INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 1848/2014
Bs. As., 1/8/2014
VISTO el Expediente Nº 6252/14/INCAA, el Acta celebrada entre el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 17.741
(t.o. 1248/01) y sus modificatorias, la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº
1225/2010,
CONSIDERANDO:
Que dentro de los Proyectos previstos por el CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA
ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR
del SATVD-T, y en el marco del Plan Operativo de Fomento y Promoción de
Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T, se encuentra el de
promover la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la
comunicación en nuestro país con un sentido federal, brindando a los
televidentes de todas las provincias un contenido de excelencia.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en adelante
MINPLAN, firmaron un Acta para el Desarrollo de Proyectos de Promoción
de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA,
organice Concursos de promoción y fomento de alcance federal y nacional.
Que resultó de este acuerdo la puesta en marcha de una nueva etapa del
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES
DIGITALES.
Que la ejecución de convenios anteriores ha logrado resultados
sobresalientes, permitiendo el cumplimiento de los objetivos definidos
para cada etapa.
Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso, que resulten,
será responsabilidad del INCAA.
Que por lo expuesto el INCAA llama a Concurso para la producción de
QUINCE (15) SERIES DE FICCION FEDERALES, de OCHO (8) capítulos cada
serie, de VEINTISEIS (26) minutos cada capítulo, a realizarse con un
presupuesto total de PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($
2.160.000.-) en un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos
con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de identidad
nacional, provincial y regional, y que integren el Banco Audiovisual de
Contenidos Universales Argentino, en adelante BACUA, administrado y
coordinado por el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.
Que los titulares de los proyectos que resulten ganadores cederán los
derechos de los mismos al ESTADO NACIONAL, quien gozará de los derechos
patrimoniales o de explotación que de los mismos se deriven.
Que además y como parte integrante del premio, con el fin de aportar a
la difusión en el mundo de los contenidos producidos, se autoriza a los
presentantes que resulten ganadores la comercialización internacional
de la obra audiovisual.
Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del
Concurso firmarán un Contrato de Instrumentación de Premio con el INCAA
obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en
la presente Resolución.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y la Gerencia de Fomento a la
Producción de Contenidos para la Televisión, Internet y Videojuegos han
tomado la intervención que les compete.
Que en consecuencia corresponde dictar la Resolución fijando las Bases
para la participación en el citado concurso.
Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a las facultades
otorgadas por la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, la
Ley Nº 26.522, y el Decreto Nº 1225/2010,
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Llámese a Concurso para la producción de QUINCE (15)
SERIES DE FICCION FEDERALES para Televisión Digital con la finalidad
que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional,
provincial y regional, y que integren el Banco Audiovisual de
Contenidos Universales Argentino (BACUA).
ARTICULO 2° — Denomínese a la presente convocatoria con el título de
CONCURSO NOSOTROS PARA TELEVISION DIGITAL.
ARTICULO 3° — Apruébense las BASES DEL CONCURSO DE SERIES DE FICCION
FEDERALES PARA TELEVISION DIGITAL, que como Anexos I, II, III, IV, V,
VI, VII, VIII y IX forman parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 4° — La ejecución del mismo en tiempo y forma estará sujeto a
la disponibilidad presupuestaria del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y
FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.
ARTICULO 5° — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases y
Condiciones del mismo. Cualquier hecho no previsto en el mismo será
resuelto por el INCAA y el CONSEJO ASESOR conjuntamente.
ARTICULO 6° — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por
el INCAA conjuntamente con el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.
ARTICULO 7° — Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de dos
días en la primera sección.
ARTICULO 8° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO,
Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO
I - Resolución Nº 1848
PLAN
OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES
- EDICION 2014
BASES Y CONDICIONES PARA EL CONCURSO
SERIES DE FICCIONES FEDERALES
CAPITULO I - DEL OBJETO
1.- EL CONCURSO SERIES DE FICCIONES FEDERALES tiene como objetivo
desarrollar las capacidades profesionales de directores, productores y
guionistas independientes de las seis regiones del país; fomentar la
producción de contenidos para la televisión digital en todo el
territorio nacional a fin de promover la diversidad cultural propia de
sus diferentes regiones y contribuir a la formación de un acervo de
contenidos audiovisuales para televisión digital y que integren el
Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA).
2.- El INCAA en el marco del Acta suscripto con el MINPLAN llama al
CONCURSO SERIES DE FICCIONES FEDERALES a productores y directores
independientes de las SEIS (6) regiones del territorio nacional a
presentar UN (1) proyecto inédito de SERIE DE FICCION para la
televisión digital de OCHO (8) capítulos de VEINTISEIS (26) minutos de
duración cada uno (incluidos títulos y rodantes) a realizarse con un
presupuesto total de PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($
2.160.000.-) en un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos.
3.- El soporte de registro deberá ser digital en una resolución no
inferior a HD (1920*1080), 25 cuadros, 16:9 de relación de aspecto, y
su finalización en HD calidad Broadcasting Internacional.
CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA
4.- Fíjase el período para la convocatoria de los proyectos, desde el
día 1 de Agosto hasta el día 29 de Agosto de 2014 como fechas de
apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso. Los
proyectos deberán presentarse ante la Mesa de Entradas del Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales – INCAA, ubicada en Lima 319 en
el horario de 10 a 17. En los casos de remisiones por vía postal se
tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate.
Los Proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en el
Anexo II de las presentes Bases.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 2022/2014 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 25/8/2014 se prorroga hasta las 17:00 hs. del 29 de septiembre de
2014 inclusive, la fecha de cierre para la convocatoria del Concurso
“SERIES DE FICCION FEDERALES”)
5.- No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo
fuera del plazo establecido.
6.- No podrán intervenir en el presente Concurso proyectos que hayan
resultado seleccionados para su realización en cualquier otro Concurso
Nacional o Internacional hayan o no iniciado rodaje.
7.- Los proyectos presentados en este concurso no podrán participar en
ningún otro llamado que convoque el INCAA, el MINPLAN o el CONSEJO
ASESOR del SATVD-T hasta que no se encuentre publicada en el Boletín
Oficial la nómina de ganadores. En caso de Incumplimiento el proyecto
se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese
sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio,
debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido.
CAPITULO III - DE LOS PRESENTANTES
8.- Los presentantes pueden ser personas Físicas o Jurídicas. Los
presentantes de los proyectos, a los fines administrativos y legales,
serán considerados los Productores Responsables de los mismos
independientemente si desempeñan otro rol en el proyecto y se los
denominará directamente PRESENTANTES. Estos serán los responsables
frente al CONSEJO ASESOR del SATVD-T, el INCAA y el MINPLAN, y son
quienes suscribirán los contratos respectivos en caso de resultar
ganadores.
9.- Si el PRESENTANTE se tratase de una persona jurídica, deberá
adjuntarse fotocopia debidamente certificada del Estatuto Social o
Empresarial actualizado de donde surja el domicilio legal y la
documentación necesaria de donde surja la última distribución de
cargos. Asimismo, deberá adjuntarse un poder debidamente certificado
designando al socio responsable frente al Proyecto para el caso de no
tratarse del máximo Titular del órgano social respectivo, quien será
considerado el PRESENTANTE a todos los fines.
