERCIALIZACION
43.- Con el fin de aportar a la difusión en el mundo de los contenidos
producidos, se autorizará a EL PRESENTANTE beneficiario del premio la
comercialización internacional del CICLO por un período de VEINTICUATRO
(24) meses, contados a partir del séptimo mes de la exhibición del
último capítulo por la Televisión Digital Abierta de la República
Argentina. Las ventas que pudieran realizarse durante el período de
comercialización en los países que conforman Iberoamérica no podrán
ceder los derechos de exhibición y/o explotación del CICLO en carácter
de exclusividad.
44.- Luego del período establecido en el punto precedente tendrá
derecho y exclusividad el ESTADO ARGENTINO para el intercambio del
material con otros canales y con todas aquellas señales nacionales con
las que el BACUA celebre convenios.
45.- En el período de comercialización establecido precedentemente, el
PRESENTANTE beneficiario del premio será el responsable de los envíos,
traducciones, subtitulados y doblajes que puedan derivarse de las
ventas internacionales que realice.
46.- Extinguido el período por el que se otorgan los derechos de
comercialización internacional, los mismos recuperan el estado jurídico
inicialmente establecido con los mismos efectos con los cuales fueron
reconocidos.
47.- El PRESENTANTE beneficiario del premio, durante el período de
comercialización, deberá notificar fehacientemente al INCAA y CONSEJO
ASESOR DEL SATVD-T de todas las ventas que realice. Los contratos que
pudiera celebrar como producto de las posibles ventas de EL CICLO y las
cesiones de exhibición y explotación de la misma por los eventuales
compradores no podrán afectar, bajo ninguna circunstancia, la
exclusividad que el ESTADO NACIONAL posee sobre el territorio argentino.
CAPITULO XI - DE LOS TITULOS, CREDITOS Y PUBLICIDAD
48.- En los créditos de las realizaciones ganadoras del concurso y en
toda publicidad que de las mismas se realice deberán incluirse las
logomarcas de PRESIDENCIA DE LA NACION, SECRETARIA DE COMUNICACION
PUBLICA, MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, CONSEJO ASESOR del SATVD-T, BACUA, TDA, INCAA y CDA, de
acuerdo a las especificaciones del ANEXO IX que se adjunta al presente
y cuando corresponda el rol con la nómina de autoridades y funcionarios
responsables de la ejecución del presente Concurso, todo ello de
acuerdo a sus modos y/o formatos vigentes. Asimismo, la señal de
referencia (barras, charter de inicio, countdown), las logomarcas y el
chart con la artística Institucional serán entregados por los
organizadores del Concurso a través del TUTOR, no pudiéndose utilizar
otros que no sean los diseñados por el INCAA y el CONSEJO ASESOR del
SATVD-T.
49.- En los créditos del CICLO así como en lo que respecta a las placas
de agradecimiento o canje del presente Concurso y en toda publicidad
que de la misma se realice deberá darse cumplimiento a lo previsto en
el Capítulo VIII de la Ley 26.522 en aquello que fuera pertinente, en
materia de publicidad.
CAPITULO XII - DE LAS OBLIGACIONES
50.- Son OBLIGACIONES del PRESENTANTE beneficiario del premio:
50.1.- Producir, realizar técnica y artísticamente y entregar EL CICLO,
siendo fiel al proyecto seleccionado en el Concurso respetando
especialmente las disposiciones referentes a la propuesta y plan de
producción, presupuesto, cronograma y calidad de entrega del presente,
debiendo informar al TUTOR cualquier anormalidad o irregularidad que
pueda ser constatada, para que decidan, en conjunto, cómo reparar tales
situaciones, siendo deber del PRESENTANTE beneficiario del premio
acatar tal decisión.
50.1.a.- Si en el transcurso del desarrollo de la realización se
produjeran cambios en el equipo técnico o en el elenco, el PRESENTANTE
beneficiario del premio tendrá la obligación de comunicarlo
argumentando las razones de dicho cambio, así como cualquier eventual
alteración a EL CICLO, deberán obtener previa y formal autorización del
TUTOR.
50.2.- Realizar la producción del CICLO, responsabilizándose por la
contratación y desempeño de los profesionales especializados
contratados para formar el equipo técnico operacional de grabación, de
edición, de postproducción y otras, así como por los demás gastos con
equipamientos técnicos de grabación, atendiendo a las exigencias
requeridas respecto a la calidad técnica de imagen y audio.
Además debe responsabilizarse por la remuneración y encargos
tributarios, sociales, laborales y administrativos e indemnizaciones,
incidentes sobre los servicios de su exclusiva responsabilidad, según
lo acordado por medio del futuro CONTRATO a firmar oportunamente.
50.2.a.- Gestionar las visas pertinentes en el caso de actores y/o
técnicos que no fueren argentinos, teniendo a su cargo el pago de las
mismas, así como también los impuestos y/o contribuciones sindicales y
cargas sociales y de la seguridad social que por la legislación de su
país corresponda realizar. En ese sentido deberá acompañar copia
debidamente certificada de dicha documentación en la rendición de
gastos correspondiente.
50.3.- Garantizar que los recursos previstos serán exclusivamente utilizados en la realización del CICLO.
50.4.- Colaborar con las solicitudes del TUTOR, el INCAA y/o el CONSEJO
ASESOR DEL SATVD-T efectuadas para fines de fiscalización y/o informes
sobre la aplicación de los recursos financieros referentes a la
realización del CICLO.
50.5.- Entregar una Rendición de Gastos debidamente documentada de los fondos otorgados.
50.6.- Proveer al TUTOR los materiales e informes pertinentes.
50.7.- Remitir debidamente completo y refrendado el Formulario para la
Inscripción del CICLO ante la DNDA y el Poder a nombre de la persona
que el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T designe para realizar dicho trámite y
posteriormente suscribir y remitir el CONTRATO DE CESION DE DERECHOS,
una vez registrado EL CICLO y previo al pago de la CUOTA 3.
50.8.- Responder por la adquisición junto con los respectivos
titulares, a título oneroso o gratuito, de las autorizaciones de uso de
nombre, imagen, voz e interpretaciones artísticas, escénicas o
musicales, en cualquier medio, y de derechos de autor, conexos o
cualesquiera otros sobre las obras intelectuales, artísticas,
musicales, fonográficas, cinematográficas, televisivas y cualesquier
otras utilizadas en la producción del CICLO objeto de esta avenencia,
inclusive la cesión de derechos referentes al concurso personal de sus
contratados.
50.9.- Entregar una carpeta de cesiones y autorizaciones, que contenga
la totalidad de los contratos y autorizaciones con personas físicas,
jurídicas y sociedades de gestión que hayan autorizado o cedido
derechos de imagen, industriales o de propiedad intelectual para la
realización del CICLO.
50.9.a.- Como consecuencia de lo establecido corresponderá
exclusivamente al PRESENTANTE, beneficiario del premio, la
responsabilidad por cualquier reclamo, pleito de indemnización o
cualquier otro cargo derivado de referidas autorizaciones, literaria,
dramática, teatral, musical, fonográfica, televisiva, cinematográfica o
cualquier otra relacionada con el objeto del presente, comprometiéndose
a mantener indemne al MINPLAN, al CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, al INCAA
por cualquier reclamo en tal sentido.
50.9.b.- Por consiguiente será el único responsable de los efectos
resultantes de la planificación, ejecución y puesta en marcha del CICLO
audiovisual, y se compromete a mantener indemne al ESTADO NACIONAL, con
relación a cualquier reclamo o acción de terceros cualquiera sea su
naturaleza, hasta la finalización del presente, debiendo hacerse cargo
en forma exclusiva y excluyente de la posible indemnización, daños,
costos, costas y honorarios.
50.10.- Efectuar el pago de todas las obligaciones, aranceles,
impuestos, tasas, obligaciones de previsión y obra social que
corresponda para la producción artística integral del CICLO y que deban
efectivizarse a las entidades respectivas, o a cualquier otra entidad a
la que debiere pagarse cualquier importe en virtud de la producción del
CICLO.
50.11.- Responder por la contratación de los artistas, intérpretes o
ejecutantes y con los productores de fonogramas y por el pago de los
derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto del
contrato que firmará oportunamente con el INCAA.
50.12.- Contratar todos los seguros previstos en el presupuesto del
CICLO, en especial, el seguro de Responsabilidad Civil, los Seguros
Personales y de Equipos y ART durante la realización del CICLO.
50.13.- Considerar de buena fe los aportes efectuados por EL TUTOR
designado y acoger sus sugerencias con respecto al contenido del CICLO
y su realización.
50.14.- Cumplir con las especificaciones técnicas que se adjuntan a las presentes Bases como ANEXO VIII.
50.15.- Exhibir y difundir EL CICLO en horario de protección al menor
respetando las normas establecidas por el Artículo 68 de la Ley 26.522.
