JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA


SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION


OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES


Disposición 69/2014


Bs. As., 28/8/2014

VISTO, el CUDAP: EXP-JGM: 40173/2014 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 del Decreto Delegado Nº 1023/01 establece que las contrataciones podrán realizarse en formato digital firmado digitalmente, utilizando los procedimientos de selección y las modalidades que correspondan.

Que asimismo dispone que las jurisdicciones y entidades comprendidas en su ámbito de aplicación estarán obligadas a aceptar el envío de ofertas, la presentación de informes, documentos, comunicaciones, impugnaciones y recursos relativos a los procedimientos de contratación, en formato digital firmado digitalmente, conforme lo establezca la reglamentación.

Que además, prevé que serán válidas las notificaciones en formato digital firmado digitalmente y que deberá considerarse que los actos realizados en formato digital firmados digitalmente cumplen con los requisitos del artículo 8° de la Ley 19.549, su modificatoria y normas reglamentarias.

Que el artículo 33 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 893/12 dispone que todos los procedimientos prescriptos en dicho régimen se podrán efectuar en forma electrónica mediante la utilización de los medios que a tal fin habilite la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que asimismo prevé que a partir del momento en que un procedimiento deba realizarse mediante la utilización del medio electrónico que disponga la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se tendrán por no escritas las disposiciones relativas a actos materiales o presenciales cuya realización se traduzca en operaciones virtuales en el sistema electrónico.

Que por último establece que las disposiciones referentes a actos que sólo sea posible efectuar en forma material, como la entrega de muestras, se cumplirán conforme con lo establecido en el Reglamento aprobado por Decreto Nº 893/12 y su modificatorio.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS habilite el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional, en adelante denominado “AR_COMPRA”.

Que “AR_COMPRA” es una aplicación que permite efectuar la gestión de compras públicas íntegramente a través de Internet, posibilitando el seguimiento del estado de avance del proceso de contratación en tiempo real.

Que a través del mismo se verán reflejadas las necesidades de las jurisdicciones y entidades contratantes, podrán presentar ofertas todos aquellos que deseen ser proveedores y cualquier interesado podrá conocer los detalles de las contrataciones que se realicen en el ámbito de aplicación del Reglamento aprobado por Decreto Nº 893/12 y su modificatorio.

Que la implementación del sistema “AR_COMPRA” se llevará a cabo a través de un cronograma que determinará la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y que será gradualmente comunicado a través de Comunicaciones Generales.

Que el artículo 3° del Decreto 893/12 y su modificatorio dispone que todas las jurisdicciones y entidades comprendidas en el inciso a) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones, tienen la obligación de proveerse del software y hardware adecuado a los fines de implementar los sistemas o medios informáticos diseñados y administrados por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, necesarios para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Delegado Nº 1023/01, en el reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 y su modificatorio y en las normas que se dicten en su consecuencia.

Que en consecuencia y al efecto de implementar el “AR_COMPRA” resulta necesario que las jurisdicciones y entidades comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 y su modificatorio, arbitren los medios necesarios para que cada una de las autoridades que utilicen el sistema puedan ejecutar las acciones pertinentes de acuerdo a los requisitos que resulten aplicables para su operación.

Que por su parte, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS realizará una capacitación a cada jurisdicción o entidad contratante previa a la implementación del sistema AR_COMPRA según el cronograma que se determine.

Que los instructivos para el uso del sistema podrán ser consultados desde la página de Internet www.arcompra.gob.ar.

Que el artículo 32 del Decreto Delegado Nº 1023/01 establece que la convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones y concursos públicos que no se realicen en formato digital, deberá efectuarse mediante la publicación de avisos en el órgano oficial de publicación de los actos de gobierno por el término de DOS (2) días, con un mínimo de VEINTE (20) días corridos de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación.

Que en virtud de lo estipulado en el artículo citado en el considerando anterior resulta necesario aclarar que en las licitaciones y/o concursos públicos que se realicen a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “AR_COMPRA” no resultará obligatorio publicar las convocatorias a presentar ofertas en el órgano oficial de publicación de los actos de gobierno.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes artículo 23, inciso a), del Decreto Nº 1023/01 y sus modificatorios.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DISPONE:

ARTICULO 1° — Habilítase el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “AR_COMPRA”, como medio para efectuar en forma electrónica todos los procedimientos prescriptos en el Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 y su modificatorio, el que se implementará en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO 305) a partir del 1° de septiembre de 2014 para los procedimientos de selección que a partir de esa fecha se autoricen o a los que a partir de esa fecha se convoquen cuando no se requiera autorización previa y en las restantes jurisdicciones y entidades según el cronograma de implementación que establezca la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de Comunicaciones Generales las que serán difundidas en la página de Internet www.argentinacompra.gob.ar o la que en el futuro la reemplace.