10.- El PRESENTANTE, en su rol de Productor responsable, el director y
el guionista deberán acreditar una residencia fehaciente no menor a
TRES (3) años en la región por la que participan. Cuando se trate de
personas jurídicas las mismas deberán acreditar actividad fehaciente en
la Región por la cual participan por el mismo período de tiempo.
11.- Los PRESENTANTES no podrán presentarse en los roles de DIRECCION Y
PRODUCCION en más de un proyecto aun cuando constituyan distintos
grupos asociados. Sin perjuicio de ello, podrán participar de otros
proyectos como Guionistas y demás roles técnicos distintos a los
citados.
12.- No podrá acceder a la obtención de ningún beneficio del presente
Plan toda aquella persona física o jurídica que habiendo ganado algún
Concurso del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS
AUDIOVISUALES DIGITALES, que con anterioridad a la emisión del dictamen
final del Jurado, no haya dado cumplimiento pleno del Contrato
suscripto oportunamente y/o que haya obtenido informes sumamente
negativos por parte del Tutor asignado, quedando a consideración del
CONSEJO ASESOR del SATVD-T, el INCAA y el MINPLAN, la decisión final de
su participación.
13.- No se admitirán inscripciones de PRESENTANTES directamente
vinculados a miembros del Jurado, del INCAA, del MINPLAN o del CONSEJO
ASESOR del SATVD-T, pudiendo impugnarse la inscripción, en caso que
esta situación se presente, en cualquier fase del concurso. Se entiende
como directamente vinculadas a todas las personas que mantengan una
relación laboral, así como familiares y consanguíneos hasta tercer
grado de afinidad.
14.- Los PRESENTANTES podrán presentar diversas propuestas en toda la
línea de Concursos del Plan Operativo de Promoción y Fomento de
Contenidos Audiovisuales Digitales, con las salvedades expuestas en los
puntos 10, 11 y 12, pero sólo podrán acceder a un máximo de DOS (2)
proyectos ganadores en total en diferentes concursos.
15.- En caso de incumplimiento de los puntos anteriores, el proyecto se
tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido
seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el
presentante restituir toda suma que hubiese percibido.
CAPITULO IV - DE LA COMPETENCIA
16.- La competencia se dará entre los proyectos que pertenezcan a la
misma provincia del país. A los fines expuestos se establecerán SEIS
(6) regiones conformadas, en cada caso, por las provincias que se
detallan a continuación: 1) Región Centro Metropolitano: Provincia de
Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 2) Región Centro Norte:
Córdoba, Santa Fe; 3) Región Noreste Argentino - NEA: Misiones,
Corrientes, Chaco, Formosa, Entre Ríos; 4) Región Noroeste Argentino -
NOA: Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero, La Rioja.
5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza; 6) Región Patagonia:
La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego,
Antártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur.
CAPITULO V - DEL JURADO
17.- La presidenta del INCAA conjuntamente con el CONSEJO ASESOR del
SATVD-T nombrará un Jurado que estará conformado por QUINCE (15)
miembros quienes deberán ser personalidades de reconocida trayectoria
en la actividad televisiva y/o cultural. Una vez conformado el mismo,
su composición se anunciará en la página Web del INCAA. De los QUINCE
(15) jurados CINCO (5) serán personalidades destacadas del ámbito de la
realización audiovisual, guionistas, productores, directores, de cine y
televisión, miembros del CONSEJO ASESOR del SATVD-T, SECRETARIA DE
COMUNICACION PUBLICA, de la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual (AFSCA), de los Sindicatos nucleados en la
Confederación Sindical de los Trabajadores de los Medios de
Comunicación Social (COSITMECOS) y de las Organizaciones que expresan
las nuevas voces en el marco de la nueva Ley Nº 26.522 de Servicios de
Comunicación Audiovisual, entre otros, y DOS (2) personalidades
destacadas de cada Región (Región Centro Norte, NEA, NOA, Nuevo Cuyo y
Patagonia) del mismo ámbito descripto y/o especialistas en temas
culturales, sociales y/o científicos de la región que se evalúa.
18.- La decisión que adopte el Jurado interviniente será inapelable.
CAPITULO VI - DE LA SELECCION
19.- El jurado interviniente preseleccionará CINCO (5) proyectos de
SERIES DE FICCIONES FEDERALES para televisión digital por cada una de
las regiones del país a los efectos de participar de una instancia de
taller para el fortalecimiento de las propuestas. Los mismos se
realizarán en cada una de las regiones, en sedes a confirmar. El INCAA
designará un equipo capacitador integrado por especialistas en las
áreas de GUION, DIRECCION y PRODUCCION, que representen una estructura
federal, todo ello con el objeto de atender las necesidades específicas
de producción de las áreas geográficas correspondientes.
20.- Deberán asistir a los talleres, sin excepción, los profesionales
asignados a los roles de PRODUCCION, DIRECCION y GUION de los proyectos
que resulten preseleccionados.
21.- Culminada la instancia de taller, cada equipo participante deberá
elaborar un informe debidamente desglosado en las tres áreas sobre las
que se realizaron las capacitaciones. Dicho informe se entregará
suscripto por todo el equipo en sobre cerrado a los Coordinadores del
INCAA quienes, a su vez, lo remitirán al Jurado que se reunirá
nuevamente, a los efectos de designar hasta DOS (2) proyectos GANADORES
por cada región del país, incluyendo por orden de mérito y en carácter
de SUPLENTES todos aquellos proyectos, de los preseleccionados, que
consideren pertinentes.
22.- Sin perjuicio de lo establecido en el punto Nº 20, de considerarlo
necesario, el jurado declarará desierto en forma total o parcial el
concurso. En el caso que no existan proyectos seleccionados en
cualquiera de las regiones establecidas en el punto Nº 15 el número
faltante podrá ser reasignado, por el Jurado respectivo, a alguna de
las restantes regiones o bien llamar, previa autorización conjunta del
CONSEJO ASESOR del SATVD-T e INCAA, a una nueva convocatoria en la
región en las que no hubieran resultado ganadores.
CAPITULO VII - DE LOS GANADORES Y DEL
CONTRATO
23-. Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores en cada
región firmarán un CONTRATO en la Cuidad de Buenos Aires con el INCAA
en carácter de “INSTRUMENTACION DE PREMIO PARA LA REALIZACION DE UNA
SERIE DE FICCION FEDERAL PARA TELEVISION DIGITAL”.
24.- Aquellos que resulten seleccionados como ganadores deberán
inscribirse en el Registro de Productores de TV del INCAA. Dicho
registro es condición para el cobro de la segunda cuota.
25.- El citado CONTRATO implica la realización integral y entrega de la
SERIE en un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos
contados a partir de la acreditación total de la primera cuota y con un
presupuesto total de PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($
2.160.000.-) el cual debe ser rendido bajo las condiciones que constan
en estas bases.
25.1.- Como parte integrante del premio, con el fin de aportar a la
difusión en el mundo de los contenidos producidos, se autoriza a los
PRESENTANTES que resulten ganadores la comercialización internacional
de la obra audiovisual por un período de VEINTICUATRO (24) meses,
contados a partir del séptimo mes de la exhibición del último capítulo
por la Televisión Digital Abierta de la República Argentina. Las ventas
que pudieran realizar el presentante durante el período de
comercialización en los países que conforman Iberoamérica no podrán
ceder los derechos de exhibición y/o explotación de la obra en carácter
de exclusividad.
