INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 1980/2014
Bs. As., 20/8/2014
VISTO el Expediente N° 6957/14/INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. 1248/01) y
sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225/2010, el Acta
celebrada entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y
el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
CONSIDERANDO:
Que dentro de los Proyectos previstos por el CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA
ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR
del SATVD-T, y en el marco del Plan Operativo de Fomento y Promoción de
Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T, se encuentra el de
promover la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la
comunicación en nuestro país con un sentido federal, brindando a los
televidentes de todas las provincias un contenido de excelencia.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en adelante
MINPLAN, firmaron un Acta para el Desarrollo de Proyectos de Promoción
de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA,
organice Concursos de promoción y fomento de alcance federal y nacional.
Que resultó de este acuerdo la puesta en marcha de una nueva etapa del
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES
DIGITALES.
Que la ejecución de convenios anteriores ha logrado resultados
sobresalientes, permitiendo el cumplimiento de los objetivos definidos
para cada etapa.
Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso, que resulten, será responsabilidad del INCAA.
Que por lo expuesto el INCAA llama a Concurso para la producción de
TRES (3) Series de Ficción Temática en Alta Definición (Full HD) en
Horario Central de Temática Social de TRECE (13) capítulos, de CUARENTA
Y OCHO (48) minutos cada uno, con la finalidad que estas realizaciones
aporten al acervo de identidad nacional, provincial y regional, y que
integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino, en
adelante BACUA administrado y coordinado por el CONSEJO ASESOR del
SATVD-T.
Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del
Concurso firmarán un Contrato de Instrumentación de Premio con el INCAA
obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en
la presente Resolución.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Fomento a la
Producción de Contenidos para la Televisión, Internet y Videojuegos han
tomado la intervención que les compete.
Que en consecuencia corresponde dictar la Resolución fijando las Bases para la participación en el citado concurso.
Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a las facultades
otorgadas por la Ley N° 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, la
Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225/2010,
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Llámese a Concurso para la producción de TRES (3) Series
de Ficción en Alta Definición (Full HD) de Temática Social, con la
finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad
nacional, provincial y regional a través de su incorporación al BANCO
AUDIOVISUAL DE CONTENIDOS UNIVERSALES ARGENTINO (BACUA).
ARTICULO 2° — Apruébense las BASES DEL CONCURSO DE SERIES DE FICCION
TEMATICA EN ALTA DEFINICION (FULL HD) EN HORARIO CENTRAL, con los
Anexos que forman parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 3° — La ejecución del mismo en tiempo y forma estará sujeto a
la disponibilidad presupuestaria del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y
FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.
ARTICULO 4° — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases
y Condiciones del mismo.
ARTICULO 5° — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por
el INCAA conjuntamente con el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.
ARTICULO 6° — Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de dos días en la primera sección.
ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional de Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO,
Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I - Resolución N° 1980
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES - 2014
BASES Y CONDICIONES PARA EL CONCURSO
SERIES DE FICCION EN ALTA DEFINICION (Full HD)
CAPITULO I - DEL OBJETO
1.- EL CONCURSO Series de Ficción Temática en Alta Definición (Full HD)
de Temática Social, tiene como objetivo fomentar la producción de
contenidos para la televisión digital en todo el territorio nacional a
fin de promover la diversidad cultural y contribuir a la formación de
un acervo de contenidos audiovisuales para televisión digital y que
integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino
(BACUA).
2.- El INCAA en el marco del Acta suscripto con el MINPLAN llama al
CONCURSO Series de Ficción en Alta Definición (Full HD) para Televisión
Digital a Productoras Audiovisuales con antecedentes de haber
realizado, por lo menos, una producción televisiva de, al menos, 4
horas que se haya emitido en canales de televisión abierta o cable que
cuenten con la correspondiente Licencia y Habilitación de la Autoridad
Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual en adelante AFSCA, o
una producción cinematográfica de ficción que se haya estrenado y
exhibido comercialmente en salas cinematográficas, a presentar un
proyecto inédito de SERIE DE FICCION en Alta Definición (Full HD) de
Temática Social en Horario Central para Televisión Digital, de TRECE
(13) capítulos de CUARENTA Y OCHO (48) minutos de duración cada uno
(incluidos títulos y rodantes) cuyo soporte de filmación deberá ser
digital en una resolución FULL HD y obligatoriamente terminados en
Master FULL HD calidad Broadcasting Internacional, a realizarse con un
presupuesto total de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($
14.500.000.-), final Impuestos incluidos. Bajo ninguna circunstancia,
aunque éstas resulten excepcionales, se establecerán mecanismos de
re-determinación de precios u otros procedimientos vinculados con
reconocimiento de mayores costos y/o gastos en las producciones
audiovisuales seleccionadas, no reconociendo suma superior a la
estipulada como premio.
3.- El soporte de registro de LA SERIE deberá ser digital en una
resolución no inferior a FULL HD, 25 cuadros progresivo (25p), 16:9 de
relación de aspecto, y su finalización en Master FULL HD calidad
Broadcasting Internacional.
4.- LA SERIE no podrá contener publicidad comercial durante la
artística, permitiéndose hasta TREINTA (30) placas de agradecimientos o
canje en los créditos finales de cada Capítulo, previa aprobación de
los créditos por parte de los organizadores de la convocatoria.
CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA
5.- Fíjase el período para la convocatoria de los proyectos, desde los
días 25 de Agosto al día 03 de Octubre de 2014 como fechas de apertura
y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso. Los proyectos
deberán presentarse ante la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de
Cine y Artes Audiovisuales - INCAA ubicada en Lima 319 en el horario de
10 a 17. En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha
de imposición de la Oficina de Correos que se trate. Los Proyectos
deberán presentarse de conformidad a lo establecido en el Anexo II de
las presentes Bases.
6.- No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo establecido.
7.- No podrán participar del presente concurso los proyectos que hayan
iniciado el Rodaje con anterioridad a la selección de los ganadores por
parte del Jurado interviniente.
8.- Los proyectos que se presenten deberán contar en todos los casos con un productor general con experiencia.
9.- No podrán intervenir en el presente Concurso Proyectos que hayan
resultado seleccionados para su realización en cualquier otro Concurso
Nacional o Internacional hayan o no iniciado rodaje. Asimismo, los
proyectos presentados en este concurso no podrán participar en ningún
otro llamado que convoque el INCAA o el CONSEJO ASESOR del SATVD-T
hasta que no se encuentre publicada en el Boletín Oficial la nómina de
ganadores. En caso de incumplimiento, el proyecto se tendrá por no
presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado
como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante
restituir toda suma que hubiese percibido. A tal efecto el PRESENTANTE
deberá completar la Declaración Jurada que obra como ANEXO VII de las
presentes Bases y Condiciones.
CAPITULO III - DE LOS PRESENTANTES
10.- El presente llamado a concurso va dirigido a personas jurídicas
con antecedentes de haber realizado, por lo menos, una producción
televisiva de, al menos, 4 horas que se haya emitido en canales de
televisión abierta o cable que cuenten con la correspondiente Licencia
y Habilitación de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación
Audiovisual en adelante AFSCA, o una producción cinematográfica de
ficción que se haya estrenado y exhibido comercialmente en salas
cinematográficas, en adelante el PRESENTANTE.
11.- El PRESENTANTE deberá adjuntar fotocopia debidamente certificada
del Estatuto Social o Empresarial actualizado de donde surja el
domicilio legal y la documentación necesaria de donde conste la última
distribución de cargos. Asimismo, deberá adjuntar un poder debidamente
certificado designando al socio responsable frente al Proyecto para el
caso de no tratarse del máximo Titular del órgano social respectivo,
quien será considerado el PRESENTANTE a todos los fines. Quien firme
deberá tener poder suficiente para poder disponer de sumas de dinero en
nombre de la sociedad representada.
12.- Podrán participar PRODUCTORAS argentinas o las PRODUCTORAS
extranjeras que acrediten residencia fehaciente en el país no menor a
los TRES (3) años, no siendo suficiente el domicilio que surja del
Documento de Identidad Nacional o Pasaporte que pretenda invocarse, ni
certificados de domicilio extendidos por autoridad de aplicación.
13.- No podrá acceder a la obtención de ningún beneficio del presente
Concurso toda aquella persona jurídica que habiendo ganado algún
Concurso del Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos
Audiovisuales Digitales, no haya dado cumplimiento pleno del Contrato
suscripto oportunamente y/o que haya obtenido informes sumamente
negativos por parte del Tutor asignado, quedando a consideración del
CONSEJO ASESOR del SATVD-T y el INCAA la decisión final de su
participación.
14.- La Productora podrá presentar un convenio de emisión con un Canal
de Televisión Abierta y deberá acreditar con instrumento debidamente
certificado lo Convenido por las partes.
15.- Los PRESENTANTES podrán presentar más de un proyecto, pero sólo se aprobará hasta un proyecto ganador.
CAPITULO IV - DEL JURADO
16.- La Presidenta del INCAA en acuerdo con el CONSEJO ASESOR nombrarán
un Jurado de CINCO (5) miembros, representativo de la industria
audiovisual.
17.- El jurado dictaminará el orden de mérito nombrando los TRES (3) proyectos seleccionados.
18.- La decisión que adopte el Jurado interviniente será inapelable.
CAPITULO V - DE LA SELECCION
19.- El jurado interviniente seleccionará TRES (3) proyectos de SERIES
DE FICCION EN ALTA DEFINICION (FULL HD) DE TEMATICA SOCIAL EN HORARIO
CENTRAL.
20.- En el caso de aquellas PRODUCTORAS, cuya presentación se realice
con una pantalla asociada y su proyecto fuera seleccionado se obliga a
iniciar la exhibición de la serie en la franja horaria de la
programación definida como “PRIME TIME”, esto es de 20:00 a 23:00 horas
de lunes a domingo, obligándose a estrenar la totalidad de la serie
dentro del primer semestre luego de haber obtenido el Apto Técnico del
BACUA, debiendo
mantenerse el horario y día asignado durante todo el transcurso de emisión de la serie.
21.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo N° 17, de
considerarlo necesario, el Jurado podrá declarar desierto en forma
total o parcial el concurso.
CAPITULO VI - DE LOS GANADORES Y DEL CONTRATO
22.- Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores firmarán
un CONTRATO con el INCAA en carácter de “INSTRUMENTACION DE PREMIO PARA
LA REALIZACION DE UNA SERIE DE FICCION TEMATICA EN ALTA DEFINICION
(FULL HD) DE TEMATICA SOCIAL en Horario Central para Televisión
Digital”.
23.- Aquellos que resulten seleccionados como ganadores deberán inscribirse en el Registro de Productores de TV del INCAA.
24.- La Productora responsable del proyecto seleccionado que haya dado
cumplimiento a la metodología prevista para la percepción de los montos
pertinentes, dispondrán de un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150)
días corridos para concretar la entrega del masters a contar desde la
liquidación, parcial o total, de la 1° cuota establecida en el Artículo
34. Desde la presentación y aprobación de la obra audiovisual objeto
del contrato, la Productora que resulte ganadora en los casos en los
que se haya presentado con un canal asociado, el mismo tendrá por un
período de SEIS (6) meses la exclusividad para la exhibición de dicha
obra.
25.- El incumplimiento del CONTRATO a firmarse con los PRESENTANTES
beneficiarios del premio del presente CONCURSO dará derecho al INCAA y
al CONSEJO ASESOR del SATVD-T para que, previa intimación por DIEZ (10)
días corridos, declare la caducidad del proyecto y reclame la
devolución de las sumas que se hubieran entregado con más los intereses
correspondientes.