50.16.- Producir los teaser y los spots para la difusión del CICLO y
con una renovación diaria o mínimo semanalmente de los mismos, con el
objetivo de promover la divulgación del CICLO asumiendo los costos
necesarios.
50.17.- Dos semanas antes del lanzamiento se compromete a emitir dentro
del horario de protección al menor y en horario prime time un teaser
del CICLO y a emitirlo como mínimo TRES (3) veces al día.
50.18.- La semana anterior al lanzamiento del CICLO se compromete a
emitir como mínimo DIECIOCHO (18) pasadas del spot de promoción a los
efectos de ser transmitido como mínimo TRES (3) veces al día durante la
semana anterior al lanzamiento que se deberá ver reflejado en el
contrato firmado entre el canal y el productor.
50.19.- Acordar con la Coordinación del Concurso los releases,
contactos con la prensa, realización de eventos y demás actividades
concernientes a la promoción del CICLO.
CAPITULO XIII - DE LAS SANCIONES
51.- Expresamente se establece que la falta de cumplimiento (a modo
meramente enunciativo), del plazo de realización, la falta de entrega o
la entrega deficiente de los informes descriptivos, materiales de
trabajo, archivos y masters, por parte del PRESENTANTE beneficiario del
premio, implicará, hasta tanto se produzca su correcta adecuación, la
suspensión del pago de las cuotas subsiguientes. Producido dicho
extremo el TUTOR informará dicha situación, a la Coordinación del
Concurso del INCAA, al CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T quienes podrán
intimar al PRESENTANTE beneficiario del premio por el término de DIEZ
(10) días corridos a su cumplimiento, bajo apercibimiento de declarar
caduco el proyecto y exigírsele la devolución de las sumas ya pagadas
con más sus intereses correspondientes y hacerlo responsable por los
daños y perjuicios causados.
52.- En caso de no cumplir con la programación en los tiempos
establecidos en la cláusula 17 se podrá exigir al canal /productor la
devolución del premio.
53.- Asimismo, en caso que los Archivos y Masters finales no superaran
el control de calidad, el PRESENTANTE beneficiario del premio podrá
encontrarse bajo la misma situación que en el párrafo anterior.
54.- La firma del futuro contrato por parte del PRESENTANTE
beneficiario del premio no implica para el INCAA, el CONSEJO ASESOR DEL
SATVD-T, el compromiso de exhibición del material por otras señales,
como así tampoco sobre reclamos que pudieran surgir por parte de los
participantes directos o indirectos del CICLO.
55.- Cualquier hecho no previsto en las presentes Bases será resuelto por el INCAA y/o el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T.
CAPITULO XIV - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
56.- Es a cargo del PRESENTANTE beneficiario del premio el registro de
la propiedad intelectual de la obra audiovisual así como la
contratación de los artistas, intérpretes o ejecutantes y con los
productores de fonogramas y el pago de los derechos que resulten
necesarios para el cumplimiento del objeto del presente concurso. En
consecuencia, el PRESENTANTE beneficiario del premio será el único
responsable de los efectos resultantes de la planificación, ejecución y
puesta en marcha de la obra audiovisual, y se compromete a mantener
indemne al ESTADO NACIONAL, al INCAA y al MINPLAN con relación a
cualquier reclamo o acción de terceros hacia su parte o contraparte,
cualquiera sea su naturaleza, hasta la finalización del contrato que
oportunamente celebre, debiendo hacerse cargo en forma exclusiva y
excluyente de la posible indemnización, daños, costos, costas y
honorarios.
57.- Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde la
publicación de la Resolución que aprueba la declaración de los
ganadores, deberán retirarse los proyectos que no hubieren sido
seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los
mismos.
58.- Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las presentes
Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.
ANEXO II - Resolución Nº 1849
PRESENTACION DE LOS PROYECTOS
Los Proyectos deberán presentarse en sobre o caja cerrada, en forma
personal de 10 a 17 hs. por ante la Mesa de Entradas del Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo
postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG, hasta el 29 de
agosto de 2013, tomándose para este último caso la fecha de imposición
de la oficina de correos respectiva.
El sobre o caja deberá estar dirigido a:
Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos Audiovisuales Digitales
Asimismo deberá consignarse en su exterior:
1 - Nombre del Concurso al que se presenta.
2 - Título del Proyecto.
3 - Nombre completo de la Productora presentante y del Canal asociado.
En su interior el sobre o caja deberá contener: UNA (1) carpeta impresa
y anillada, que conste de TRES (3) partes bien diferenciadas:
A - DOCUMENTACION
B - PROYECTO
C - COPIA DIGITAL DE LA CARPETA IMPRESA
A - DOCUMENTACION
A.1.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA EL PRESENTANTE, respetando el orden establecido:
A.1.1.- CARATULA indicando: Concurso al que se inscribe; Título del Proyecto y nombre del PRESENTANTE.
A.1.2.- Declaración Jurada según Resolución Nº 2583/2009/INCAA, que se puede imprimir de la página del INCAA: www.incaa.gov.ar
A.1.3.- Constancia de inscripción en alta ante la AFIP.
A.1.4.- Declaración jurada de ganancias por los últimos 2 años.
A.1.5.- Declaración jurada de bienes por los últimos 2 años.
A.1.6.- Fotocopias autenticadas del Documento Nacional de Identidad
(primera, segunda hoja y cambio de domicilio) del máximo Titular del
PRESENTANTE.
A.1.7.- Constancia de designación del cargo en ejercicio del máximo Titular del PRESENTANTE.
A.1.8.- Nota debidamente certificada por escribano público o autoridad
bancaria designando a la persona responsable frente al Proyecto, sólo
en el caso de no ser éste el máximo Titular del PRESENTANTE.
A.1.9.- Presentación del Estatuto Social del Canal y la Productora y el
Decreto de creación del Canal en los casos que corresponda, de donde
surja la distribución de cargos, con fotocopias de los mismos con
certificación de escribano público. Además deberá presentarse el último
balance aprobado. En caso de firmar un apoderado, el mismo deberá
presentar poder suficiente de donde surja claramente la capacidad de
disponer sumas de dinero en nombre de la sociedad representada.
A.1.10.- Datos Bancarios del PRESENTANTE. Entidad Bancaria; Sucursal;
Tipo y Número de Cuenta y CBU (Clave Bancaria Unificada) expedido por
autoridad bancaria.
A.1.11.- No encontrarse ni concursado ni en quiebra.
A.1.12.- Carta del máximo Titular del PRESENTANTE que tendrá carácter
de Declaración Jurada manifestando que no se ha dado inicio a la
Producción del proyecto inscripto al presente concurso.
A.1.13.- Nota declarando domicilio constituido del PRESENTANTE y del Canal asociado.
A.1.14.- Contrato de coproducción entre el PRESENTANTE y el Canal con
las firmas de las partes autenticadas por escribano público.
A.1.15.- Grilla de programación del canal en donde se encuentre la
ubicación en la franja horaria por la que se emitirá el CICLO
concursante, junto con las grillas de programación completas del Canal
PRESENTANTE o asociado de los últimos 2 años hasta el presente.
A.1.16.- Declaración del Area de cobertura por aire y de la cantidad de
televidentes potenciales del Canal PRESENTANTE o asociado.
A.2.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LOS TRES (3) profesionales asignados
a los roles de PRODUCCION, DIRECCION y GUION, respetando el orden aquí
establecido:
A.2.1.- CARATULA indicando: Concurso al que se inscribe; Título del Proyecto y nombre del PRESENTANTE.
A.2.2.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (primera, segunda
hoja y cambio de domicilio) de los TRES (3) profesionales asignados a
los roles de PRODUCCION, DIRECCION y GUION.
A.2.3.- Currículum Vitae (antecedentes no excluyentes) de los TRES (3)
profesionales asignados a los roles de PRODUCCION, DIRECCION y GUION.
B.- DOCUMENTACION RELATIVA AL PROYECTO, respetando el orden aquí establecido:
B.1.- CARATULA indicando: Concurso al que se inscribe; Título del Proyecto y nombre del PRESENTANTE.
B.2.- Original o copia autenticada del Certificado de Depósito en la
Dirección Nacional de Derechos de Autor emitido al momento de registrar
como Programa de TV el proyecto de CICLO DE PROGRAMAS INFANTILES.
B.3.- Cesión de derechos por escrito y con firma certificada por
escribano público o entidad bancaria extendida por el autor/autores de
la obra existente al PRESENTANTE.
B.4.- SIETE (7) Copias de la idea general del PROGRAMA INFANTIL (2 carillas).
B.5.- SIETE (7) Copias de los objetivos del PROGRAMA INFANTIL (2 carillas)
B.6.- SIETE (7) Copias de la escaleta o rutina genérica del primer
PROGRAMA INFANTIL del CICLO en donde puedan verse la estructura, las
diferentes secciones, la cantidad de bloques, los espacios y tiempos
del desarrollo y los personajes y/o integrantes del elenco artístico
y/o de conducción.