25.2.- Luego del período establecido en el punto precedente tendrá
derecho y exclusividad el Estado Argentino para el intercambio del
material con otros canales y con todas aquellas señales nacionales con
las que el BACUA celebre convenios.
25.3.- En el período de comercialización establecido precedentemente en
el artículo 24.1 la productora será la responsable de los envíos,
traducciones, subtitulados y doblajes que puedan derivarse de las
ventas internacionales que realice.
25.4.- Extinguido el período por el que se otorgan los derechos de
comercialización internacional, los mismos recuperan el estado Jurídico
inicialmente establecido con los mismos efectos con los cuales fueron
reconocidos.
25.5.- El PRESENTANTE, durante el período de comercialización, deberá
notificar fehacientemente al INCAA y al CONSEJO ASESOR del SATVD-T de
todas las ventas que realice. Los contratos que pudiera celebrar como
producto de las posibles ventas de la Serie y las cesiones de
exhibición y explotación de la misma por los eventuales compradores no
podrán afectar, bajo ninguna circunstancia, la exclusividad que el
ESTADO NACIONAL posee sobre el territorio argentino.
25.6.- El incumplimiento del CONTRATO a firmarse con los PRESENTANTES
de los ganadores del presente CONCURSO dará derecho al INCAA y al
MINPLAN, indistintamente, para que, previa intimación por DIEZ (10)
días corridos, declare la caducidad del proyecto y reclame la
devolución de las sumas que se hubieran entregado con más los intereses
correspondientes.
CAPITULO VIII - DEL SEGUIMIENTO
26.- La Presidenta del INCAA en acuerdo con el CONSEJO ASESOR del
SATVD-T designará UN (1) TUTOR para cada uno de los proyectos que
resulten ganadores, quien tendrá intervención en carácter de asesor
técnico y artístico, certificando mediante informes escritos las
diferentes etapas de la realización integral de la serie, los cuales
deberá remitir al CONSEJO ASESOR del SATVD-T y al INCAA.
27.- Los ganadores considerarán de buena fe los aportes efectuados por
el TUTOR designado y acogerán sus sugerencias con respecto al contenido
de la obra y su realización.
CAPITULO IX - DE LAS CUOTAS
28.- Los montos que resulten de la aplicación de los porcentajes
detallados a continuación se entregarán con cargo de rendición de
cuentas pormenorizadas en relación al presupuesto definitivo aprobado
por el Tutor, la que será condición previa a la percepción de la cuota
subsiguiente, sin perjuicio de los requisitos establecidos a los fines
de la acreditación de cada etapa. La rendición aludida deberá
efectuarse de forma debidamente documentada y de acuerdo a la
reglamentación vigente al respecto (Resolución 439/2014/INCAA). El
monto total estipulado del Premio descripto en el punto Nº 25 se
dividirá según el siguiente detalle:
28.1.- CUOTA 1/TREINTA POR CIENTO (30%); a partir de la suscripción del
contrato respectivo. A los efectos del pago de la presente Cuota la
Coordinación del Concurso deberá disponer de:
28.1.a.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad y/o Estatuto
Social, debidamente certificado, de donde surja la distribución de
cargos para el caso de personas jurídicas. Para este último caso deberá
presentarse el último balance registrado ante el órgano de control
respectivo y poder debidamente certificada autorizando al PRESENTANTE a
actuar como responsable del proyecto cuando éste no sea la máxima
autoridad de la entidad jurídica.
28.1.b.- Datos Bancarios (EMITIDOS POR EL BANCO) del PRESENTANTE.
Entidad Bancaria; Sucursal; Tipo y Número de Cuenta y CBU (Clave
Bancaria Unificada) expedido por autoridad bancaria.
28.1.c.- Constancia de Inscripción ante la AFIP.
28.1.d- DOS (2) copias, una para el INCAA y otra para el CONSEJO ASESOR
del SATVD-T, del Desglose Presupuestario pormenorizado por rubros y
Cronograma de Rodaje definitivos.
28.2.- CUOTA 2/CUARENTA POR CIENTO (40%) una vez acreditado el inicio
del rodaje de la SERIE. A los efectos del pago de la presente Cuota la
Coordinación del Concurso deberá disponer de:
28.2.a.- Recibo X, como constancia de recepción de la primera cuota y
extracto bancario del PRESENTANTE que acredite el depósito respectivo.
28.2.b.- Nota del PRESENTANTE con carácter de Declaración Jurada donde
se consigne la fecha de inicio de rodaje.
28.2.c.- Dos (2) DVD (Video PAL) que contengan al menos TREINTA (30)
minutos del material registrado en bruto.
28.2.d.- DOS (2) Pen Drive externos (con las características descriptas
en el Anexo VIII) que contengan al menos TREINTA (30) minutos de
imágenes en bruto que sean seleccionadas especialmente para que
el INCAA y el CONSEJO ASESOR del SATVD-T generen materiales de difusión
durante la producción de la serie.
28.2.e.- Cronograma de Rodaje de donde surja el plan de realización
indicando expresamente las locaciones y fechas de ejecución de las
distintas etapas.
28.2.f.- Desglose Presupuestario definitivo pormenorizado por rubros.
28.2.g.- Informe del Tutor donde se apruebe la etapa preparatoria, el
cronograma de rodaje y el desglose presupuestario definitivo
pormenorizado por rubros.
28.2.h.- Rendición total o parcial de gastos de la primera cuota
suscripta por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo
Profesional Nacional o Provincial correspondiente presentado según los
rubros del presupuesto definitivo aprobado por el Tutor. En caso de
presentarse una Rendición parcial la misma no podrá ser inferior al
CINCUENTA POR CIENTO (50%) del total recibido.
28.2.i.- Constancia de Inscripción en el Padrón de Productores de
Televisión del INCAA como “Concursante Federal Interjurisdiccional de
Televisión Digital”, de donde surja el Código respectivo,
http://fiscalizacion.incaa.gov.ar/
28.3.- CUOTA 3/VEINTE POR CIENTO (20%) finalizado el rodaje e iniciando
postproducción. A los efectos del pago de la presente Cuota la
Coordinación del Concurso deberá disponer de:
28.3.a.- Recibo X, como constancia de recepción de la segunda cuota y
extracto bancario del PRESENTANTE que acredite el depósito respectivo.
28.3.b.- Nota del PRESENTANTE con carácter de Declaración Jurada donde
se consigne la fecha de inicio de la postproducción.
28.3.c.- Dos (2) DVD que contenga al menos DIEZ (10) minutos de
material editado.
28.3.d.- Dos (2) Pen Drive (con las características descriptas en el
Anexo VIII) que contenga QUINCE (15) minutos de imágenes en bruto
—distintas a las presentadas para liberación de la Cuota 2—, en sistema
PAL, a 25 cuadros por segundo y en una calidad no inferior al estándar
estipulado para DV, seleccionadas especialmente para que el CONSEJO
ASESOR del SATVD-T y el INCAA generen materiales de difusión durante la
producción de la Serie.
