MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1275/2014
Bs. As., 12/8/2014
VISTO el Expediente Nº 1.615.283/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 19 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado
entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUES
PRIVADOS (CACEPRI), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mismo, convienen las nuevas escalas salariales con vigencia a
partir del mes de mayo de 2014 al 31 de marzo de 2015, en los términos
pactados.
Que al respecto, se deja constancia que la negociación se llevó a cabo
en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 437/06, el cual fue
reemplazado por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 695/14, conforme
surge de los registros informáticos obrantes en esta Cartera de Estado.
Que las escalas salariales correspondientes fueron agregadas a foja 18.
Que a foja 21, la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE
CEMENTERIOS LA UNION LIMITADA ha ratificado el acuerdo en cuestión.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad del sector empresario
firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería
gremial.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que por otra parte, correspondería que una vez dictado el presente acto
administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de que evalúe si
procede el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA y la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUES PRIVADOS
(CACEPRI), que luce a fojas 18/19 del Expediente Nº 1.615.283/14, junto
con la ratificación efectuada por la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES
DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS LA UNION LIMITADA a foja 21 del Expediente
Nº 1.615.283/14, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación
registre el presente Acuerdo obrante a fojas 18/19 del Expediente Nº
1.615.283/14, junto con el acta de ratificación por parte de la
COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS LA UNION
LIMITADA que luce a foja 21 del Expediente Nº 1.615.283/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se
homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la
guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 695/14.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.615.283/14
Buenos Aires, 14 de Agosto de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1275/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 18/19 y 21 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1095/14. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
Escalas Salariales SOECRA
Paritaria Hasta Marzo 2015
Expediente N° 1.615.283/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de junio
de 2014, siendo las 15.30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, ante la Dra. Gladys IEMMA; en representación del SINDICATO
OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el
Dr. Pablo MARIN, en representación de la CAMARA ARGENTINA DE
CEMENTERIOS PARQUE PRIVADOS (CACEPRI), el Dr. Guillermo MORENO HUEYO.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, se solicita a las partes manifieste en relación a la presente negociación.
Otorgada la palabra las partes en conjunto MANIFIESTAN: que luego de
llevar a cabo reuniones en el ámbito privado, han llegado a un acuerdo
salarial con vigencia a partir del mes de mayo de 2014 al 31 de marzo
de 2015, acompañanado las respectivas escalas salariales en este acto,
las cuales expresan los montos de los salarios básicos que deberán
abonarse para cada categoría y zonas salariales del Convenio Colectivo
de Trabajo, y solicitando su homologación.
Otorgada la palabra al sector sindical, expone: que sin perjuicio del
Acuerdo salarial presentado, toda vez que en la semana en curso han
sucedido acontecimientos de público y notorio que pudieran llevar a una
situación económica con aumentos exhorbitantes de precios que alteren
la canasta alimentaria de los trabajadores, SOECRA, efectua reserva de
requerir ante esta Autoridad, el tratamiento de ajustes de salarios
excepcionales.
Cedida la palabra a la representación de CACEPRI manifiesta que toma
nota de lo expuesto por la representación sindical y aspira a que no se
modifique la situación salarial en la medida de la bondad del ajuste de
los salarios acordados.
Acto seguido se procede a agregar las mencionadas escalas salariales las que se presentan en 1 (una ) foja.
En este estado, y no siendo para más a las 16.00 horas, se da por
finalizado el acto, firmando los comparecientes al pie del presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1.615.283/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 25 días del mes de junio
de 2014, siendo las 12:15 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante mí,
Dra. Gladys IEMMA; en representación de la COOPERATIVA DE TRABAJO
CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS “LA UNION LIMITADA”, con
domicilio en la calle Federico Lacroze Nº 3914, CABA, el Sr. Adolfo
Jose MAZZIERI, en calidad de Presidente.
Abierto el acto por la funcionara actuante, el presentante manifiesta
que designa como miembros que conformaran la negociación que tramita en
las presentes a: los Señores Adolfo Jose MAZZIERI (DNI 8.253.907), y
Jorge BRAVO (DNI 8.519.150).
Acto seguido, solicita se otorgue vista de lo actuado, y manifiesta que
habiendo tomado conocimiento del Acuerdo alcanzado en autos, cuyas
escalas salariales dan cuenta a foja 18, adhiere al mismo, solicitando
su homologación.
En este estado, y no siendo para más a las 12.30 horas, se da por
finalizado el acto, firmando el compareciente al pie del presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.
COOP. DE TRABAJO “LA UNION LIMITADA”