JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1336/2014
Danse por prorrogadas designaciones de Directores en la Agencia de Administración de Bienes del Estado.
Bs. As., 13/8/2014
VISTO el Expediente Nº 676/2013 del Registro de la AGENCIA DE
ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el
ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.784
y 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1.341 del 10
de septiembre de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobó el Presupuesto de la
Administración Nacional para los ejercicios 2013 y 2014 respectivamente.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,
entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de
la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de
planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que mediante el Decreto Nº 1.341 del 10 de septiembre de 2013 se dio
por designado transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles a partir del 1° de enero de 2013, el personal de la
AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo
descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
consignado en el ANEXO que forma parte integrante de la presente medida.
Que resulta necesario efectuar una prórroga de las designaciones
citadas precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su
modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491/02, establece que los
proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no
impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional, deberán ser acompañados
por la documentación detallada en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de
2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que los agentes involucrados en la presente medida, se encuentran
exceptuados de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº
601/02 y su modificatorio, por haber dado cumplimiento oportunamente a
tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Danse por prorrogadas, por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles a partir del 28 de septiembre de 2013, las
designaciones transitorias efectuadas oportunamente mediante Decreto Nº
1.341 del 10 de septiembre de 2013, de las personas consignadas en el
ANEXO que forma parte integrante de la presente medida, de la AGENCIA
DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el
ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en los cargos, niveles,
unidades organizativas y autorizándose el pago de las funciones
ejecutivas que allí se detallan, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el
artículo 14 del referido SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº
2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir del 28 de septiembre de 2013.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto
precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas
específicas correspondientes a la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, ENTIDAD 205 - AGENCIA DE ADMINISTRACION DE
BIENES DEL ESTADO.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M.
Capitanich.
ANEXO
APELLIDOS Y NOMBRES | D.N.I./L.E. L.C. | CARGO | NIVEL Y GRADO | F.E. |
CHACÓN, CRISTINA SUSANA | 6.192.170 | DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE BIENES INMUEBLES | A-0 | I |
BRAU, EDUARDO HIPÓLITO | 24.041.358 | DIRECCION NACIONAL DE GESTION INMOBILIARIA ESTATAL | A-0 | I |
GAGLIARDI, MARÍA LORENA | 22.916.640 | DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION | A-0 | I |