28.3.e.- Informe del Tutor donde se apruebe la finalización del rodaje
y el comienzo de la postproducción.
28.3.f.- Rendición total o parcial de gastos de la CUOTA 2 suscripta
por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo
Profesional Nacional o Provincial correspondiente presentado según los
rubros del presupuesto definitivo aprobado por el TUTOR. En caso de
presentarse una Rendición parcial, la misma deberá incluir la totalidad
de los gastos pendientes de la CUOTA 1 —en caso de corresponder— y como
mínimo el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de lo percibido como CUOTA 2.
28.4.- CUOTA 4/DIEZ POR CIENTO (10%) luego de la aprobación técnica de
cada uno de los masters de los capítulos y de la aprobación total de la
Rendición General de Gastos. A los efectos del pago de la presente
Cuota la Coordinación del Concurso deberá disponer de:
28.4.a.- DOCUMENTACION - Recibo X, como constancia de recepción de la
tercera cuota y extracto bancario del PRESENTANTE que acredite el
depósito respectivo.
28.4.b.- Rendición General de Gastos suscripta por Contador Público
matriculado y certificado por el Consejo Profesional Nacional o
Provincial correspondiente y presentado según los rubros del
presupuesto definitivo aprobado por el Tutor.
28.4.c.- Declaración de Responsabilidad sobre uso de obras de terceros,
uso de imagen, uso de archivo gráfico o sonoro, uso de música y
cualesquiera otras utilizadas en la producción de la Serie
conjuntamente con todas las copias de las autorizaciones respectivas de
cesión de derechos debidamente refrendadas y/o las constancias de pagos
emitidas por las entidades correspondientes.
28.4.d.- DISCOS RIGIDOS TRANSPORTABLES. DOS (2) Discos Rígidos Externos
(con las características descriptas en el Anexo VIII) conteniendo los
siguientes directorios y archivos: 1) UN (1) directorio denominado
MASTER A, conteniendo OCHO (8) Subcarpetas, a razón de UNA (1)
Subcarpeta por Capítulo. Dentro de cada Subcarpeta deberá copiarse el
Archivo de Video en calidad HDV o HD (siguiendo las especificaciones
del Anexo VIII) correspondiente a la versión del capítulo indicado.
Cada Capítulo deberá incluir las respectivas placas de agradecimiento o
canje. Los capítulos tendrán una duración de VEINTISEIS (26) minutos,
dividido en DOS (2) bloques de TRECE (13) minutos cada uno de ellos,
separados por un chart con artística institucional de LA SERIE de DIEZ
(10) segundos y sin negros de por medio. A continuación se dejarán
TREINTA (30) segundos de negro y seguidamente se incluirán las Tomas de
Seguridad, que consisten en todos aquellos planos —en su duración
exacta de edición en LA SERIE— a los que se le haya aplicado algún tipo
de gráfica (textos, subtítulos, zócalos, etc.), en su versión clean, es
decir sin la gráfica aplicada. Los planos deben editarse
consecutivamente en el orden cronológico en que aparecen en LA SERIE;
2) Asimismo, dentro de las mencionadas Subcarpetas correspondientes a
cada Capítulo, deberá agregarse otro directorio (una segunda
subcarpeta) denominada AUDIO, la que contendrá los Archivos de Audio
correspondientes a la Banda Internacional. La Banda Internacional se
conformará con SESENTA Y CINCO (65) Archivos de Audio, a razón de CINCO
(5) archivos por capítulo, con la misma duración y el mismo Time Code
de LA SERIE, y/o de cada Capítulo, (siguiendo las especificaciones
establecidas en el Anexo VIII), donde el primer archivo corresponderá a
los Diálogos; el segundo a los Ambientes y Efectos; el tercero a la
Mezcla Completa en Audio MIX; el cuarto a la Música; y el quinto a la
Narración (Locuciones, Voz en off, etc.); 3) Del Directorio Raíz
(MASTER A) deberá desprenderse otra Subcarpeta denominada PACK GRAFICO
(siguiendo las especificaciones establecidas en el Anexo VIII)
conteniendo: a) UN (1) archivo de Gráfica de la APERTURA de la Serie;
b) UN (1) Archivo de Gráfica para los SEPARADORES de LA SERIE; c) UN
(1) Archivo de Gráfica para los ZOCALOS de LA SERIE; d) UN (1) Archivo
de Gráfica para la/s TIPOGRAFIA/S de LA SERIE; e) UN (1) Archivo de
Texto conteniendo la transcripción de los Diálogos con sus respectivos
Time Codes de entrada y salida (según las especificaciones del Anexo
VIII); f) UN (1) Archivo de Texto —si correspondiese— conteniendo la
transcripción de la Locución con sus respectivos Time Codes de entrada
y salida (según las especificaciones del Anexo VIII); y g) UN (1)
Archivo de Texto conteniendo los Time Codes de entrada y salida de los
elementos gráficos del punto a), b), c) y d); 4) Del mismo Directorio
Raíz (MASTER A) deberá desprenderse la Subcarpeta denominada MATERIAL
DE DIVULGACION, la que contendrá SIETE (7) Archivos de Video (con las
especificaciones establecidas en el Anexo VIII), conteniendo piezas de
divulgación, cuyas imágenes se desprendan mayoritariamente de LA SERIE,
a los fines de promoción de la misma y del POPFCAD. El material de
divulgación estará compuesto por las siguientes partes integrantes: a)
Un capítulo de LA SERIE, a elección de EL PRESENTANTE, en formato
MPEG-4, subtitulado al inglés (según las especificaciones estipuladas
en el Anexo VIII) para la inclusión por parte del INCAA y el CONSEJO
ASESOR del SATVD-T, en los catálogos digitales de los mercados
televisivos internacionales; b) Entrevistas al director y/o actores y/o
guionista/s y/o técnicos, hablando de la experiencia de haber
participado del Concurso Series de Ficción Federales del POPFCAD y de
haber tenido la posibilidad de realizar UNA SERIE DE FICCION PARA
TELEVISION DIGITAL (TRES (3) minutos); c) Imágenes del backstage de la
realización de LA SERIE (en el que se observe el equipo trabajando)
(CINCO (5) minutos); d) trailer-spot televisivo de LA SERIE (DIEZ (10)
segundos); e) una invitación final del Director a compartir el material
por TDA (Televisión Digital Abierta) (DIEZ (10) segundos); f) Un
trailer de difusión de LA SERIE, de TRES (3) minutos de duración
(deberá entregarse en archivo AAF de AVID o música, locución e imagen
por separado, aparte de presentarlo según ANEXO VIII) y; g) una versión
reducida del mismo de TREINTA (30) segundos de duración. Todas las
piezas deberán ser realizadas con las imágenes generadas en la
realización de LA SERIE y utilizando la información y la investigación
ya existentes, sin que sea necesario (excepto que EL PRESENTANTE así lo
desee) un trabajo adicional de investigación ni de rodaje; h) UNA (1)
carpeta conteniendo CINCO (5) fotos de divulgación de LA SERIE en
archivos con formato JPEG y PSD, con definición de 300 DPI, tamaño 13 X
18 centímetros, escala CMYK; i) UN (1) archivo Word con la Sinopsis
General de LA SERIE (mínimo 250 caracteres, máximo 400 caracteres) y un
storyline de cada capítulo; release para la prensa (máximo 3200
caracteres); resumen para carpeta de divulgación (máximo 120
caracteres), ficha técnica completa de LA SERIE y currículum resumido
del Director y del/los Productor/es y Guionista/s (máx. 3200 caracteres
cada Currículum Vitae); j) UN (1) afiche de publicidad de LA SERIE, en
formato JPEG y PSD, con definición de 300 DPI, tamaño 70 x 100
centímetros, escala CMYK, que deberá poseer en su parte inferior una
franja blanca con las logomarcas especificadas en el ANEXO IX; 5) Por
último debe desprenderse del directorio Raíz, una Subcarpeta denominada
DOCUMENTACION TECNICA, donde deberá agregarse copia digital de la Ficha
Técnica de cada Capítulo, la que será entregada y supervisada por EL
TUTOR, el Responsable Técnico del BACUA a los efectos de dinamizar los
procesos de ingesta y evaluación técnica.
