Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1257/2014
Ofrécese recompensa.
Bs. As., 4/8/2014
VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M. J. y D. H. Nros. 1552 del
17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº
136/14 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE
PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que por ante el JUZGADO FEDERAL Nº 1 de MENDOZA, Provincia de MENDOZA,
se instruyen los autos FMZ 14000015/2004/26 caratulados: “Legajo de
Búsqueda de CAMPANILLE, Guillermo” correspondiente a los autos FMZ
14000015/2004 caratulados “Santamaría, Juan Carlos Alberto y ots.
s/Av.lnf. Art. 144 bis del C.P.-CCD Dependientes de la Fuerza Aérea”.
Que en la citada causa interviene la OFICINA PARA SEGUIMIENTO DE CAUSAS
POR VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS COMETIDAS EN EL AMBITO DE LA
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MENDOZA, organismo dependiente del
MINISTERIO PUBLICO FISCAL.
Que la Ley Nº 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del
ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una
compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA o a otra
dependencia que la autoridad de aplicación determine, datos útiles
mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o
referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes
para la detención de personas buscadas por la justicia que registren
orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en
las que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que el doctor Walter Ricardo BENTO, Juez del Juzgado Federal citado
precedentemente, por oficio Nº 279 del 29 de mayo de 2014, solicita se
ofrezca una recompensa para quien pudiera aportar datos fehacientes
para dar con el paradero de Guillermo CAMPANILLE, sobre quien pesa
pedido de captura nacional desde el 9 de mayo de 2014.
Que en dicho oficio, el doctor Walter Ricardo BENTO informa que el
nombrado prófugo se encuentra imputado por la presunta comisión de
delitos caracterizados de “Lesa Humanidad’’.
Que asimismo, la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014,
otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.
Que ha tomado la intervención de su competencia tanto la DERECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° de la Ley Nº 26.375.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Ofrécese como
recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS
QUNIENTOS MIL ($ 500.000), por el plazo de DOCE (12) meses a partir del
dictado del presente acto, destinada a aquellas personas que brinden
datos útiles que resultasen determinantes para la detención de
Guillermo CAMPANILLE, D.N.I. Nº 10.544.836, argentino, nacido en
CORDOBA, el día 25 de octubre de 1952, hijo de Guillermo CAMPANILLE y
de Herminia COSTA.
(Nota
Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1268/2017 del Ministerio de Seguridad B.O. 04/12/2017,
se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a
partir del dictado de la norma de referencia. Por art. 2° de la misma
norma, se establece que los ofrecimientos de recompensas, se realizarán
cada uno por el monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000))
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 160/2017 del
Ministerio de Seguridad B.O. 11/5/2017 se restablece en su vigencia por
el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado de la norma de
referencia, la recompensa ofrecida a través de la presente Resolución, por el monto y a partir de la fecha de vencimiento que se consigna en el siguiente ANEXO)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1743/2015
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 19/08/2015 se
restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir
de la fecha del presente, la recompensa ofrecida a través de la
presente Resolución)
Art. 2º — Las personas que
quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3º — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado.
Art. 4º — Encomiéndase a la
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Julio C. Alak.