ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS


Resolución Nº 18/2014


Asunto: Habilitación provisoria Zona Operativa Aduanera. Aduana de Río Gallegos.


Bs. As., 5/8/2014

VISTO la actuación SIGEA Nº 12779-32-2014/1 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la División Aduana de Río Gallegos solicita una nueva prórroga por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a la habilitación provisoria otorgada mediante Resolución Nº 06/13 (DGA) de la Zona Operativa Aduanera ubicada en un predio de TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 (30.155,54) metros cuadrados de superficie, sobre la Ruta Nacional Nº 3, en la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.

Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la habilitación provisoria otorgada, atento que a la fecha no han finalizado la totalidad de las obras de infraestructura para adecuar el predio en función de las operaciones de comercio exterior a realizarse en dicho lugar operativo.

Que han tomado la intervención que les compete la División Aduana de Río Gallegos, la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente habilitar con carácter provisorio y por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 9° apartado 2 inc. n) del Decreto 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Habilítese la Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 (30.155,54) metros cuadrados de superficie, sito en la Ruta Nacional Nº 3 de la ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz, por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos, con igual carácter e idéntico alcance.

ARTICULO 2° — Estipúlese la vigencia de la presente a partir del día de la fecha.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia. Remítanse los actuados a la División Aduana de Río Gallegos para su conocimiento, notificación y aplicación. — Lic. BEATRIZ PAGLIERI, Directora General Adjunta, Dirección General de Aduanas. — Cdor. Púb. CARLOS A. SANCHEZ, Director General, Dirección General de Aduanas.

e. 11/08/2014 Nº 57035/14 v. 11/08/2014