28.4.e.- DOS (2) DVD’s (Video PAL) de cada uno de los capítulos
terminados con audio MIX (Mezcla Completa) en la versión del MASTER A.
28.4.f.- DOS (2) DVD’s (Video PAL) conteniendo las piezas de
divulgación descriptos en el punto precedente con audio MIX (Mezcla
Completa).
28.4.g.- DOS (2) afiches de publicidad de LA SERIE impresos en papel
ilustración de entre 150 y 180 gramos, tamaño 70 x 100 centímetros, que
deberán poseer en su parte inferior una franja blanca con las
logomarcas según ANEXO IX.
28.4.h.- Los discos rígidos externos descriptos en el presente artículo
deberán cumplir, sin excepción, con todas las especificaciones técnicas
requeridas en el Anexo VIII. Asimismo los discos y los DVD’s deberán
entregarse con el diseño de Stamping Institucional que oportunamente
será entregado por los organizadores del Concurso a través de los
respectivos Tutores.
28.4.i.- DOCUMENTACION INSTITUCIONAL - Informe del Tutor donde se
apruebe la finalización de la postproducción y de los Masters.
28.4.j.- Informe de aprobación técnica emitido por el personal
visualizador del INCAA-BACUA.
28.4.k.- Informe del Area de Rendición de Costos aprobando la Rendición
General de Gastos.
28.4.l.- El PRESENTANTE tendrá un plazo máximo de TREINTA (30) días a
partir del depósito total de la CUOTA 4, para presentar los
comprobantes y/o recibos que acrediten los pagos de las facturas
devengadas que haya presentado en la Rendición final de Gastos.
Asimismo, deberá presentar el Recibo X, como constancia de recepción de
la cuarta cuota y el extracto bancario que acredite el depósito
respectivo. Este requerimiento —sin perjuicio de los requisitos
establecidos a los fines de la acreditación de cada etapa— será
condición necesaria para cancelar las obligaciones derivadas del
compromiso contractual y por consiguiente para participar de cualquier
otra convocatoria futura a realizarse en el Marco del presente Plan.
CAPITULO X - DE LOS TITULOS, CREDITOS
Y PUBLICIDAD
29.- En los créditos de las realizaciones ganadoras del concurso y en
toda publicidad que de las mismas se realice deberán incluirse los
logos de MARCA PAIS, PRESIDENCIA DE LA NACION, MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, CONSEJO ASESOR
del SATVD-T, INCAA, TDA, BACUA y cuando corresponda el roll con la
nómina de autoridades y funcionarios responsables de la ejecución del
presente Concurso, todo ello de acuerdo a sus modos y/o formatos
vigentes. Asimismo, la señal de referencia (barras, charter de inicio,
countdown), las logomarcas y el chart con la artística Institucional
serán entregados por los organizadores del Concurso a través de los
Tutores, no pudiéndose utilizar otros que no sean los diseñados por el
INCAA y el CONSEJO ASESOR del SATVD-T. Asimismo en los créditos de las
Series ganadoras como en lo que respecta a las placas de agradecimiento
o canje del presente Concurso y en toda publicidad que de las mismas se
realicen deberá darse cumplimiento a lo previsto en el Capítulo VIII de
la Ley 26.522 en aquello que fuera pertinente, en materia de publicidad.
CAPITULO XI - DE LOS DERECHOS
30.- La titularidad de todos los derechos patrimoniales o de
explotación de la obra sin limitación temporal alguna para el
territorio argentino, corresponderá al ESTADO NACIONAL, pudiendo
disponer, bajo cualquier modalidad, su exhibición, reproducción (total
o parcial), comunicación pública, y distribución en cuantas
oportunidades conviniere a su exclusivo criterio, a través de cualquier
formato existente o por crearse —VHS, DVD, Betacam, u otros—, así como
por sistemas de televisión existentes o futuros y/o a autorizar o
disponer su reproducción en cualquier formato existente o futuro para
fijar audio e imágenes (incluido Webcasting, VOD, IPTV y streaming),
incluyéndose asimismo la facultad de reducir y/o desgrabar de los
guiones, diálogos, entrevistas e imágenes de la Obra para distribución,
reproducción y/o duplicación en formatos y medios gráficos (libros,
revistas, etc.) o digitales, ya sea existentes o futuros, destinados
exclusivamente a fines de promoción. Ello sin prejuicio del
reconocimiento de paternidad y de integridad de la obra del/los
Autor/es a partir del cual se deberá consignar en todo momento el
nombre del/los mismos, acorde a lo establecido en los art. 51 y 52 de
la ley 11.723.
30.1.- No obstante lo establecido precedentemente, con respecto a los
derechos patrimoniales derivados de la creación del autor del
argumento, el PRESENTANTE tendrá la licencia de uso de la obra
exclusivamente para la realización del audiovisual concursado.
30.2.- El ESTADO NACIONAL tendrá la titularidad de la obra creada por
el autor del argumento por el término de TRES (3) años contados a
partir del momento de la adjudicación del premio de la obra
audiovisual. Vencido el plazo nombrado el autor del argumento recupera
sobre su obra todos los derechos que la ley le confiere, conservando el
ESTADO NACIONAL la titularidad sobre la obra audiovisual fijada sobre
el soporte y por ende, la potestad de comercializarla sin límite de
tiempos ni territorio.
30.3.- En todo momento el PRESENTANTE debe respetar el derecho de
paternidad y a la integridad en cabeza del autor del argumento, del
director, y del compositor, para los casos de que la obra sea musical,
no pudiendo reducir, desgrabar o modificar el argumento de la misma ni
hacer un uso distinto para el cual fue cedido. Igual restricción debe
seguirse con relación a la obra creada por el director y a la creada
por el compositor.
30.4.- Es responsabilidad y función de las entidades de gestión
colectiva de derechos de propiedad intelectual, la de gestionar las
sumas que se devenguen de la utilización de las obras audiovisuales
(art. 1 Ley 20.115), no siendo ocupación del ESTADO NACIONAL, la de
exigir dicho accionar. Por ello, acorde a la ley citada y su Decreto
Reglamentario Nº 461/73, los contratos de licencia de uso de obra para
plasmación audiovisual, que el productor celebre con el autor, deberán
hacerse a través de ARGENTORES.