ARTICULO 2° — Todos los procedimientos de selección que a la fecha en que se habilite el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “AR_COMPRA” ya estuvieran autorizados o con la convocatoria realizada, cuando no se requiera autorización previa, seguirán su trámite mediante los medios por los cuales fueron iniciados.

ARTICULO 3° — La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS informará a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION en su carácter de órgano rector del sistema de control interno, la fecha de implementación del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “AR_COMPRA” en cada jurisdicción y entidad contratante.

ARTICULO 4° — Las jurisdicciones y entidades contratantes deberán arbitrar los medios necesarios para proveerse del software y hardware adecuado a los fines de implementar el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “AR_COMPRA” y para cumplimentar los requisitos de los usuarios en cada uno de los roles de operación del aludido sistema, los que como Anexo forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 5° — La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS brindará una capacitación a cada jurisdicción o entidad en forma previa a la implementación del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “AR_COMPRA”.

ARTICULO 6° — Los instructivos de uso del sistema habilitado por el artículo 1° de la presente podrán ser consultados desde la página de Internet www.arcompra.gob.ar y serán actualizados por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en la medida en que fuera necesario y respetando siempre la normativa que rija los procedimientos de selección del contratista estatal.

ARTICULO 7° — Cuando por inconvenientes técnicos u otras causas, exista la imposibilidad material de utilizar el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “AR_COMPRA”, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS mediante Comunicación General, que será publicada en la página de Internet www.argentinacompra.gob.ar o la que en el futuro la reemplace, habilitará a una, varias o la totalidad de las jurisdicciones o entidades contratantes a realizar los procedimientos de selección mediante los medios tradicionales indicando la forma operativa de hacerlo de acuerdo a las circunstancias particulares del caso, hasta tanto otra Comunicación General indique el restablecimiento del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “AR_COMPRA”.

ARTICULO 8° — En las licitaciones y/o concursos públicos que se realicen a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “AR_COMPRA” no resultará obligatorio publicar las convocatorias a presentar ofertas en el órgano oficial de publicación de los actos de gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto Delegado Nº 1023/01.

ARTICULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Abog. MARÍA VERÓNICA MONTES, Directora Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones, Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.

ANEXO

1. Requisitos

Proveedor

Excluyente:

Estar al menos PREINSCRIPTO en el Sistema de Información de Proveedores de la Oficina Nacional de Contrataciones

Clave Fiscal

Firma Digital

Deseable:

Google Chrome

Versión de Java mayor a 7

Organismo

Excluyente:

Clave Fiscal

Firma Digital (sólo para los firmantes)

Deseable:

Google Chrome

Versión de Java mayor a 7

2. Lista de Roles

Los roles incluidos en el proceso son:

Asistente Unidad Requirente

Jefe Unidad Requirente

Jefe de Programa

Asistente de UOC

Jefe de UOC

Asistente Servicios Jurídicos

Jefe de Servicios Jurídicos

Autoridad Competente

Proveedor

Evaluador

Administrador

2.1 Asistente Unidad Requirente

- Crear Solicitud de Contratación

- Agregar Renglón a Solicitud de Contratación

- Ingresar Imputación Presupuestaria

- Adjuntar Documentación a Solicitud de Contratación

- Crear Observaciones técnicas

- Solicitar al jefe de Unidad Requirente la confirmación de la Solicitud de Contratación

- Eliminar una Solicitud de contratación que cuyo estado es Ingresada parcial

- Asociar Solicitud de contratación a Procedimiento

- Solicitar Firma de Opinión Unidad Requirente (Etapa de Evaluación según requiera tipo de contratación)

2.2 Jefe Unidad Requirente (Requiere Firma Digital)

- No Confirmar la Solicitud de Contratación, devolver a Asistente de Unidad requirente con detalle en observaciones

- Confirmar Solicitud de Contratación y esta se enviará al Jefe de Programa

- Firma de Opinión Unidad Requirente (Proceso de Evaluación)