B.7.- Descripción de los personajes del PROGRAMA INFANTIL
(características principales, vestuario, función dentro del PROGRAMA
INFANTIL).
B.8.- SIETE (7) Copias del Presupuesto General desglosado por rubros,
según lo establecido en el ANEXO VI del CICLO DE PROGRAMAS INFANTILES
COMPLETO.
B.9.- SIETE (7) Copias de la nómina de las cabezas de área del Equipo Técnico tentativo.
B.10.- SIETE (7) Copias de la nómina del elenco y/o conductores tentativos.
B.11.- SIETE (7) Copias del Plan y Diseño de Producción (diagrama de
tiempos de preproducción y producción) del PROGRAMA INFANTIL desglosado
por programas.
B.12.- Propuesta estética del CICLO (concepción de elementos visuales y
sonoros: arte, escenografía, vestuario, música, montaje, etc.) y de
arte electrónico (gráficas, zócalos, “separadores”, placas, aperturas y
cierres de bloques, etc.).
C.- COPIA DIGITAL DE LA CARPETA IMPRESA*: Se deberán presentar DOS (2)
copias digitales idénticas de la Carpeta Impresa grabadas en soporte
DVD, siguiendo las especificaciones aquí descriptas:
C.1.- Los DVD deben contener UNA (1) Carpeta identificada con el nombre
del Proyecto, la que contendrá TRES (3) Sub-carpetas con los siguientes
títulos:
C.1.1.- DOCUMENTACION; PROYECTO Y MATERIAL ADICIONAL (esta última optativa).
C.1.2.- Las Sub-carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO deben contener, cada
una, un solo archivo en formato PDF (portabledocumentformat) el que no
deberá exceder los 20 MB (Megabytes), sin excepción. Dichos Archivos
deberán ser una copia digital exacta (siguiendo el mismo orden) de los
apartados DOCUMENTACION Y PROYECTO de la Carpeta impresa.
C.2.- MATERIAL ADICIONAL. Los PRESENTANTES podrán optar, si así lo
desean o creen conveniente por incluir fotografías, tipografías,
audios, un demo reel, etc. que sirvan para ilustrar aspectos generales
del tratamiento visual y/o sonoro, como material complementario del
proyecto.
C.2.1.- La carpeta denominada MATERIAL ADICIONAL podrá constar de hasta TRES (3) Sub-carpetas según el siguiente detalle:
C.2.2.- A la primera Sub-carpeta deberá denominársela IMAGENES, ésta
podrá contener: a) Hasta DIEZ (10) fotografías en formato
(JointPicturesExpertsGroup - .JPEG) como máximo; y/o b) UN (1) demo
reel, de hasta TRES (3) minutos de duración, en formato (Audio Video
Interleave .AVI).
C.2.3.- A la segunda Sub-carpeta deberá denominársela AUDIO, y podrá
contener: a) Hasta DOS (2) archivos de audio, de hasta TRES (3) minutos
de duración como máximo, en formato (Waveform Audio File Format - .WAV).
C.2.4.- La tercera Sub-carpeta deberá denominarse DOCUMENTOS, y
contendrá: Cartas de apoyo, recomendaciones, Declaraciones de Interés,
Cartas de Intención, etc. Estas deberán adjuntarse en Formato PDF o
JPEG.
C.2.5. Cada una de las Sub-carpetas (IMAGENES, AUDIO Y DOCUMENTOS) no podrán exceder, en su conjunto los 4 GB (Gigabytes).
*Dado que las carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO, no pueden
exceder los 40 MB (Megabytes), y la Carpeta MATERIAL ADICIONAL, con sus
subcarpetas, no pueden exceder los 4 GB (Gigabytes), el peso total del
material grabado en el DVD no podrá ser superior a los 4.5 GB
(Gigabytes) que es el máximo promedio de capacidad de un DVD estándar.
Cualquier material que no cumpla con los presentes requisitos no será
entregado al Jurado para su evaluación. No se tendrá en cuenta
cualquier otro material remitido que no se encuadre en lo aquí
especificado.
Criterios de calidad para Servicios de Comunicación Audiovisual destinados a la Niñez y Adolescencia
1. Promoción, protección y defensa de Derechos.
Contenidos de la programación compatibles con los Derechos de los
Niños, Niñas y Adolescentes, sus principios, fundamentaciones y
regulaciones (en el marco de la Convención Internacional de los
Derechos del Niño y Leyes Nacionales y provinciales: de Protección
Integral de Niñas, Niños y Adolescentes 26.061, Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual 26.522 y Ley Nacional de Educación 26.206).
2. Diversidad.
Incorporación de la diversidad en sus dimensiones: cultural, de género,
de ideas y formas de entender el mundo, de capacidades, contextos
sociales y realidades socioeconómicas, credos, orígenes, rasgos físicos
y lenguas. En la grilla de programación ha de estar presente, también,
la diversidad de géneros, estéticas, formatos y procedencia, fuente u
origen de los contenidos.
3. Federalismo.
Promoción del respeto y la presencia en pantalla de las realidades de
las diferentes regiones y provincias del país, impulsando especialmente
una producción de contenidos de carácter federal.
4. Voz propia.
Inclusión de las perspectivas de niñas, niños y adolescentes, a través
de sus voces, opiniones, intereses y puntos de vista, prestando
atención a las diferencias originadas en su pertenencia social,
evitando la estigmatización y propiciando una contribución activa de
ellos en la generación de los contenidos.
5. Dignidad
Incentivo de la autoestima y promoción de la integridad y el respeto a
la identidad, evitando situaciones de humillación o ridiculización, la
transmisión de prejuicios y estereotipos o cualquier otra forma de
discriminación. Contribución a la comprensión social de niñas, niños y
adolescentes como sujeto de derecho. La violencia física o simbólica no
debe ser apelada como forma de entretenimiento o como vía eficaz de
resolución de conflictos.
6. Hábitos saludables.
Producción y difusión de mensajes apropiados al público al que van
dirigidos desde el punto de vista cognitivo, emocional y de desarrollo,
evitando incentivar el consumismo y las conductas destructivas y
auto-destructivas. Promoción de hábitos de cuidado del cuerpo y el
ambiente, evitando la emisión de mensajes que inciten a una nutrición
de baja calidad y al consumo de sustancias tóxicas y/o psicoactivas.
Exclusión de estereotipos corporales que puedan llevar a afecciones
derivadas de trastornos alimenticios.
7. Identidad.
Integración de las particularidades locales y la cultura propia de cada
región del país, promoviendo el respeto y la difusión de las diversas
lenguas en uso en nuestro territorio nacional. Los contenidos
audiovisuales deben tender a afianzar los vínculos que niñas, niños y
adolescentes tienen con sus comunidades.
8. Capacidad crítica.
Estímulo de la capacidad de observar y analizar críticamente las
representaciones de la realidad que ofrecen los medios de comunicación,
propiciando la reflexión, la creatividad y la imaginación.
9. Curiosidad.
Fomento de la creatividad e incentivo del interés por la investigación,
la experimentación, el placer del descubrimiento, la búsqueda del
conocimiento y todos los lenguajes artísticos.
10. Participación.
Promoción de la construcción de ciudadanía mediante el ejercicio de los
derechos, la participación, la organización social y los valores de la
cultura democrática.
11. Información.
Acceso a información local, nacional e internacional, contextualizada y
adaptada a la comprensión de niñas, niños y adolescentes, que aporte a
la comprensión de los procesos sociales en esas tres instancias,
evitando la morbosidad e imágenes crueles y escenas violentas que no
resulten imprescindibles para el conocimiento del hecho noticioso.
Observación de la protección integral en las noticias que involucren a
niñas, niños y adolescentes, no aportando datos que permitan su
identificación pública en situaciones de violencia.
12. Recreación.
Impulso a la diversión, al tiempo libre, al esparcimiento saludable, al
juego, incentivando a la actividad física, más allá de las pantallas y
las tecnologías.
13. Audiencias.
Distinción de las diferentes edades, posibilitando identificar los
grupos etarios a los que se dirige la programación, tanto por los temas
como por los tratamientos elegidos.
Consideración responsable sobre la posibilidad de que los contenidos
audiovisuales lleguen a un público de menor edad al identificado como
destinatario.
14. Producción.
Jerarquización de la producción dirigida a los niños, niñas y
adolescentes como una especialidad compleja, que debe reunir los
mayores estándares en materia de los recursos invertidos, la tecnología
utilizada, la actualidad de temas y abordajes, el tratamiento técnico y
estético y la creatividad y originalidad puestas de manifiesto.
Observación estricta de las normativas respecto del trabajo infantil
cuando participen niños en las producciones audiovisuales.
