JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 714/2014
Decisión Administrativa Nº 477/1998. Incorporación.
Bs. As., 4/9/2014
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0006124/2014 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895 aprobatoria del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2014, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de
2014, el Decreto Nº 769 del 25 de junio de 2009 y la Decisión
Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 769 del 25 de junio de 2009 se modifica la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -
Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la JURISDICCION 25 -
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el Ejercicio del año 2009
creando, mediante el artículo 2° del referido decreto, con dependencia
directa de la entonces SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cargo extraescalafonario de Jefe
de Gabinete de Asesores, con rango y jerarquía de Subsecretario.
Que en consecuencia, resulta necesario incorporar con carácter de
excepción, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de
Jefe de Gabinete de Asesores, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en
el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión
Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.
Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
otorgadas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Incorpórase, con
carácter de excepción a partir del dictado de la presente medida, el
cargo de Jefe de Gabinete de Asesores creado mediante el artículo 2°
del Decreto Nº 769 del 25 de junio de 2009, con dependencia directa de
la entonces SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS actual SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de esta
Jurisdicción, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de
la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477
del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.
Art. 2° — El gasto que demande
la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias de la
JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.