MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución 938/2014
Bs. As., 27/8/2014
VISTO el Expediente Nº S02:83406/2014 del Registro de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 312 de fecha 30 de octubre de 2003 de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se estableció el
arancel de los Exámenes de Evaluación Psicofísica de los Conductores
afectados a Vehículos de Transporte por Automotor de Jurisdicción
Nacional en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO ($ 135) incluido el
Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) para la categoría Pasajeros y para
la categoría de Cargas Generales y Peligrosas, que serían abonadas por
las Empresas de Transporte, en las cuales el conductor prestare
servicios, o bien por el propio conductor cuando se tratara de
explotación de vehículo por sus propios dueños.
Que la resolución mencionada en el considerando anterior fue
sucesivamente modificada para proceder a la actualización de los
aranceles de la categoría Pasajeros y/o para la categoría de Cargas
Generales y Peligrosas.
Que mediante la Resolución Nº 341 de fecha 7 de septiembre de 2012 de
la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se
actualizó el Arancel para los Exámenes de Evaluación Psicofísica de los
Conductores afectados a Vehículos del Transporte Automotor de Pasajeros
de Jurisdicción Nacional, fijándose en PESOS QUINIENTOS CATORCE ($
514), sin alterar el Arancel para los Exámenes de Evaluación
Psicofísica de los Conductores afectados a Vehículos del Transporte
Automotor de Cargas Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción
Nacional, que había sido establecido por la anterior Resolución Nº 48
de fecha 17 de marzo de 2010 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la Resolución Nº 37 de fecha 31 de enero de 2014 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE de este Ministerio fijó en PESOS QUINIENTOS CATORCE ($
514) el valor del arancel uniforme de los exámenes de evaluación
psicofísica de los conductores afectados a vehículos del transporte
automotor de jurisdicción nacional.
Que con fecha 15 de Julio de 2014 el prestador habilitado, CEMLA
SOCIEDAD ANONIMA y ANTONIO D. SILVESTRIS EVALUACION PSICOFISICA DE LOS
CONDUCTORES SOCIEDAD ANONIMA - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, en su
carácter de adjudicataria del Concurso Público Nº 2/2003 de la COMISION
NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, solicita la adecuación del
arancel considerando el fuerte impacto que sufrieran sus costos ante
los incrementos salariales operados.
Que en el informe producido en estos actuados en el cual se efectúa la
actualización del arancel, calculando las variaciones porcentuales,
correspondientes a los distintos rubros componentes del mismo, operadas
entre los meses de marzo de 2012 y julio de 2014, empleando a esos
fines los indicadores publicados por el INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICAS Y CENSOS a Junio de 2014, se concluye que correspondería
elevar a PESOS OCHOCIENTOS VEINTISIETE ($ 827) el valor del referido
arancel.
Que el presente pronunciamiento es dictado conforme a las atribuciones
que surgen de la Resolución Nº 1.371 de fecha 1° de noviembre de 1991
del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyase el Artículo 2° de la Resolución Nº 312 de
fecha 30 de octubre de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este
Ministerio, por el siguiente:
“ARTICULO 2°.- Fíjase en PESOS OCHOCIENTOS VEINTISIETE ($ 827.-) el
valor del Arancel uniforme de los Exámenes de Evaluación Psicofísica de
los Conductores afectados a Vehículos del Transporte por Automotor de
Jurisdicción Nacional. Este arancel incluye el Impuesto al Valor
Agregado (I.V.A.). Dicha suma deberá ser abonada al Prestador Médico
Habilitado”.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO RAMOS, Secretario de
Transporte.
e. 02/09/2014 Nº 64823/14 v. 02/09/2014