ANEXO III - Resolución Nº 1849
Persona Física o Jurídica que presenta el proyecto
ANEXO IV - Resolución Nº 1849
ANEXO V - Resolución Nº 1849
ANEXO VI - Resolución Nº 1849
Datos del PROGRAMA DE TV
ANEXO VII - Resolución Nº 1849
ANEXO VIII - Resolución Nº 1849
Requerimientos Técnicos para la entrega de Programas y Contenidos producidos para BACUA (2013)
A. Todo el material debe ser
grabado a 25 cuadros por segundo (25fps) o 50 campos por segundo (50i),
quedando a criterio del productor la decisión de uno u otro formato.
A.1 La calidad del material
debe ser óptima para su posterior transmisión y/o reproducción. El
soporte de entrega no deberá encontrarse dañado. El MASTER FINAL no
deberá tener dropouts o cualquier otra anomalía de video/audio. Todos
los programas entregados deben contener señal de referencia (barras de
color, placa de inicio, countdown) al comienzo, todo ello de
conformidad con las siguientes especificaciones técnicas. Las barras de
color al comienzo de cada programa deben ser barras EBU al 75% de
saturación (Imagen 1). No utilizar Barras de color SMPTE (Imagen 2).
A.1.1. CAMPOS Todo el material
entrelazado deberá ser upper field first. En caso de utilizar material
de archivo proveniente de otras fuentes, corroborar la correcta
interpretación del orden de los campos en un monitor de video.
A.1.2 RESOLUCION. Todo el
material debe ser grabado en resolución 1920x1080 píxeles (Full HD),
salvo casos excepcionales que tengan aprobación firmada por el
PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR.
A.1.3. RELACION DE ASPECTO.
Todo el material debe ser registrado con una relación de aspecto de
16:9 tanto para los programas que se entreguen en HD como en SD. Para
los programas que se entreguen en SD deberán entregarse con una
relación de aspecto 16:9 anamórfico.
A.2. TOMAS LIMPIAS DE SEGURIDAD -
Todos los masters de programa deben incluir por separado, en un archivo
de video independiente, un segmento conteniendo las tomas de seguridad.
Las tomas de seguridad consisten en cada uno de los planos utilizados
en el programa que hayan tenido algún tipo de gráfica aplicada
(zócalos, subtítulos, etc.), con la misma duración que en el programa
pero sin la gráfica.
El archivo de video de las tomas de seguridad debe contener todos los
planos que contengan gráfica en el Master ordenados cronológicamente
según hayan sido utilizados pero sin la misma.
A.2.1. GRAFICAS El pack gráfico se debe entregar en el mismo disco rígido que contendrá los archivos MASTER FINALES de cada programa o serie.
Las gráficas deberán tener una resolución de 1920x1080 pixels a 25
cuadros por segundo con su respectivo canal Alpha en caso de que
corresponda. El formato de los archivos que componen el pack gráfico
deberá ser una secuencia de cuadros PNG. Guardar cada pieza en un
directorio separado y en caso de contener audio, con su respectivo
archivo de audio en formato WAV PCM con una frecuencia de muestreo
(Sample Rate) de 48kHz y 16 o 24 Bits de resolución con la misma
duración que la pieza gráfica.
A.2.2. LECTURA DE TEXTO Y TAMAÑOS DE FUENTE
Todos los elementos gráficos con texto deben estar formateados de tal
manera que su lectura sea clara tanto en HD como en su respectiva
versión convertida a SD Letterbox. Si el texto en HD no es lo
suficientemente grande, será ilegible una vez convertido a SD y el
programa podrá ser rechazado en la evaluación técnica.
La legibilidad del texto en SD estará, entre otros factores,
determinada por la tipografía elegida, el color y el contraste pero
principalmente por su tamaño. Como regla general asegurarse de que
ningún texto tenga menos de 32 píxels de resolución vertical en HD,
para que una vez convertido a SD Letterbox dé como resultado en SD una
resolución vertical mínima de 12 píxels.
A.2.3. CREDITOS Los créditos no
deben durar más de 60 segundos. Se recomienda que entren y salgan por
corte o por fade. No se recomienda el uso de créditos rodantes ya que
dependiendo de la velocidad vertical pueden generar problemas de
entrelazado.
A.3. CONFIGURACION DE INICIO DE CADA PROGRAMA Cada programa al ser entregado en forma de archivo digital debe cumplir la siguiente configuración:
INICIO | FINAL | DURACION | VIDEO | AUDIO |
00:59:00:00 | 00:59:29:24 | 0:00:30:00 | Barras EBU al 75% de saturación | Tono de referencia de 1 kHz a -20dBFS en canales 1 y 2 |
00:59:30:00 | 00:59:49:24 | 00:00:20:00 | Placa del programa (Información) | Sin Audio |
00:59:50:00 | 00:59:57:24 | 00:00:08:00 | Contador 10 a 3 (Countdown) | Tono audible de 1 frame en cada cambio de segundo |
00:59:58:00 | 00:59:58:00 | 00:00:00:01 | Cuadro Blanco | Tono 1 kHz |
00:59:58:01 | 00:59:59:24 | 00:00:01:24 | Negro | Silencio |
01:00:00:00 |
|
| Inicio de programa | Audio del programa |
A.3.1. PLACA DE PROGRAMA La
placa que se debe incluir al comienzo de cada programa según lo
especificado en el punto A.3 debe incluir los siguientes ítems:
• Nombre del Programa
• Número de Capítulo
• Productora/Nodo
• Duración del Programa
• Cantidad de bloques
• Timecode de entrada y de salida de cada bloque
• Timecode de comienzo del segmento de tomas de seguridad
• Fecha de creación del Master
• Configuración de canales de audio
A.3.2 PROGRAMAS CON MAS DE UN (1) BLOQUE. En
caso de que el contenido del programa esté compuesto por más de UN (1)
bloque, los mismos deben estar separados por una placa con artística
institucional de LA SERIE de DIEZ (10”) segundos y sin negros de por
medio. Todos los bloques de cada programa más las tomas de seguridad
deben estar contenidas en UN (1) solo archivo de Video y Audio.
Esquema de un programa de 1 solo bloque:
BARRAS | PLACA
CountDown | PROGRAMA | 30” de NEGRO | TOMAS LIMPIAS DE SEGURIDAD |
Esquema de un programa de 2 bloques:
BARRAS | PLACA
CountDown | BLOQUE 1 | PLACA SEPARADORA 5” | BLOQUE 2 | 30” de NEGRO | TOMAS LIMPIAS DE SEGURIDAD |
A.3.3 PLANILLA DE ENTREGA DE MASTERS.
Cada capítulo entregado de LA SERIE irá acompañado de una ficha técnica
que será provista por el PRODUCTOR DELEGADO TUTOR. Esta ficha se deberá
entregar impresa en papel y en forma digital dentro del disco rígido
que contiene los Masters en el directorio “DOCUMENTACION_TECNICA”.
A.3.4 TIMECODE. Todos los
archivos entregados deberán tener información de timecode a 25fps a lo
largo de todo el programa, respetando la configuración especificada en
el punto
A.3.
A.4. VALORES DE VIDEO EN MASTERS.
Los niveles blancos de video no deben exceder 1Volt para las señales
componentes y los niveles negros del programa no deben extenderse
debajo de 0mV. Ni los blancos ni los negros de la luminancia del
programa se deben clipear excesivamente. Los niveles generales de video
deben seguir las especificaciones ITU709-5 (
http://www.itu.int/rec/R-REC-BT.709/es) para señales de alta definición (HD) e ITU601-7 (
http://www.itu.int/rec/R-REC-BT.601/es)
para señales estándares (SD), donde los mencionados niveles de video
deberán encuadrarse entre 0 y 700 mV o entre 16 y 235 colores si se
mide en forma digital. Los niveles corresponden tanto a luminancia como
a niveles en RGB.
A.4.1. NIVELES DE CROMA EN LA SEÑAL DE VIDEO COMPUESTO.
Los niveles de croma no deben exceder los 700mV y tampoco caer debajo
de 0mV, medidos con un offset de 350mV. Los niveles ilegales deben ser
limitados para prevenir la sobremodulación en la etapa de transmisión,
lo que daría como resultado pérdida de fidelidad de color y de detalle.
A.4.2. ESPECIFICACIONES DE LA ZONA SEGURIDAD DE TEXTO PARA MASTERS.
Los zócalos y otros elementos gráficos que contengan texto no deben
permanecer estáticos fuera de la zona de seguridad para asegurar que el
texto sea legible. La zona de seguridad está definida por el 80% del
área central de la imagen, área compuesta por un rectángulo de 1536 por
864 pixels, empezando 192 pixels desde el margen izquierdo y 108 pixels
desde el margen superior de la imagen y terminando 1728 pixels desde el
margen izquierdo y 972 pixels desde el margen superior (ver Imagen 3).