30.5.- Durante el período de comercialización establecido en el punto
25 inciso 1, quien ejerza la potestad de explotar la Serie, en el caso
de la venta al exterior de la obra resultante fijada sobre un soporte
capaz de mantenerla grabada y reproducirla deberá considerar al autor
del argumento, el director y el compositor como coautores del
audiovisual mencionado, y el derecho que tienen a percibir, como
mínimo, del VEINTE POR CIENTO (20%) del monto total de la venta por
cada uno de los países en los que se comercialice.
30.6.- Tanto el autor del argumento, el director y el compositor son
coautores de la obra y por esa razón no declinarán su derecho a
percibir los derechos económicos de autor que perciban las entidades de
gestión del país o del exterior y reservarse un porcentaje del precio
de venta del audiovisual, cuando el mismo sea vendido a países que no
poseen sociedad de gestión recaudatoria. Este porcentaje, no está
incluido en el porcentaje que le corresponda como coautor del
audiovisual mencionado en el párrafo anterior.
30.7.- Independientemente de lo expuesto en las presentes Bases y
Pliegos las obras ganadoras no podrán violar ninguna disposición y/o
convenio/s internacionales vigente/s que puedan existir entre los
países interesados en adquirir la obra durante el período de
comercialización.
CAPITULO XII - DE LAS DISPOSICIONES
GENERALES
31.- Es a cargo del productor el registro de la propiedad intelectual
de la obra audiovisual así como la contratación de los artistas,
intérpretes o ejecutantes y con los productores de fonogramas y el pago
de los derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente concurso. En consecuencia, quien figure como Presentante
será el único responsable de los efectos resultantes de la
planificación, ejecución y puesta en marcha de la obra audiovisual, y
se compromete a mantener indemne al ESTADO NACIONAL, al INCAA y al
MINPLAN, con relación a cualquier reclamo o acción de terceros hacia su
parte o contraparte, cualquiera sea su naturaleza, hasta la
finalización del presente, debiendo hacerse cargo en forma exclusiva y
excluyente de la posible indemnización, daños, costos, costas y
honorarios.
32.- Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde la
publicación de la Resolución que aprueba la declaración de los
ganadores, deberán retirarse los proyectos que no hubieren sido
seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los
mismos.
32.- Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las presentes
Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.
ANEXO II -
Resolución Nº 1848
PRESENTACION DE LOS PROYECTOS
Los Proyectos deberán presentarse en sobre o caja cerrada, en forma
personal de 10 a 17 hs por ante la Mesa de Entradas del Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo
postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG, hasta el 29 de
Agosto de 2014 inclusive, tomándose para este último caso la fecha de
imposición de la oficina de correos respectiva.
El sobre o caja deberá estar dirigido a:
Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para TV, Internet y
Videojuegos
Concurso SERIES FICCION FEDERALES.
Asimismo deberá consignarse en su exterior:
1 - Nombre del Concurso al que se presenta.
2 - Título del Proyecto.
3 - Región por la que participa.
4 - Nombre del presentante.
En su interior el sobre o caja deberá contener:
UNA (1) carpeta impresa y anillada, que conste de TRES (3) partes bien
diferenciadas.
A - DOCUMENTACION
B - PROYECTO
C - COPIA DIGITAL DE LA CARPETA EMPRESA
A.- DOCUMENTACION
A.1.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LOS TRES (3) profesionales asignados
a los roles de PRODUCCION, DIRECCION y GUION, respetando el orden aquí
establecido:
A.1.1.- CARATULA indicando: Concurso al que se inscribe; Título del
Proyecto; Región por la que participa y nombre del PRESENTANTE.
A.1.2.- Anexo III, —sea persona física o jurídica— y Declaración Jurada
del Anexo IV (los que se adjuntan a la presente y que también se podrán
descargar de www.incaa.gov.ar). Estos Anexos solo deben ser completados
por el PRESENTANTE del Proyecto.
A.1.3.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (primera, segunda
hoja y cambio de domicilio) de los TRES (3) participantes,
especificando el rol ocupado por cada uno.
A.1.4.- Acreditación de domicilio de los TRES (3) participantes
comprobando una residencia no menor a los TRES (3) años en la región
por la que participan. Dicha acreditación puede realizarse mediante
facturas de servicios a nombre de los participantes (una
correspondiente al último mes y una segunda de TREINTA Y SEIS (36)
meses anteriores), contrato de alquiler. No siendo suficiente para
acreditar domicilio la sola presentación de un certificado de domicilio
emitido por la policía.
A.1.5.- Currículum Vitae (antecedentes no excluyentes) de los
participantes.
A.2.- DOCUMENTACION RELATIVA AL PROYECTO, respetando el orden aquí
establecido:
A.2.1.- Copia simple de la inscripción de la obra en la Dirección
Nacional de Derecho de Autor o Declaración Jurada firmada ante
Escribano Público o certificada ante Entidad Bancaria o Juez que
acredite la autoría de la obra para aquellas provincias donde no exista
sucursal o filial de la DNDA. En este último caso la misma funcionará
en carácter de provisoria y deberá ser reemplazada por la inscripción
correspondiente en caso de que el Proyecto resulte ganador.
A.2.2.- Autorización y/o cesión de los derechos de uso del guión cuando
el autor del argumento sea distinto al PRESENTANTE. La autorización
deberá realizarse exclusivamente del autor del argumento al
PRESENTANTE, mediante nota debidamente certificada y en la que deberá
coincidir el título de la obra con el registrado en el punto A.2.1. La
certificación deberá realizarse ante Escribano Público, Juez o mediante
certificación de firma bancaria.
B.- PROYECTO, el que deberá contener el material que se detalla a
continuación respetando el orden establecido:
B.1.- CARATULA indicando: Concurso al que se inscribe; Título del
Proyecto; Región por la que participa y nombre del PRESENTANTE.
B.1.1.- Sinopsis General de la Serie completa (DOS (2) carillas máximo)
y storyline de la Serie completa (máximo CINCO (5) líneas).
B.1.2.- Guión televisivo de TRES (3) Capítulos (VEINTISEIS (26)
carillas máximo por capítulo) y sinopsis y storyline de cada uno de los
capítulos restantes.
B.1.3.- Propuesta Estética de la Serie, Concepción de los elementos
visuales y sonoros.
B.1.4.- Listado de equipo técnico tentativo.
B.1.5.- Cronograma de rodaje, consideraciones técnicas y de producción.
B.1.6.- Presupuesto de Producción (ANEXO V, el que se adjunta a la
presente y que también se podrá descargar de www.incaa.gov.ar).
C.- COPIA DIGITAL DE LA CARPETA IMPRESA. Se deberán presentar DOS (2)
copias digitales idénticas de la Carpeta Impresa grabadas en soporte
DVD, siguiendo las especificaciones aquí descriptas:
C.1.- Los DVD deben contener UNA (1) Carpeta identificada con el nombre
del Proyecto, la que contendrá TRES (3) Sub-carpetas con los siguientes
títulos:
C.1.1.- DOCUMENTACION; PROYECTO Y MATERIAL ADICIONAL (esta última
optativa).
