MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 841/2014

Bs. As., 22/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.626.293/2014 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.844, los Decretos Nros. 628 del 13 de junio de 2005 y 467 del 1 de abril de 2014 y la Resolución Nº 260 del 18 de marzo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 628/05 y su modificatorio, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución Nº 260/2011 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se aprobó la estructura organizativa de nivel inferior al primer nivel operativo del mencionado Ministerio.

Que la Ley Nº 26.844 de “REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES” instituyó la creación de la COMISION NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES (CNTCP) como órgano propio de dicho régimen legal.

Que esta cartera de Estado resulta la autoridad de aplicación del citado régimen por imperio de lo normado en el artículo 71 de la Ley Nº 26.844.

Que el artículo 66 de la Ley Nº 26.844 puso a cargo de esta cartera laboral la asistencia legal y técnico administrativa necesaria para el funcionamiento de la COMISION NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES (CNTCP), determinando la inclusión de las funciones de coordinación y asistencia dentro de la estructura orgánica estable del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que para el adecuado y dinámico funcionamiento de la Comisión y el cumplimiento de la manda legislativa resulta menester la creación dentro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de una COORDINACION DE LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES (CNTCP).

Que en virtud de la materia tratada, la dependencia funcional del área cuya creación se impulsa por la presente medida, lo constituye la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES de esta Jurisdicción.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la COORDINACION DE LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES (CNTCP). Las acciones a su cargo serán las establecidas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO 1

ACCIONES

1. Analizar y sistematizar las actuaciones elevadas desde las Comisiones Asesoras Regionales (CAR), cuando se resuelva su constitución.

2. Asesorar al Presidente de la Comisión en la preparación de las reuniones ordinarias y extraordinarias, y asistirlo durante la celebración de las mismas.

3. Elaborar informes técnicos solicitados por la Presidencia y/o por los representantes sectoriales que integran el organismo.

4. Elaborar los proyectos de resolución que requiera la CNTCP y registrar las normas que emita.

5. Tramitar los expedientes administrativos que correspondan a la CNTCP y atender al público informando y asesorando sobre los temas de competencia de la CNTCP.

6. Contestar oficios judiciales en el ámbito de su competencia.

7. Participar en la elaboración y el diseño de contenidos de materiales de difusión y capacitación respecto de la legislación laboral del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

8. Impulsar y participar en actividades de investigación, seminarios, talleres, congresos, cursos de capacitación y publicaciones relacionados con la temática involucrada.

e. 25/08/2014 N° 62404/14 v. 25/08/2014