Consultar con el PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR la dirección para bajar un
archivo de referencia.
A.4.3. MATERIAL DE ARCHIVO. En
caso que LA SERIE utilice material de archivo que se encuentre
registrado o resguardados en otro soporte, formato, o en una calidad
inferior a la estipulada en el presente documento, la calidad de los
mismos, su inclusión y eventual tratamiento formal deberá ser aprobado
previamente por PRODUCTOR DELEGADO o EL TUTOR debiéndose considerar lo
estipulado en los puntos
A.4.4 y A.4.5.
A.4.4. CALIDAD GENERAL DEL MATERIAL DE ARCHIVO/ARCHIVO DE NOTICIAS.
El material de archivo debe provenir de la mejor fuente disponible y
generar las mejoras necesarias en conceptos de restauración tanto en
video como audio.
A.4.5. RELACION DE ASPECTO DEL MATERIAL DE ARCHIVO/ARCHIVO DE NOTICIAS.
El material de archivo SD, cuando sea posible, deberá ser ampliado para
cubrir la trama 16:9, sin comprometer la calidad de la imagen o la
composición. De lo contrario pueden presentarse en un formato pillarbox
(ver imagen 4) con bandas negras a los laterales para mantener la
relación de aspecto original. Se podrá aplicar algún elemento gráfico o
efecto a los “pilares” laterales para que no queden negros y aparezcan
más integrados dentro de la pantalla 16:
A.5. ESPECIFICACIONES DE AUDIO GENERALES. El
archivo MASTER FINAL debe contener dos canales de audio con la mezcla
completa del programa en estéreo. En el directorio “AUDIO” del programa
deben estar incluidas las pistas de audio completas (Full Mix) y las
pistas de audio secundarias (Música, Efectos, Diálogos y locución) en
formato Broadcast Wave (Wav) a 48kHz como se indica en el punto A.6.2.
A.5.1. FASE DE AUDIO. Cuando
los canales izquierdo y derecho son sumados y convertidos a monofónico,
no debe haber cancelación por inversión de fase, la mezcla final debe
ser mono-compatible.
A.5.2. NIVELES DE AUDIO. Los
niveles de pico para todos los canales nunca debe superar los -10 dBFS
y debe modular por encima de -20 dBFS para los Diálogos. La mezcla de
sonido debe estar hecha de tal forma que se le dé prioridad al texto
hablado, por encima de la Música o los Efectos especiales, salvo en
ocasiones especiales y justificadas. La mezcla de sonido debe ser hecha
de tal forma que los diálogos se entiendan a lo largo de todo el
programa y no haya cambios sustanciales en el rango dinámico.
Se recomienda la utilización de compresores dinámicos para reducir el
rango dinámico del sonido y así evitar posibles rechazos de apto
técnico por mala mezcla.
A.5.3. BANDA DE AUDIO INTERNACIONAL.
Todos los programas deben incluir sus respectivos archivos de audio con
Banda Internacional. Los archivos de Banda Internacional consisten en
una serie de Archivos de Audio Broadcast Wave (BWAV) con una frecuencia
de muestreo (Sample Rate) de 48kHz y 16 o 24 Bits de resolución, con la
misma duración y con el mismo Time Code que el programa al que refiere
según lo establecido en el punto
A.3.
La Banda Internacional está compuesta por la banda de Música en
estéreo, los Efectos de sonido, Foley y Ambientes en estéreo,
Locuciones y Diálogos en mono. Todos estos elementos sumados componen
la mezcla completa (Full Mix).
Se deben entregar todos los elementos por separado según la siguiente tabla:
Canal | CONTENIDO | DESCRIPCION |
1 | Mezcla completa Canal Izquierdo | Mezcla completa para aire |
2 | Mezcla completa Canal Derecho | Mezcla completa para aire |
3 | Diálogos | Entrevistas y diálogos en Mono |
4 | Narración | Narración o Voz en off en Mono |
5 | Músicas Canal Izquierdo | Sólo Músicas |
6 | Músicas Canal Derecho | Sólo Músicas |
7 | Efectos Canal Izquierdo | Efectos de sonido, foley, ambientes |
8 | Efectos Canal Derecho | Efectos de sonido, foley, ambientes |
En los casos de que el contenido sea stereo (Full Mix, Músicas y
Efectos), se puede entregar en 1 (UN) solo archivo estéreo por cada
elemento o en 2 (DOS) archivos monoaurales separados por cada elemento.
No es necesario cambiar la mezcla para la Banda Internacional.
La suma de los canales 3 a 8 debería dar el mismo resultado que la mezcla completa (Full Mix) y no deberá superar los -10dBFS.
A.6. SOPORTE DE ENTREGA DEL MASTER.
El soporte de entrega de los programas será un disco rígido externo
(USB 2.0, USB 3.0, FireWire o SATA) con formato NTFS, o HFS+ (no se
aceptarán discos con formato FAT32) que contendrá un directorio
claramente nomenclado por cada programa entregado según lo especificado
en el artículo 6.2.
El Disco Rígido externo debe estar rotulado claramente con la siguiente información:
• Nombre del Disco
• Nombre de la Casa Productora o Nodo
• Nombre del programa
• Fecha de envío
• Información de contacto
• Número total de capítulos que contiene
• Casa de postproducción (en caso de que exista)
Cada Disco rígido podrá contener más de 1 programa.
En el caso de que el contenido a entregar sean micros de menos de 10
minutos de duración también se puede optar como soporte discos
BluRay rotulados de la misma forma detallada anteriormente.
El disco rígido o
BluRay con los masters no será devuelto y deberá ser provisto por la CASA PRODUCTORA o NODO.
A.6.1. ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL ARCHIVO DE VIDEO A ENTREGAR. Los programas podrán ser sólo en formato MXF siguiendo la siguiente especificación:
PROGRAMAS EN HD:
MXF (OP1a):
- Resolución: 1920x1080 pixels FPS: 25
- Códecs posibles: XDCAM HD 422 50Mbps, Avid DNxHD 120, Avid DNxHD 185,
Avid DNxHD 185x, AVC-Intra 100 High Intra 4:2:2 profile at level 4.1
- Alpha Channel: NO
- Cantidad de colores: Million Colors
- Niveles de Color: ITU-709
- Canales de Audio: 2 (estéreo),
8 (según Punto A.5.3.) en caso de que incluya la banda internacional.
- Audio Sample Rate: 48kHz Audio
- Bit Depth: 24 bits
WAV:
- Códecs posibles: LPCM, Broadcast Wave
- Niveles de Pico: -10 dBFS
- Canales de Audio: 2 (estéreo), 8 (según Punto A.5.3.) en caso de que incluya la banda internacional.
- Audio Sample Rate: 48kHz Audio
- Bit Depth: 24 bits
PROGRAMAS EN SD:
MXF (OP1a):
- Resolución: 720x576 pixels FPS: 25
- Códecs posibles: IMX30 o Avid MPEG30
- Alpha Channel: NO
- Cantidad de colores: Million Colors
- Niveles de Color: ITU-709 - Canales de Audio: 2 (estéreo)
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 16 o 24 bits
WAV:
- Códecs posibles: LPCM, Broadcast Wave
- Niveles de Pico: -10 dBFS
- Canales de Audio: 2 (estéreo)
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 16 o 24 bits
A.6.2. NOMENCLATURA DE LOS ARCHIVOS MASTERS. En el disco rígido entregado, deberán existir CUATRO (4) carpetas, a saber (ver imagen 5):
1) MASTER A;
2) PACK GRAFICO;
3) MATERIAL DE DIVULGACION;
4) DOCUMENTACION TECNICA.
El directorio “MASTER_A” contendrá un subdirectorio por cada Programa.
Este directorio deberá estar nombrado según la siguiente
especificación: Nombre de la serie (hasta 16 caracteres), Número de
capítulo, Versión,
Fecha de creación en formato Año, Mes, Día (AAMMDD).
• NOMBRE_CAPITULO_VERSION_FECHA.mxf
• MI_SERIE_CAP01_MASTER_120124.mxf
El nombre del Programa debe estar escrito todo en letra mayúscula y no
debe contener espacios en blanco ni caracteres con acento, “Ñ” o
símbolos como / ~ \ $ % & *.
Para separar las palabras, utilizar el signo “_” (usualmente conocido como guión bajo).
En el caso de que se entreguen más de un CAPITULO en cada disco se
deberá crear un subdirectorio por cada CAPITULO. Dentro de cada
directorio de CAPITULO, deberán existir por lo menos UN (1) archivo
conteniendo el archivo “MASTER A” con Video y Audio Full Mix estéreo en
formato MXF según lo especificado en el punto
6.1, UN (1) archivo de subtítulo con extensión .srt o .txt según lo especificado en el punto
8.1
con el nombre del capítulo y UN (1) subdirectorio llamado
Audio_NOMBRE_DE_LA_SERIE_CAPITULO_FECHA, que contendrá la Banda de
Sonido Internacional en formato .wav según lo especificado en el punto
6.1. Los archivos siempre deben incluir su correspondiente extensión (.mxf o .wav).
En caso de creerlo necesario se puede incluir un archivo de texto (.txt) con información
A.6.3. ENVIO DE ARCHIVOS DE PRUEBA.
Para asegurar la aceptación de los MASTERS FINALES, se recomienda hacer
un envío previo de prueba antes de efectuar las bajadas de todos los
capítulos. Este envío de prueba deberá ser de material final con
corrección de color y mezcla de audio. Salvo que se detecten muchos
problemas en el control de calidad, sólo se necesitará el primer
capítulo de cada serie o en su defecto los primeros 5 minutos del mismo.
El procedimiento para el envío de prueba es el siguiente:
• Notificar al PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR del envío de prueba
• Duplicar la secuencia editada para asegurar que la configuración del envío de prueba y el MASTER FINAL son idénticas
• Incluir barras y tono según lo especificado en el procedimiento standard (punto
A.3)
• Aclarar que es un envío de prueba en la placa de programa
• Exportar la secuencia siguiendo los pasos del punto
A.6.4
• Incluir “PRUEBA” al final del nombre del archivo,
NOMBRE_CAPITULO_VERSION_FECHA_PRUEBA.mxf
• Los envíos de prueba tendrán prioridad para el control de calidad
para evitar posibles errores técnicos antes de la exportación final de
todos los capítulos.
• El responsable técnico del BACUA, PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR
informará debidamente a la CASA PRODUCTORA, TUTOR o NODO de la serie
sobre el resultado del control de calidad del envío de prueba, con su
respectivo reporte.
IMAGEN 5. Ejemplo de estructura de directorios y nomenclatura de carpetas. (Imagen solo de referencia)
A.6.4 CONFIGURACION DE EXPORTACION DE ARCHIVOS MASTER
Una vez que la edición de Audio y el Video finalizó y fue aprobada, se puede comenzar con export final.
El archivo resultante va a ser el MASTER FINAL. Es muy importante que la siguiente especificación sea tenida en cuenta:
Especificación de Exportación MXF HD OP1a para Avid v6 o superior
Configuración de Video | Configuración de Audio |
• Export as: XDCAM MXF OP1a
• Video Format: HD 50Mbits
• Aspect Ratio: 16:9 | Audio Bit Depth: 24Bit |
|
|
Especificación de Exportación MXF HD OP1a para FCP 7
Antes de exportar los archivos es necesario instalar el software de Sony XDCAM Content Browser, descargable desde:
http://pro.sony.com/bbsc/ssr/micro-xdcam/resource.downloads.bbsccms-assets-micro-xdcam-downloads-XDCAMSoftwareDownload.shtml#apps
File->Export->Sony XDCAM Content Browser…
Configuración de Video | Configuración de Audio |
• As format: MXF (XDCAM, HD)
• Codec: XDCAMHD1080i50 CBR
• Using Settings: XDCAM HD 1080i50 CBR | Audio Bit Depth: 24Bit |
|
|
Especificación de Exportación MXF SD OP1a para Avid v 6 o superior
Configuración de Video | Configuración de Audio |
• Export as: XDCAM MXF OP1a
• Video Format: MPEG 30Mbits
• Aspect Ratio: 16:9 o 4:3 (según corresponda) | Audio Bit Depth: 24Bit |
|
|
Especificación de Exportación MXF OP1a Premiere CS5.0.2 o Superior, utilizando Adobe Media Encoder.
Configuración de Video | +Configuración de Audio |
• Output modules Settings:
• Format: MXF OP1a
• Channels: RGB
• Depth: Million Colors
• Codec SD: MPEG IMX30 625/50 (30MBps)
• Resolución SD: 720x576
• Color Levels 709
• Alpha: None
• Aspect Ratio: 16:9 o 4:3 (según corresponda)
• Codec HD: XDCAMHD 422 50Mbps
• Resolución: 1920x1080
• Color Levels 709
• Alpha: None
• Aspect Ratio: 16:9 | Audio Bit Depth: 24Bit |
|
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Especificación de Exportación MXF HD OP1a para Avid v5.5 o inferior
En caso de utilizar Avid Media Composer v5.5 o inferior, por favor comunicarse a tecnica.bacua@gmail.com para recibir instrucciones de como generar un archivo MXF válido.
7. VALORES DEL SUBTITULADO INCRUSTADO.
En caso que la Serie presente subtitulados parciales o totales se
deberán tener en cuenta las siguientes especificaciones en HD:
Fuente: TiresiasKey Font (http://www.tiresias.org/fonts/keyfont.zip)
Tamaño: 30 puntos (60 pixels)
Kerning: 0
Leading: 0
Color: blanco (232,232,232)
Sombra: 2
Borde: 2 pixels
Color borde: negro
A.7.1. NORMAS TECNICAS GENERALES DEL SUBTITULADO.
A.7.2. La cantidad máxima de caracteres por línea es de 32.
A.7.3. Normalmente, la cantidad
de líneas no debe superar las 2 aunque, en casos especiales, pueden ir
3 líneas, siempre y cuando la imagen lo permita.
El subtitulado no debe tapar información visual importante como, por ejemplo, la cara de un personaje.
A.7.4. El color de la letra debe ser blanco (232,232,232), con 2 pixeles de borde.
A.7.5. Al pasar de una imagen a
otra (si a ambas les corresponde un subtitulado), solo deben usarse los
puntos suspensivos cuando, por motivos de entonación, se requiera de
dicha puntuación. De lo contrario, se usará el signo de puntuación que
a ese caso corresponda (ya sea una coma, un punto y coma, dos puntos,
un punto y seguido o un punto y aparte). De no ser necesario ningún
signo de puntuación entre el pasaje de una imagen a otra, simplemente
se respetará la ausencia de él.
A.7.6. El subtitulado debe
corresponderse y estar sincronizado con el audio, seguir el ritmo de
quien está hablando —esté en plano o sea narración en off— y debe tener
una duración suficiente para que su lectura sea clara. No debe haber
subtitulado cuando nadie habla o hay silencios.
A.7.7. No subtitular sobre gráfica.
A.7.8. Respetar los márgenes de seguridad de texto. Los márgenes de seguridad están definidos en el punto A.4.3.
A.7.9. El paso de un subtitulado a otro es por corte.
A.8.1. NORMAS TECNICAS GENERALES DEL SUBTITULADO OCULTO (Closed Caption).
Consideraciones generales
Closed caption (subtitulado oculto) es el proceso de convertir en texto
toda la información auditiva de un material audiovisual. A diferencia
del sistema de subtítulos común, incluye —además de los cuadros
tradicionales de diálogo— la mayor cantidad de información
extralingüística posible, como la identificación de los hablantes y la
descripción de efectos de sonido y música.
Para la comprensión total del contenido por parte del televidente, es
imprescindible establecer uniformidad en el estilo y en la manera de
ordenar la información. Para eso, se fijan en adelante un conjunto de
normas y códigos de escritura que conformarán las características
principales de nuestro manual de estilo de closed caption, a fin de
evitar múltiples formas de ejecución.
A.8.2. Por cada contenido
entregado, se deberá entregar un archivo con extensión .srt o .txt que
contendrá el subtitulado oculto para garantizar la accesibilidad de los
contenidos a personas con hipoacusia o dificultades auditivas. El
archivo de subtítulo se puede generar utilizando un editor de texto
simple, pero se recomienda la utilización de alguna aplicación
específica para generación de subtítulos, como Subtitle Workshop
(Windows) o Jubler (Windows, Mac) que son gratuitas.
En caso de no poder entregar un archivo .srt temporizado, se podrá
entregar un archivo de texto sin formato sin timecode con la
información necesaria para la generación del subtitulado oculto,
separando cada cartel o bloque de texto con un renglón en blanco.
Ya sea se entregue .srt temporizado o .txt sin temporizar, el formato
de los subtítulos deberá cumplir con las siguientes recomendaciones:
A.8.3. HOJA DE ESTILO. SUBTITULADO OCULTO (CLOSED CAPTION)
1. Carteles (o bloques de texto)
La información transcripta se ordena en carteles que admiten solo la siguiente estructura:
a. Cantidad máxima de caracteres por línea: 32.
b. Cantidad de líneas: dos (pueden ser tres cuando se identifica al hablante o se describe un sonido).