CAPITULO VII - DE LOS DERECHOS
26.- La titularidad de todos los derechos patrimoniales o de
explotación de la obra audiovisual resultante del presente concurso,
sin limitación temporal para el territorio Argentino, corresponderá al
ESTADO NACIONAL, a los fines de integrar el acervo del BANCO
AUDIOVISUAL DE CONTENIDOS UNIVERSALES ARGENTINO, pudiendo disponer,
bajo cualquier modalidad, su exhibición, reproducción (total o
parcial), comunicación pública, y distribución en cuantas oportunidades
conviniere a su exclusivo criterio, a través de cualquier formato
existente o por crearse —VHS, DVD, Betacam, u otros—, así como por
sistemas de televisión existentes o futuros y/o a autorizar o disponer
su reproducción en cualquier formato existente o futuro para fijar
audio e imágenes (incluido Webcasting, VOD, IPTV y streaming),
incluyéndose asimismo la facultad de reducir y/o desgrabar de los
guiones, diálogos, entrevistas e imágenes de la obra para distribución,
reproducción y/o duplicación en formatos y medios gráficos (libros,
revistas, etc.) o digitales, ya sea existentes o futuros, destinados
exclusivamente a fines de promoción. Ello, sin perjuicio del
reconocimiento del derecho de paternidad y de integridad de la obra
del/los autor/es a partir del cual se deberá consignar en todo momento
el nombre del/los mismos, acorde a lo establecido en los artículos 51 y
52 de la Ley N° 11.723 de Régimen Legal de la Propiedad Intelectual.
Los titulares de cada uno de los proyectos seleccionados, deberán
presentar, previo a la suscripción del contrato, un instrumento por el
cual ceden al ESTADO NACIONAL, gratuitamente, los derechos de
comunicación y exhibición, de reproducción y de distribución sobre la
obra audiovisual seleccionada.
27.- El PRESENTANTE beneficiario del premio se hará responsable frente
al ESTADO NACIONAL de todas las cargas pecuniarias que pudieran
derivarse para este último a favor de terceros con motivos de acciones,
reclamos o conflictos originados por el incumplimiento de las
anteriores obligaciones asumidas por parte del PRESENTANTE beneficiario
del premio. Asimismo, el PRESENTANTE beneficiario del premio se
compromete a dejar indemne al ESTADO NACIONAL, al CONSEJO ASESOR DEL
SATVD-T, al INCAA y a las EMISORAS ADHERENTES que tengan acceso a la
obra a través del BACUA, ante cualquier reclamo de terceros, sea
persona física o jurídica, que haya realizado algún aporte material, de
servicios o intelectual para la producción y/o realización de LA SERIE.
28.- No obstante lo establecido en el artículo anterior, con respecto a
los derechos patrimoniales derivados de la creación del autor del
argumento, el productor tendrá la licencia de uso de la obra
exclusivamente para la realización del audiovisual concursado.
29.- En todo momento y ante cualquier circunstancia los productores
deberán respetar el derecho de paternidad y a la integridad a favor del
autor del argumento, del director y del compositor para los casos que
la obra audiovisual sea musical, no pudiendo reducir, desgrabar o
modificar el argumento de la misma ni hacer un uso distinto para el
cual fue cedido. Igual restricción debe seguirse con relación a la obra
creada por el director y a la creada por el compositor.
30.- Será responsabilidad y función de las entidades de gestión
colectiva de derechos de propiedad intelectual, la de gestionar las
sumas que se devenguen de la utilización de las obras audiovisuales -
Art. 1 de la Ley N° 20.115, no siendo ocupación del ESTADO NACIONAL, la
de exigir dicho accionar. Por ello, acorde a la ley citada y su Decreto
Reglamentario N° 461/73, los contratos de licencia de uso de obra para
plasmación audiovisual, que el PRESENTANTE beneficiario del premio
celebre con el autor, deberán hacerse, cuando la entidad lo considere
correspondiente, a través de la Sociedad General de Autores de la
Argentina (ARGENTORES).
CAPITULO VIII - DEL PRESUPUESTO Y DE LOS PAGOS
31.- Los montos que resulten de la aplicación de los porcentajes
detallados a continuación se entregarán con cargo de rendición de
cuentas pormenorizadas en relación al presupuesto definitivo aprobado
por EL TUTOR, designado por el INCAA y el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T a
LA SERIE, la que será condición previa a la percepción de la cuota
subsiguiente, sin perjuicio de los requisitos establecidos a los fines
de la acreditación de cada etapa. La rendición aludida deberá
efectuarse de forma debidamente documentada y de acuerdo a la
reglamentación vigente al respecto (Resolución N° 439/14/INCAA). El
monto total estipulado del Premio descripto se dividirá según el
siguiente detalle:
1°) CUOTA 1/CUARENTA POR CIENTO (40%); a partir de la suscripción del contrato respectivo.
2°) CUOTA 2/TREINTA POR CIENTO (30%) una vez acreditadas las condiciones para dar inicio al rodaje de la SERIE.
3°) CUOTA 3/VEINTE POR CIENTO (20%) finalizado el rodaje e iniciando postproducción.
4°) CUOTA 4/DIEZ POR CIENTO (10%) luego de la aprobación técnica de
cada uno de los masters de los capítulos y de la aprobación total de la
Rendición General de Gastos.
32.- Los pagos de las cuotas serán efectuados después de la entrega por
parte de la productora de los siguientes informes y materiales.
32.1.) CUOTA 1/CUARENTA POR CIENTO (40%); a partir de la suscripción
del contrato respectivo. A los efectos del pago de la presente Cuota la
Coordinación del Concurso deberá disponer de:
32.1.a.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad y/o Estatuto
Social, debidamente certificado, de donde surja la distribución de
cargos para el caso de personas jurídicas. Para este último caso deberá
presentarse el último balance registrado ante el órgano de control
respectivo y poder debidamente certificado autorizando al PRESENTANTE a
actuar como responsable del proyecto cuando éste no sea la máxima
autoridad de la entidad jurídica.
32.1.b.- Datos Bancarios (EMITIDOS POR EL BANCO) del PRESENTANTE.
Entidad Bancaria; Sucursal; Tipo y Número de Cuenta y CBU (Clave
Bancaria Unificada)
32.1.c.- Constancia de Inscripción ante la AFIP.
32.1.d.- Copia certificada del formulario de registro de LA OBRA emitido por la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
32.1.e.- Autorización debidamente certificada del Autor, cuando éste
sea distinto al BENEFICIARIO DEL PREMIO, de donde surja expresamente la
cesión de los derechos de LA OBRA por parte del Autor al BENEFICIARIO
DEL PREMIO para la realización de LA SERIE en el marco del presente
Concurso.
32.1.f.- DOS (2) copias, una para el INCAA y otra para el CONSEJO
ASESOR del SATVD-T, del Cronograma de Rodaje tentativo de donde surja
el plan de realización indicando expresamente las locaciones y fechas
de ejecución de las distintas etapas y el Desglose Presupuestario
pormenorizado por rubro, guión completo de los DOS (2) primeros
capítulos, sinopsis de todos los capítulos, ficha técnica (director,
productor, autores) y ficha artística (elenco).
32.1.g.- El ganador deberá tener contratado a su personal bajo relación
de dependencia, deberá, en virtud de las obligaciones y
responsabilidades citadas en la presente cláusula, deberá remitir al
INCAA la siguiente documentación:
I) Declaración Jurada del personal afectado al servicio, consignando
datos filiatorios y CUIL de cada uno; Contrato de trabajo certificado
ante la entidad que corresponda (SATSAID). Altas tempranas (CAT),
Recibos de sueldo, comprobante de depósitos de haberes. Declaraciones
juradas del S.U.S.S. debidamente presentadas y con el detalle que surge
de los papeles de trabajo, pago. Libro de sueldos y jornales.
Certificado de cobertura ART y certificados de cobertura seguro de vida
obligatorio. Baja.
32.1.h.- Originales o fotocopias debidamente certificadas de los Libre
Deudas otorgados por SATSAID, ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES, SADAIC y
SUTEP.
32.2.) CUOTA 2/TREINTA POR CIENTO (30%) una vez acreditadas las
condiciones para dar inicio al rodaje de la SERIE. A los efectos del
pago de la presente Cuota la Coordinación del Concurso deberá disponer
de:
32.2.a.- Recibo X, como constancia de recepción de la primera cuota y
extracto bancario del PRESENTANTE que acredite el depósito respectivo.
32.2.b.- Nota del PRESENTANTE con carácter de Declaración Jurada donde se consigne la fecha de inicio de rodaje.
32.2.c.- Cronograma de Rodaje FINAL de donde surja el plan de
realización indicando expresamente las locaciones y fechas de ejecución
de las distintas etapas. DOS (2) de cada uno de los ítems detallados a
continuación: Ficha artística final, de igual o similar nivel al
presentado en el llamado a concurso, ficha técnica final, comienzo de
grabación, se debe entregar la sinopsis por capítulo y/o las escaletas
FINALES, QUINCE (15) días antes del comienzo de grabación.
32.2.d.- Desglose Presupuestario definitivo pormenorizado por rubros.
32.2.e.- Informe del Tutor donde se apruebe la etapa preparatoria, el
cronograma de rodaje y el desglose presupuestario definitivo
pormenorizado por rubros.
32.2.f.- Rendición TOTAL, CIEN POR CIENTO (100%) de gastos de la
primera cuota suscripta por Contador Público matriculado y certificado
por el Consejo Profesional Nacional o Provincial correspondiente
presentado según los rubros del presupuesto definitivo aprobado por el
Tutor. Se podrá presentar hasta un TREINTA POR CIENTO (30%) del gasto
devengado, debiendo rendirse un gasto efectivamente realizado de un
mínimo del SETENTA POR CIENTO (70%) del total recibido.
32.2.g. En caso que la Productora posea personal bajo relación de
dependencia, deberá, en virtud de las obligaciones y responsabilidades
citadas en la presente cláusula, remitir al INCAA la siguiente
documentación:
I).- Declaración Jurada del personal afectado al servicio, consignando
datos filiatorios y CUIL de cada uno; Contrato de trabajo certificado
ante la entidad que corresponda (SATSAID). Altas tempranas (CAT),
Recibos de sueldo, comprobante de depósitos de haberes. Declaraciones
juradas del S.U.S.S. debidamente presentadas y con el detalle que surge
de los papeles de trabajo, pago. Libro de sueldos y jornales.
Certificado de cobertura ART y certificados de cobertura seguro de vida
obligatorio. Baja.
32.3.) CUOTA 3/VEINTE POR CIENTO (20%) finalizado el rodaje e iniciando
postproducción. A los efectos del pago de la presente Cuota la
Coordinación del Concurso deberá disponer de:
34.3.a.- Recibo X, como constancia de recepción de la segunda cuota y
extracto bancario del PRESENTANTE que acredite el depósito respectivo.
32.3.b.- Nota del PRESENTANTE con carácter de Declaración Jurada donde se consigne la fecha de inicio de la postproducción.
32.3.c.- Dos (2) DVD que contenga al menos CUARENTA Y CINCO (45)
minutos de material editado. DOS (2) de cada uno de los ítems
detallados a continuación: UN (1) CD con DIEZ (10) fotos de prensa en
alta 300 DPI (que no sean pics) en PSD, aptas para poder editar. UN (1)
CD con DIEZ (10) fotos de backstage en alta 300 DPI (que no sean pics)
en PSD, aptas para poder editar. Foto para afiche de promoción en PSD.
32.3.d.- Informe del Tutor donde se apruebe la finalización del rodaje y el comienzo de la postproducción.
32.3.e.- Rendición TOTAL, CIEN POR CIENTO (100%) de gastos de la
segunda cuota suscripta por Contador Público matriculado y certificado
por el Consejo Profesional Nacional o Provincial correspondiente
presentado según los rubros del presupuesto definitivo aprobado por el
Tutor. Se podrá presentar hasta un TREINTA POR CIENTO (30%) del gasto
devengado, debiendo rendirse un gasto efectivamente realizado de un
mínimo del SETENTA POR CIENTO (70%) del total recibido.
32.4.) CUOTA 4/DIEZ POR CIENTO (10%) luego de la aprobación técnica de
cada uno de los masters de los capítulos y de la aprobación total de la
Rendición General de Gastos. A los efectos del pago de la presente
Cuota la Coordinación del Concurso deberá disponer de:
32.4.a.- DOCUMENTACION - Recibo X, como constancia de recepción de la
tercera cuota y extracto bancario del PRESENTANTE que acredite el
depósito respectivo.
32.4.b.- Rendición TOTAL, CIEN POR CIENTO (100%) de gastos de la
tercera cuota suscripta por Contador Público matriculado y certificado
por el Consejo Profesional Nacional o Provincial correspondiente
presentado según los rubros del presupuesto definitivo aprobado por el
Tutor. Se podrá presentar hasta un TREINTA POR CIENTO (30%) del gasto
devengado, debiendo rendirse un gasto realizado de un mínimo del
SETENTA POR CIENTO (70%) del total recibido.
32.4.c.- Declaración de Responsabilidad sobre uso de obras de terceros,
uso de imagen, uso de archivo gráfico o sonoro, uso de música y
cualesquiera otras utilizadas en la producción de la Serie
conjuntamente con todas las copias de las autorizaciones respectivas de
cesión de derechos debidamente refrendadas y/o las constancias de pagos
emitidas por las entidades correspondientes.
32.4.d.- DISCOS RIGIDOS TRANSPORTABLES. DOS (2) Discos Rígidos Externos
(con las características descriptas en el Anexo VIII) conteniendo los
siguientes directorios y archivos: 1) UN (1) directorio denominado
MASTER A, conteniendo TRECE (13) Subcarpetas, a razón de UNA (1)
Subcarpeta por Capítulo. Dentro de cada Subcarpeta deberá copiarse el
Archivo de Video en calidad FULL HD (siguiendo las especificaciones del
Anexo VIII) correspondiente a la versión del capítulo indicado. Cada
Capítulo deberá incluir las respectivas placas de agradecimiento o
canje. Los capítulos tendrán una duración de CUARENTA Y OCHO (48)
minutos, dividido en TRES (3) bloques y DOS (2) cortes, separados por
un chart con artística institucional de LA SERIE de DIEZ (10) segundos
y sin negros de por medio. A continuación se dejarán TREINTA (30)
segundos de negro; 2) Asimismo, dentro de las mencionadas Subcarpetas
correspondientes a cada Capítulo, deberá agregarse otro directorio (una
segunda subcarpeta) denominada AUDIO, la que contendrá los Archivos de
Audio correspondientes a la Banda Internacional. La Banda Internacional
se conformará con SESENTA Y CINCO (65) Archivos de Audio, a razón de
CINCO (5) archivos por capítulo, con la misma duración y el mismo Time
Code de LA SERIE, y/o de cada Capítulo, (siguiendo las especificaciones
establecidas en el Anexo VIII), donde el primer archivo corresponderá a
los Diálogos; el segundo a los Ambientes y Efectos; el tercero a la
Mezcla Completa en Audio MIX; el cuarto a la Música; y el quinto a la
Narración (Locuciones, Voz en off, etc.); 3) Del Directorio Raíz
(MASTER A) deberá desprenderse otra Subcarpeta denominada PACK GRAFICO
(siguiendo las especificaciones establecidas en el Anexo VIII)
conteniendo: a) UN (1) Archivo de Gráfica de la APERTURA de la Serie;
b) UN (1) Archivo de Gráfica para los SEPARADORES de LA SERIE; c) UN
(1) Archivo de Gráfica para los ZOCALOS de LA SERIE; d) UN (1) Archivo
de Gráfica para la/s TIPOGRAFIA/S de LA SERIE; e) UN (1) Archivo de
Texto conteniendo la transcripción de los Diálogos con sus respectivos
Time Codes de entrada y salida (según las especificaciones del Anexo
VIII); f) Por último debe desprenderse del directorio Raíz, una
Subcarpeta denominada DOCUMENTACION TECNICA, donde deberá agregarse
copia digital de la Ficha Técnica de cada Capítulo, la que será
entregada y supervisada por EL TUTOR, el Responsable Técnico del BACUA
a los efectos de dinamizar los procesos de ingesta y evaluación técnica.
32.4.e.- DOS (2) DVD’s de cada uno de los capítulos terminados con audio MIX (Mezcla Completa) en la versión del MASTER A.
32.4.f.- DOS (2) DVD’s conteniendo las piezas de divulgación descriptos
en el punto 34.4 con audio MIX (Mezcla Completa). DOS (2) de cada uno
de los ítems detallados a continuación: Pack gráfico de la serie
(isologo en .AI, logo en .AI o PSD).
32.4.g.- Originales o fotocopias debidamente certificadas de los Libre
Deudas de SATSAID, ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES, SADAIC, y SUTEP. Si
la Serie no se realizó por SATSAID sino mediante cooperativa, debe
presentar originales o fotocopias certificadas del Contrato entre la
productora y la cooperativa (con las firmas certificadas); y
certificación de registro de asociados (que incluya nombre y función) y
de pago del monotributo, con el sello del Consejo profesional de
Ciencias Económicas.
32.4.h.- DOCUMENTACION INSTITUCIONAL - Informe del Tutor donde se apruebe la finalización de la postproducción y de los Masters.
32.4.i.- Informe de aprobación técnica emitido por el personal
visualizador del INCAA-BACUA, y refrendado por el SECRETARIO EJECUTIVO
DEL CONSEJO ASESOR SATVD-T o quien éste designe.
32.4.j.- Informe del Area Rendición de Costos aprobando la Rendición General de Gastos.
32.4.k.- Formulario V —“Solicitud de Inscripción de Obra Publicada”— de
la Dirección Nacional del Derecho de Autor, organismo dependiente del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en adelante DNDA. El
PRESENTANTE beneficiario del premio, quien lo suscribirá y remitirá a
los efectos de proceder al registro de la obra en cuestión.
El mencionado formulario puede descargarse (sólo a efectos de
visualización y sin valor registral) de la página web del organismo en:
http://www.jus.gob.ar/tramites-y-servicios/derecho-de-autor/obras-publicadas/videograma-pelicula-cinematografica.aspx#descripcion
El trámite de registro ante la DNDA estará a cargo del CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T.
32.4.l.- La autorización o el poder correspondiente a favor de la
persona que el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T designará a efectos de poder
realizar el registro de la obra conforme surge de 35.4.1.-
32.4.m.- Una vez registrado el VIDEOGRAMA por parte del responsable del
CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, y previo al pago de la CUOTA 4, EL TUTOR
remitirá a el PRESENTANTE beneficiario del premio el CONTRATO DE CESION
DE DERECHOS de LA OBRA a favor del INCAA, con el fin de que esta última
haga lo propio a favor del ESTADO NACIONAL - MINPLAN para que LA OBRA
pase a integrar el acervo del BACUA. En el CONTRATO DE CESION DE
DERECHOS constará el correspondiente número de inscripción del
VIDEOGRAMA ante la DNDA. El mencionado Contrato deberá estar suscripto
por el PRESENTANTE beneficiario del premio con su firma debidamente
certificada y luego ser remitido a la Coordinación del INCAA quien,
previa intervención del CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, lo remitirá para la
finalización del trámite.
32.4.n.- El PRESENTANTE tendrá un plazo máximo de TREINTA (30) días a
partir del depósito total de la CUOTA 4, para presentar la rendición
final de gastos pudiendo ser ésta el porcentaje devengado de la CUOTA 4
en caso de corresponder. Asimismo, deberá presentar el Recibo X, como
constancia de recepción de la cuarta cuota y el extracto bancario que
acredite el depósito respectivo. Este requerimiento —sin perjuicio de
los requisitos establecidos a los fines de la acreditación de cada
etapa— será condición necesaria para cancelar las obligaciones
derivadas del compromiso contractual y por consiguiente para participar
de cualquier otra convocatoria futura a realizarse en el marco del
presente Plan.
33.- En caso de ausencia del TUTOR, o por cualquier otro motivo que se
considere pertinente, el Coordinador del INCAA y/o del CONSEJO ASESOR
DEL SATVD-T del presente Concurso queda expresamente facultado para
refrendar los distintos informes relacionados con la dinámica del
Concurso y sus etapas.
CAPITULO IX - DEL SEGUIMIENTO
34.- La Presidenta del INCAA designará en acuerdo con el CONSEJO ASESOR
UN (1) TUTOR para cada uno de los proyectos que resulten ganadores,
quien tendrá intervención en carácter de asesor técnico y artístico,
certificando mediante informes escritos las diferentes etapas de la
realización integral de la serie, los cuales deberá remitir al CONSEJO
ASESOR del SATVD-T y al INCAA.
35.- Los ganadores considerarán de buena fe los aportes efectuados por
el TUTOR designado y acogerán sus sugerencias con respecto al contenido
de la obra y su realización.
36.- Todo el material audiovisual se entregará por duplicado para que
el INCAA y el CONSEJO ASESOR del SATVD-T puedan paralelamente realizar
el seguimiento del mismo.
CAPITULO X - DE LA COMERCIALIZACION
37.- Como parte integrante del premio, a los fines de aportar a la
difusión en el mundo de los contenidos producidos, se autoriza las
Productoras que resulten ganadoras, la comercialización internacional
de la obra audiovisual por un período de CUARENTA Y OCHO (48) meses,
contados a partir de su exhibición en los canales adheridos a BACUA y
del séptimo mes de terminado y presentado el material ante el INCAA.
38.- En el período comercialización internacional, antes establecido,
el ganador del concurso no tendrá la exclusividad en Iberoamérica, ya
que el Estado Nacional podrá disponer la exhibición de la obra en
canales públicos, comunitarios y sin fin de lucro de la región antes
mencionada. Para el caso del MERCOSUR se otorga exclusividad a EL
PRESENTANTE que resulte ganador para la comercialización internacional
de la obra audiovisual por el período antes mencionado, pudiendo ser
prorrogado en forma excepcional y a pedido fundado.
39.- Luego del período establecido en el punto precedente tendrá
derecho y exclusividad el ESTADO ARGENTINO para el intercambio del
material con otros canales del mundo y con todas aquellas señales
nacionales con las que el BACUA celebre convenios.
40.- En el período de comercialización establecido precedentemente el
PRESENTANTE beneficiario del premio será la responsable de los envíos,
traducciones, subtitulados y doblajes que puedan derivarse de las
ventas internacionales que realice.
41.- Extinguido el período por el que se otorgan los derechos de
comercialización internacional, los mismos recuperan el estado jurídico
inicialmente establecido, con los mismos efectos con los que fueron
reconocidos.
42.- El PRESENTANTE beneficiario del premio, durante el período de
comercialización, deberá notificar fehacientemente al INCAA y CONSEJO
ASESOR DEL SATVD-T de todas las ventas que realice. Los contratos que
pudiera celebrar como producto de las posibles ventas de LA SERIE y las
cesiones de exhibición y explotación de la misma por los eventuales
compradores no podrán afectar, bajo ninguna circunstancia, la
exclusividad que el ESTADO NACIONAL posee sobre el territorio argentino.
CAPITULO XI - DE LOS TITULOS, CREDITOS Y PUBLICIDAD
43.- En los casos de la series que se hayan presentado con pantalla
asociada, el CANAL DE TV, al momento de exhibir cada capítulo de la
serie de ficción, facilitará y asegurará el CINCUENTA POR CIENTO (50%)
de la pauta publicitaria correspondiente al horario PRIME TIME en que
se emita, para ser utilizada por el ESTADO NACIONAL para la difusión y
la comunicación de las políticas públicas por él establecidas.
44.- En orden a lo expuesto precedentemente, el INCAA conjuntamente con
el CONSEJO ASESOR arbitrarán ante la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los medios necesarios para su
implementación, pudiendo el espacio cedido ser prorrateado únicamente
durante el horario prime time.
45.- En los créditos de las realizaciones ganadoras del concurso y en
toda publicidad que de las mismas se realice con relación a la obra
ganadora deberán incluirse las logomarcas, la señal de referencia
(barras, charter de inicio, countdown), las logomarcas y el chart con
la artística Institucional según suministre el INCAA y el CONSEJO
ASESOR del SATVD-T, a través del TUTOR.
46.- En los créditos de LA SERIE así como en lo que respecta a las
placas de agradecimiento o canje del presente Concurso y en toda
publicidad que de la misma se realice deberá darse cumplimiento a lo
previsto en el Capítulo VIII de la Ley 26.522 en aquello que fuera
pertinente, en materia de publicidad.
