Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 1373/2014

Déjase sin efecto ofrecimiento.

Bs. As., 27/8/2014

VISTO la Ley Nº 26.375, la Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 1822 del 15 de julio de 2010, las Resoluciones M. J. y D. H. Nros. 1663 del 10 de noviembre de 2011, 2318 del 29 de octubre de 2012, 2536 del 23 de noviembre de 2012 y 410 del 20 de marzo de 2014 y el Legajo Nº 43/10 de la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el JUZGADO FEDERAL PRIMERA INSTANCIA Nº 1 de LA PLATA, provincia de BUENOS AIRES, se encuentra radicada la causa Nº 97, caratulada “ARIAS DUVAL, Alejandro Agustín s/ Homicidio, privación ilegal de la libertad, tormentos y sustracción de menores”, incidente Nº 97/1, caratulado: “PSA s/ capturas”.

Que mediante la Resolución M. J. S. y D. H. 1822 del 15 de julio de 2010 se ofreció como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de Ricardo Luis VON KYAW (D.N.I. Nº 5.072.421), sobre quien pesaba pedido de captura nacional desde el 23 de febrero de 2010.

Que posteriormente a través de las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1663/11, 2536/12 y 410/14 se prorrogaron y restablecieron por sendos términos de 12 (DOCE) meses varias recompensas, incrementándose el monto a la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000) entre ellas la correspondiente a la resolución citada precedentemente.

Que, por Oficio del 30 de junio de 2014 el doctor Manuel Humberto BLANCO, Juez Federal Subrogante a cargo del JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 3 de LA PLATA, provincia de BUENOS AIRES informa que en el marco del Incidente Nº 83/26 caratulado “Actuaciones Judiciales” se ha concretado la detención de Ricardo Luis VON KYAW, por lo cual se ha levantado su pedido de captura nacional e internacional.

Que por oficio del 10 de julio de 2014, el mencionado magistrado, a cargo del JUZGADO FEDERAL PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE LA PLATA, provincia de BUENOS AIRES a través de la Secretaría Especial Nº 13 a cargo de la doctora Ana COTTER, en la causa Nº 97, caratulada “ARIAS DUVAL, Alejandro Agustín s/ Homicidio, privación ilegal de la libertad, tormentos y sustracción de menores”, incidente Nº 97/1, caratulado: ‘‘PSA s/ capturas” informa, que el día 29 de junio de 2014 se produjo la detención del prófugo Ricardo Luis VON KYAW en el Aeropuerto de EZEIZA en el cual ingresó acompañado de autoridades migratorias panameñas, en virtud de haber sido sometido a un proceso de expulsión en la REPUBLICA DE PANAMA.

Que en el mencionado oficio se pone en conocimiento que las circunstancias que llevaron a la detención del buscado no se utilizó información aportada por el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.

Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la recompensa ofrecida a través de la Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 1822/10, prorrogada y restablecida por las Resoluciones M. J. y D. H. Nros. 1663/11, 2536/12 y 410/14, destinada a aquellas personas que brindasen datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Ricardo Luis VON KYAW.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley Nº 26.375 y de conformidad con la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Déjase sin efecto el ofrecimiento de recompensa dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, de la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000), destinada a aquellas personas que brindasen datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Ricardo Luis VON KYAW (D.N.I. Nº 5.072.421), dispuesta por la Resolución ex M.J.S. y D H. Nº 1822 del 15 de julio de 2010 y prorrogada y restablecida por las Resoluciones M. J. y D. H. Nros. 1663/11, 2536/12 y 410/14.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.