2. Corte de carteles
a. No debe separarse una palabra de la palabra que la modifica:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
Juan empujó el camión
negro. | Juan empujó
el camión negro. |
b. No debe dividirse una frase preposicional:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
María se escondió debajo
de la mesa | María se escondió
debajo de la mesa. |
|
c. No se separa el nombre de un apellido, o un título de una de sus partes:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
María y Juan
Pérez fueron al cine. | María y Juan Pérez
fueron al cine. |
|
d. No se divide una oración después de una conjunción:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
Estaba triste y
se puso a llorar. | Estaba triste
y se puso a llorar. |
|
e. No se separa el verbo auxiliar del verbo que está modificando:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
Jamás pensaron que podrían
arreglarlo. | Jamás pensaron
que podrían arreglarlo. |
|
3. Descripción de sonido
Establecemos como “sonido” toda la información extralingüística, es
decir, aquella que se percibe por fuera de los diálogos: música y
efectos de sonido.
3.1. Música
Para poder transmitir correctamente en forma escrita el uso de la música y la función que cumple en cada caso, establecemos:
a. Siempre y cuando no interfiera en la trascripción de contenidos del
programa más relevantes, se indicará la presencia de música escribiendo
simplemente la palabra “Música”, que se escribe con mayúscula inicial,
entre corchetes y nunca lleva punto final (ver punto 4).
b. Para indicar la apertura y el cierre de cada programa, se usarán,
según corresponda, las expresiones “Música de presentación” y “Música
de cierre”.
c. Cuando sea necesario y pueda describirse más específicamente qué
tipo de música se está emitiendo, podrán agregarse calificativos, o se
podrá indicar el género:
Música de persecución
Música de suspenso
Música de terror
Música de videojuego
Música dramática
Música romántica
Música clásica
Música electrónica
Música suave
Música andina
Música melódica
Música: rock pesado
Música: reggae
Música: chacarera
Música: piano
d. En el caso de canciones identificables, se presentará la mayor
cantidad de información posible (título, autor, intérprete, versión),
siempre y cuando no sobrepase los 32 caracteres y el tiempo de lectura
lo permita:
Música:
Gracias a la vida,
Violeta Parra, por León Gieco
d.a.b. Si no alcanzara el tiempo de lectura o no hubiera suficiente
espacio, se identificará la canción por su título primero y su rasgo
distintivo después (versión, autor o intérprete).
[Música:
Gracias a la vida,
León Gieco, versión en vivo]
[Música: Yesterday, Paul
McCartney, versión en violines]
[Música:
In My Life, The Beatles,
por Johnny Cash]
3.2. Efectos de sonido
Los efectos de sonido son aquellos sonidos diferentes a la música y las
voces. Reponen la información que no se desprende necesariamente de la
imagen.
a. Deben describirse de la manera más simple y resumida posible, pero sin jamás repetir la información visual:
Viento ululando
Manivela girando
Llanto de bebé
b. Si la descripción de dos o más sonidos simultáneos fuera necesaria o
imprescindible para el seguimiento de la narración, es posible
englobarlos unidos por coma en un solo corchete, siempre y cuando no
sobrepasen los 32 caracteres (una línea) y no excedan más de tres
sonidos. Deben privilegiarse aquellos que tengan relevancia narrativa:
Risas, aplausos
Gritos, disparos, llantos
Balidos de oveja, lluvia, viento
c. Si los sonidos que hay que describir conforman una sumatoria de
sonidos relacionados entre sí —que por estarlo representan una “idea de
lugar” de fácil clasificación—, es más preciso apelar al concepto de
“sonido ambiente”, en lugar de enumerar tres efectos de sonido en un
mismo corchete. Por ejemplo, los sonidos de gaviotas, olas de mar y
viento ululando se engloban dentro de lo que establecemos en adelante
como “Sonido ambiente: playa”. Este recurso se usará únicamente cuando
se trate de una descripción de sonido extradiegética (fuera de plano).
Otros ejemplos:
Sonido ambiente: fiesta
Sonido ambiente: guerra
Sonido ambiente: comedor
Sonido ambiente: calle
Sonido ambiente: cancha
Sonido ambiente: manifestación
Sonido ambiente: bar
4. Corchetes y paréntesis
a. Todas las descripciones de sonidos se escriben entre corchetes:
[Música]
[Viento ululando]
[Cortina musical de noticiero]
[Despegue de nave espacial]
[Sonido ambiente: playa]
b. Los gerundios, adjetivos o sintagmas usados como acotaciones en los diálogos se escriben entre paréntesis:
(Riendo)
Son indios temibles y, sobre
todo, odian a los españoles.
(Enojado)
¡No voy a dejarlos ganar!
(Con satisfacción)
¡Al fin!
(Maliciosamente)
Nunca podrán escapar.
(Con acento mexicano)
Esto es un desmadre.
c. Para identificar al hablante que está fuera de plano o de espaldas, también se usan paréntesis:
(Roger Waters)
Estoy muy contento de estar
en su hermoso país.
(Narrador: Juan Palomino)
La calle estaba desierta
cuando todos llegaron.
c.a. Si no se puede identificar al hablante fuera de plano, se especificará su género usando, otra vez, paréntesis:
Ejemplos: (Voz de
chico)
Yo me siento mal
porque quiero jugar a la pelota.
(Voz de mujer trans)
Acá no se arranca de cero,
esto es una continuidad.
(Voz de hombre)
¡Fuera de acá!
d. Cuando falte información para la comprensión total del contenido, esta se podrá reponer mediante el uso de corchetes:
Me quiso decir
que se lo robaron [el auto].
El sabía que aquel
[Juan] no podría solo.
5. Itálicas (cursivas)
a. Se usarán itálicas cuando se transcriban neologismos y palabras extranjeras o de uso no extendido:
Me está
whatsappeando
sin parar de manera obsesiva.
¡Ay,
darling,
qué linda te pusiste!
b. Cuando se transcriban parlamentos de un personaje o locutor fuera de plano:
(Seño Silvia)
Chicos, no toquen nada,
todos juntitos, por favor.
(Narrador)
Bajo las órdenes del director
Provisorio de la Confederación.
c. Cuando se mencionen nombres de canciones, películas y otros títulos:
Música:
Carroussel,
Luis Alberto Spinetta
d. Cuando se transcriban canciones:
Música:
Tu amor,
Charly García
Yo quise el fin y había más,
yo quise más, no había fin,
lo que yo quise encontrar
estaba atrás y no aquí.
e. Cuando el hablante esté pensando, soñando, cantando, recordando, añorando:
(Soñadora)
Cómo me gustaría
Que estuviera aquí…
(Pensando)
¿Pero yo no lo había llamado ya?
(Recordando)
Ese día estuvo rebueno.
d. Se describan efectos de sonido extradiegéticos (excepto la música):
[Perro ladrando]
[Voces de chicos y chicas]
6. Onomatopeyas e interjecciones
a. Las onomatopeyas imitan o recrean el sonido de una cosa. Sirven para
describir más gráficamente efectos de sonido (y siempre llevan punto
final):
[Balido de oveja]
Bee, bee, bee.
[Reloj]
Tic, tac, tic, tac.
[Risa maliciosa]
Mue, je, je, je.
b. Las interjecciones expresan un estado de ánimo, una impresión, un sentimiento (asombro, sorpresa, dolor, molestia, amor...).
(Molesto)
¡Grrr!
(Resignado)
Uf.
(Nervioso)
Ejem.
(Quejándose)
¡Ay!
b.a. Para denotar esos estados de ánimo, pueden utilizarse hasta tres letras iguales de manera consecutiva:
¡Grrr!
¡Goool!
¡Mamááá!
*
*Tener en cuenta que, cuando se repite la vocal acentuada, se acentúa cada repetición.
d. El uso de puntos suspensivos o comas indican, en ciertos casos, la velocidad o el ritmo del sonido:
DESPACIO | RAPIDO |
[Reloj repicando]
Dong…, dong…, dong… | [Disparo de pistola]
Bang, bang, bang. |
|
7. Números, símbolos y abreviaturas
Los números admiten más de una forma de representación: está bien
escribirlos con letras y está bien escribirlos con cifras. Para
discernir cuándo usar cada una, establecemos una serie de normas. A fin
de evitar confusiones, es imprescindible que haya concordancia dentro
de un mismo cartel, dentro de un grupo de carteles y, en lo posible,
dentro del texto entero. En ningún caso puede anteceder un número
escrito con letras a un símbolo (tres %; cuatro $), pero sí una cifra a
un símbolo escrito con letras (58 por ciento; 4 pesos).
7.1 Números
a. Siempre que haya espacio suficiente para hacerlo, los números que
pueden escribirse en una sola palabra se transcriben con letras:
Uno, dos, tres, cuatro, cincuenta, setenta, mil, dos mil, doscientos, trescientos, quinientos.
A menos que:
1. Excedan los 32 caracteres:
Se gastaron 40 millones dólares
sin medir las consecuencias.