CAPITULO XII - DE LAS OBLIGACIONES
47.- Son OBLIGACIONES del PRESENTANTE beneficiario del premio:
47.1.- Producir, realizar técnica y artísticamente y entregar LA SERIE,
siendo fiel al proyecto seleccionado en el Concurso respetando
especialmente las disposiciones referentes a la propuesta y plan de
producción, presupuesto, cronograma y calidad de entrega del presente,
debiendo informar a EL TUTOR cualquier anormalidad o irregularidad que
pueda ser constatada, para que decidan, en conjunto, cómo reparar tales
situaciones, siendo deber del PRESENTANTE beneficiario del premio
acatar tal decisión.
47.1.a.- Si en el transcurso del desarrollo de la realización se
produjeran cambios en el equipo técnico o en el elenco el PRESENTANTE,
beneficiario del premio, tendrá la obligación de comunicarlo
argumentando las razones de dicho cambio, así como cualquier eventual
alteración a LA SERIE deberán obtener previa y formal autorización del
TUTOR.
47.2.- Realizar la producción de LA SERIE, responsabilizándose por la
contratación y desempeño de los profesionales especializados
contratados para formar el equipo técnico operacional de grabación, de
edición, de postproducción y otras, así como por los demás gastos con
equipamientos técnicos de grabación, atendiendo a las exigencias
requeridas respecto a la calidad técnica de imagen y audio. Además debe
responsabilizarse por la remuneración y encargos tributarios, sociales,
laborales y administrativos e indemnizaciones, incidentes sobre los
servicios de su exclusiva responsabilidad, según lo acordado por medio
del futuro CONTRATO a firmar oportunamente.
47.2.a.- Gestionar las visas pertinentes en el caso de actores y/o
técnicos que no fueren argentinos, teniendo a su cargo el pago de la
mismas, así como también los impuestos y/o contribuciones sindicales
que por la legislación de su país corresponda realizar. En ese sentido
deberá acompañar copia debidamente certificada de dicha documentación
en la rendición de gastos correspondiente.
47.3.- Garantizar que los recursos previstos serán exclusivamente utilizados en la realización de LA SERIE.
47.4.- Colaborar con las solicitudes del TUTOR, el INCAA y/o el CONSEJO
ASESOR DEL SATVD-T efectuadas para fines de fiscalización y/o informes
sobre la aplicación de los recursos financieros referentes a la
realización de LA SERIE.
47.5.- Entregar una Rendición de Gastos debidamente documentada de los fondos otorgados.
47.6.- Proveer al TUTOR los materiales e informes pertinentes.
47.7.- Remitir debidamente completo y refrendado el Formulario para la
Inscripción del VIDEOGRAMA ante la DNDA y el Poder a nombre de la
persona que el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T designe para realizar dicho
trámite de inscripción y posteriormente suscribir y remitir el CONTRATO
DE CESION DE DERECHOS, una vez registrado el VIDEOGRAMA y previo al
pago de la CUOTA 4.
47.8.- Responder por la adquisición junto con los respectivos
titulares, a título oneroso o gratuito, de las autorizaciones de uso de
nombre, imagen, voz e interpretaciones artísticas, escénicas o
musicales, en cualquier medio, y de derechos de autor, conexos o
cualesquiera otros sobre las obras intelectuales, artísticas,
musicales, fonográficas, cinematográficas, televisivas y cualesquier
otras utilizadas en la producción de LA SERIE objeto de esta avenencia,
inclusive la cesión de derechos referentes al concurso personal de sus
contratados.
47.9.- Entregar una carpeta de cesiones y autorizaciones, que contenga
la totalidad de los contratos y autorizaciones con personas físicas,
jurídicas y sociedades de gestión que hayan autorizado o cedido
derechos de imagen, industriales o de propiedad intelectual para la
realización de LA SERIE.
47.9.a.- Como consecuencia de lo establecido corresponderá
exclusivamente al PRESENTANTE beneficiario del premio la
responsabilidad por cualquier reclamo, pleito de indemnización o
cualquier otro cargo derivado de referidas autorizaciones, literaria,
dramática, teatral, musical, fonográfica, televisiva, cinematográfica o
cualquier otra relacionada con el objeto del presente, comprometiéndose
a mantener indemne al ESTADO NACIONAL, MINPLAN, al CONSEJO ASESOR DEL
SATVD- T y/o al INCAA, por cualquier reclamo en tal sentido.
47.9.b.- Por consiguiente será el único responsable de los efectos
resultantes de la planificación, ejecución y puesta en marcha de LA
SERIE audiovisual, y se compromete a mantener indemne al ESTADO
NACIONAL, MINPLAN, al CONSEJO ASESOR DEL SATVD- T y/o al INCAA, con
relación a cualquier reclamo o acción de terceros cualquiera sea su
naturaleza, hasta la finalización del presente, debiendo hacerse cargo
en forma exclusiva y excluyente de la posible indemnización, daños,
costos, costas y honorarios.
47.10.- Efectuar el pago de todas las obligaciones, aranceles,
impuestos, tasas, obligaciones de previsión y obra social que
corresponda para la producción artística integral de LA SERIE y que
deban efectivizarse a las entidades respectivas, o a cualquier otra
entidad a la que debiere pagarse cualquier importe en virtud de la
producción de LA SERIE.
47.11.- Responder por la contratación de los artistas, intérpretes o
ejecutantes y con los productores de fonogramas y por el pago de los
derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto del
contrato que firmará oportunamente con el INCAA.
47.12.- Contratar todos los seguros previstos en el presupuesto de LA
SERIE, en especial, el seguro de Responsabilidad Civil, los Seguros
Personales y de Equipos durante la realización de LA SERIE.
47.13.- Considerar de buena fe los aportes efectuados por EL TUTOR
designado y acoger sus sugerencias con respecto al contenido de LA
SERIE y su realización.
47.14.- Cumplir con las especificaciones técnicas que se adjuntan a las presentes Bases como ANEXO VIII.
47.15.- En los casos de los proyectos seleccionados, cuya Productora se
haya presentado con un canal asociado, deberá acompañar el compromiso
de exhibición de dicho canal en los horarios fijados que establece el
presente concurso, contando con exclusividad para su difusión durante
el primer semestre de la entrega del Master.
47.16.- El GANADOR toma expreso conocimiento que le resultará
absolutamente prohibido subir el material audiovisual a cualquier
plataforma digital, en cuanto tal accionar perjudica la plataforma del
ESTADO NACIONAL denominada CDA, habilitada para ser utilizada
únicamente en la República Argentina.
CAPITULO XIII - DE LAS SANCIONES
48.- Expresamente se establece que la falta de cumplimiento, a modo
enunciativo, del plazo de realización, la falta de entrega o la entrega
deficiente de los informes descriptivos, materiales de trabajo,
archivos y masters, por parte del PRESENTANTE beneficiario del premio,
implicará, hasta tanto se produzca su correcta adecuación, la
suspensión del pago de las cuotas subsiguientes. Producido dicho
extremo EL TUTOR informará dicha situación a la Coordinación del
Concurso del INCAA y al CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T quienes podrán
intimar al PRESENTANTE beneficiario del premio por el término de DIEZ
(10) días corridos a su cumplimiento, bajo apercibimiento de declarar
caduco el proyecto y exigírsele la devolución de las sumas ya pagadas
con más sus intereses correspondientes y hacerlo responsable por los
daños y perjuicios causados.
49.- Asimismo, en caso que los Archivos y Masters finales no superaran
el control de calidad, el PRESENTANTE beneficiario del premio podrá
encontrarse bajo la misma situación que en el párrafo anterior.
50.- La firma del futuro contrato por parte del PRESENTANTE
beneficiario del premio no implica para el INCAA y/o el CONSEJO ASESOR
DEL SATVD-T, el compromiso de exhibición del material por señales, como
así tampoco sobre reclamos que pudieran surgir por parte de los
participantes directos o indirectos de LA SERIE.
51.- Cualquier hecho no previsto en el presente Instrumento será resuelto por el INCAA y/o el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T.
CAPITULO XIV - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
52.- Es a cargo del PRESENTANTE, beneficiario del premio, el registro
de la propiedad intelectual de la obra audiovisual así como la
contratación de los artistas, intérpretes o ejecutantes y con los
productores de fonogramas y el pago de los derechos que resulten
necesarios para el cumplimiento del objeto del presente concurso. En
consecuencia, el PRESENTANTE beneficiario del premio será el único
responsable de los efectos resultantes de la planificación, ejecución y
puesta en marcha de la obra audiovisual, y se compromete a mantener
indemne al ESTADO NACIONAL, con relación a cualquier reclamo o acción
de terceros hacia su parte o contraparte, cualquiera sea su naturaleza,
hasta la finalización del contrato que oportunamente celebre, debiendo
hacerse cargo en forma exclusiva y excluyente de la posible
indemnización, daños, costos, costas y honorarios.
53.- Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde la
publicación de la Resolución que aprueba la declaración de los
ganadores, deberán retirarse los proyectos que no hubieren sido
seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los
mismos.
54.- Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las presentes
Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.
55.- La participación en el presente concurso implica el conocimiento y
aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
del mismo. Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el
INCAA y el CONSEJO ASESOR conjuntamente.
56.- Todos los plazos establecidos en estas Bases y Condiciones se
computarán en días hábiles administrativos para el INCAA, salvo expresa
disposición en contrario.
ANEXO II - Resolución N° 1980
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES - 2014
REQUISITOS PARA LA PRESENTACION
Los Proyectos deberán presentarse en sobre o caja cerrada, en forma
personal de 10 a 17 hs por ante la Mesa de Entradas del Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo
postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG, hasta el 03 de
octubre de 2014 inclusive, tomándose para este último caso la fecha de
imposición de la oficina de correos respectiva.
El sobre o caja deberá estar dirigido a:
Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para TV, Internet y Videojuegos
Concurso SERIES DE FICCION TEMATICA SOCIAL EN ALTA DEFINICION
Asimismo deberá consignarse en su exterior:
1.- Nombre del Concurso al que se presenta.
2.- Título del Proyecto.
3.- Nombre del presentante.
En su interior el sobre o caja deberá contener:
UNA (1) carpeta impresa y anillada, que conste de TRES (3) partes bien diferenciadas:
A - DOCUMENTACION
B - PROYECTO
C - COPIA DIGITAL DE LA CARPETA IMPRESA
A.- DOCUMENTACION
1.- Los proyectos deberán ser presentados en sobre cerrado conteniendo:
1.a) Fotocopia Autenticada del Certificado de Depósito en la Dirección
Nacional de Derechos de Autor de la Serie y de los capítulos
presentados.
1.c) Cesión de derechos por escrito y con firma certificada por
Escribano Público o entidad bancaria extendida por el autor/o autores
de la obra existente, en el caso de no ser él mismo presentante del
proyecto. La Cesión de derechos por parte de quien o quienes lo
detenten, debe extenderse claramente a los presentantes.
1.e) Autorización por escrito del autor/autores de la obra preexistente
en caso de no ser él mismo el autor del guión del proyecto con firma
certificada por Escribano Público o entidad bancaria.
1.g) Declaración Jurada según Resolución N° 2583/2009/INCAA, que se puede imprimir de la página del INSTITUTO: www.incaa.gov.ar
1.h) Constancia de inscripción ante la AFIP.
1.i) Declaración jurada de ganancias por los últimos 2 años.
1.j) Declaración jurada de bienes por los últimos 2 años.
1.k) Fotocopias autenticadas del Documento Nacional de Identidad (primera, segunda hoja y cambio de domicilio).
1.l) En caso de corresponder la presentación del Estatuto social de
donde surja la distribución de cargos para el caso de personas
jurídicas, fotocopia del mismo con certificación de escribano público.
Para este último caso deberá presentarse el último balance registrado
ante el órgano de control respectivo. En caso de firmar un apoderado,
el mismo deberá presentar poder suficiente de donde surja claramente la
capacidad de disponer sumas de dinero en nombre de la sociedad
representada.
1.m) Datos Bancarios (EMITIDOS POR EL BANCO) del PRESENTANTE. Entidad
Bancaria; Sucursal; Tipo y Número de Cuenta y CBU (Clave Bancaria
Unificada).
1.n) Carta del presentante que tendrá carácter de Declaración Jurada manifestando no encontrarse ni concursado ni en quiebra.
1.ñ) Carta del presentante que tendrá carácter de Declaración Jurada
manifestando que no se ha dado inicio al Rodaje del proyecto inscripto
al presente concurso.
1.o) Documento del que resulte la residencia, pudiendo consistir la
misma en título de propiedad, pagos de impuestos o servicios públicos,
debiendo resultar de dicha documentación la antigüedad de la residencia
requerida para participar en el concurso, no siendo suficiente el
domicilio que surja del DNI o pasaporte ni certificados de domicilio
extendidos por Autoridad de aplicación, u otra documentación que
resulte de la misma la antigüedad de la residencia requerida.
1.p) Nota declarando domicilio constituido del presentante.
1.q) Anexo III completo según corresponda.
1.r) Anexo VII completo y firmado por el PRESENTANTE.
1.s) Antecedentes del director y/o productor postulante.
1.t) Antecedentes y carta intención del Productor General, exigido por la presente Resolución.
A.2.- DOCUMENTACION RELATIVA AL PROYECTO, respetando el orden aquí establecido:
1.t) Tratamiento y sinopsis, de la serie completa. Indicando claramente el planteamiento de objetivos, y su motivación.
1.u) Guión literario de los primeros DOS (2) capítulos.
1.v) Sinopsis, descripción y story line (conflicto matriz) de los capítulos restantes.
1.w) Presupuesto General desglosado por rubros, según lo establecido en el Anexo V de la Serie Completa.
1.x) Nómina de las cabezas de rama del Equipo Técnico y Elenco Tentativo
1.y) Plan y Diseño de Producción (diagrama de tiempos de preproducción,
rodaje y posproducción) de la serie en general y desglosado por
capítulos:
C.- COPIA DIGITAL DE LA CARPETA IMPRESA. Se deberán presentar DOS (2)
copias digitales idénticas de la Carpeta Impresa grabadas en soporte
DVD, siguiendo las especificaciones aquí descriptas:
C.1.- Los DVD deben contener UNA (1) Carpeta identificada con el nombre
del Proyecto, la que contendrá TRES (3) Sub-carpetas con los siguientes
títulos:
C.1.1.- DOCUMENTACION; PROYECTO Y MATERIAL ADICIONAL (esta última optativa).
C.1.2.- Las Sub-carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO deben contener, cada
una, un solo archivo en formato PDF (portable document format) el que
no deberá exceder los 20 MB (Megabytes), sin excepción. Dichos Archivos
deberán ser una copia digital exacta (siguiendo el mismo orden) de los
apartados DOCUMENTACION Y PROYECTO de la Carpeta impresa.
C.2.- MATERIAL ADICIONAL. Los PRESENTANTES podrán optar, si así lo
desean o creen conveniente por incluir fotografías, tipografías,
audios, un demo reel, etc. que sirvan para ilustrar aspectos generales
del tratamiento visual y/o sonoro, como material complementario del
proyecto.
C.2.1.- La carpeta denominada MATERIAL ADICIONAL podrá constar de hasta TRES (3) Sub-carpetas según el siguiente detalle:
C.2.2.- A la primera Sub-carpeta deberá denominársela IMAGENES, ésta
podrá contener: a) Hasta DIEZ (10) fotografías en formato (Joint
Pictures Experts Group - .JPEG) y PSD como máximo; y/o b) UN (1) demo
reel, de hasta TRES (3) minutos de duración, en formato (Audio Video
Interleave .AVI).
C.2.3.- A la segunda Sub-carpeta deberá denominársela AUDIO, y podrá
contener: a) Hasta DOS (2) archivos de audio, de hasta TRES (3) minutos
de duración como máximo, en formato (Waveform Audio File Format - .WAV).
C.2.4.- La tercera Sub-carpeta deberá denominarse DOCUMENTOS, y
contendrá: Cartas de apoyo, recomendaciones, Declaraciones de Interés,
Cartas de Intención, etc. Estas deberán adjuntarse en Formato PDF o
JPEG.
C.2.5. Cada una de las Sub-carpetas (IMAGENES, AUDIO Y DOCUMENTOS) no podrán exceder, en su conjunto los 4 GB (Gigabytes).
D.- Dado que las carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO, no pueden exceder
los 40 MB (Megabytes), y la Carpeta MATERIAL ADICIONAL, con sus
subcarpetas, no pueden exceder los 4 GB (Gigabytes), el peso total del
material grabado en el DVD no podrá ser superior a los 4.5 GB
(Gigabytes) que es el máximo promedio de capacidad de un DVD estándar.
Cualquier material que no cumpla con los presentes requisitos no será
entregado al Jurado para su evaluación. No se tendrá en cuenta
cualquier otro material remitido que no se encuadre en lo aquí
especificado.
ANEXO III - Resolución N° 1980
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES
ANEXO IV - Resolución N° 1980
ANEXO V - Resolución N° 1980
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES
ANEXO VI - Resolución N° 1980
Datos del PROGRAMA DE TV
ANEXO VII - Resolución N° 1980
ANEXO VIII - Resolución N° 1980
Requerimientos Técnicos para la entrega de Programas y Contenidos producidos para BACUA (2013)
A. Todo el material debe ser
grabado a 25 cuadros por segundo (25fps) o 50 campos por segundo (50i),
quedando a criterio del productor la decisión de uno u otro formato.
A.1 La calidad del material
debe ser óptima para su posterior transmisión y/o reproducción. El
soporte de entrega no deberá encontrarse dañado. El MASTER FINAL no
deberá tener dropouts o cualquier otra anomalía de video/audio. Todos
los programas entregados deben contener señal de referencia (barras de
color, placa de inicio, countdown) al comienzo, todo ello de
conformidad con las siguientes especificaciones técnicas. Las barras de
color al comienzo de cada programa deben ser barras EBU al 75% de
saturación (Imagen 1). No utilizar Barras de color SMPTE (Imagen 2)
Imagen 1
Imagen 2
A.1.1. CAMPOS. Todo el material entrelazado deberá ser upper field
first. En caso de utilizar material de archivo proveniente de otras
fuentes, corroborar la correcta interpretación del orden de los campos
en un monitor de video.
A.1.2 RESOLUCION. Todo el material debe ser grabado en resolución
1920x1080 píxeles (Full HD), salvo casos excepcionales que tengan
aprobación firmada por el PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR.
A.1.3. RELACION DE ASPECTO. Todo el material debe ser registrado con
una relación de aspecto de 16:9 tanto para los programas que se
entreguen en HD como en SD. Para los programas que se entreguen en SD
deberán entregarse con una relación de aspecto 16:9 anamórfico.
A.2. TOMAS LIMPIAS DE SEGURIDAD. Todos los masters de programa deben
incluir por separado, en un archivo de video independiente, un segmento
conteniendo las tomas de seguridad. Las tomas de seguridad consisten en
cada uno de los planos utilizados en el programa que hayan tenido algún
tipo de gráfica aplicada (zócalos, subtítulos, etc.), con la misma
duración que en el programa pero sin la gráfica.
El archivo de video de las tomas de seguridad debe contener todos los
planos que contengan gráfica en el Master ordenados cronológicamente
según hayan sido utilizados pero sin la misma.
A.2.1. GRAFICAS. El pack gráfico se debe entregar en el mismo disco
rígido que contendrá los archivos MASTER FINALES de cada programa o
serie.
Las gráficas deberán tener una resolución de 1920x1080 pixels a 25
cuadros por segundo con su respectivo canal Alpha en caso de que
corresponda. El formato de los archivos que componen el pack gráfico
deberá ser una secuencia de cuadros PNG. Guardar cada pieza en un
directorio separado y en caso de contener audio, con su respectivo
archivo de audio en formato WAV PCM con una frecuencia de muestreo
(Sample Rate) de 48kHz y 16 o 24 Bits de resolución con la misma
duración que la pieza gráfica.
A.2.2. LECTURA DE TEXTO Y TAMAÑOS DE FUENTE. Todos los elementos
gráficos con texto deben estar formateados de tal manera que su lectura
sea clara tanto en HD como en su respectiva versión convertida a SD
Letterbox. Si el texto en HD no es lo suficientemente grande, será
ilegible una vez convertido a SD y el programa podrá ser rechazado en
la evaluación técnica.
La legibilidad del texto en SD estará, entre otros factores,
determinada por la tipografía elegida, el color y el contraste pero
principalmente por su tamaño. Como regla general asegurarse de que
ningún texto tenga menos de 32 píxels de resolución vertical en HD,
para que una vez convertido a SD Letterbox dé como resultado en SD una
resolución vertical mínima de 12 píxels.
A.2.3. CREDITOS. Los créditos no deben durar más de 60 segundos. Se
recomienda que entren y salgan por corte o por fade. No se recomienda
el uso de créditos rodantes ya que dependiendo de la velocidad vertical
pueden generar problemas de entrelazado.
A.3. CONFIGURACION DE INICIO DE CADA PROGRAMA. Cada programa al ser
entregado en forma de archivo digital debe cumplir la siguiente
configuración:
INICIO | FINAL | DURACION | VIDEO | AUDIO |
00:59:00:00 | 00:59:29:24 | 0:00:30:00 | Barras EBU al 75% de saturación | Tono de referencia de 1 kHz a -20dBFS en canales 1 y 2 |
00:59:30:00 | 00:59:49:24 | 00:00:20:00 | Placa del programa (Información) | Sin Audio |
00:59:50:00 | 00:59:57:24 | 00:00:08:00 | Contador 10 a 3 (Countdown) | Tono audible de 1 frame en cada cambio de segundo |
00:59:58:00 | 00:59:58:00 | 00:00:00:01 | Cuadro Blanco | Tono 1 kHz |
00:59:58:01 | 00:59:59:24 | 00:00:01:24 | Negro | Silencio |
01:00:00:00 |
|
| Inicio de programa | Audio del programa |
A.3.1. PLACA DE PROGRAMA. La placa que se debe incluir al comienzo de
cada programa según los especificados en el punto A.3 debe incluir los
siguientes ítems:
• Nombre del Programa
• Número de Capítulo
• Productora/Nodo
• Duración del Programa
• Cantidad de bloques
• Timecode de entrada y de salida de cada bloque
• Timecode de comienzo del segmento de tomas de seguridad
• Fecha de creación del Master
• Configuración de canales de audio
A.3.2. PROGRAMAS CON MAS DE UN (1) BLOQUE. En caso de que el contenido
del programa esté compuesto por más de UN (1) bloque, los mismos deben
estar separados por una placa con artística institucional de LA SERIE
de DIEZ (10”) segundos y sin negros de por medio. Todos los bloques de
cada programa más las tomas de seguridad deben estar contenidas en UN
(1) solo archivo de Video y Audio.
Esquema de un programa de 1 solo bloque:
BARRAS | PLACA
CountDown | PROGRAMA | 30” de NEGRO | TOMAS LIMPIAS DE SEGURIDAD |
Esquema de un programa de 2 bloques:
BARRAS | PLACA
CountDown | BLOQUE 1 | PLACA SEPARADORA 5” | BLOQUE 2 | 30” de NEGRO | TOMAS LIMPIAS DE SEGURIDAD |
A.3.3. PLANILLA DE ENTREGA DE MASTERS. Cada capítulo entregado de LA
SERIE irá acompañado de una ficha técnica que será provista por el
PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR. Esta ficha se deberá entregar impresa en
papel y en forma digital dentro del disco rígido que contiene los
Masters en el directorio “DOCUMENTACION_TECNICA”.
A.3.4. TIMECODE. Todos los archivos entregados deberán tener
información de timecode a 25fps a lo largo de todo el programa,
respetando la configuración especificada en el punto A.3.
A.4. VALORES DE VIDEO EN MASTERS. Los niveles blancos de video no deben
exceder 1Volt para las señales componentes y los niveles negros del
programa no deben extenderse debajo de 0mV. Ni los blancos ni los
negros de la luminancia del programa se deben clipear excesivamente.
Los niveles generales de video deben seguir las especificaciones
ITU709-5 (http://www.itu.int/rec/R-REC-BT.709/es) para señales de alta
definición (HD) e ITU601-7 (http://www.itu.int/rec/R-REC-BT.601/es)
para señales estándares (SD), donde los mencionados niveles de video
deberán encuadrarse entre 0 y 700 mV o entre 16 y 235 colores si se
mide en forma digital. Los niveles corresponden tanto a la luminancia
como a niveles en RGB.