C.1.2.- Las Sub-carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO deben contener, cada
una, un solo archivo en formato PDF (portable document format) el que
no deberá exceder los 20 MB (Megabytes), sin excepción. Dichos Archivos
deberán ser una copia digital exacta (siguiendo el mismo orden) de los
apartados DOCUMENTACION Y PROYECTO de la Carpeta impresa.
C.2.- MATERIAL ADICIONAL. Los PRESENTANTES podrán optar, si así lo
desean o creen conveniente por incluir fotografías, tipografías,
audios, un demo reel, etc. que sirvan para ilustrar aspectos generales
del tratamiento visual y/o sonoro, como material complementario del
proyecto.
C.2.1.- La carpeta denominada MATERIAL ADICIONAL podrá constar de hasta
TRES (3) Sub-carpetas según el siguiente detalle:
C.2.2.- A la primer Sub-carpeta deberá denominársela IMAGENES, ésta
podrá contener: a) Hasta DIEZ (10) fotografías en formato (Joint
Pictures Experts Group - .JPEG) y PSD como máximo; y/o b) UN (1) demo
reel, de hasta TRES (3) minutos de duración, en formato (Audio Video
Interleave. AVI).
C.2.3.- A la segunda Sub-carpeta deberá denominársela AUDIO, y podrá
contener: a) Hasta DOS (2) archivos de audio, de hasta TRES (3) minutos
de duración como máximo, en formato (Waveform Audio File Format - .WAV).
C.2.4.- La tercer Sub-carpeta deberá denominarse DOCUMENTOS, y
contendrá: Cartas de apoyo, recomendaciones, Declaraciones de Interés,
Cartas de Intención, etc. Estas deberán adjuntarse en Formato PDF o
JPEG.
C.2.5. Cada una de las Sub-carpetas (IMAGENES, AUDIO Y DOCUMENTOS) no
podrán exceder, en su conjunto los 4 GB (Gigabytes).
D.- Dado que las carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO, no pueden exceder
los 40 MB (Megabytes), y la Carpeta MATERIAL ADICIONAL, con sus
subcarpetas, no pueden exceder los 4 GB (Gigabytes), el peso total del
material grabado en el DVD no podrá ser superior a los 4.5 GB
(Gigabytes) que es el máximo promedio de capacidad de un DVD estándar.
Cualquier material que no cumpla con los presentes requisitos no será
entregado al Jurado para su evaluación. No se tendrá en cuenta
cualquier otro material remitido que no se encuadre en lo aquí
especificado.
ANEXO III -
Resolución Nº 1848
ANEXO IV -
Resolución Nº 1848
ANEXO V - Resolución
Nº 1848
PLAN OPERATIVO DE
PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES
ANEXO VI -
Resolución Nº 1848
Datos del PROGRAMA
DE TV
ANEXO VII -
Resolución Nº 1848
ANEXO VIII -
Resolución Nº 1848
Requerimientos Técnicos para la
entrega de Programas y Contenidos producidos para BACUA (2013)
A. Todo el material debe ser grabado a 25 cuadros por segundo (25fps) o
50 campos por segundo (50i), quedando a criterio del productor la
decisión de uno u otro formato.
A.1. La calidad del material debe ser óptima para su posterior
transmisión y/o reproducción. El soporte de entrega no deberá
encontrarse dañado. El MASTER FINAL no deberá tener dropouts o
cualquier otra anomalía de video/audio. Todos los programas entregados
deben contener señal de referencia (barras de color, placa de inicio,
countdown) al comienzo, todo ello de conformidad con las siguientes
especificaciones técnicas. Las barras de color al comienzo de cada
programa deben ser barras EBU al 75% de saturación (Imagen 1). No
utilizar Barras de color SMPTE (Imagen 2).
A.1.1. CAMPOS. Todo el material
entrelazado deberá ser upper field first. En caso de utilizar material
de archivo proveniente de otras fuentes, corroborar la correcta
interpretación del orden de los campos en un monitor de video.
A.1.2. RESOLUCION. Todo el
material debe ser grabado en resolución 1920x1080 píxeles (Full HD),
salvo casos excepcionales que tengan aprobación firmada por el
PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR.
A.1.3. RELACION DE ASPECTO.
Todo el material debe ser registrado con una relación de aspecto de
16:9 tanto para los programas que se entreguen en HD como en SD. Para
los programas que se entreguen en SD deberán entregarse con una
relación de aspecto 16:9 anamórfico.
A.2. TOMAS LIMPIAS DE SEGURIDAD.
Todos los masters de programa deben incluir por separado, en un archivo
de video independiente, un segmento conteniendo las tomas de seguridad.
Las tomas de seguridad consisten en cada uno de los planos utilizados
en el programa que hayan tenido algún tipo de gráfica aplicada
(zócalos, subtítulos, etc.), con la misma duración que en el programa
pero sin la gráfica.
El archivo de video de las tomas de seguridad debe contener todos los
planos que contengan gráfica en el Master ordenados cronológicamente
según hayan sido utilizados pero sin la misma.
A.2.1. GRAFICAS. El pack
gráfico se debe entregar en el mismo disco rígido que contendrá los
archivos MASTER FINALES de cada programa o serie.
Las gráficas deberán tener una resolución de 1920x1080 pixels a 25
cuadros por segundo con su respectivo canal Alpha en caso de que
corresponda. El formato de los archivos que componen el pack gráfico
deberá ser una secuencia de cuadros PNG. Guardar cada pieza en un
directorio separado y en caso de contener audio, con su respectivo
archivo de audio en formato WAV PCM con una frecuencia de muestreo
(Sample Rate) de 48kHz y 16 o 24 Bits de resolución con la misma
duración que la pieza gráfica.
A.2.2. LECTURA DE TEXTO Y TAMAÑOS DE
FUENTE. Todos los elementos gráficos con texto deben estar
formateados de tal manera que su lectura sea clara tanto en HD como en
su respectiva versión convertida a SD Letterbox. Si el texto en HD no
es lo suficientemente grande, será ilegible una vez convertido a SD y
el programa podrá ser rechazado en la evaluación técnica.
La legibilidad del texto en SD estará, entre otros factores,
determinada por la tipografía elegida, el color y el contraste pero
principalmente por su tamaño. Como regla general asegurarse de que
ningún texto tenga menos de 32 píxels de resolución vertical en HD,
para que una vez convertido a SD Letterbox dé como resultado en SD una
resolución vertical mínima de 12 píxels.
A.2.3. CREDITOS. Los créditos
no deben durar más de 60 segundos. Se recomienda que entren y salgan
por corte o por fade. No se recomienda el uso de créditos rodantes ya
que dependiendo de la velocidad vertical pueden generar problemas de
entrelazado.
A.3. CONFIGURACION DE INICIO DE CADA
PROGRAMA. Cada programa al ser entregado en forma de archivo
digital debe cumplir la siguiente configuración:
En los casos de que el contenido sea
stereo (Full Mix, Músicas y Efectos), se puede entregar en 1 (UN) solo
archivo estéreo por cada elemento o en 2 (DOS) archivos monoaurales
separados por cada elemento.
No es necesario cambiar la mezcla para la Banda Internacional.
La suma de los canales 3 a 8 debería dar el mismo resultado que la
mezcla completa (Full Mix) y no deberá superar los -10dBFS.