2.3 Jefe de Programa (Requiere Firma Digital)

- No Autorizar la solicitud de contratación, requerido por el Jefe de unidad Requirente y se la devuelve con detalle en la observación

- Autorizar Solicitud de contratación a la Unidad Requirente

- Anular Solicitud de Contratación, ingresara observación y la Solicitud quedará en estado Anulada

- Rectificar Solicitud de Contrataciones, y la misma quedará en Ingreso Parcial

2.4 Asistente de UOC

- Crear Procedimiento, incluyendo según corresponda el Pliego de Bases y Condiciones Particulares del llamado y convenio

- Crear Acto Administrativo de Autorización del Procedimiento

- Solicitar Autorización de Proyecto Pliego de Bases y Condiciones del llamado, Proyecto Convenio y Acto Administrativo de Autorización

- Adjuntar documentación a Procedimiento

- Eliminar Procedimiento

- Crear Convocatoria

- Modificar Convocatoria

- Crear Lista de Invitados

- Solicitar Confirmación Convocatoria

- Generar Acta de Apertura

- Solicitar Firma Acta de Apertura

- Crear Circular

- Modificar Circular

- Solicitar confirmación de la Circular

- Eliminar Circular

- Solicitar Subsanación de defectos formales

- Modificar Subsanación de defectos formales

- Registrar precio testigo

- Solicitar dictamen jurídico en Evaluación

- Crear/Modificar Opinión UOC en Evaluación

- Crear Observación Opinión UOC

- Solicitar Confirmación opinión Evaluación UOC

- Ingresar de Resultados para Finalización de procedimiento (Adjudicación)

- Solicitar informe Técnico en Finalización de Procedimiento

- Crear Acto Administrativo de Finalización

- Solicitar confirmación Jefe de Datos de Finalización Ingresados

2.5 Jefe de UOC (Requiere Firma Digital)

- No Confirmar Proyecto Pliego de Bases y Condiciones del llamado, Proyecto Convenio y Acto Administrativo de Autorización

- Confirmar Proyecto Pliego de Bases y Condiciones del llamado, Proyecto Convenio y Acto Administrativo de Autorización

- Anular Procedimiento

- Solicitar Dictamen Jurídico en Procedimiento

- Confirmar Convocatoria

- No Confirmar Convocatoria

- Firmar Acta de Apertura

- Confirmar Circular

- No Confirmar Circular

- Eliminar Circular

- Conformar Comisión evaluadora

- Rectificar Comisión evaluadora (y evaluador)

- Firmar Opinión UOC Evaluación

- No Confirmar Opinión UOC

- Modificar Feriados de la UOC

- Responder comunicaciones de Proveedores

- Confirmar Finalización de Procedimiento

- No confirmar Finalización de Procedimiento

- Solicitar Dictamen de Finalización de Procedimiento a Jurídicos

2.6 Asistente de Servicios Jurídicos

- Crear Dictamen jurídico de Autorización de Procedimiento, de Evaluación de Finalización y de Dejar sin efecto

- Modificar Dictamen Jurídico

- Solicitar Confirmación del Dictamen Jurídico

2.7 Jefe de Servicios Jurídicos (Requiere Firma Digital)

- Confirmar Dictamen jurídico de Autorización de Procedimiento, de Evaluación de Finalización y de Dejar sin efecto

- No Confirmar Dictamen jurídico de Autorización de Procedimiento, cargar Observaciones al respecto

- Solicitar a la Autoridad Competente la autorización del Procedimiento, Finalización de Procedimiento y Dejar sin efecto

2.8 Autoridad Competente (Requiere Firma Digital)

- Remitir Autorización, Finalización y dejar sin Efecto de Procedimiento a la UOC

- Autorizar Acto Administrativo de Autorización, Finalización y dejar sin Efecto de Procedimiento

- Anular Procedimiento

2.9 Proveedor (Requiere Firma Digital)

- Visualizar Procedimientos

- Crear Carátula de Oferta/Crear Oferta

- Confirmar Oferta con Detalle

- Retirar Oferta

- Comunicar

- Responder Subsanación y responder Mejora

2.10 Evaluador (Requiere Firma Digital)

- Crear Dictamen de Evaluación

- Firmar Dictamen Evaluación

- Solicitar a Jurídico Dictamen Jurídico

2.11 Administrador

- ABM Organismos

- ABM UOC, UR

- ABM Usuarios

e. 01/09/2014 Nº 64192/14 v. 01/09/2014