A.4.1. NIVELES DE CROMA EN LA SEÑAL DE VIDEO COMPUESTO. Los niveles de
croma no deben exceder los 700mV y tampoco caer debajo de 0mV, medidos
con un offset de 350mV. Los niveles ilegales deben ser limitados para
prevenir la sobremodulación en la etapa de transmisión, lo que daría
como resultado pérdida de fidelidad de color y de detalle.
A.4.2. ESPECIFICACIONES DE LA ZONA SEGURIDAD DE TEXTO PARA MASTERS. Los
zócalos y otros elementos gráficos que contengan texto no deben
permanecer estáticos fuera de la zona de seguridad para asegurar que el
texto sea legible. La zona de seguridad está definida por el 80% del
área central de la imagen, área compuesta por un rectángulo de 1536 por
864 pixels, empezando 192 pixels desde el margen izquierdo y 108 pixels
desde el margen superior de la imagen y terminando 1728 pixels desde el
margen izquierdo y 972 pixels desde el margen superior (ver Imagen 3).
Consultar con el PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR la dirección para bajar un
archivo de referencia.
Imagen 3-Referencia de Zonas de seguridad
A.4.3. MATERIAL DE ARCHIVO. En caso que LA SERIE utilice material de
archivo que se encuentre registrado o resguardado en otro soporte,
formato, o en una calidad inferior a la estipulada en el presente
documento, la calidad de los mismos, su inclusión y eventual
tratamiento formal deberá ser aprobado previamente por PRODUCTOR
DELEGADO o EL TUTOR, debiéndose considerar lo estipulado en los puntos
A.4.4 y A.4.5.
A.4.4. CALIDAD GENERAL DEL MATERIAL DE ARCHIVO/ARCHIVO DE NOTICIAS. El
material de archivo debe provenir de la mejor fuente disponible y
generar las mejoras necesarias en conceptos de restauración tanto en
video como audio.
A.4.5. RELACION DE ASPECTO DEL MATERIAL DE ARCHIVO/ARCHIVO DE NOTICIAS.
El material de archivo SD, cuando sea posible, deberá ser ampliado para
cubrir la trama 16:9, sin comprometer la calidad de la imagen o la
composición. De lo contrario pueden presentarse en un formato pillarbox
(ver imagen 4) con bandas negras a los laterales para mantener la
relación de aspecto original. Se podrá aplicar algún elemento gráfico o
efecto a los “pilares laterales para que no queden negros y aparezcan
más integrados dentro de la pantalla 16:
A.5. ESPECIFICACIONES DE AUDIO GENERALES. El archivo MASTER FINAL debe
contener dos canales de audio con la mezcla completa del programa en
estéreo. En el directorio “AUDIO” del programa deben estar incluidas
las pistas de audio completas (Full Mix) y las pistas de audio
secundarias (Música, Efectos, Diálogos y locución) en formato Broadcast
Wave (.Wav) a 48kHz como se indica en el punto A.6.2.
A.5.1. FASE DE AUDIO. Cuando los canales izquierdo y derecho son
sumados y convertidos a monofónico, no debe haber cancelación por
inversión de fase, la mezcla final debe ser mono-compatible.
A.5.2. NIVELES DE AUDIO. Los niveles de pico para todos los canales
nunca deben superar los -10 dBFS y debe modular por encima de -20 dBFS
para los Diálogos. La mezcla de sonido debe estar hecha de tal forma
que se le dé prioridad al texto hablado, por encima de la Música o los
Efectos especiales, salvo en ocasiones especiales y justificadas. La
mezcla de sonido debe ser hecha de tal forma que los diálogos se
entiendan a lo largo de todo el programa y no haya cambios sustanciales
en el rango dinámico.
Se recomienda la utilización de compresores dinámicos para reducir el
rango dinámico del sonido y así evitar posibles rechazos de apto
técnico por mala mezcla.
A.5.3. BANDA DE AUDIO INTERNACIONAL. Todos los programas deben incluir
sus respectivos archivos de audio con Banda Internacional. Los archivos
de Banda Internacional consisten en una serie de Archivos de Audio
Broadcast Wave (BWAV) con una frecuencia de muestreo (Sample Rate) de
48kHz y 16 o 24 Bits de resolución, con la misma duración y con el
mismo Time Code que el programa al que refiere según lo establecido en
el punto A.3.
La Banda Internacional está compuesta por la banda de Música en
estéreo, los Efectos de sonido, Foley y Ambientes en estéreo,
Locuciones y Diálogos en mono. Todos estos elementos sumados componen
la mezcla completa (Full Mix).
Se deben entregar todos los elementos por separado según la siguiente tabla:
Canal | CONTENIDO | DESCRIPCION |
1 | Mezcla completa Canal Izquierdo | Mezcla completa para aire |
2 | Mezcla completa Canal Derecho | Mezcla completa para aire |
3 | Diálogos | Entrevistas y diálogos en Mono |
4 | Narración | Narración o Voz en off en Mono |
5 | Músicas Canal Izquierdo | Sólo Músicas |
6 | Músicas Canal Derecho | Sólo Músicas |
7 | Efectos Canal Izquierdo | Efectos de sonido, foley, ambientes |
8 | Efectos Canal Derecho | Efectos de sonido, foley, ambientes |
En los casos de que el contenido sea estéreo (Full Mix, Músicas y
Efectos), se puede entregar en 1 (UN) solo archivo estéreo por cada
elemento o en 2 (DOS) archivos monoaurales separados por cada elemento.
No es necesario cambiar la mezcla para la Banda Internacional.
La suma de los canales 3 a 8 debería dar el mismo resultado que la mezcla completa (Full Mix) y no deberá superar los -10dBFS.
A.6. SOPORTE DE ENTREGA DEL MASTER. El soporte de entrega de los
programas será un disco rígido externo (USB 2.0, USB 3.0, FireWire o
SATA) con formato NTFS, o HFS+ (no se aceptarán discos con formato
FAT32) que contendrá un directorio claramente nomenclado por cada
programa entregado según lo especificado en el artículo 6.2.
El Disco Rígido externo debe estar rotulado claramente con la siguiente información:
• Nombre del Disco
• Nombre de la Casa Productora o Nodo
• Nombre del programa
• Fecha de envío
• Información de contacto
• Número total de capítulos que contiene
• Casa de postproducción (en caso de que exista)
Cada Disco rígido podrá contener más de 1 programa.
En el caso de que el contenido a entregar sean micros de menos de 10
minutos de duración, también se puede optar como soporte discos BluRay
rotulados de la misma forma detallada anteriormente.
El disco rígido o BluRay con los masters no será devuelto y deberá ser provisto por la CASA PRODUCTORA o NODO.
A.6.1. ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL ARCHIVO DE VIDEO A ENTREGAR. Los
programas podrán ser sólo en formato MXF siguiendo la siguiente
especificación:
PROGRAMAS EN HD:
MXF (OP1a):
- Resolución: 1920x1080 pixels FPS: 25.
- Códecs posibles: XDCAM HD 422 50Mbps, Avid DNxHD 120, Avid DNxHD 185,
Avid DNxHD 185x, AVC-Intra 100 High Intra 4:2:2 profile at level 4.1.
- Alpha Channel: NO.
- Cantidad de colores: Million Colors
- Niveles de Color: ITU-709.
- Canales de Audio: 2 (estéreo), 8 (según Punto A.5.3.) en caso de que incluya la banda internacional.
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 24 bits
WAV:
- Códecs posibles: LPCM, Broadcast Wave
- Niveles de Pico: -10 dBFS
- Canales de Audio: 2 (estéreo), 8 (según Punto A.5.3.) en caso de que incluya la banda internacional.
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 24 bits
PROGRAMAS EN SD:
MXF (OP1a):
- Resolución: 720x576 pixels FPS: 25
- Códecs posibles: IMX30 o Avid MPEG30
- Alpha Channel: NO
- Cantidad de colores: Million Colors
- Niveles de Color: ITU-709
- Canales de Audio: 2 (estéreo)
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 16 o 24 bits
WAV:
- Códecs posibles: LPCM, Broadcast Wave
- Niveles de Pico: -10 dBFS
- Canales de Audio: 2 (estéreo)
- Audio Sample Rate: 48kHz
- Audio Bit Depth: 16 o 24 bits
A.6.2. NOMENCLATURA DE LOS ARCHIVOS MASTERS. En el disco rígido
entregado deberán existir CUATRO (4) carpetas, a saber (ver imagen 5):
1) MASTER A;
2) PACK GRAFICO;
3) MATERIAL DE DIVULGACION;
4) DOCUMENTACION TECNICA.
El directorio “MASTER_A” contendrá un subdirectorio por cada Programa.
Este directorio deberá estar nombrado según la siguiente
especificación: Nombre de la serie (hasta 16 caracteres), Número de
capítulo, Versión, Fecha de creación en formato Año, Mes, Día (AAMMDD).
• NOMBRE_CAPITULO_VERSION_FECHA.mxf
• MI_SERIE_CAP01_MASTER_120124.mxf
El nombre del Programa debe estar escrito todo en letra mayúscula y no
debe contener espacios en blanco ni caracteres con acento, “Ñ” o
símbolos como / ~ \ $ % & *.
Para separar las palabras, utilizar el signo “_” (usualmente conocido como guión bajo).
En el caso de que se entreguen más de un CAPITULO en cada disco se
deberá crear un subdirectorio por cada CAPITULO. Dentro de cada
directorio de CAPITULO, deberán existir por lo menos UN (1) archivo
conteniendo el archivo “MASTER A” con Video y Audio Full Mix estéreo en
formato MXF según lo especificado en el punto 6.1, UN (1) archivo de
subtítulo con extensión .srt o .txt según lo especificado en el punto
8.1 con el nombre del capítulo y UN (1) subdirectorio llamado
Audio_NOMBRE_DE_LA_SERIE_CAPITULO_FECHA, que contendrá la Banda de
Sonido Internacional en formato .wav según lo especificado en el punto
6.1. Los archivos siempre deben incluir su correspondiente extensión
(.mxf o .wav).
En caso de creerlo necesario se puede incluir un archivo de texto (.txt) con información.
A.6.3. ENVIO DE ARCHIVOS DE PRUEBA. Para asegurar la aceptación de los
MASTERS FINALES, se recomienda hacer un envío previo de prueba antes de
efectuar las bajadas de todos los capítulos. Este envío de prueba
deberá ser de material final con corrección de color y mezcla de audio.
Salvo que se detecten muchos problemas en el control de calidad, sólo
se necesitará el primer capítulo de cada serie o en su defecto los
primeros 5 minutos del mismo.
El procedimiento para el envío de prueba es el siguiente:
• Notificar al PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR del envío de prueba.
• Duplicar la secuencia editada para asegurar que la configuración del envío de prueba y el MASTER FINAL son idénticas.
• Incluir barras y tono según lo especificado en el procedimiento standard (punto A.3).
• Aclarar que es un envío de prueba en la placa de programa.
• Exportar la secuencia siguiendo los pasos del punto A.6.4
• Incluir “PRUEBA” al final del nombre del archivo, NOMBRE_CAPITULO_VERSION_FECHA_PRUEBA.mxf
• Los envíos de prueba tendrán prioridad para el control de calidad
para evitar posibles errores técnicos antes de la exportación final de
todos los capítulos.
El responsable técnico del BACUA, PRODUCTOR DELEGADO o TUTOR informará
debidamente a la CASA PRODUCTORA, TUTOR o NODO de la serie sobre el
resultado del control de calidad del envío de prueba, con su respectivo
reporte
IMAGEN 5. Ejemplo de estructura de directorios y nomenclatura de carpetas. (Imagen solo de referencia).
A.6.4 CONFIGURACION DE EXPORTACION DE ARCHIVOS MASTER. Una vez que la
edición de Audio y el Video finalizó y fue aprobada, se puede comenzar
con export final.