A.6. SOPORTE DE ENTREGA DEL MASTER. El
soporte de entrega de los programas será un disco rígido externo (USB
2.0, USB 3.0, FireWire o SATA) con formato NTFS, o HFS+ (no se
aceptarán discos con formato FAT32) que contendrá un directorio
claramente nomenclado por cada programa entregado según lo especificado
en el artículo 6.2.
El Disco Rígido externo debe estar rotulado claramente con la siguiente
información:
• Nombre del Disco
• Nombre de la Casa Productora o Nodo
• Nombre del programa
• Fecha de envío
• Información de contacto
• Número total de capítulos que contiene
• Casa de postproducción (en caso de que exista)
Cada Disco rígido podrá contener más de 1 programa.
En el caso de que el contenido a entregar sean micros de menos de 10
minutos de duración también se puede optar como soporte discos BluRay
rotulados de la misma forma detallada anteriormente.
El disco rígido o BluRay con los masters no será devuelto y deberá ser
provisto por la CASA PRODUCTORA o NODO.
A.6.1. ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL
ARCHIVO DE VIDEO A ENTREGAR. Los programas podrán ser sólo en
formato MXF siguiendo la siguiente especificación:
PROGRAMAS
EN HD:
MXF (OP1a):
- Resolución: 1920x1080 pixels FPS: 25
- Códecs posibles: XDCAM HD 422 50Mbps, Avid DNxHD 120, Avid DNxHD 185,
Avid DNxHD 185x, AVC-Intra 100 High Intra 4:2:2 profile at level 4.1
- Alpha Channel: NO
- Cantidad de colores: Million Colors
- Niveles de Color: ITU-709
- Canales de Audio: 2 (estéreo), 8 (según Punto A.5.3.) en caso de que
incluya la banda internacional.
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 24 bits
WAV:
- Códecs posibles: LPCM, Broadcast Wave
- Niveles de Pico: -10 dBFS
- Canales de Audio: 2 (estéreo),
8
(según Punto A.5.3.) en caso de que incluya la banda
internacional.
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 24 bits
PROGRAMAS
EN SD:
MXF (OP1a):
- Resolución: 720x576 pixels FPS: 25
- Códecs posibles: IMX30 o Avid MPEG30
- Alpha Channel: NO
- Cantidad de colores: Million Colors
- Niveles de Color: ITU-709 Canales de Audio: 2 (estéreo)
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 16 o 24 bits
WAV:
- Códecs posibles: LPCM, Broadcast
Wave
- Niveles de Pico: -10 dBFS
- Canales de Audio: 2 (estéreo)
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 16 o 24 bits
A.6.2. NOMENCLATURA DE LOS ARCHIVOS
MASTERS. En el disco rígido entregado, deberán existir CUATRO
(4) carpetas, a saber (ver imagen 5):
1) MASTER A;
2) PACK GRAFICO;
3) MATERIAL DE DIVULGACION;
4) DOCUMENTACION TECNICA.
El directorio “MASTER_A” contendrá un subdirectorio por cada Programa.
Este directorio deberá estar nombrado según la siguiente
especificación: Nombre de la serie (hasta 16 caracteres), Número de
capítulo, Versión, Fecha de creación en formato Año, Mes, Día (AAMMDD).
• NOMBRE_CAPITULO_VERSION_FECHA.mxf
• MI_SERIE_CAP01_MASTER_120124.mxf
El nombre del Programa debe estar escrito todo en letra mayúscula y no
debe contener espacios en blanco ni caracteres con acento, “Ñ” o
símbolos como / ~ \ $ % & *.
Para separar las palabras, utilizar el signo “_” (usualmente conocido
como guión bajo).
En el caso de que se entreguen más de un CAPITULO en cada disco se
deberá crear un subdirectorio por cada CAPITULO. Dentro de cada
directorio de CAPITULO, deberán existir por lo menos UN (1) archivo
conteniendo el archivo “MASTER A” con Video y Audio Full Mix estéreo en
formato MXF según lo especificado en el punto
6.1, UN (1) archivo de subtítulo con
extensión .srt o .txt según lo especificado en el punto
8.1 con el nombre del capítulo y UN
(1) subdirectorio llamado Audio_NOMBRE_DE_LA_SERIE_CAPITULO_FECHA, que
contendrá la Banda de Sonido Internacional en formato .wav según lo
especificado en el punto
6.1.
Los archivos siempre deben incluir su correspondiente extensión (.mxf o
.wav).
En caso de creerlo necesario se puede incluir un archivo de texto
(.txt) con información
A.6.3. ENVIO DE ARCHIVOS DE PRUEBA.
Para asegurar la aceptación de los MASTERS FINALES, se recomienda hacer
un envío previo de prueba antes de efectuar las bajadas de todos los
capítulos. Este envío de prueba deberá ser de material final con
corrección de color y mezcla de audio. Salvo que se detecten muchos
problemas en el control de calidad, sólo se necesitará el primer
capítulo de cada serie o en su defecto los primeros 5 minutos del mismo.
El procedimiento para el envío de prueba es el siguiente:
• Notificar al PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR del envío de prueba.
• Duplicar la secuencia editada para asegurar que la configuración del
envío de prueba y el MASTER FINAL son idénticas.
• Incluir barras y tono según lo especificado en el procedimiento
standard (punto
A.3).
• Aclarar que es un envío de prueba en la placa de programa.
• Exportar la secuencia siguiendo los pasos del punto
A.6.4.
• Incluir “PRUEBA” al final del nombre del archivo,
NOMBRE_CAPITULO_VERSION_FECHA_PRUEBA.mxf
• Los envíos de prueba tendrán prioridad para el control de calidad
para evitar posibles errores técnicos antes de la exportación final de
todos los capítulos.
• El responsable técnico del BACUA, PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR
informará debidamente a la CASA PRODUCTORA, TUTOR o NODO de la serie
sobre el resultado del control de calidad del envío de prueba, con su
respectivo reporte.
IMAGEN 5. Ejemplo de estructura de
directorios y nomenclatura de carpetas. (Imagen solo de referencia)
A.6.4. CONFIGURACION DE EXPORTACION DE
ARCHIVOS MASTER
Una vez que la edición de Audio y el Video finalizó y fue aprobada, se
puede comenzar con export final.
El archivo resultante va a ser el MASTER FINAL. Es muy importante que
la siguiente especificación sea tenida en cuenta:
Especificación de Exportación MXF HD
OP1a para Avid v6 o superior
b.a. Salvo cuando se trate de una
cifra igual o menor a diez, cuando las oraciones sean simples y cuando
el tiempo de lectura lo permita.
Usos especiales de los signos de
interrogación y exclamación
Muchas veces, los signos se usan no solo como marcadores del enunciado
(pregunta o afirmación), sino también como marcadores de modalidad de
la enunciación (para incrementar la expresividad del mensaje escrito).
a. Cuando el sentido de una oración es interrogativo y exclamativo a la
vez, pueden combinarse ambos signos, abriendo y cerrando el enunciado
con ambos (exclamación afuera, interrogación adentro):
¡¿Qué estás diciendo!
¡¿Ya estás acá!
c. A diferencia de los símbolos que expresen unidades de medida de
longitud (b), las abreviaturas y símbolos de unidades de medida de masa
y tiempo han de desarrollarse con toda la palabra escrita (a):