2. Haya suficientes caracteres, pero su lectura resulte difícil. Es el caso de números muy grandes o no “redondos”:
MAL USO | BUEN USO |
Cuatrocientos cincuenta y seis mil
ciento ochenta y ocho personas. | 456.188 personas. |
|
MAL USO | BUEN USO |
8 millones 400.000* dólares. | 8.400.000 dólares. |
*Acá no pusimos 400 mil porque este método abreviado no es
válido para las cantidades en miles, ya que mil no es un sustantivo (la
forma sustantiva es millar), sino que forma parte de adjetivos
numerales compuestos de dos palabras, en cuya escritura no deben
mezclarse cifras y letras. Así, no debe escribirse 154 mil personas o
12 mil millones, por la misma razón que no escribimos 30 y siete ni
cincuenta y 4).
b. Se escriben con letras todos los números que inicien una oración así como los números que estén relacionados:
Ciento treinta personas
entraron y treinta se sentaron.
c. Las fechas y las edades siempre se escriben con cifras:
Nació el 3 de octubre de 1975.
Tiene 15 años.
c.a. El primer día del mes puede escribirse con el ordinal primero:
El primero de mayo es feriado.
c.b. La hora también se escribe con cifras, a menos que se mencione el
tramo del día o que se trate de una expresión aproximada de la hora:
Me desperté a las 5:15.
Son exactamente las 20:35.
A las tres de la mañana.
Vendré hacia las ocho.
-Señor, ¿tiene hora -
Deben ser las siete.
7.2. Símbolos
a. Siempre que el formato de entrega de closed caption lo permita, ha
de desarrollarse toda la palabra representada para describir símbolos,
salvo que estén integrados en una fórmula química o matemática, o que
se trate de unidades de medida de longitud (b.). Siempre debe haber
concordancia entre números y símbolos:
MAL USO | BUEN USO |
Yo tengo $668. | Yo tengo 668 pesos. |
2 x 5 igual 5 + 5 | 2 x 5 = 5 + 5 |
¡Me dijo que tres
era = a cuatro! | ¡Me dijo que tres
era igual a cuatro! |
|
b. Los símbolos que expresen unidades de medida de longitud, estarán siempre representados por sus abreviaturas:
MAL USO | BUEN USO |
La tabla mide tres metros de largo por cinco centímetros de ancho. | La tabla mide 30 m de largo por 51 cm de ancho. |
MAL USO | BUEN USO |
El tipo medía 2 m. | El tipo medía dos metros. |
El tipo medía 2 metros. |
El tipo medía dos m. |
Recorrimos cuatrocientas ha. | Recorrimos 400 hectáreas. |
Está a 5 km. | Está a cinco kilómetros. |
b.a. Salvo cuando se trate de una cifra igual o menor a diez, cuando
las oraciones sean simples y cuando el tiempo de lectura lo permita.
Usos especiales de los signos de interrogación y exclamación
Muchas veces, los signos se usan no solo como marcadores del enunciado
(pregunta o afirmación), sino también como marcadores de modalidad de
la enunciación (para incrementar la expresividad del mensaje escrito).
a. Cuando el sentido de una oración es interrogativo y exclamativo a la
vez, pueden combinarse ambos signos, abriendo y cerrando el enunciado
con ambos (exclamación afuera, interrogación adentro):
¡¿Qué estás diciendo!
¡¿Ya estás acá!
c. A diferencia de los símbolos que expresen unidades de medida de
longitud (b), las abreviaturas y símbolos de unidades de medida de masa
y tiempo han de desarrollarse con toda la palabra escrita (a):
MAL USO | BUEN USO |
Nos tomamos tres l
de cerveza cada uno. | Nos tomamos tres litros
de cerveza cada uno. |
|
Le habló durante
tres h, ¡no paraba! | Le habló durante
tres horas, ¡no paraba! |
|
Sentimientos como
amor, afecto, ternura,
etc., cariño | Sentimientos como amor
afecto, cariño, ternura,
etcétera |
|
|
d. Los símbolos matemáticos usados de manera literal no se transcriben con letras (excepción punto e.):
MAL USO | BUEN USO |
La estancia ocupa 500 km
cuadrados. | La estancia ocupa 500 km2 |
|
MAL USO | BUEN USO |
Tengo un hambre al 2 | Tengo un hambre al cuadrado. |
e. Siempre que haya espacio para hacerlo, los porcentajes se escriben con letras
MAL USO | BUEN USO |
Se usó el 48%.
del presupuesto. | Se usó el 48 por ciento
del presupuesto. |
|
e.a. A menos que el número al que refieren esté expresado con letras.
Entonces deberá usarse el símbolo (%) sin dejar espacio después del
número:
MAL USO | BUEN USO |
Representan el quince %
de la población mundial. | Representan el 15%
de la población mundial. |
|
MAL USO | BUEN USO |
Se usó el tres %.
(Porque no hay concordancia
entre número y símbolo
y hay suficientes caracteres
para escribir “por ciento”.) | Se usó el tres por ciento. |
|
|
|
|
8. Guiones
a. Si en un mismo cartel aparecen dos hablantes, cada uno estará diferenciado del otro con un guión:
-Hola, ¿qué tal
-Bien, ¿y vos
-Si el Señor de Allá me ayuda…
-Sí, cómo no, le sostengo.
b. Los guiones se utilizan también para indicar que el hablante no completó la frase que estaba enunciando:
Les contaré por qué no
confío en las Provincias
Uni--
c. Para los tartamudeos se usan guiones sin espacio:
MAL USO | BUENO USO |
B b bate. | B-b-bate. |
b. Cuando es necesario indicar mayor énfasis en la expresión exclamativa, pueden usarse hasta tres signos de exclamación:
¡¡¡No!!!
¡¡¡Traidor!!!
A modo de conclusión
Estas son apenas las primeras reglas que establecemos para usar como guía a la hora de transcribir material de audio.
Nos proponemos brindar a nuestro público —personas sordas, adultos
mayores y personas que están aprendiendo a escribir en español— una
programación clara y accesible.
Sin dudas, el uso y el tiempo indicarán qué aspectos será necesario
perfeccionar o modificar, por lo que dejamos este conjunto de normas
sujeto a los cambios que proponga el propio uso, para que nunca deje de
enriquecerse.
ANEXO IX - Resolución Nº 1849
PADRON DE CREDITOS INICIALES Y FINALES
1.- CREDITOS INICIALES
1.1.- Secuencia de créditos iniciales institucionales de DIEZ (10)
segundos que será entregada oportunamente por el tutor y/o el
responsable técnico del INCAA, conteniendo las placas con las
logomarcas oficiales de PRESIDENCIA DE LA NACION, LOGO DE LA PRODUCTORA
y ARTISTICA DE LA SERIE. La citada secuencia deberá incluirse al inicio
de LA SERIE y no podrá haber ninguna imagen y/o sonido previo y/o
sobreimpreso a esta secuencia.
1.2.- Luego de la secuencia indicada en el punto precedente,
corresponderá el siguiente orden de placas (cada una deberá tener una
duración máxima de DOS (2) segundos):
1.2.a.- Logomarca de la Empresa Productora
1.2.b.- ARTISTICA DE LA SERIE
1.2.c.- NOMBRE DEL CAPITULO
2.- CREDITOS FINALES
2.1.- Secuencia de créditos finales que indiquen:
2.1.a.- Nombres y funciones de todo el equipo técnico y artístico involucrado en la producción de LA SERIE.
2.1.b.- Agradecimientos que incluyen los nombres de las personas que
ayudaron en la producción de la OBRA, permitiéndose hasta SEIS (6)
placas (de logotipos o logomarcas) de auspicios o canjes en los
créditos finales por cada capítulo, previa aprobación de los créditos
por parte de EL TUTOR, la Coordinación del Concurso del INCAA y EL
CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T.
2.1.c.- Secuencia de Créditos Institucionales con los nombres de las
autoridades vinculadas al desarrollo del POPFCAD, que será entregada
oportunamente por EL TUTOR y/o el responsable técnico del INCAA.
2.1.d.- Logomarcas en miniatura de MARCA PAIS, PRESIDENCIA DE LA
NACION, MINISTERIO, CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, TDA, BACUA, INCAA y
UNSAM, que serán entregadas oportunamente por EL TUTOR y/o el
responsable técnico del INCAA.
2.1.e.- Las Secuencias de los Créditos Iniciales y Finales y las
logomarcas incluidas en ellos son las que se detallan en el punto 3 del
presente Anexo y deberán ser utilizadas únicamente bajo las directivas
de EL TUTOR, la Coordinación del Concurso del INCAA y el CONSEJO ASESOR
DEL SATVD-T.
3.- LOGOMARCAS
4.- La duración de los
Créditos Iniciales y de los
Créditos Finales deberán formar parte de los VEINTISEIS (26) minutos de duración de LA SERIE.
e. 07/08/2014 Nº 56358/14 v. 08/08/2014