El archivo resultante va a ser el MASTER FINAL. Es muy importante que la siguiente especificación sea tenida en cuenta:
IMAGEN 5. Ejemplo de estructura de directorios y nomenclatura de carpetas. (Imagen solo de referencia)
A.6.4 CONFIGURACION DE EXPORTACION DE ARCHIVOS MASTER
Una vez que la edición de Audio y el Video finalizó y fue aprobada, se puede comenzar con export final.
El archivo resultante va a ser el MASTER FINAL. Es muy importante que la siguiente especificación sea tenida en cuenta:
Especificación de Exportación MXF HD OP1a para Avid v6 o superior
Configuración de Video | Configuración de Audio |
• Export as: XDCAM MXF OP1a
• Video Format: HD 50Mbits
• Aspect Ratio: 16:9 | Audio Bit Depth: 24Bit |
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Especificación de Exportación MXF HD OP1a para FCP 7
Antes de exportar los archivos es necesario instalar el software de Sony XDCAM Content Browser, descargable desde:
http://pro.sony.com/bbsc/ssr/micro-xdcam/resource.downloads.bbsccms-assets-micro-xdcam-downloads-XDCAMSoftwareDownload.shtml#apps
File->Export->Sony XDCAM Content Browser…
Configuración de Video | Configuración de Audio |
• As format: MXF (XDCAM, HD)
• Codec: XDCAMHD1080i50 CBR
• Using Settings: XDCAM HD 1080i50 CBR | Audio Bit Depth: 24Bit |
|
|
Especificación de Exportación MXF SD OP1a para Avid v 6 o superior
Configuración de Video | Configuración de Audio |
• Export as: XDCAM MXF OP1a
• Video Format: MPEG 30Mbits
• Aspect Ratio: 16:9 o 4:3 (según corresponda) | Audio Bit Depth: 24Bit |
|
|
Especificación de Exportación MXF OP1a Premiere CS5.0.2 o Superior, utilizando Adobe Media Encoder.
Configuración de Video | +Configuración de Audio |
• Output modules Settings:
• Format: MXF OP1a
• Channels: RGB
• Depth: Million Colors
• Codec SD: MPEG IMX30 625/50 (30MBps)
• Resolución SD: 720x576
• Color Levels 709
• Alpha: None
• Aspect Ratio: 16:9 o 4:3 (según corresponda)
• Codec HD: XDCAMHD 422 50Mbps
• Resolución: 1920x1080
• Color Levels 709
• Alpha: None
• Aspect Ratio: 16:9 | Audio Bit Depth: 24Bit |
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Especificación de Exportación MXF HD OP1a para Avid v5.5 o inferior
En caso de utilizar Avid Media Composer v5.5 o inferior, por favor comunicarse a tecnica.bacua@gmail.com para recibir instrucciones de como generar un archivo MXF válido.
7. VALORES DEL SUBTITULADO INCRUSTADO.
En caso que la Serie presente subtitulados parciales o totales se
deberán tener en cuenta las siguientes especificaciones en HD:
Fuente: TiresiasKey Font (http://www.tiresias.org/fonts/keyfont.zip)
Tamaño: 30 puntos (60 pixels)
Kerning: 0
Leading: 0
Color: blanco (232,232,232)
Sombra: 2
Borde: 2 pixels
Color borde: negro
A.7.1. NORMAS TECNICAS GENERALES DEL SUBTITULADO.
A.7.2. La cantidad máxima de caracteres por línea es de 32.
A.7.3. Normalmente, la cantidad
de líneas no debe superar las 2 aunque, en casos especiales, pueden ir
3 líneas, siempre y cuando la imagen lo permita.
El subtitulado no debe tapar información visual importante como, por ejemplo, la cara de un personaje.
A.7.4. El color de la letra debe ser blanco (232,232,232), con 2 pixeles de borde.
A.7.5. Al pasar de una imagen a
otra (si a ambas les corresponde un subtitulado), solo deben usarse los
puntos suspensivos cuando, por motivos de entonación, se requiera de
dicha puntuación. De lo contrario, se usará el signo de puntuación que
a ese caso corresponda (ya sea una coma, un punto y coma, dos puntos,
un punto y seguido o un punto y aparte). De no ser necesario ningún
signo de puntuación entre el pasaje de una imagen a otra, simplemente
se respetará la ausencia de él.
A.7.6. El subtitulado debe
corresponderse y estar sincronizado con el audio, seguir el ritmo de
quien está hablando —esté en plano o sea narración en off— y debe tener
una duración suficiente para que su lectura sea clara. No debe haber
subtitulado cuando nadie habla o hay silencios.
A.7.7. No subtitular sobre gráfica.
A.7.8. Respetar los márgenes de seguridad de texto. Los márgenes de seguridad están definidos en el punto A.4.3.
A.7.9. El paso de un subtitulado a otro es por corte.
A.8.1. NORMAS TECNICAS GENERALES DEL SUBTITULADO OCULTO (Closed Caption).
Consideraciones generales
Closed caption (subtitulado oculto) es el proceso de convertir en texto
toda la información auditiva de un material audiovisual. A diferencia
del sistema de subtítulos común, incluye —además de los cuadros
tradicionales de diálogo— la mayor cantidad de información
extralingüística posible, como la identificación de los hablantes y la
descripción de efectos de sonido y música.
Para la comprensión total del contenido por parte del televidente, es
imprescindible establecer uniformidad en el estilo y en la manera de
ordenar la información. Para eso, se fijan en adelante un conjunto de
normas y códigos de escritura que conformarán las características
principales de nuestro manual de estilo de closed caption, a fin de
evitar múltiples formas de ejecución.
A.8.2. Por cada contenido
entregado, se deberá entregar un archivo con extensión .srt o .txt que
contendrá el subtitulado oculto para garantizar la accesibilidad de los
contenidos a personas con hipoacusia o dificultades auditivas. El
archivo de subtítulo se puede generar utilizando un editor de texto
simple, pero se recomienda la utilización de alguna aplicación
específica para generación de subtítulos, como Subtitle Workshop
(Windows) o Jubler (Windows, Mac) que son gratuitas.
En caso de no poder entregar un archivo .srt temporizado, se podrá
entregar un archivo de texto sin formato sin timecode con la
información necesaria para la generación del subtitulado oculto,
separando cada cartel o bloque de texto con un renglón en blanco.
Ya sea se entregue .srt temporizado o .txt sin temporizar, el formato
de los subtítulos deberá cumplir con las siguientes recomendaciones:
A.8.3. HOJA DE ESTILO. SUBTITULADO OCULTO (CLOSED CAPTION)
1. Carteles (o bloques de texto)
La información transcripta se ordena en carteles que admiten solo la siguiente estructura:
a. Cantidad máxima de caracteres por línea: 32.
b. Cantidad de líneas: dos (pueden ser tres cuando se identifica al hablante o se describe un sonido).
2. Corte de carteles
a. No debe separarse una palabra de la palabra que la modifica:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
Juan empujó el camión
negro. | Juan empujó
el camión negro. |
b. No debe dividirse una frase preposicional:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
María se escondió debajo
de la mesa | María se escondió
debajo de la mesa. |
|
c. No se separa el nombre de un apellido, o un título de una de sus partes:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
María y Juan
Pérez fueron al cine. | María y Juan Pérez
fueron al cine. |
|
d. No se divide una oración después de una conjunción:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
Estaba triste y
se puso a llorar. | Estaba triste
y se puso a llorar. |
|
e. No se separa el verbo auxiliar del verbo que está modificando:
MAL CORTE | BUEN CORTE |
Jamás pensaron que podrían
arreglarlo. | Jamás pensaron
que podrían arreglarlo. |
|
3. Descripción de sonido
Establecemos como “sonido” toda la información extralingüística, es
decir, aquella que se percibe por fuera de los diálogos: música y
efectos de sonido.
3.1. Música
Para poder transmitir correctamente en forma escrita el uso de la música y la función que cumple en cada caso, establecemos:
a. Siempre y cuando no interfiera en la trascripción de contenidos del
programa más relevantes, se indicará la presencia de música escribiendo
simplemente la palabra “Música”, que se escribe con mayúscula inicial,
entre corchetes y nunca lleva punto final (ver punto 4).
b. Para indicar la apertura y el cierre de cada programa, se usarán,
según corresponda, las expresiones “Música de presentación” y “Música
de cierre”.
c. Cuando sea necesario y pueda describirse más específicamente qué
tipo de música se está emitiendo, podrán agregarse calificativos, o se
podrá indicar el género:
Música de persecución
Música de suspenso
Música de terror
Música de videojuego
Música dramática
Música romántica
Música clásica
Música electrónica
Música suave
Música andina
Música melódica
Música: rock pesado
Música: reggae
Música: chacarera
Música: piano
d. En el caso de canciones identificables, se presentará la mayor
cantidad de información posible (título, autor, intérprete, versión),
siempre y cuando no sobrepase los 32 caracteres y el tiempo de lectura
lo permita:
Música:
Gracias a la vida,
Violeta Parra, por León Gieco
d.a.b. Si no alcanzara el tiempo de lectura o no hubiera suficiente
espacio, se identificará la canción por su título primero y su rasgo
distintivo después (versión, autor o intérprete).
[Música:
Gracias a la vida,
León Gieco, versión en vivo]
[Música: Yesterday, Paul
McCartney, versión en violines]
[Música:
In My Life, The Beatles,
por Johnny Cash]
3.2. Efectos de sonido
Los efectos de sonido son aquellos sonidos diferentes a la música y las
voces. Reponen la información que no se desprende necesariamente de la
imagen.
a. Deben describirse de la manera más simple y resumida posible, pero sin jamás repetir la información visual:
Viento ululando
Manivela girando
Llanto de bebé
b. Si la descripción de dos o más sonidos simultáneos fuera necesaria o
imprescindible para el seguimiento de la narración, es posible
englobarlos unidos por coma en un solo corchete, siempre y cuando no
sobrepasen los 32 caracteres (una línea) y no excedan más de tres
sonidos. Deben privilegiarse aquellos que tengan relevancia narrativa:
Risas, aplausos
Gritos, disparos, llantos
Balidos de oveja, lluvia, viento
c. Si los sonidos que hay que describir conforman una sumatoria de
sonidos relacionados entre sí —que por estarlo representan una “idea de
lugar” de fácil clasificación—, es más preciso apelar al concepto de
“sonido ambiente”, en lugar de enumerar tres efectos de sonido en un
mismo corchete. Por ejemplo, los sonidos de gaviotas, olas de mar y
viento ululando se engloban dentro de lo que establecemos en adelante
como “Sonido ambiente: playa”. Este recurso se usará únicamente cuando
se trate de una descripción de sonido extradiegética (fuera de plano).
Otros ejemplos:
Sonido ambiente: fiesta
Sonido ambiente: guerra
Sonido ambiente: comedor
Sonido ambiente: calle
Sonido ambiente: cancha
Sonido ambiente: manifestación
Sonido ambiente: bar
4. Corchetes y paréntesis
a. Todas las descripciones de sonidos se escriben entre corchetes:
[Música]
[Viento ululando]
[Cortina musical de noticiero]
[Despegue de nave espacial]
[Sonido ambiente: playa]
b. Los gerundios, adjetivos o sintagmas usados como acotaciones en los diálogos se escriben entre paréntesis:
(Riendo)
Son indios temibles y, sobre
todo, odian a los españoles.
(Enojado)
¡No voy a dejarlos ganar!
(Con satisfacción)
¡Al fin!
(Maliciosamente)
Nunca podrán escapar.
(Con acento mexicano)
Esto es un desmadre.
c. Para identificar al hablante que está fuera de plano o de espaldas, también se usan paréntesis:
(Roger Waters)
Estoy muy contento de estar
en su hermoso país.
(Narrador: Juan Palomino)
La calle estaba desierta
cuando todos llegaron.
c.a. Si no se puede identificar al hablante fuera de plano, se especificará su género usando, otra vez, paréntesis:
Ejemplos: (Voz de
chico)
Yo me siento mal
porque quiero jugar a la pelota.
(Voz de mujer trans)
Acá no se arranca de cero,
esto es una continuidad.
(Voz de hombre)
¡Fuera de acá!
d. Cuando falte información para la comprensión total del contenido, esta se podrá reponer mediante el uso de corchetes:
Me quiso decir
que se lo robaron [el auto].
El sabía que aquel
[Juan] no podría solo.
5. Itálicas (cursivas)
a. Se usarán itálicas cuando se transcriban neologismos y palabras extranjeras o de uso no extendido:
Me está
whatsappeando
sin parar de manera obsesiva.
¡Ay,
darling,
qué linda te pusiste!
b. Cuando se transcriban parlamentos de un personaje o locutor fuera de plano:
(Seño Silvia)
Chicos, no toquen nada,
todos juntitos, por favor.
(Narrador)
Bajo las órdenes del director
Provisorio de la Confederación.
c. Cuando se mencionen nombres de canciones, películas y otros títulos:
Música:
Carroussel,
Luis Alberto Spinetta
d. Cuando se transcriban canciones:
Música:
Tu amor,
Charly García
Yo quise el fin y había más,
yo quise más, no había fin,
lo que yo quise encontrar
estaba atrás y no aquí.
e. Cuando el hablante esté pensando, soñando, cantando, recordando, añorando:
(Soñadora)
Cómo me gustaría
Que estuviera aquí…
(Pensando)
¿Pero yo no lo había llamado ya?
(Recordando)
Ese día estuvo rebueno.
d. Se describan efectos de sonido extradiegéticos (excepto la música):
[Perro ladrando]
[Voces de chicos y chicas]
6. Onomatopeyas e interjecciones
a. Las onomatopeyas imitan o recrean el sonido de una cosa. Sirven para
describir más gráficamente efectos de sonido (y siempre llevan punto
final):
[Balido de oveja]
Bee, bee, bee.
[Reloj]
Tic, tac, tic, tac.
[Risa maliciosa]
Mue, je, je, je.
b. Las interjecciones expresan un estado de ánimo, una impresión, un sentimiento (asombro, sorpresa, dolor, molestia, amor...).
(Molesto)
¡Grrr!
(Resignado)
Uf.
(Nervioso)
Ejem.
(Quejándose)
¡Ay!
b.a. Para denotar esos estados de ánimo, pueden utilizarse hasta tres letras iguales de manera consecutiva:
¡Grrr!
¡Goool!
¡Mamááá!
*
*Tener en cuenta que, cuando se repite la vocal acentuada, se acentúa cada repetición.
d. El uso de puntos suspensivos o comas indican, en ciertos casos, la velocidad o el ritmo del sonido:
DESPACIO | RAPIDO |
[Reloj repicando]
Dong…, dong…, dong… | [Disparo de pistola]
Bang, bang, bang. |
|
7. Números, símbolos y abreviaturas
Los números admiten más de una forma de representación: está bien
escribirlos con letras y está bien escribirlos con cifras. Para
discernir cuándo usar cada una, establecemos una serie de normas. A fin
de evitar confusiones, es imprescindible que haya concordancia dentro
de un mismo cartel, dentro de un grupo de carteles y, en lo posible,
dentro del texto entero. En ningún caso puede anteceder un número
escrito con letras a un símbolo (tres %; cuatro $), pero sí una cifra a
un símbolo escrito con letras (58 por ciento; 4 pesos).
7.1 Números
a. Siempre que haya espacio suficiente para hacerlo, los números que
pueden escribirse en una sola palabra se transcriben con letras:
Uno, dos, tres, cuatro, cincuenta, setenta, mil, dos mil, doscientos, trescientos, quinientos.
A menos que:
1. Excedan los 32 caracteres:
Se gastaron 40 millones dólares
sin medir las consecuencias.
2. Haya suficientes caracteres, pero su lectura resulte difícil. Es el caso de números muy grandes o no “redondos”:
MAL USO | BUEN USO |
Cuatrocientos cincuenta y seis mil
ciento ochenta y ocho personas. | 456.188 personas. |
|
MAL USO | BUEN USO |
8 millones 400.000* dólares. | 8.400.000 dólares. |
*Acá no pusimos 400 mil porque este método abreviado no es
válido para las cantidades en miles, ya que mil no es un sustantivo (la
forma sustantiva es millar), sino que forma parte de adjetivos
numerales compuestos de dos palabras, en cuya escritura no deben
mezclarse cifras y letras. Así, no debe escribirse 154 mil personas o
12 mil millones, por la misma razón que no escribimos 30 y siete ni
cincuenta y 4).
b. Se escriben con letras todos los números que inicien una oración así como los números que estén relacionados:
Ciento treinta personas
entraron y treinta se sentaron.
c. Las fechas y las edades siempre se escriben con cifras:
Nació el 3 de octubre de 1975.
Tiene 15 años.
c.a. El primer día del mes puede escribirse con el ordinal primero:
El primero de mayo es feriado.
c.b. La hora también se escribe con cifras, a menos que se mencione el
tramo del día o que se trate de una expresión aproximada de la hora:
Me desperté a las 5:15.
Son exactamente las 20:35.
A las tres de la mañana.
Vendré hacia las ocho.
-Señor, ¿tiene hora -
Deben ser las siete.
7.2. Símbolos
a. Siempre que el formato de entrega de closed caption lo permita, ha
de desarrollarse toda la palabra representada para describir símbolos,
salvo que estén integrados en una fórmula química o matemática, o que
se trate de unidades de medida de longitud (b.). Siempre debe haber
concordancia entre números y símbolos:
MAL USO | BUEN USO |
Yo tengo $668. | Yo tengo 668 pesos. |
2 x 5 igual 5 + 5 | 2 x 5 = 5 + 5 |
¡Me dijo que tres
era = a cuatro! | ¡Me dijo que tres
era igual a cuatro! |
|
b. Los símbolos que expresen unidades de medida de longitud, estarán siempre representados por sus abreviaturas:
MAL USO | BUEN USO |
La tabla mide tres metros de largo por cinco centímetros de ancho. | La tabla mide 30 m de largo por 51 cm de ancho. |
MAL USO | BUEN USO |
El tipo medía 2 m. | El tipo medía dos metros. |
El tipo medía 2 metros. |
El tipo medía dos m. |
Recorrimos cuatrocientas ha. | Recorrimos 400 hectáreas. |
Está a 5 km. | Está a cinco kilómetros. |
b.a. Salvo cuando se trate de una cifra igual o menor a diez, cuando
las oraciones sean simples y cuando el tiempo de lectura lo permita.
Usos especiales de los signos de interrogación y exclamación
Muchas veces, los signos se usan no solo como marcadores del enunciado
(pregunta o afirmación), sino también como marcadores de modalidad de
la enunciación (para incrementar la expresividad del mensaje escrito).
a. Cuando el sentido de una oración es interrogativo y exclamativo a la
vez, pueden combinarse ambos signos, abriendo y cerrando el enunciado
con ambos (exclamación afuera, interrogación adentro):
¡¿Qué estás diciendo!
¡¿Ya estás acá!
c. A diferencia de los símbolos que expresen unidades de medida de
longitud (b), las abreviaturas y símbolos de unidades de medida de masa
y tiempo han de desarrollarse con toda la palabra escrita (a):
MAL USO | BUEN USO |
Nos tomamos tres l
de cerveza cada uno. | Nos tomamos tres litros
de cerveza cada uno. |
|
Le habló durante
tres h, ¡no paraba! | Le habló durante
tres horas, ¡no paraba! |
|
Sentimientos como
amor, afecto, ternura,
etc., cariño | Sentimientos como amor
afecto, cariño, ternura,
etcétera |
|
|
d. Los símbolos matemáticos usados de manera literal no se transcriben con letras (excepción punto e.):
MAL USO | BUEN USO |
La estancia ocupa 500 km
cuadrados. | La estancia ocupa 500 km2 |
|
MAL USO | BUEN USO |
Tengo un hambre al 2 | Tengo un hambre al cuadrado. |
e. Siempre que haya espacio para hacerlo, los porcentajes se escriben con letras
MAL USO | BUEN USO |
Se usó el 48%.
del presupuesto. | Se usó el 48 por ciento
del presupuesto. |
|
e.a. A menos que el número al que refieren esté expresado con letras.
Entonces deberá usarse el símbolo (%) sin dejar espacio después del
número:
MAL USO | BUEN USO |
Representan el quince %
de la población mundial. | Representan el 15%
de la población mundial. |
|
MAL USO | BUEN USO |
Se usó el tres %.
(Porque no hay concordancia
entre número y símbolo
y hay suficientes caracteres
para escribir “por ciento”.) | Se usó el tres por ciento. |
|
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8. Guiones
a. Si en un mismo cartel aparecen dos hablantes, cada uno estará diferenciado del otro con un guión:
-Hola, ¿qué tal
-Bien, ¿y vos
-Si el Señor de Allá me ayuda…
-Sí, cómo no, le sostengo.
b. Los guiones se utilizan también para indicar que el hablante no completó la frase que estaba enunciando:
Les contaré por qué no
confío en las Provincias
Uni--
c. Para los tartamudeos se usan guiones sin espacio:
MAL USO | BUENO USO |
B b bate. | B-b-bate. |
b. Cuando es necesario indicar mayor énfasis en la expresión exclamativa, pueden usarse hasta tres signos de exclamación:
¡¡¡No!!!
¡¡¡Traidor!!!
A modo de conclusión
Estas son apenas las primeras reglas que establecemos para usar como guía a la hora de transcribir material de audio.
Nos proponemos brindar a nuestro público —personas sordas, adultos
mayores y personas que están aprendiendo a escribir en español— una
programación clara y accesible.
Sin dudas, el uso y el tiempo indicarán qué aspectos será necesario
perfeccionar o modificar, por lo que dejamos este conjunto de normas
sujeto a los cambios que proponga el propio uso, para que nunca deje de
enriquecerse.
ANEXO IX - Resolución Nº 1849
PADRON DE CREDITOS INICIALES Y FINALES
1.- CREDITOS INICIALES
1.1.- Secuencia de créditos iniciales institucionales de DIEZ (10)
segundos que será entregada oportunamente por el tutor y/o el
responsable técnico del INCAA, conteniendo las placas con las
logomarcas oficiales de PRESIDENCIA DE LA NACION, LOGO DE LA PRODUCTORA
y ARTISTICA DE LA SERIE. La citada secuencia deberá incluirse al inicio
de LA SERIE y no podrá haber ninguna imagen y/o sonido previo y/o
sobreimpreso a esta secuencia.
1.2.- Luego de la secuencia indicada en el punto precedente,
corresponderá el siguiente orden de placas (cada una deberá tener una
duración máxima de DOS (2) segundos):
1.2.a.- Logomarca de la Empresa Productora
1.2.b.- ARTISTICA DE LA SERIE
1.2.c.- NOMBRE DEL CAPITULO
2.- CREDITOS FINALES
2.1.- Secuencia de créditos finales que indiquen:
2.1.a.- Nombres y funciones de todo el equipo técnico y artístico involucrado en la producción de LA SERIE.
2.1.b.- Agradecimientos que incluyen los nombres de las personas que
ayudaron en la producción de la OBRA, permitiéndose hasta SEIS (6)
placas (de logotipos o logomarcas) de auspicios o canjes en los
créditos finales por cada capítulo, previa aprobación de los créditos
por parte de EL TUTOR, la Coordinación del Concurso del INCAA y EL
CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T.
2.1.c.- Secuencia de Créditos Institucionales con los nombres de las
autoridades vinculadas al desarrollo del POPFCAD, que será entregada
oportunamente por EL TUTOR.
2.1.d.- Logomarcas en miniatura de MARCA PAIS, PRESIDENCIA DE LA
NACION, MINISTERIO, CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, TDA, BACUA, INCAA, que
serán entregadas oportunamente por EL TUTOR.
2.1.e.- Las Secuencias de los Créditos Iniciales y Finales y las
logomarcas incluidas en ellos son las que se detallan en el punto 3 del
presente Anexo y deberán ser utilizadas únicamente bajo las directivas
de EL TUTOR, la Coordinación del Concurso del INCAA y el CONSEJO ASESOR
DEL SATVD-T.
4.- La duración de los
Créditos Iniciales y de los
Créditos Finales
deberán formar parte de los CUARENTA Y OCHO (48) minutos de duración de
LA SERIE.
e. 29/08/2014 N| 63073/14 v. 01/09/2014