SECRETARIA GENERAL
Decisión Administrativa 625/2014
Decisión Administrativa Nº 477/1998. Incorpórase cargo.
Bs. As., 8/8/2014
VISTO el expediente Nº 41.114/2014 del registro de la SECRETARIA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº 648 de fecha 26
de mayo de 2004 y modificatorios, el Decreto Nº 6 de fecha 5 de enero
de 2011 y la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de
1998 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 9° del Decreto Nº 648/04 y modificatorios, se
aprobó la estructura organizativa de la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS
TECNICOS de la UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que a través del Decreto Nº 6/11, se designó a la titular de la
DIRECCION DE DOCUMENTACION PRESIDENCIAL, dependiente de la
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS de la UNIDAD PRESIDENTE de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciéndose que el mencionado cargo
tendrá rango y jerarquía de Subsecretario.
Que en atención a la diversidad de tareas asignadas a dicha Dirección y
teniendo en cuenta la complejidad que conlleva el cumplimiento de sus
funciones, resulta necesario dotar de un Gabinete a la citada unidad,
incorporando el cargo a la nómina de funcionarios a que se refieren los
artículos 1°, 2° y 3°, como así también al inciso c) de la Planilla
Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477/98 y sus
modificatorios.
Que han tomado la intervención que les compete la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Incorpórase, con
carácter de excepción, a partir del 1° de enero de 2014, el cargo de
DIRECTOR DE DOCUMENTACION PRESIDENCIAL, dependiente de la COORDINACION
GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA
DE LA NACION, en los artículos 1°, 2° y 3°, como así también en el
inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión
Administrativa Nº 477/98 y sus modificatorias.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo
a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 20-01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.