INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 2122/2014
Bs. As., 1/9/2014
VISTO la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº 1225/10, la Resolución Nº
982/13/INCAA y sus modificatorias, el Expediente Nº 7462/14/INCAA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución mencionada en el VISTO, se aprobó el marco
normativo que regula el otorgamiento de los subsidios a la producción
de películas documentales de largometraje, cuyo soporte de filmación y
finalización sea en formato digital.
Que el artículo 2° de la Resolución Nº 1269/14/INCAA incrementó el tope
del monto a otorgarse a cada proyecto seleccionado conforme Resolución
Nº 982/13/INCAA. Asimismo, en su artículo 4° se dispuso la
aplicabilidad del aumento a los proyectos que obtengan el beneficio a
partir de la entrada en vigencia de la norma.
Que a fojas 2 del Expediente mencionado en el Visto, la suscripta
entiende que correspondería extender los efectos de la Resolución Nº
1269/14/INCAA a aquellas producciones que no hubiesen percibido montos
más allá de la cuota pertinente de preproducción a la fecha de la
publicación de la misma, autorizando para tal efecto a los realizadores
integrales de documentales a presentar la solicitud de actualización
presupuestaria correspondiente.
Que entrada en vigencia la Resolución mencionada en el párrafo
anterior, se observó que la misma contiene algunas cuestiones cuya
instrumentación sería conveniente adecuar, con el objetivo de
fortalecer la actual regulación normativa, de modo de garantizar el
equilibrio original obtenido al momento del dictado de la Resolución Nº
982/13/INCAA.
Que toda actualización presupuestaria en los términos expresados ut
supra deberá obtener, previo al dictado del acto administrativo,
dictamen favorable del COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS DOCUMENTALES.
Que la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
entiende que deben realizarse las modificaciones necesarias para
articular un plexo normativo justo e igualitario.
Que la potestad conferida para el dictado de la presente Resolución surge del Decreto Nº 1225/10.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorícese a aquellos realizadores integrales de
documentales que no hubiesen percibido montos, más allá de la cuota
correspondiente a preproducción, a la fecha de entrada en vigencia de
la Resolución Nº 1269/14/INCAA, a presentar la solicitud de
actualización presupuestaria.
ARTICULO 2° — Déjese constancia que el reajuste previsto en el artículo
1° de la presente deberá obtener, previo al dictado del acto
administrativo, dictamen favorable del COMITE DE EVALUACION DE
PROYECTOS DOCUMENTALES.
ARTICULO 3° — La presente resolución comenzará a regir desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO,
Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 05/09/2014 N° 65216/14 v. 05/09/2014