Administración Federal de Ingresos Públicos
CUADRO TARIFARIO
Resolución General 3661
Para las prestaciones que en carácter
de Servicios Extraordinarios realice el personal de la Administración
Federal de Ingresos Públicos.
Bs. As., 7/8/2014
VISTO la Actuación SIGEA Nº 10118-154-2014 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario actualizar el Cuadro Tarifario, oportunamente
aprobado por la Resolución General 3638 (AFIP) del 13 de Junio de 2014,
para aplicación en los Servicios Extraordinarios que se cumplen en
virtud del artículo 773 del Código Aduanero.
Que han tomado la intervención que les compete, la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del
Interior, de Recursos Humanos y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 4°, 6°, 7° y 9° del Decreto PEN Nº 618 del 10 de Julio de
1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el
nuevo Cuadro Tarifario para las prestaciones que en carácter de
Servicios Extraordinarios realice el personal de la Administración
Federal de Ingresos Públicos, el cual se consigna en el Anexo que forma
parte de la presente.
Art. 2° — Esta Resolución General entrará en vigencia a partir del 1° de Septiembre de 2014.
Art. 3° — Regístrese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y
publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido,
archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO