Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1370/2014
Prorróganse ofrecimientos.
Bs. As., 27/8/2014
VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del
entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una
compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos
útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro
elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen
determinantes para la detención de personas que registren orden
judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las
que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que el artículo 6° de la Ley Nº 26.375 permite restablecer el
ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por resolución.
Que en ejercicio de la autorización legal mencionada y en atención a
que se mantiene el interés en la obtención de información determinante
para la detención de Angel Ervino SPADA; Eduardo ALFONSO; Juan Carlos
JONES TAMAYO; Mario Alfredo SANDOVAL y Emilio Alberto RIMOLDI FRAGA,
resulta procedente prorrogar o restablecer el ofrecimiento de
recompensas por el plazo de DOCE (12) meses a partir de sus respectivos
vencimientos e incrementar el monto ofrecido en las mismas.
Que la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014 otorga
financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD ESPECIAL
PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este
Ministerio.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
la Ley Nº 26.375 y a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J.
y D.H. Nº 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorróganse por
el término de DOCE (12) meses a partir de las fechas de sus respectivos
vencimientos, las recompensas ofrecidas a través de las Resoluciones
M.J. y D.H. Nros. 1192 del 24 de julio de 2014 y 1341 del 30 de julio
de 2013 y de aquellas ofrecidas a través de las Resoluciones M.J. y
D.H. Nros. 1167 del 15 de junio de 2012, 1232 del 28 de junio de 2012 y
1576 del 22 de agosto de 2012, prorrogadas las TRES (3) últimas en su
vigencia a través de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1191 del 24 de julio
de 2013.
Art. 2° — En atención a que se
mantiene el interés en la obtención de información determinante para la
detención de los prófugos, los ofrecimientos de recompensas referidos
en el artículo que antecede se realizarán por un monto de PESOS
QUINIENTOS MIL ($ 500.000) cada uno a partir del dictado del presente
acto.
Art. 3° — El procedimiento a
seguir para los ofrecimientos enunciados en el presente acto se ceñirá
a lo previsto en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.