Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS


Resolución 1257/2014


Ofrécese recompensa.


Bs. As., 4/8/2014

VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M. J. y D. H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº 136/14 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el JUZGADO FEDERAL Nº 1 de MENDOZA, Provincia de MENDOZA, se instruyen los autos FMZ 14000015/2004/26 caratulados: “Legajo de Búsqueda de CAMPANILLE, Guillermo” correspondiente a los autos FMZ 14000015/2004 caratulados “Santamaría, Juan Carlos Alberto y ots. s/Av.lnf. Art. 144 bis del C.P.-CCD Dependientes de la Fuerza Aérea”.

Que en la citada causa interviene la OFICINA PARA SEGUIMIENTO DE CAUSAS POR VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS COMETIDAS EN EL AMBITO DE LA CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MENDOZA, organismo dependiente del MINISTERIO PUBLICO FISCAL.

Que la Ley Nº 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA o a otra dependencia que la autoridad de aplicación determine, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el doctor Walter Ricardo BENTO, Juez del Juzgado Federal citado precedentemente, por oficio Nº 279 del 29 de mayo de 2014, solicita se ofrezca una recompensa para quien pudiera aportar datos fehacientes para dar con el paradero de Guillermo CAMPANILLE, sobre quien pesa pedido de captura nacional desde el 9 de mayo de 2014.

Que en dicho oficio, el doctor Walter Ricardo BENTO informa que el nombrado prófugo se encuentra imputado por la presunta comisión de delitos caracterizados de “Lesa Humanidad’’.

Que asimismo, la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014, otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.

Que ha tomado la intervención de su competencia tanto la DERECCION GENERAL DE ADMINISTRACION como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° de la Ley Nº 26.375.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Ofrécese como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUNIENTOS MIL ($ 500.000), por el plazo de DOCE (12) meses a partir del dictado del presente acto, destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Guillermo CAMPANILLE, D.N.I. Nº 10.544.836, argentino, nacido en CORDOBA, el día 25 de octubre de 1952, hijo de Guillermo CAMPANILLE y de Herminia COSTA.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1268/2017 del Ministerio de Seguridad B.O. 04/12/2017, se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado de la norma de referencia. Por art. 2° de la misma norma, se establece que los ofrecimientos de recompensas, se realizarán cada uno por el monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000))

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 160/2017 del Ministerio de Seguridad B.O. 11/5/2017 se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado de la norma de referencia, la recompensa ofrecida a través de la presente Resolución, por el monto y a partir de la fecha de vencimiento que se consigna en el siguiente ANEXO)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1743/2015 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 19/08/2015 se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir de la fecha del presente, la recompensa ofrecida a través de la presente Resolución)

Art. 2º — Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.

Art. 3º — El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado.

Art. 4º — Encomiéndase a la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Julio C. Alak.