ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Resolución Nº 18/2014
Asunto: Habilitación provisoria Zona Operativa Aduanera. Aduana de Río Gallegos.
Bs. As., 5/8/2014
VISTO la actuación SIGEA Nº 12779-32-2014/1 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la División Aduana de Río Gallegos solicita
una nueva prórroga por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a
la habilitación provisoria otorgada mediante Resolución Nº 06/13 (DGA)
de la Zona Operativa Aduanera ubicada en un predio de TREINTA MIL
CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 (30.155,54) metros cuadrados de
superficie, sobre la Ruta Nacional Nº 3, en la ciudad de Río Gallegos,
Provincia de Santa Cruz.
Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que
diera origen a la habilitación provisoria otorgada, atento que a la
fecha no han finalizado la totalidad de las obras de infraestructura
para adecuar el predio en función de las operaciones de comercio
exterior a realizarse en dicho lugar operativo.
Que han tomado la intervención que les compete la División Aduana de
Río Gallegos, la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia y la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente habilitar con
carácter provisorio y por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días
corridos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en
el Artículo 9° apartado 2 inc. n) del Decreto 618 del 10 de julio de
1997.
Por ello:
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Habilítese la Zona Operativa Aduanera ubicada en el
predio de TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 (30.155,54)
metros cuadrados de superficie, sito en la Ruta Nacional Nº 3 de la
ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz, por el término de
TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos, con igual carácter e idéntico
alcance.
ARTICULO 2° — Estipúlese la vigencia de la presente a partir del día de la fecha.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera
Comodoro Rivadavia. Remítanse los actuados a la División Aduana de Río
Gallegos para su conocimiento, notificación y aplicación. — Lic.
BEATRIZ PAGLIERI, Directora General Adjunta, Dirección General de
Aduanas. — Cdor. Púb. CARLOS A. SANCHEZ, Director General, Dirección
General de Aduanas.
e. 11/08/2014 Nº 57035/14 v. 11/08/2014